Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁ DE REGIR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA ADJUDICAR LOS SERVICIOS DE ATENCIONES DOMICILIARIAS EN LA MANCOMUNIDAD RIOJA ALTA.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la gestión de Servicios de Atención Domiciliaria para atender las necesidades detectadas desde los Trabajadoras Sociales de La Mancomunidad Rioja Alta.
2.- SERVICIOS Y MODALIDADES.
- Servicio de Ayuda a Domicilio.(lote 1)
- Servicio de Comidas a Domicilio.(lote 2)
-El servicio de Ayuda a Domicilio recoge las siguientes modalidades:
a) Ayuda a domicilio básica a personas y unidades de convivencia para que puedan permanecer en su medio de vida habitual.
b) Ayuda a domicilio a personas en situación de dependencia, en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAD), con resolución aprobatoria del Programa Individual de Atención, según la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
-El servicio de comidas a domicilio ha de suministrar comida preparada para el almuerzo y la cena
3.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN DOMICILIARIA.
El Servicio de Atención Domiciliaria por su carácter preventivo, socioeducativo, asistencial e integrador, persigue los siguientes objetivos:
1. Potenciar la autonomía y la integración en el medio habitual de las personas usuarias de la prestación, estimulando la adquisición de competencias personales.
2. Evitar, en la medida de lo posible, institucionalizaciones innecesarias.
3. Apoyar la organización familiar evitando situaciones de crisis, sin suplir en ningún caso la responsabilidad de la misma.
4. Favorecer la mejora de las condiciones de vida de las personas que por diversas circunstancias se encuentren con una limitación en su autonomía personal.
5. Prevenir situaciones de deterioro personal y social.
6. Posibilitar la interacción en el entorno habitual de convivencia.
Con carácter genérico, podrán ser usuarios de los Servicios de Atención Domiciliaria todas aquellas personas o grupos familiares, residentes y empadronados en los municipios miembros de la Mancomunidad Rioja Alta, que se encuentren en una situación valorada por las Trabajadoras Sociales de la Mancomunidad en la que se justifique este servicio como necesario.
Con carácter específico, podrán ser usuarios de los Servicios de Atención Domiciliaria:
- Las personas mayores de 65 años con dificultades en la autonomía personal y/ o condiciones de desventaja social.
- Las personas con discapacidad que afecte en gran medida a su autonomía personal.
- Los grupos familiares con excesivas cargas, conflictos relacionales y /o situaciones sociales de exclusión o riesgo, o aquellos casos en los que se den diversas circunstancias que imposibiliten la atención adecuada de los menores.
- En el supuesto de mayores que residan con la familia por temporadas que no excedan de 6 meses al año o de menores en régimen de acogimiento, será suficiente con que la familia sea residente y esté empadronada en el municipio.
- Cuando esta situación se produzca en personas con reconocimiento de Grado de Dependencia, se actuará según los criterios que marquen las disposiciones al respecto.
Todos estos servicios estarán condicionados por la limitación presupuestaria establecida en la cláusula undécima del presente pliego.
La prestación del Servicio de Atención Domiciliaria consiste en ofrecer un conjunto de atenciones a personas o familias en su propio domicilio para facilitar su desenvolvimiento y permanencia en su entorno habitual. Por ello podemos dividir las atenciones en:
a) Atenciones de carácter doméstico.
Son aquellas actividades y tareas cotidianas del hogar pudiéndose concretar, entre otras, en las siguientes:
- Limpieza y mantenimiento cotidiano del domicilio, mobiliario y enseres de uso diario. Además se contemplarán las limpiezas de choque para aquellos casos en los que las condiciones higiénico-sanitarias así lo requieran y que sean determinadas por el técnico municipal.
- Lavado, planchado y repaso de la ropa en el domicilio.
- Preparación de comidas en el hogar.
- Adquisición de alimentos y otras compras por cuenta de la persona usuaria del servicio.
Los útiles y material de trabajo correrán por cuenta de la persona usuaria, debiendo asumir los daños, roturas y desgaste natural de los materiales utilizados por el auxiliar de ayuda a domicilio, como normales debido al uso, salvo en los supuestos de negligencia personal.
b) Servicios de atención personal.
Se corresponden a las actividades y tareas cotidianas de apoyo a las personas usuarias que por razón de limitación en su autonomía precisen ayuda para la realización de las actividades básicas de la vida diaria. Se pueden concretar, entre otras, en las siguientes:
- Aseo personal: cambio de ropa, xxxxxx xx xxxxxxx y todo aquello que requiera la higiene habitual así como el apoyo o atención en el baño.
- Atención especial al mantenimiento de la higiene personal para personas encamadas, incontinentes, a fin de evitar la formación de úlceras.
- Ayuda o apoyo a la movilización, tanto dentro como fuera del domicilio, entre las que se incluyen levantar y acostar de la cama, así como traslados de posición y ubicación (traslados cama /sillón y cambios posturales)
- Supervisión y ayuda en la ingesta de alimentos para aquellos usuarios que no puedan comer por si solos.
- Supervisión y control de la medicación, siguiendo las órdenes escritas del personal facultativo.
c) De relación con el entorno.
Son aquellas actividades complementarias a la atención personal al usuario relacionadas con el medio en el que se desenvuelve y se corresponden a las siguientes:
- Entrenamiento en la realización de actividades de la vida cotidiana que potencien la autonomía personal.
- Acompañamiento a centros o servicios de carácter prioritario para el usuario dentro del área de influencia de los municipios de de la Mancomunidad Rioja Alta.
- Acompañamiento o realización de gestiones fuera del domicilio.
- Acompañamiento de los menores a los centros educativos y otros centros de interés social dentro del área de influencia de la Mancomunidad y su posterior recogida para el regreso al domicilio.
- Recogida y gestión de recetas y documentos relacionados con la vida diaria del usuario, con o sin el acompañamiento del mismo.
En aquellas actividades que conlleven desplazamiento que requiera del uso de cualquier tipo de transporte público, la persona usuaria deberá abonar el importe del coste del trayecto correspondiente del profesional que le acompañe o que realice dicha actividad.
d) Otros servicios.
- Otros apoyos complementarios valorados por los técnicos de los Trabajadoras Sociales de La Mancomunidad como adecuados a las circunstancias de cada caso concreto para favorecer la autonomía, la integración social y el acceso a otros servicios.
Las prestaciones que están excluidas expresamente en esta adjudicación de prestación de Servicio de Atención Domiciliaria son las siguientes:
1. Atender a otros miembros de la familia que convivan en el mismo domicilio, y que no hayan sido contempladas como beneficiarias en la valoración de concesión del servicio.
2. Limpiezas de carácter extraordinario así como arreglos de cierta entidad como pintura, empapelado, etc.
3. Funciones y tareas de carácter exclusivamente sanitario que requieran especialización como, entre otras, ejercicios de rehabilitación, realización de sondajes, inyecciones, etc. o cualquier otra función reservada a profesionales con titulación específica.
4. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO DE COMIDAS A DOMILIO.
Se trata de la provisión al usuario de comida elaborada con los objetivos de garantizar una alimentación equilibrada a personas que por sus circunstancias de edad, salud, hábitos o condiciones de sus viviendas no puedan procurarla por sus propios medios y carezcan de familiares que lo hagan y de posibilitar, y también de alargar la permanencia del usuario en su entorno en unas mejores condiciones de vida.
Los usuarios preferentes de este servicio son los siguientes:
a) Personas con dificultades para procurarse las atenciones relacionadas con la alimentación, compras, preparación de alimentos, lavado de vajilla.
b) Personas con falta de equipamiento adecuado en sus viviendas para almacenar o cocinar alimentos.
c) Personas que por sus condiciones físicas y/o de enfermedad no puedan trasladarse al comedor del Hogar de las Personas Mayores, o éste se encuentre lejos de su domicilio.
d) Personas que reciban o puedan recibir atenciones domésticas o personales de otros Servicios de Atención Domiciliaria para las que el uso del Servicio de Comidas a Domicilio reduce el tiempo de prestación del SAD y mejorar la atención domiciliaria del usuario.
Los contenidos de este servicio son:
COMIDA. El Servicio comprende la elaboración en una cocina industrial de menús para comida y cena, que según prescripción médica deberá ser para dieta hiposódica, hipocalórica, para hipertensos, para diabéticos, dieta blanda y dieta triturada. Podrá prestarse, según las necesidades del usuario tanto sólo comida como comida y cena, elaborándose la comida en línea caliente y la cena en línea fría. No obstante, si no se cumplieran los requisitos exigidos de temperatura en la conservación de los alimentos, ambos servicios se elaborarán en línea fría.
TRANSPORTE La comida elaborada se transportará al domicilio del usuario, garantizando una perfecta conservación de los alimentos en cuanto a recipientes y transporte.
5.- REQUISITOS.
Para concurrir a la licitación, además de los documentos que se exigen en los pliegos de condiciones administrativas, los licitadores deberán presentar, para cada servicio de manera individualizada:
A. Proyecto del servicio o servicios a los que opte, que contendrá como mínimo:
1.- Proyecto de organización del servicio, objeto del contrato.
2.- Medios materiales y técnicos de que dispone la entidad, para la realización del servicio.
3.- Medios de que dispone para controlar y evaluar la calidad del servicio, así como otros medios de estudio e investigación con los que cuente.
4.- Proyecto de formación de los trabajadores.
5.- Titulación académica y dedicación de los profesionales que intervendrán directamente y/ o supervisión del servicio.
B. Memoria de entidad:
1.- Medios personales, financieros y técnicos con los que cuenta.
2.- Trabajos realizados en los últimos tres años indicando importes, fecha y beneficiarios.
3.- Contratos significativos que hayan tenido anteriormente y las causas por las que cesaron en el servicio.
6.- OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO.
.El contratista designará tras la adjudicación a un /una profesional con experiencia en la Gestión de Servicios de Ayuda a Xxxxxxxxx que actuará como delegado /a para organizar la ejecución del contrato e interpretar y poner en práctica las observaciones que, para el exacto cumplimiento del contrato, le fuesen formuladas por la Mancomunidad.
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista, con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación dé la administración al contratista.
No obstante, la reglamentación del servicio que pudiera estar vigente en cada momento, en cuanto disposición de carácter general se superpondrá a las cláusulas contractuales.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la administración contratante o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El órgano de contratación, directamente o a través de la entidad que considere más idónea por su especialización, tiene la facultad de establecer sistemas de control de calidad, dictando cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
La Mancomunidad, en todo caso, tiene reservada la facultad de inspeccionar la prestación del servicio y adoptar, en su caso, las medidas necesarias para que la prestación del mismo se realice con arreglo a lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias, cláusulas del contrato y directrices dictadas por la Mancomunidad al contratista para la organización y prestación del servicio.
El contratista vendrá obligado a colaborar con la Mancomunidad en los procesos de formación de personal que gestione, relacionados con la atención a Personas Mayores en general y de Ayuda a Xxxxxxxxx en particular.
7.- OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO.
..-Realizar una atención personalizada a los/ as usuarios/ as con independencia de la organización de su personal a efectos de descanso semanal, vacaciones, enfermedad, elaboración de cuadrantes, etc., habiendo de contar con una estructura organizativa que haga viable el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la adjudicación de estos servicios, referidos tanto a la responsabilidad jurídica, técnica como la económica.
-Salvo situaciones excepcionales será siempre el mismo/ a profesional quien atienda a un mismo beneficiario, con el fin de facilitar esta atención personalizada y evitar desajustes. Las sustituciones serán las imprescindibles con causa justificada y con aviso previo de la empresa al responsable del servicio.
-..El contratista, a través de su delegado/ a comunicará por escrito (vía fax o correo electrónico, o teléfono) la fecha de inicio real del servicio y nombre del auxiliar asignado al mismo.
.-La disposición de personal suficiente con certificado de profesionalidad o título acreditativo (auxiliares de ayuda a domicilio, de enfermería, de geriatría, técnicos socio-sanitarios y otros relacionados con el sector), facilitándoles el equipo de trabajo necesario y proporcionándoles un carné identificativo que les acredite como profesionales del servicio.
-Aceptar la supervisión de las Trabajadoras Sociales de la Mancomunidad.
-..Acudir a las reuniones a las que se les convoque por parte de la Mancomunidad, a fin de coordinar actuaciones, seguimiento de casos, planteamientos generales, etc. indicando la persona designada para ostentar la representación técnica ante los responsables de la Mancomunidad.
-Presentar la memoria y evaluación al final de cada año y cuando finalice el contrato.
-La empresa adjudicataria deberá garantizar como mínimo:
a) Un/a coordinador/a a tiempo parcial, como apoyo a la intervención en los servicios sociales en los casos de ayuda a domicilio de los municipios y en el horario de prestación del servicio.
b) Disponer de personal administrativo y medios telemáticos necesarios. Asimismo, será necesario que exista disponibilidad de contacto para las gestiones que sean necesarias realizar durante toda la banda horaria de prestación del servicio, contemplada en el pliego, incluidos días laborables y festivos.
c) Tener ubicada una oficina en La Rioja, preferiblemente en la Rioja Alta o en Logroño.
8.- RELACIÓN ENTRE LA MANCOMUNIDAD Y EL CONTRATISTA.
1. Presentar a mes vencido la facturación correspondiente al mes anterior.
2. Remitir mensualmente a las Trabajadoras Sociales de la Mancomunidad, la relación de beneficiarios, así como de las altas y bajas producidas en el servicio, e incidencias que se produjeran.
3. Indemnizar a terceros, como consecuencia de los daños que pudiera ocasionar la actuación negligente o dolosa del personal a su cargo; para ello se contratará un seguro de responsabilidad civil, con el objeto de cubrir las contingencias que la ejecución del servicio pueda acarrear, con una cobertura de riesgos de al menos 600.000 euros
4. La entidad procurará el perfeccionamiento del personal; para ello, la empresa adjudicataria presentará a la Presidencia de la Mancomunidad un programa de formación, que deberá ser consensuado con ésta.
5. Comunicar a la empresa las condiciones de la prestación del servicio personalizado: tareas a realizar por el profesional, número de horas, horario y la cuantía de la aportación económica que proceda. Esta aportación la gestionará la empresa adjudicataria directamente con la persona /familia usuaria.
6. El número de horas al día que cada trabajador de la empresa adjudicataria podrá realizar será de un máximo de ocho, ajustándose al convenio. Excepcionalmente y de manera temporal podrá autorizarse más tiempo.
7. Las altas y bajas en el servicio serán propuestas por los Trabajadoras Sociales de La Mancomunidad.
Las suspensiones temporales se comunicarán a los Servicios Sociales, así como si éstas causan baja definitiva.
8. El plazo máximo de altas y modificaciones del servicio normalizadas será de cinco días, desde el momento de la comunicación de la Mancomunidad a la empresa.
9. En los casos de extrema urgencia, dictaminados por los técnicos de la Mancomunidad, los servicios deberán prestarse dentro de las 24 horas siguientes a la comunicación de la Mancomunidad que inicialmente podrá ser telefónica con posterior ratificación mediante la resolución administrativa correspondiente.
10. El ámbito de actuación será en los términos municipales de los municipios que integran la Mancomunidad Rioja Alta, lo que no excluye que los /as profesionales puedan realizar desplazamientos por gestiones relativas a la persona usuaria, corriendo el beneficiario con el gasto del desplazamiento.
11. En ningún caso, la entidad adjudicataria podrá obtener otros datos de los usuarios que los aportados por el Mancomunidad Rioja Alta. Una vez finalizado el servicio estos documentos deberán ser devueltos a la Mancomunidad que, a su vez, los incorporará a la Historia Social del titular del servicio.
9.- RELACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA CON LOS BENEFICIARIOS.
La entidad adjudicataria y el personal a su cargo deberá eludir todo conflicto personal con los usuarios, informando expresamente al personal técnico municipal de las incidencias que en su caso se produzcan, en un plazo no superior a 48 horas. Los trabajadores/ as del servicio deberán cumplir las medidas de seguridad e higiene de la legislación vigente laboral, así como la reserva de aquellos datos e información que tengan carácter privado.
En el caso de que se produzca la entrega de llaves del domicilio por parte del usuario a la empresa o personal a su cargo, este hecho será comunicado previamente a la Mancomunidad, y en todo caso la responsabilidad del uso que se haga de la misma vincula directamente a la empresa y el usuario, sin que pueda alcanzar en ningún caso dicha responsabilidad a la Mancomunidad. Para ello se firmará un acuerdo entre la empresa adjudicataria y la persona beneficiaria del servicio.
10.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN.
No se podrá transferir información alguna de los datos personales ni de los trabajos a personas o entidades sin el consentimiento previo, por escrito, de la Mancomunidad.
La vulnerabilidad de esta cláusula supondrá la inmediata rescisión del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que la Mancomunidad estime oportunas realizar.
11.- HORARIO DEL SERVICIO.
El Servicio de Ayuda a Domicilio se prestará con carácter general de 7:00 a 22 horas, toda la semana.
12.- TIPO DE LICITACIÓN.
-Para el servicio de ayuda domicilio (LOTE I)
El precio que ha de servir de base a esta contratación asciende a 11,80 euros/hora, IVA EXCLUIDO.
El precio del contrato será invariable durante el período de vigencia del mismo. No obstante podrá ser modificado en función del IPC a partir del año de vigencia, y no antes del 1 de enero del 2.012, o por la revisión del coste del servicio que fije la Administración de la Mancomunidad, aplicando, en cualquier caso, el porcentaje de corrección a la baja que la oferta del adjudicatario hubiera presentado con respecto al tipo de licitación.
Las ofertas deberán hacerse por precio unitario de hora, desglosando la Base Imponible y el IVA. Los licitadores exentos de IVA deberán acreditarlo mediante el certificado correspondiente.
El importe máximo de contratación para los dos años no superará la cantidad global de 595.000,00 € (QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL EUROS),
más la cantidad de 41.650,00 € (CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA EUROS), en concepto de 7% de I.V.A., lo que supone un total 636.650 €.(SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SEINCIENTOS
CINCUENTA EUROS). Las tarifas que constituyen la aportación del usuario/a vendrán determinadas por la aplicación del baremo económico vigente en el Reglamento de prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio aprobado por La Mancomunidad, pudiendo existir un límite de aportación máxima de cada usuario en función de su capacidad económica.
-Para el servicio de comidas a domicilio (LOTE II):
El precio que ha de servir de base asciende 7,30 euros comida, IVA EXCLUIDO
El precio del contrato será invariable durante el período de vigencia del mismo. No obstante podrá ser modificado en función del IPC a partir del año de vigencia o por la revisión del coste del servicio que fije la Administración de la Mancomunidad, aplicando, en cualquier caso el porcentaje de corrección a la baja que la oferta del adjudicatario hubiera presentado con respecto al tipo de licitación.
Las ofertas deberán hacerse por precio unitario de COMIDA, desglosando la Base Imponible y el IVA. Los licitadores exentos de IVA deberán acreditarlo mediante el certificado correspondiente.
El importe máximo de la contratación para los dos años no superará la cantidad de 218.318, DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTAS DIECIOCHO más 15.282 QUINCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y
DOS EUROS más 7 % de IVA, Lo que supone un total 233.600 euros. DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS EUROS.
Las tarifas que constituyen la aportación del usuario/a vendrán determinadas por la aplicación del baremo económico vigente en el Reglamento de prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio aprobado por La Mancomunidad, pudiendo existir un límite de aportación máxima de cada usuario en función de su capacidad económica.
13.- DURACIÓN DEL CONTRATO.
La duración del presente contrato será de dos (2) años, a contar desde la formalización del contrato, susceptible de prórroga de mutuo acuerdo por un período igual o inferior al inicial. Para hacer efectiva la prórroga, el adjudicatario vendrá obligado a solicitarla con dos meses de antelación antes del término del contrato y se acordará por el órgano competente.
14.- FACTURACION DEL SERVICIO
A) La empresa realizará un CUADRO DE INCIDENCIAS DIARIAS del servicio: Fechas de Altas, Bajas, Suspensiones y reanudaciones, motivándolo en su caso, señalando el nombre del usuario titular y de la auxiliar o auxiliares que van a realizar el servicio, que será remitido semanalmente.
B) Remitirá mensualmente a la Mancomunidad los Cronogramas actualizados de los usuarios atendidos por cada Auxiliar de Ayuda a Domicilio, que sustituirá semanalmente si hubiera modificaciones. Anualmente deberá aportar la memoria de la actividad objeto del contrato.
C) La empresa se encargará del cobro mensual de la aportación económica a los usuarios del Servicio de Ayuda a Domicilio, según las horas prestadas durante el mes y a razón del porcentaje que corresponda y de las tablas que aplicarán los técnicos de la mancomunidad, sin poder imputar al usuario ningún otro gasto por la prestación del servicio.
D) Las suspensiones temporales del servicio imprevistas que cada mes se produzcan por periodos igual o inferior a dos días consecutivos, motivados por hospitalización u otra circunstancia de índole sanitaria imputable al usuario y debidamente valorada por el técnico de la
E) mancomunidad, serán abonables a las entidades adjudicatarias, siempre que se puedan avisar con antelación suficiente.
F) Las posibles suspensiones del servicio, se comunicarán a la Empresa adjudicataria con una antelación de 24 horas. En caso contrario, tendrán derecho al abono de dichos servicios.
G) Dentro de los cinco primeros días del mes siguiente enviaran a la Mancomunidad factura por duplicado de los servicios prestados en el mes anterior.
15.- PAGO AL CONTRATISTA
El importe del precio a satisfacer al adjudicatario se realizará por parte de la Mancomunidad por meses vencidos y antes de los 60 días siguientes, previa presentación de la preceptiva factura y la conformidad de la Trabajadora Social responsable del Servicio.
16.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
La Mancomunidad se reserva el derecho de resolver el contrato de adjudicación del Servicio, y a ser resarcido de cuantos daños o perjuicios se le ocasione:
- Por incumplimiento grave y reiterado de las obligaciones asumidas por el adjudicatario del Servicio.
- Por cesión o traspaso a terceros de la ejecución del Servicio sin previo consentimiento de la Mancomunidad.
- Por desobediencia sistemática de las directrices que dicta la Mancomunidad en aras a la buena ejecución del Servicio.
- Por supresión o imposibilidad de mantenimiento del Servicio de Ayuda a Domicilio, como consecuencia, bien de la extinción, bien de la finalización de la prórroga del convenio que hubiera suscrito entre esta Mancomunidad y la Consejería de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja por el cual se financia una parte del servicio de Ayuda a Domicilio. Dicha
circunstancia no dará derecho al contratista a la percepción de indemnización alguna.
Son causas de resolución del contrato, además de las indicadas en el presente pliego, las contempladas en los artículo 206 y 284 de la Ley de Contratos del Sector Público.
17.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación podrá modificar el contrato celebrado por razones de interés público debido a las necesidades nuevas o causas imprevistas dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el artículo 202 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En particular, se darán tales circunstancias, en caso de extinción o finalización de prórroga del Convenio que hubiera suscrito entre esta Mancomunidad y la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja o la que en un futuro la sustituya, por el cual se financia una parte del servicio de Ayuda a Domicilio.
18.- PERSONAL Y CONDICIONES LABORALES
- El adjudicatario del servicio deberá contratar al personal necesario y suficiente para atender sus obligaciones, señaladas en la descripción del servicio, el cual dependerá exclusivamente de aquél y tendrá los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario debiendo cumplir las obligaciones y compromisos establecidos en el convenio de Ayuda a Domicilio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como las obligaciones en materia de Seguridad Social, justificando ante la Mancomunidad cuando así se requiera, la documentación de estar al corriente de pago de las cotizaciones presentando los modelos de TC1 y TC2 de las cotizaciones satisfechas mensualmente.
- El contratista vendrá obligado a realizar un curso de formación anual de auxiliar de ayuda a domicilio con un mínimo de 24 horas, impartido por la empresa adjudicataria al personal de Xxxxx a domicilio que trabaje en la Mancomunidad o a justificar la asistencia a un curso de las mismas características reconocido por la Mancomunidad.
- El personal de la empresa adjudicataria que preste el servicio de “Auxiliar de ayuda a domicilio” debe contar con la cualificación necesaria para el óptimo desempeño del servicio.
- El adjudicatario vendrá obligado a adscribir en su plantilla a los/ as trabajadores /as de la empresa contratista saliente, excepto de aquellos que se mantengan en la anterior empresa.
- La empresa adjudicataria deberá facilitar a todo su personal tarjeta de identificación, uniforme que incorpore material de asepsia como guantes de látex, etc., así como cuidar de la correcta presentación del personal a su cargo.
- El personal de Xxxxx a Domicilio, comunicará obligatoriamente a la trabajadora social, que está llevando a cabo el proceso de intervención sobre el usuario del servicio, cualquier anomalía o incidencia que tenga lugar mientras realiza el servicio, para que sea subsanada, corregida o simplemente conocida y advertida por la trabajadora social.
- En el caso de huelga legal, el adjudicatario deberá mantener puntualmente informada a la Mancomunidad sobre la incidencia de la misma en el desarrollo del servicio y se acordarán con la Mancomunidad los servicios mínimos.
19.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN
Los criterios que han de servir las propuestas de adjudicación así como su ponderación, serán los siguientes:
SERVICIO DE AYUDAS A DOMICLIO (LOTE I)
*Criterio de adjudicación numero 1.- -EMPRESA Y PROYECTO DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIO DEL SAD (60%)
-Experiencia de la Empresa hasta 5%)
-Medios de infraestructura, instalaciones y medios humanos 10%
-Plan de formación de trabajadores hasta 10%
-Organización y Servicio: 25% Equipo de Trabajo Distribución de Funciones Organización de horarios
Estabilidad y sustituciones Auxiliares
-Sistema de Control de Calidad: 10%
*Criterio de adjudicación número 2. MEJORAS TZCNICAS (Prestadas por la empresa de manera gratuita a la Mancomunidad) (25%):
-Transporte ligados a servicios de acompañamiento (Cuantificados por 0,22 céntimos Km. y precio hora ofertado.
-Limpiezas de choque previas a la prestación del servicio.
-Material ortoprotésico que favorezca movilidad y desplazamiento
-Otras debidamente cuantificadas y reconocibles por la Mancomunidad.
La puntuación de las mejoras, (25%) se realizará conforme a la siguiente escala:
Hasta 2.000 euros al año 5 puntos
de 2.000 a 3.000 euros 8 puntos
de 3.000a 4.000 euros 10 puntos
de 4.000 a 5.000 euros 15 puntos
de 5.000 a 6.000 euros 20 puntos
de 6000 a 8000 euros 22 puntos
más de 8.000 euros 25 puntos
*Criterio de adjudicación número 3. OFERTA ECONÓMICA (15%)
-Precio
En el caso de que concurran licitadores con exención del IVA las ofertas se valoraran con exclusión del mismo
SERVICIO DE COMIDAS A DOMICILIO (LOTE II)
*Criterio de adjudicación número 1. PROYECTO ( 70 %)
Se requiere un proyecto (que no exceda de 20 folios ) sobre la prestación de comidas a domicilio que complete los expuesto en este pliego, con el siguiente contenido mínimo:
1- Tipo de Menú según las necesidades de las personas mayores y otras personas objeto de atención
2- Frecuencia de servicio (diario, 2 días por semana, semanal)
3- Tipo de Envases a utilizar en el desplazamiento de los alimentos
4- Características del vehículo con que se realizara el transporte
5- Personal Auxiliar que apoyara en el servicio, formación y funciones a desarrollar
6- Condiciones que garanticen una adecuada prestación de este servicio y el cumplimiento de la legislación vigente en materia de elaboración manutención, higiene y traslado de alimentos
*Criterio de adjudicación número 2. OFERTA ECONÓMICA (30%)
-Precio
En el caso de que concurran licitadores con exención de IVA las ofertas se valoraran con exclusión del mismo.
En orden a la valoración de los criterios antedichos, los licitadores presentaran cuantos documentos, memorias, justificaciones etc. acrediten el cumplimiento del contenido de sus proyectos y ayuden a la administración a la consideración global de la capacidad de cada entidad licitadora.
20.- DISPOSICIONES COMUNES PARA LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
No se tendrán en cuenta aquellos criterios de adjudicación cuya documentación requerida no se presente o sea incompleta.
Asimismo, tampoco se valorarán aquellos criterios cuya documentación aportada, en su conjunto, resulte inconexa.
San Xxxxxxx, a 11 de Enero de 2010 Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx
Presidente de la Mancomunidad Rioja Alta.