DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE Cláusulas de Ejemplo

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE. A los efectos de que acens pueda cumplir con las obligaciones asumidas en el presente Contrato, el Cliente se obliga a: (a) facilitar toda la información sobre los Equipos, libre de gastos, que le sea requerida por acens para la adecuada prestación de los Servicios; (b) facilitar a acens toda la documentación, información y colaboración que precise para la defensa de los intereses del Cliente y/o para justificar ante la entidad aseguradora que corresponda, cualquier siniestro o daño y (c) acens facilitará al Cliente la interconexión de sus Equipos a Internet y el acceso de sus Equipos a la red de alimentación a través de su Infraestructura. El Cliente se obliga a mantener y actualizar un inventario completo y exacto de sus Equipos depositados en el Espacio Asignado. Toda modificación de los Equipos depositados deberá ser previamente aprobada por acens. El Cliente se asegurará que dichos Equipos estén debidamente identificados, cumplan con las especificaciones técnicas apropiadas, cuenten con las homologaciones precisas para ello y estén configurados con el interfaz y protocolos de comunicación acordados por acens. Será responsabilidad del Cliente, la obtención de todo elemento mueble que considere debe conformar la base para albergar sus Equipos y que no sean proporcionados por acens de conformidad con lo establecido en el presente Contrato. Dentro del Espacio Asignado, el Cliente podrá instalar Equipos adicionales o mejorar los previamente instalados, previo consentimiento expreso de acens y de conformidad con las normas que determine al efecto. Para que acens pueda aprobar la ubicación e instalación de los Equipos del Cliente y determinar su plazo de instalación, deberá disponer, al menos, de la siguiente documentación: (a) descripción de todos los equipos adicionales y las mejoras que se quieran realizar en los Equipos ya instalados; (b) el plano de disposición de los Equipos adicionales y el conexionado; (c) las características técnicas de los Equipos a instalar, entre las que deberán estar expresamente incluidas las certificaciones de los Equipos, las necesidades de consumo eléctrico, dimensiones físicas, pesos y disipación térmica. El Cliente informará del listado de personas autorizadas y la Clave Secreta necesaria para la realización de solicitudes. Esta Clave Secreta se podrá modificar a lo largo de la vida del contrato, siendo obligación del Cliente informar de dicho cambio. Está terminantemente prohibido, salvo autorización expresa de acens, que...
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE. El Cliente tendrá derecho a:
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE. EL CLIENTE tendrá los derechos y las obligaciones establecidas en la ley 1328 de 2009 y las normas que la modifiquen, adicionen, reglamenten o sustituyan y las contenidas en el presente reglamento.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE tendrá todos los derechos y obligaciones estipulados en el presente contrato, conforme a lo establecido en la Ley General de Telecomunicaciones, No. 8642 y demás normativa aplicable, así como en las resoluciones del ente regulador y otros órganos competentes; como el derecho a conocer las características generales de los servicios o soluciones contratadas, plazo de conexión o instalación, precios, niveles de calidad, plazo contractual, política de compensaciones y reembolsos, servicios de mantenimiento y demás condiciones de prestación del servicio o solución, elegir el medio de pago entre los disponibles propuestos por VIRTUALIS y que sus comunicaciones sean privadas y seguras. De igual forma, el CLIENTE está obligado a cumplir con los términos de este Contrato y la regulación y normativa vigente.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE. 8.1 El CLIENTE se obliga a abonar en término el precio estipulado por los Servicios contratados. -
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE. 4.1. EL CLIENTE autoriza a 3G SOLUCIONES MOVILES a publicar los datos de localización de los teléfonos móviles que constan en el Anexo I del presente contrato. Dicho Anexo podrá ser ampliado mediante la remisión por EL CLIENTE a 3G SOLUCIONES MOVILES de uno o varios nuevos Anexos, debidamente firmados, que pasarán a formar parte integrante de este contrato. Respecto de todos los teléfonos móviles EL CLIENTE deberá haber cumplido las obligaciones a que se refieren los apartados 4.2 a 4.7 siguientes.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE. 5.1 El cliente deberá notificar al contratista la existencia de irregularidades, daños o defectos en el objeto del servi- cio prestado.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE. EL CLIENTE utilizará el portal y los servicios por esa vía ofrecidos, de conformidad con la ley y con los términos y condiciones establecidos en el presente convenio, absteniéndose de utilizarlos con propósitos contrarios a la ley y a los expresados en el presente documento. EL CLIENTE responderá de los daños y perjuicios de toda naturaleza que EL BANCO pueda sufrir, directa o indirectamente, como consecuencia del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas de este contrato, leyes y reglamentos que apliquen para la regulación de este servicio. EL BANCO se reserva el derecho a denegar o retirar el acceso al portal y/o a los servicios, sin previo aviso, a aquellos clientes que incumplan este contrato, así como las leyes y reglamentos que apliquen para estos servicios. EL CLIENTE estará obligado a cumplir estrictamente con todas las instrucciones contenidas en el portal, reconociendo que será responsable por cualquier acto, así como reclamaciones derivado del uso o manejo incorrecto o inadecuado de dicho sistema. Igualmente, EL CLIENTE reconoce que será responsable por instrucciones incorrectas o tardías, así como por demora en los pagos realizados a terceros, si aplicare, relevando de toda responsabilidad a EL BANCO, siempre y cuando no exista falta imputable a éste en relación con las instrucciones dadas por EL CLIENTE.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE. EL CLIENTE tendrá los
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE. 14.1.1. El CLIENTE se obliga a mantener disponibles en su CUENTA, los fondos suficientes para el pago de los cheques o de los débitos que haya autorizado con cargo a ésta. Sin perjuicio de lo anterior, en los casos que la CUENTA no contare con fondos suficientes, el CLIENTE faculta al BANCO, para que éste, a su discreción, conceda sobregiros ocasionales para el pago de los cheques o autorizaciones de débito que se hayan presentado al cobro. En los casos de pago de cheques, el BANCO podrá otorgar el sobregiro de acuerdo con las políticas de crédito y cuando a su criterio el cheque reúna los requisitos legales. El CLIENTE se compromete a reembolsar al BANCO el sobregiro concedido, dentro de las 24 horas siguientes de realizado el pago del cheque o el primer débito en descubierto. Si vencido este plazo, el CLIENTE no hubiere cubierto el valor del sobregiro, el BANCO liquidará los intereses moratorios al máximo permitido, a la fecha de la xxxx, por el Banco Central del Ecuador o el organismo legalmente facultado para ello; así como, a perseguir el cobro del monto del sobregiro más los intereses respectivos en juicio ejecutivo o verbal sumario, a elección del BANCO. Todo lo cual se entiende sin perjuicio de las demás sanciones previstas en las leyes de la materia, para los casos de giro de cheques sin provisión de fondos y mal manejo de cuentas corrientes.