condiciones generales del contrato de servicio de telefonía móvil pospago entre el cliente y Orange
condiciones generales del contrato de servicio de telefonía móvil pospago entre el cliente y Orange
La firma del contrato de abono al Servicio de telefonía móvil implica la aceptación de las presentes Condiciones Generales, que han sido elaboradas de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, y normativa de desarrollo, y de conformidad con las Leyes vigentes en materia de defensa de Consumidores y Usuarios, Condiciones Generales de la Contratación y Protección de Datos Personales. |
1.- objeto del contrato Por el presente contrato, de duración indefinida, y, en su caso, con adhesión a plazo mínimo de contratación o compromiso temporal de permanencia al que se haya comprometido por la adquisición de un terminal a precio promocional o por la correspondiente ventaja que vaya a disfrutar, FRANCE TELECOM ESPAÑA S.A. (en adelante ORANGE) pone a disposición de la persona física o jurídica cuyas circunstancias quedan reseñadas, el Servicio de Telefonía Móvil pospago exclusivo de ORANGE consistente en la prestación de un conjunto de servicios básicos de establecimiento, tramitación, mantenimiento y recepción de llamadas en movilidad y/o de acceso a datos, de disponibilidad de red (cobertura) y de gestión de localización, y así como una serie de servicios suplementarios (en adelante el Servicio) reseñados en el contrato, en la información del Servicio y que en el futuro se predispongan, de acuerdo con sus tarifas, y dentro de los límites de crédito que, en su caso, se predispongan con la aceptación del Cliente durante la vigencia del contrato. La oferta de los servicios de ORANGE única y exclusivamente está destinada, como condición esencial previa al inicio de relaciones comerciales con el Cliente, a los residentes en España sin entenderse en ningún caso que dichos servicios, a pesar del idioma utilizado, suponen una oferta para usuarios residentes en países distintos. ORANGE podrá rechazar el alta como Cliente desde el momento que tenga conocimiento de que el Cliente no cumple con este requisito, quedando la contratación así realizada bajo la responsabilidad única y exclusiva del Cliente y con indemnidad para ORANGE. El Servicio está destinado al Cliente en su calidad de, y como, usuario final del mismo, y el contrato no ampara ni la reventa de tráfico telefónico, ni la comercialización por cualquier medio del mismo sin el acuerdo o consentimiento previo y expreso de ORANGE. Asimismo la contratación del Servicio no califica, define, reviste, ampara o legitima la actuación o intervención del Cliente y/o la utilización del Servicio por éste último, como o en calidad de operador móvil virtual, o figuras afines que en ningún caso podrán entenderse comprendidas dentro del objeto del contrato. Por consiguiente, el Cliente se abstendrá de manipular o alterar por cualquier medio cualesquiera elementos, equipos e instalaciones que le permitan acceder y utilizar el Servicio en calidad distinta a la destinatario final del mismo. El Servicio suplementario Pago ORANGE, por el cual el Cliente podrá efectuar adquisiciones de bienes o servicios, en las entidades adheridas, encomendando, por su cuenta e interés, a ORANGE, el pago del precio de los mismos, que le será repercutido por ORANGE, requiere de clave personal que ORANGE pondrá a disposición del Cliente, y se prestará por sucesivas mensualidades naturales prorrogables automáticamente salvo manifestación en contrario del Cliente o de ORANGE. |
2.- precio del servicio Serán de aplicación al tráfico de voz y datos cursado por el Cliente los precios, cuotas, bonos y/o, en su caso, consumos mínimos, contratados de acuerdo con las Tarifas y demás condiciones generales y/o particulares, ofertas o promociones económicas en vigor en el momento de utilización del Servicio que libremente puede establecer ORANGE. Inicialmente, se aplicarán los que figuran en la información de tarifas vigentes que se entregan a la firma del contrato y que estarán accesibles en todo momento en xxx.xxxxxx.xx, y cualquier modificación de los precios de ORANGE será comunicada al Cliente con al menos un mes de antelación a la fecha de su entrada en vigor si resulta afectado. Cualquier concesión, promoción y/o descuento por parte de ORANGE sobre el precio del Servicio se limitan a las circunstancias específicas para las que se otorgaron sin constituir en ningún caso precedente a favor del Cliente. En cada ciclo de facturación el Cliente podrá efectuar cambios de Tarifa de acuerdo con los precios vigentes en cada momento. No obstante, en el caso de que el Cliente se hubiera adherido a un compromiso de permanencia en Tarifa y antes de transcurrido el plazo comprometido cambiara su Tarifa, el Cliente se obliga a satisfacer a ORANGE el cargo estipulado por baja anticipada. En caso de otorgarse al Cliente descuentos en factura o la aplicación de Tarifas que comporten franjas temporales u horarias sin coste para el Cliente, tarifas planas o un límite de facturación máxima por tiempo o volumen de tráfico telefónico o de acceso a datos, las mismas serán incompatibles con cualquier sistema que implique la concentración, transformación o conversión de llamadas o del tráfico, reservándose ORANGE en tal caso, bien la resolución contractual, bien la facturación al Cliente del tráfico efectivamente cursado y/o sin aplicación de tales limitaciones o descuentos. ORANGE se reserva, en caso de predisponer tarifas planas o un límite de facturación máxima por tiempo o volumen de tráfico telefónico o de acceso a datos, la posibilidad de aplicar a las mismas un incremento equivalente al aumento que experimente anualmente el Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo oficial que lo sustituya. El Cliente está obligado a satisfacer los impuestos, tasas y gravámenes fiscales que legalmente correspondan. |
3.- facturación y forma de pago ORANGE facturará de acuerdo con la modalidad elegida por el Cliente las cantidades que éste debe abonar por la utilización del Servicio. Las facturas se remitirán en soporte papel a la última dirección que el Cliente haya indicado a ORANGE, sin perjuicio de la facturación alternativa en soporte electrónico en la medida que así lo acuerden las partes. En tal caso, la remisión de la factura podrá ser cumplida por ORANGE por medios electrónicos que garanticen la autenticidad del origen y la |
integridad del documento de la factura. Las facturas telemáticas tendrán los mismos efectos atribuibles a las facturas en soporte papel. Esta facilidad queda condicionada a que ORANGE pueda mantener disponibles los recursos adecuados al efecto y el Cliente, a sus propias expensas, disponga de los medios y configuración mínima requeridos; en caso de que ORANGE deje de disponer de estos recursos predispuestos en favor del Cliente para este fin, deberá comunicarlo al mismo.
Los sistemas de medida, de tarificación y de gestión de la facturación de ORANGE han sido auditados conforme a las normas de aseguramiento de calidad de la familia ISO 9000.
En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades que se deban abonar por los cargos derivados de los servicios prestados en que haya incurrido el Cliente, las promociones, descuentos y demás condiciones ofertadas por ORANGE, así como los impuestos que en cada caso resulten legalmente aplicables.
Cuando así lo solicite a ORANGE acreditando por escrito su identidad, el Cliente tiene derecho a recibir facturas no desglosadas y a obtener facturas independientes para el Servicio básico, y en su caso, los de tarificación adicional de acuerdo con las disposiciones vigentes. Sin perjuicio del derecho del Cliente a recibir factura no detallada, de existir y conocerlo, ORANGE desglosará en las facturas la parte correspondiente a servicios soporte de servicios de tarificación adicional y la parte correspondiente a los prestadores de servicios de tarificación adicional, si es posible, indicando la identidad y número de identificación fiscal de tales prestadores. En caso de desconocer dicha identidad, ORANGE informará sobre la identidad del operador de red de tarificación adicional con el objeto de que el Cliente pueda dirigirse al mismo para que le proporcione tal identidad.
El Cliente deberá abonar a ORANGE los importes por llamadas realizadas y recibidas o por conexiones de datos en el extranjero de acuerdo con los cargos o precios que se hayan establecido por la utilización de la Red de operadores extranjeros, no tarificados en la Red de ORANGE y repercutidas por ésta al Cliente en factura, de acuerdo a las condiciones específicas correspondientes al servicio de cobertura internacional de llamadas o conexión de datos (roaming), facilitadas al Cliente y cuya información está disponible a través del Servicio de Atención al Cliente y sitio Web de ORANGE en Internet. No se facilitará el detalle del origen de llamadas recibidas en roaming.
ORANGE facturará al Cliente las cantidades que éste debe abonar por la utilización del Servicio suplementario Pago ORANGE, y repercutirá al Cliente las cantidades abonadas a los terceros por su cuenta e interés. En las facturas aparecerán desglosados los diferentes conceptos repercutidos y/o facturados.
ORANGE reconoce el derecho del Cliente a elegir un medio de pago alternativo mediante la adhesión al Servicio Prepago (Tarjeta) de ORANGE y sus Condiciones Generales. No obstante, de acuerdo con el Servicio Pospago, el pago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria que el Cliente haya designado comprometiéndose el mismo a mantener siempre saldo suficiente en dicha cuenta para atender el pago de las cantidades debidas a ORANGE y, en su defecto, en otra forma indicada por el Servicio de Atención al Cliente, en la forma acordada entre las Partes o en las oficinas designadas al efecto por ORANGE. La entidad financiera en la que esté abierta la cuenta bancaria recibirá la notificación de ORANGE con el importe de las cantidades a abonar por el Cliente. La factura indicará la fecha de vencimiento. Por defecto, el ciclo de facturación será mensual respecto a los servicios disfrutados en los periodos precedentes salvo que el Cliente y ORANGE convengan otro ciclo. Por tanto, cada factura constituye una reclamación al cliente de la deuda que documenta por los servicios prestados. No obstante, ORANGE podrá facturar y remitir al cobro la cantidad correspondiente o saldo pendiente de forma inmediata cuando:
- se excedan por el Cliente los anticipos predispuestos;
- se produzca la suspensión del Servicio;
- acontezca la extinción o resolución del contrato o la interrupción del Servicio;
- el Cliente incumpla las presentes Condiciones Generales para la prestación del Servicio.
Las facturas deberán ser abonadas por el Cliente a su vencimiento. Por tanto, las facturas no abonadas en las fechas previstas, por causas no imputables a la entidad de crédito, devengarán interés legal, y tendrán la consideración, a todos los efectos legales, de deuda impagada, cierta, vencida y exigible. En caso de impago de cantidades presentadas al cobro independientemente del tipo de presentación, éste vendrá obligado al pago del cargo no atendido incrementado en el interés legal del dinero más un dos por ciento, así como de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, ello sin perjuicio de las demás consecuencias, encaminadas a la obtención del cobro total no realizado, que pudieran derivarse de su incumplimiento. ORANGE podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.
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fecha de edición: agosto 2009
ORANGE podrá solicitar la entrega de cantidades en concepto de anticipos a cuenta de la facturación, que no devengarán interés a favor del Cliente, por el importe que, en función de los servicios contratados y/o el volumen de consumo estimado o disfrutado, en su caso, predisponga ORANGE y acepte el Cliente. Si el valor de las llamadas o conexiones de datos excediera de dicho anticipo ORANGE podrá facturar y remitir al cobro la cantidad correspondiente o saldo pendiente de forma inmediata. A la entrega del anticipo ORANGE vendrá obligada a expedir recibo, y a la facturación deberá detallarse tal concepto. A la extinción del contrato ORANGE retornará, en su caso, el saldo anticipado a favor del Cliente una vez realizadas las comprobaciones necesarias, incluyendo las referidas al disfrute del servicio de roaming. Las cantidades anticipadas podrán aplicarse, en su caso, al pago de cantidades debidas por el Cliente a la resolución del Contrato.
4.- garantías de pago
ORANGE podrá solicitar, tanto en el momento de contratación como en el curso de la vigencia del contrato, la constitución de una garantía de pago consistente en depósito de garantía no remunerado en efectivo o aval bancario. La no constitución de la garantía a partir de su solicitud al Cliente, facultará a ORANGE para desestimar la solicitud del
Servicio, restringir las llamadas salientes, suspender y/o resolver el contrato e interrumpir definitivamente el mismo.
Si el Cliente con deudas pendientes solicitara el desistimiento o la baja en el Servicio, o el cambio de titularidad o cesión del contrato, ORANGE podrá ejecutar la garantía por la cantidad total adeudada quedando el remanente a disposición del Cliente.
imprescindible indicar la/s fecha/s y lugar/es en que se ha visto afectado por la interrupción y el/los número/s de incidencia/s asignados por ORANGE en el momento de comunicar la misma.
A tal efecto se establece el siguiente método de cálculo y condiciones. Cuando el referido tiempo de interrupción comprometido haya sido efectivamente sobrepasado y, siempre y que la información aportada por el Cliente no resulte contradictoria con la obtenida de los sistemas de información de ORANGE, ésta compensará al Cliente con una cantidad equivalente a la que resulte de aplicar, antes de impuestos indirectos, un descuento xxx xxxx por ciento del importe del tráfico telefónico o de acceso a datos móvil tarificado a en las tres siguientes facturas.
ORANGE no será en ningún caso responsable de la calidad, idoneidad o legalidad de los bienes o servicios que el Cliente adquiera a través del Servicio Pago ORANGE. ORANGE será únicamente responsable de efectuar por cuenta del Cliente el Pago de los bienes o servicios que este adquiera de los terceros. El Cliente deberá atenerse a las instrucciones y comunicaciones de los respectivos proveedores relativas al uso correcto de los bienes o servicios que adquiera.
6.- condiciones del servicio
El Cliente deberá atenerse a las instrucciones y comunicaciones de ORANGE relativas al uso correcto de los servicios, y respetar la normativa vigente. ORANGE no será responsable en los casos en que se den circunstancias fuera de su control como los de fuerza mayor o caso fortuito, ni cuando deba prevalecer el orden público. ORANGE prestará los servicios soporte para prestadores de servicios de tarificación adicional de acuerdo al Código de Conducta aplicable.
En caso de interrupción del servicio telefónico, por causa de fuerza mayor ORANGE se limitará a compensar al Cliente con la devolución automática de los importes en concepto de cuota y otras independientes del tráfico prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción.
ORANGE prestará el Servicio exclusivamente en las zonas de cobertura del territorio nacional en el que el mismo esté implantado en cada momento y según la información sobre cobertura de su red que se facilita al Cliente previo a la firma del contrato. ORANGE se compromete a prestar el Servicio dentro de los límites de cobertura y del estado de la tecnología. En cualquier caso, ORANGE no será responsable por interrupciones o mal funcionamiento del Servicio motivado por condiciones orográficas y/o atmosféricas que impidan o imposibiliten su prestación, ni de los contenidos de información que no hayan sido elaborados, conocidos o provistos por la misma y que se deriven de servicios suplementarios.
No habrá lugar a indemnización alguna por la interrupción del Servicio debida al incumplimiento grave del Cliente, por fraude, xxxx en el pago, a daños en la Red debido a la conexión por el Cliente de terminales cuya conformidad no haya sido evaluada de acuerdo a la normativa vigente o al incumplimiento de los códigos de conducta que se hayan establecido cuando el Cliente sea un prestador de servicios de tarificación adicional. Sin perjuicio de lo anterior, ORANGE realizará sus mejores esfuerzos para dotar de la máxima calidad a todas las comunicaciones objeto del Servicio. A estos efectos quedan totalmente excluidos los servicios de cobertura internacional de llamadas y acceso a datos (roaming) prestados en el extranjero por operadores distintos de ORANGE y no tarificados en la red de ésta.
En caso de producirse una interrupción del servicio de telefonía móvil, el Cliente, cuando proceda, tendrá derecho a una indemnización automática, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado, al menos igual a la mayor de las dos siguientes, siempre y cuando el importe que resulte sea superior a un Euro: A.- Promedio del importe facturado por el servicio interrumpido durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el periodo en que se produzca la interrupción; si la antigüedad del Servicio interrumpido es inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura que hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado. B.- Cinco veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
Si la interrupción fuera del servicio de acceso a datos, el Cliente, cuando proceda, tendrá derecho a una indemnización que se determina prorrateándose la cuota mensual del servicio por el tiempo en que la línea estuvo interrumpida. En caso de interrupción temporal durante un periodo de facturación superior a seis horas en horario de 08:00 h a 22:00 h, la compensación será automática.
Adicionalmente, ORANGE ofrece al Cliente en relación con la calidad del servicio el compromiso individual de compensar al mismo de forma que ORANGE indemnizará al Cliente a partir de que se produzca una interrupción del servicio acumulada de ocho horas en un período de facturación determinado. Los clientes que deseen solicitar la indemnización deberán dirigir su petición, previa su identificación, indicación del número de teléfono móvil y acreditación de circunstancias personales, en un plazo máximo de 10 días contados a partir del restablecimiento del servicio, siendo
7.- tarjeta SIM
5.- suspensión del servicio
Si el Cliente no atendiera parcial o totalmente el pago de las cantidades adeudadas, ORANGE quedará facultada para restringir las llamadas salientes o la conexión de datos y/o suspender la prestación del Servicio correspondiente al Contrato y sus Anexos asociados a dicho documento de cargo cuyo importe haya sido impagado. ORANGE restablecerá el Servicio dentro del día laborable siguiente al que tenga constancia de que el importe adeudado ha sido satisfecho. En caso de suspensión del servicio telefónico, se mantendrá el servicio de llamadas entrantes y el de llamadas salientes de emergencia al número único 112 para ponerse en contacto con los servicios de urgencia en todos los países de la Unión Europea, que recibirán información sobre la posición geográfica del usuario. Si el Cliente tuviera contratada una línea de conexión de datos, tras la suspensión, el Cliente únicamente podrá recibir SMS. El Cliente deberá abonar el importe devengado en concepto de reactivación del Servicio en caso de producirse.
La suspensión sólo afectará a los servicios respecto a cuyo pago se haya incurrido en xxxx. El impago del cargo por los servicios de tarificación adicional, acceso a Internet o de cualesquiera otros distintos del servicio telefónico disponible al público, sólo dará lugar a la suspensión de tales servicios.
Podrá suspenderse el Servicio en caso de disconformidad del Cliente con la facturación de servicios de tarificación adicional salvo que el Cliente pague el importe del mismo excluidos los conceptos relativos a servicios de tarificación adicional. En tal caso el acreedor por prestación de servicios de tarificación adicional podrá proceder al cobro por las vías ordinarias de forma separada al del cobro de la factura por servicios de telecomunicaciones. Para evitar la supensión o interrupción definitiva el Cliente deberá justificar la presentación de reclamación ante las instancias expresadas en la Condición 8 de este pliego y la consignación fehaciente del importe adeudado.
El Cliente recibe al abonarse al Servicio una Tarjeta SIM, de la que ORANGE es propietaria, que le permitirá acceder al Servicio exclusivo de la Red de ORANGE. El Cliente percibe igualmente un número de identificación personal que será secreto y que deberá ser introducido en el terminal para poder utilizarlo, obligándose a custodiarlo de forma confidencial. ORANGE se reserva el derecho a limitar el número máximo de activaciones de tarjetas SIM y líneas que soportan el Servicio en favor de un solo titular del mismo, o de limitar el número de líneas asociadas a una determinada Tarifa. Las presentes Condiciones Generales no amparan la utilización de tarjetas SIM fuera de dispositivos móviles salvo autorización expresa y previa de ORANGE.
Bajo el principio de neutralidad tecnológica, atendido que la Tarjeta SIM está asociada a dicho número de identificación personal y a un número de teléfono, toda comunicación, realizada a partir de la Tarjeta SIM y/o clave de acceso asignadas al Cliente, se considerará como efectuada por éste o con su consentimiento, siendo por tanto responsable con arreglo a las presentes Condiciones Generales y a la Ley. Así el Cliente acepta como prueba toda instrucción telefónica o de conexión a datos que dirija a ORANGE durante la vigencia del contrato acerca de la prestación del Servicio básico o los suplementarios. Para el supuesto de surgir cualquier controversia entre las partes sobre las comunicaciones realizadas por el Cliente, las partes otorgan plena eficacia probatoria a los registros generados o almacenados por los sistemas informáticos asociados a la prestación de los servicios salvo prueba en contra a cargo del Cliente.
Corresponde al Cliente realizar un uso responsable de todos los servicios y/o funcionalidades. ORANGE no asume responsabilidad alguna derivada de la pérdida, deterioro, robo o mal uso de las Tarjetas SIM y/o claves de acceso por el Cliente o por cualquier tercero respondiendo el Cliente de todo el tráfico, uso y mal uso que se haga de la tarjeta SIM. No obstante, ORANGE, previa identificación del Cliente y sus circunstancias personales, podrá tomar las medidas a su alcance para evitar perjuicios al Cliente desde la fecha en que, a través del Servicio de Atención al Cliente, éste le comunique la constancia o sospecha de la pérdida, sustracción o robo de su Tarjeta SIM y/o sus claves de acceso, o que detecte el conocimiento de éstas por un tercero, y realizar las comprobaciones oportunas de la denuncia ante la autoridad competente en caso de hurto o robo de la Tarjeta SIM o acerca de la pérdida o extravío de la Tarjeta SIM, propiedad de ORANGE, y que le/s ha/n sido cedida/s por ésta.
En caso de que el Cliente sea provisto de una Tarjeta SIM supletoria (Tarjeta ECO), que permita al Cliente utilizarla simultáneamente junto a la tarjeta SIM principal para recibir y realizar llamadas o conexiones de datos distintas, será igualmente de aplicación lo previsto precedentemente respondiendo el Cliente de todo el tráfico, uso y mal uso que se haga de dicha tarjeta SIM, y de los cargos que por su utilización correspondan.
En caso de extravío o robo ORANGE repondrá al Cliente una/s nueva/s Tarjeta/s SIM a la mayor brevedad posible. Salvo que ORANGE decida aplicar al Cliente condiciones más favorables, éste deberá abonar el importe de reposición vigente en el momento de reemplazo. Si el Cliente volviera a disponer de la Tarjeta SIM extraviada/robada, la misma deberá devolverse a ORANGE.
La Tarjeta SIM deberá devolverse a ORANGE cuando ésta lo solicite en los supuestos de una sustitución o modificación por razones técnicas, operativas o de servicio, con el fin de mejorar el Servicio, o de interrupción definitiva del Servicio. ORANGE responderá de las Tarjetas SIM que resulten defectuosas o no aptas para el uso, en los términos establecidos en la Ley, y salvo que la ineficacia se deba a inexperiencia, negligencia y/o descuido del Cliente, proporcionando su reparación o sustitución gratuita durante al menos doce meses desde la entrega correspondiente.
8.- reclamaciones
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El Cliente podrá dirigirse a ORANGE, previa su identificación y acreditación de circunstancias personales, a través de su Servicio de Atención al Cliente mediante llamada al número 470, si llama desde un número de Orange, al (x00) 000 000 000 si llama desde un número de otro operador o desde el extranjero, al correo electrónico: xxxxxxxx.xx@xxxxxx-xxxxxxx.xxx, a través de correo postal con la Referencia Reclamaciones al domicilio más abajo indicado o, en su caso, sus oficinas comerciales, para presentar reclamaciones sobre el funcionamiento, precio, facturación, responsabilidad por daños o cualquier otra cuestión que pudiera plantearse en relación con la prestación del Servicio, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento del hecho que las motive. En caso de reclamación formulada telefónicamente a través de su Servicio de Atención al Cliente, se informa a éste último de que podrá solicitar un documento acreditativo de la presentación y contenido de la queja o reclamación. Formulada la reclamación expresa dirigida a ORANGE, si el Cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de ORANGE en el plazo de un mes podrá dirigir su reclamación a las Juntas Arbitrales de Consumo a las que ORANGE esté adherida. ORANGE le informa que en la actualidad está adherida al arbitraje de consumo de las Comunidades Autónomas bajo el distintivo oficial 270 del Instituto Nacional de Consumo. En caso de que la reclamación exceda del ámbito de sumisión al sistema de arbitraje de consumo adherido, el Cliente, en el plazo de tres meses desde la respuesta de ORANGE o la finalización del plazo para responder, podrá dirigir su reclamación a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. El plazo para resolver y notificar
la resolución será de seis meses.
Las reclamaciones derivadas de la adecuación, corrección o calidad de los bienes o servicios solicitados a través del Servicio Pago ORANGE deberán ser dirigidas contra los proveedores respectivos, toda vez que la intervención de ORANGE se limita única y exclusivamente al pago de los mismos por su cuenta e interés.
matriz del Grupo (en la actualidad, France Telecom, S.A., situada en Francia) o a cualesquiera de aquéllas sociedades que conforman dicho Grupo, cuya actividad es la prestación de servicios de telecomunicaciones y/o comunicaciones electrónicas. La finalidad de dichas cesiones será la realización de una gestión integrada de los productos y servicios del Grupo Societario, así como labores publicitarias y de promoción comercial. Si no desea que sus datos sean cedidos en los términos aquí descritos, por favor, marque la casilla habilitada al efecto en este contrato. En cualquier caso, dicho consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento siguiendo el mismo procedimiento establecido en la presente cláusula para el ejercicio del derecho de oposición.
10.7 Conservación de datos. Los datos del Cliente serán conservados por parte de ORANGE mientras la relación con el Cliente permanezca vigente. Una vez finalice ésta, ORANGE mantendrá los datos por el tiempo necesario para el cumplimiento de las obligaciones de facturación y cobro, y de cualquier otra obligación establecida por la normativa vigente, a título enunciativo, la Ley de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones. ORANGE se compromete al cumplimiento de su deber de guardar secreto de los datos de carácter personal, y adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología.
10.8 Identificación de línea llamante. A fin de preservar la intimidad de sus Clientes, ORANGE pone a su disposición medios para restringir las facilidades de identificación de línea llamante y de línea conectada. Podrá encontrar más información sobre este punto en el manual de usuario y en el servicio de Atención al Cliente.
10.9 Tratamiento de datos de terceros. En caso de que en cualquier momento de la relación contractual el Cliente facilitara a ORANGE, para posibilitar la prestación del Servicio, datos de personas dependientes, empleados, familiares, etc. relacionados con aquel, el Cliente garantiza que (i) está facultado legítimamente para facilitar los referidos datos, (ii) ha obtenido el correspondiente consentimiento, y (iii) ha procedido a informar a dichos terceros de la mencionada cesión de datos, respondiendo frente a ORANGE de cualquier inobservancia de dichas obligaciones.
10.10 Calidad de los datos. El Cliente se obliga a comunicar por escrito a ORANGE, empleando cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción de las solicitud, y adjuntando copia de su documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento válido que acredite su identidad, cualesquiera errores que pudiera apreciar y o modificaciones en sus datos personales y/o en la facturación del Servicio, a fin de que se proceda a rectificarlos. Ambas partes considerarán que los datos que obran en los sistemas de ORANGE son correctos, en caso de que el Cliente no ejerza su derecho de rectificación.
10.11 Ejercicio de derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. El Cliente podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose por escrito a ORANGE, Ref. Datos, Parque Empresarial La Finca, Paseo del Club Deportivo, 1 Xxxxxxxx 0, 00000 - Xxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxx, o bien, exclusivamente para el ejercicio del derecho de oposición, mediante llamada gratuita al servicio de Atención al Cliente a través del número 1414. Sin perjuicio de lo anterior, no procederá, en su caso, la cancelación de los datos personales del Cliente hasta transcurridos tres meses desde le fecha efectiva de la baja en el Servicio, a efectos de poder tratar los mismos para la eventual emisión de facturas que sobre el Servicio prestado con anterioridad a la baja pudiera proceder, y/o para la gestión de las eventuales reclamaciones que pudieran surgir derivadas del Servicio.
En la solicitud de ejercicio de tales derechos, se deberá incluir, además de la petición en que se concrete la solicitud y la fecha, el nombre y apellidos del interesado, la firma del mismo y una fotocopia legible de su documento nacional de identidad o documento equivalente que lo identifique.
En cualquier caso, el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición tienen carácter personalísimo, por lo que cualquier solicitud que se dirija a ORANGE en tal sentido deberá realizarse bien por el titular de los datos, bien por su representante legal en caso de que el Cliente se encuentre en situación de incapacidad, acreditando tal condición, o bien por su representante voluntario expresamente designado para el ejercicio del derecho. En este último caso, deberá constar claramente acreditada la identidad del representado, mediante la aportación de copia de su DNI o documento equivalente, así como la representación conferida por aquél.
9.- secreto de las comunicaciones
ORANGE se compromete a la adopción de los medios técnicos necesarios disponibles en cada momento, que permitan garantizar el secreto de las comunicaciones reconocido constitucionalmente, sin perjuicio de las interceptaciones legales que, en su caso, pueda acordarse. ORANGE quedará exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad, y en general, de cuantas acciones u omisiones, no imputables y ajenas a ORANGE, que quebranten la confidencialidad y el secreto de las comunicaciones telefónicas.
10.- protección de los datos personales
10.1 Información general sobre la recogida y tratamiento de los datos del Cliente. A los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, ORANGE informa al Cliente que, como consecuencia de la contratación del Servicio, los datos personales por él facilitados en el marco de dicha contratación, así como en el marco de la gestión de servicios de valor añadido que eventualmente pueda solicitar el Cliente, serán objeto de tratamiento e incorporados a un fichero automatizado de datos de carácter personal creado bajo la responsabilidad de dicha entidad, notificado e inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos. La finalidad de dicho fichero es la administración y gestión del Servicio y en su caso, de los servicios de valor añadido contratados por el Cliente en cada momento.
La entrega de todos los datos requeridos para la contratación del Servicio y /o la posterior comprobación de la veracidad o exactitud de los mismos es obligatoria, de forma que la ausencia o incorrección de dichos datos facultarán a ORANGE para no aceptar la activación del Servicio o, en su caso, proceder a la suspensión del mismo. En caso de que existan datos señalados como de cumplimentación opcional, la respuesta será potestativa para el Cliente y será destinada a facilitar la activación del Servicio y a la mejor adecuación del mismo.
En caso de que (i) el Cliente no facilite un número de teléfono móvil de contacto, (ii) el número facilitado no fuera válido o (iii) ORANGE no dispusiera del mismo por cualquier motivo, el CLIENTE autoriza a ORANGE a utilizar el número de teléfono móvil objeto del Servicio contratado como teléfono de contacto, con el objeto de enviar al CLIENTE las comunicaciones, notificaciones y/o cualquier otra información que resultara relevante en relación con el Servicio.
10.2 Finalidades adicionales. El Cliente otorga su consentimiento para que los datos por él facilitados a ORANGE en el marco del Servicio contratado, sean igualmente utilizados por ésta para las siguientes finalidades:
a) envío por ORANGE de comunicaciones comerciales de productos y/o servicios de ORANGE, ya sea por correo postal, e-mail, SMS, MMS, o cualquier otro método de comunicación, electrónico o no. Dicho tratamiento podrá incluir la realización de llamadas con fines comerciales por parte de ORANGE o por terceros en su nombre. Si no desea que sus datos sean tratados para la finalidad aquí descrita, por favor, marque la casilla habilitada al efecto en este contrato. En cualquier caso, dicho consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento siguiendo el mismo procedimiento establecido en la presente cláusula para el ejercicio del derecho de oposición.
b) envío por ORANGE de comunicaciones comerciales de productos y/o servicios de terceros, con los que ORANGE pueda llegar a un acuerdo con esta finalidad. Dichas comunicaciones comerciales podrán ser enviadas por ORANGE por correo postal, e-mail, SMS, MMS, o cualquier otro método de comunicación, electrónico o no. Si no desea que sus datos sean tratados para la finalidad aquí descrita, por favor, marque la casilla habilitada al efecto en este contrato. En cualquier caso, dicho consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento siguiendo el mismo procedimiento establecido en la presente cláusula para el ejercicio del derecho de oposición.
11.- cesión a terceros
El Servicio objeto de este contrato es personal. El Cliente se obliga a no ceder el presente Contrato ni los derechos y obligaciones derivados del mismo sin permiso escrito expreso y previo de ORANGE. En caso de que ORANGE autorice un cambio de titularidad se devengará el correspondiente cargo para el Cliente por gestión de dicho cambio de acuerdo con lo que se establezca en las tarifas vigentes.
No se reputarán cesión las operaciones de índole societario que sobrevengan tales como la transformación, fusión, escisión o transmisión de rama de actividad de ORANGE, bastando para ello la notificación al Cliente.
10.3 Tratamiento de datos de facturación y tráfico. ORANGE informa igualmente al Cliente que sus datos de facturación y tráfico serán tratados por ésta entidad con fines de promoción comercial durante el plazo que en cada momento dure la promoción de que se trate. A estos efectos, el tipo de datos que podrán ser tratados son a título enunciativo, los relativos al número de teléfono asignado al Cliente, tipo de terminal empleado, numeración de destino, duración de las llamadas realizadas y/o volumen de datos transmitidos, fecha de la llamada o del servicio, y datos referidos al pago. Si no desea que sus datos sean tratados para la finalidad aquí descrita, por favor, marque la casilla habilitada al efecto en este contrato. En cualquier caso, dicho consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento según lo establecido en la presente cláusula para el ejercicio del derecho de oposición.
12.- derechos y obligaciones del cliente
El Cliente tendrá derecho a:
a) Adquirir libremente en el mercado los terminales aptos para el Servicio de ORANGE y oportunamente homologados.
b) Formular las reclamaciones que procedan en la forma prevista en las presentes Condiciones.
c) Figurar, en su caso, en las guías telefónicas o de servicios de consulta telefónica sobre números de abonado según los datos que haya suministrado a ORANGE, de haber manifestado expresamente su deseo de ser incluido, y solicitar, gratuitamente y acreditando por escrito su identidad, su exclusión, su no utilización para fines de venta directa, la omisión total o parcial de su dirección u otros datos personales, o que se enmienden los errores existentes, de acuerdo con lo reglamentariamente establecido.
d) Resolver o desistir del presente Contrato, mediante notificación fehaciente a ORANGE acreditando por escrito para ello su identidad, con una antelación mínima de dos días hábiles al momento en que ha de surtir efectos, en su caso, sin perjuicio de los compromisos particulares de permanencia a los que el Cliente se haya adherido y/o cargos derivados de los mismos.
e) Conectar, cuando proceda, con los servicios suplementarios o de valor
10.4 Tratamiento de datos de localización. Los datos de localización distintos de los datos de tráfico, serán tratados por ORANGE en el marco de la prestación de servicios de valor añadido que impliquen dicha localización y sean previamente solicitados por el Cliente, en la medida y por el tiempo necesario para la prestación de los mismos. A estos efectos, se entenderá por datos de localización aquellos que indiquen la posición geográfica del equipo terminal del Cliente. Estos datos podrán ser transmitidos a un tercero a los efectos de la prestación de los servicios de valor añadido solicitados por el Cliente, y únicamente por el tiempo necesario para la prestación de los mismos. En cualquier caso, el Cliente podrá solicitar la desactivación de dichos servicios en cualquier momento.
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10.5 Enjuiciamiento de la solvencia del Cliente. ORANGE podrá enjuiciar la solvencia económica del Cliente, por sí o por quien actúe por su cuenta e interés, mediante el acceso a la información contenida en ficheros automatizados sobre solvencia patrimonial y crédito. Asimismo, Orange informa al Cliente que en caso de no producirse el pago del Servicio en el plazo previsto para ello según las presentes condiciones generales, ORANGE podrá comunicar los datos del impago a ficheros relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias. En cualquier caso, con carácter previo a dicha inclusión, y en cumplimiento de la normativa vigente, ORANGE realizará al menos un requerimiento de pago al Cliente de la cantidad adeudada.
10.6 Cesión de datos. Los datos personales del Cliente podrán ser cedidos a la entidad
14.- extincion y resolución del contrato
El contrato se extinguirá o resolverá por las causas previstas en las presentes Condiciones Generales, de acuerdo con las causas generales de extinción de las obligaciones. El Cliente tendrá derecho a resolver en cualquier momento el contrato, acreditando para ello su identidad mediante copia de su documento nacional de identidad o documento equivalente que lo identifique, remitiendo un breve escrito firmado en el que solicite la baja con la Ref: BAJAS si es cliente particular al número de fax 000000000, y si es cliente empresa al Xxxx. xx Xxxxxxx 00000, 00000 Xxxxxx. Asimismo, los clientes particulares también podrán cursar la baja llamando al número 470 o al (x00) 000 000 000 si llama desde un número de otro operador o número fijo y los clientes empresa al número 1414 (en este caso, conserve el número de referencia de su baja que le facilitaremos para el control y seguimiento de la misma). Una vez recibida su solicitud, se tramitará la baja en el plazo máximo de dos días hábiles. ORANGE tendrá derecho a resolver el contrato e interrumpir el Servicio por causa del retraso en el pago. El contrato se resolverá automáticamente en caso de extinción de la condición de ORANGE de Operador cuando la falta de tal condición imposibilite la prestación del Servicio, sin que de ello se derive derecho del Cliente a indemnización alguna salvo que correspondiera en relación al Servicio prestado con anterioridad a dicho momento. Una vez resuelto el contrato, el Cliente tendrá derecho a la devolución de las garantías de pago que le hubieran podido ser exigidas, si procede su devolución. En caso de que el Cliente no haya remitido o entregado a ORANGE el ejemplar correspondiente del presente contrato debidamente cumplimentado y firmado, junto con la documentación que le ha sido solicitada previo a la contratación, para las comprobaciones acerca de su identidad, legitimidad y solvencia a efectos de la activación definitiva del Servicio, a la que queda condicionada la prestación del mismo y la perfección del contrato, se producirá su consiguiente pérdida de efectos. Asimismo, el Cliente quedará libre de cualquier compromiso frente a ORANGE si en el plazo de quince días laborables desde la recepción por ésta del contrato y la documentación solicitada, ORANGE no ha procedido a establecer el Servicio. Si el Cliente desiste dentro de ese plazo del servicio activado se devengará para éste el correspondiente cargo establecido por cancelación. La resolución o desistimiento del presente contrato no exonerará al Cliente del cumplimiento de sus obligaciones frente a ORANGE, incluida la de pago, que se deriven de la utilización del Servicio contratado hasta el momento en que se produzca la efectiva interrupción del Servicio o que se deriven de incumplimientos imputables al Cliente por razón de otros compromisos contraídos por aquél, como, entre otros, a título ejemplificativo que no limitativo, los compromisos de permanencia.
13.- derechos y obligaciones de Orange
ORANGE tendrá derecho a:
a) Percibir las cantidades que el Cliente le deba por la utilización del Servicio en aplicación de la tarifa en vigor en cada momento, de conformidad con lo dispuesto en las presentes Condiciones, y con este fin, ceder el cobro de facturas impagadas a entidades de recobro o en su caso, ceder la deuda.
b) Proceder al cobro al Cliente las cantidades establecidas en compensación al gasto originado por más de tres anulaciones al año de conexiones a servicios de tarificación adicional.
c) Introducir cuantos cambios vengan exigidos por la organización y necesidades del Servicio, o por conveniencias o condiciones técnicas en los sistemas, instalaciones y/o dispositivos del Cliente, previa comunicación al mismo.
d) Solicitar fianzas, avales bancarios, anticipos a cuenta del pago del Servicio con la aceptación del Cliente, y solicitar depósitos de garantía y/o restringir servicios en función del uso, consumo y/o pago irregular de éstos.
e) Resolver el contrato y cesar en la prestación del Servicio en los casos en que el Cliente incumpla sus obligaciones, incurra en un comportamiento desleal o en contra de las exigencias de la buena fe, realice actos que puedan hacer peligrar o perjudicar la Red, que supongan la utilización impropia, ilícita, maliciosa o fraudulenta del Servicio, o, que tengan la finalidad de perturbar o molestar a otros Clientes.
ORANGE estará obligada a:
a) Prestar al Cliente el Servicio dentro de las zonas de cobertura propias establecidas y los niveles de calidad de servicio de acuerdo a lo previsto en la precedente Condición 6, y los parámetros y método de medida que, en su caso determine el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
b) La conexión inicial del Servicio y activación del mismo en el plazo máximo de quince días laborables desde la recepción por ORANGE del contrato y la documentación solicitada, quedando el Cliente libre de cualquier compromiso frente a ORANGE si en dicho plazo ésta no ha procedido a establecer el Servicio.
c) Disponer de los medios técnicos necesarios y organizar la prestación del Servicio de tal modo que pueda garantizarse eficazmente, en la medida en que los medios técnicos disponibles en cada momento lo posibiliten, el secreto de las comunicaciones previsto en la Constitución española.
d) Xxxxxxx, a través de su departamento de Atención al Cliente las quejas formuladas y cuestiones o reclamaciones que sobre la prestación del Servicio pueda tener el Cliente, y asignándoles un número de referencia.
e) ORANGE facilitará al Cliente la información adecuada para la mejor prestación del Servicio. Dicha información podrá ser suministrada con carácter general mediante anuncios en los medios de comunicación social o a través de los canales de distribución que colaboren con ORANGE en la prestación del Servicio. ORANGE comunicará sus ofertas de Servicio a la Administración competente.
f) Reparar en el plazo más breve posible las averías que se puedan producir en la estructura necesaria para la prestación del Servicio, ya sea por causas propias o ajenas a ORANGE.
g) Las demás obligaciones que resultan del contrato, sus anexos y las presentes Condiciones.
15.- comunicaciones
añadido que se presten o los que en el futuro se establezcan, y configurar las opciones posibles de los servicios que estén disponibles.
f) Conservar, con arreglo a la Ley, su número telefónico en las condiciones y procedimientos establecidos, y conforme a las disposiciones de la Comisión xxx Xxxxxxx de las Telecomunicaciones.
g) Solicitar la desconexión, previa comunicación a ORANGE, de los servicios de tarificación adicional y de llamadas o conexiones de datos internacionales, gratuitamente tres veces al año, mediante llamada al servicio de Atención al Cliente y remisión de fax, acreditando para ello su identidad y operando como referencia el número de solicitud, con una antelación mínima xx xxxx días a la fecha en que deba tener lugar la desconexión, y solicitar su conexión. En caso de desconexión, si no se produjera tras dicho plazo xx xxxx días, por causas no imputables al Cliente, serán de cargo de ORANGE los costes derivados del servicio cuya desconexión se solicita.
h) A recibir facturas detalladas, a solicitar en este caso la ocultación de las últimas tres cifras del número llamado, a recibir facturas no desglosadas, o independientes para el caso de servicios de tarificación adicional y de otros servicios de tarifas superiores.
i) A que no se produzca la suspensión o interrupción del servicio por impago de la factura por servicios de telecomunicaciones y a devolver su importe si la hubiere pagado, en caso de que la factura no contenga el desglose de la parte relativa a servicios de tarificación adicional disfrutados.
j) Exigir una indemnización de acuerdo a lo previsto en la precedente Condición 6, y los parámetros y método de medida que, en su caso determine el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
El Cliente estará obligado a:
a) Abonar en tiempo y forma las cantidades que se deban a ORANGE, y mantener saldo suficiente en la cuenta designada para el cobro.
b) No ceder el derecho a la utilización del Servicio adquirido por el presente Contrato sin el consentimiento de ORANGE.
c) Otorgar veracidad y exactitud a los datos de carácter personal que en su caso se aporten y comunicar a ORANGE cualquier cambio de domicilio, domicilio social u otros elementos de identificación que puedan producirse durante la vigencia del contrato.
d) Las demás obligaciones que resultan del contrato, sus anexos y las presentes Condiciones.
Las comunicaciones que hayan de realizarse con motivo de lo previsto en el presente contrato y en ejecución del mismo, se efectuarán por escrito y por correo, salvo que su objeto sea posible telefónicamente de acuerdo con la información de utilización del Servicio suministrada al Cliente a través del número 1414 o los que se designen en su sustitución, y/o a través de otros canales que, en su caso se predispongan por ORANGE en el futuro para facilitar el Servicio. A estos efectos se tendrán por designados, para ORANGE, el domicilio social indicado más abajo que a su vez constituye la dirección de sus oficinas comerciales y dirección postal, y para el Cliente, el indicado por el Cliente en el contrato.
ORANGE dispone, con el objeto de proporcionar el acceso de buena fe a contenidos e información relacionados con el Servicio y sus condiciones, del sitio web en Internet xxx.xxxxxx.xx y de un buzón de sugerencias.
16.- legislación y régimen jurídico aplicables
El Cliente contrata con ORANGE con sujeción al régimen que en cada momento establezca la normativa vigente española para la prestación del Servicio de telefonía móvil por ORANGE. El Contrato y sus Condiciones, incluidas las condiciones económicas y las tarifas del Servicio, podrán ser modificadas por ORANGE en cualquier momento, por motivos, técnicos, operativos, económicos, de servicio x xx xxxxxxx, previa comunicación al Cliente con un preaviso de un mes si resulta afectado, salvo en lo relativo a la facultad de resolver el contrato por el Cliente según se expresa en la Condición 12.-d), de conformidad con la legislación vigente. El Cliente acepta que el servicio pueda ser modificado si una disposición legal o reglamentaria así lo exige, informándole en cualquier caso ORANGE si resulta afectado. En todo caso el Cliente podrá recabar información detallada a través del Servicio de Atención al Cliente. Si el Cliente no estuviera conforme con la modificación, podrá notificar a ORANGE su voluntad de resolver el contrato sin penalización en el plazo de un mes desde que reciba la comunicación, transcurrido el cual sin que ORANGE haya recibido comunicación alguna se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones. La versión actualizada de las Condiciones Generales podrá recogerse en las oficinas comerciales y en la página web xxx.xxxxxx.xx. La declaración de cualquiera de estas Condiciones Generales como nula, inválida o ineficaz no afectará a la validez o eficacia de las demás condiciones generales, las cuales permanecerán siendo vinculantes para las partes. El Contrato se regirá por la legislación española que será la aplicable en relación con su interpretación, validez y cumplimiento.
Las presentes condiciones están inscritas en el Libro Depósito del Registro de Condiciones Generales dependiente del Registro de Bienes Muebles de Madrid.
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ORANGE es una marca registrada del Grupo FRANCE TELECOM, al que pertenece FRANCE TELECOM ESPAÑA S.A., domiciliada en Parque Empresarial La Finca, Paseo del Club Deportivo, 1 Xxxxxxxx 0, 00000 - Xxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxx, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 13.183, Folio 129, Hoja M-213468, C.I.F. A82009812.