Región de Murcia Consejería de Sanidad y Consumo CUADRO DE CARACTERISTICAS DEL PLIEGO ESPECÍFICO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD.
Región xx Xxxxxx Consejería de Sanidad y Consumo |
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CUADRO DE CARACTERISTICAS XXX XXXXXX ESPECÍFICO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD. |
1.- ORGANO DE CONTRATACIÓN: |
DIRECCIÓN GERENCIA DEL ÁREA DE SALUD VII MURCIA/ESTE En virtud de la delegación de competencias que en materia de contratación atribuye la Resolución del Director Gerente del Servicio Xxxxxxxx xx Xxxxx xx 00 xx xxxxxxxxx xx 0000(XXXX. nº 288 de 15 de diciembre de 2007) |
2.- REFERENCIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN |
CSE/1700/1100217114/11/PNCP |
3.- OBJETO DEL CONTRATO Y CODIFICACION CPV |
Objeto: La gestión completa del servicio de retirada de los residuos urbanos o asimilables, cartonaje y papel generados en el Hospital General Universitario “Xxxxx Xxxxx”, según las especificaciones incluidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT), y que deberá incluir la cesión y mantenimiento de los compactadores así como el transporte hacia gestor autorizado. Codificación CPV: 90500000-2 División por Lotes: (SÍ o (NO |
4.- NECESIDADES A CUBRIR CON EL CONTRATO. |
La contratación del servicio de retirada de residuos urbanos o asimilables, cartonaje y papel generados por los distintos servicios, en los términos establecidos en el PPT, se hace necesaria al no disponer el H.G.U. “Xxxxx Xxxxx” de medios materiales ni personales para la ejecución del mismo. |
5.- DURACIÓN DEL CONTRATO |
La duración del contrato será de 12 meses. |
6.- PRÓRROGA |
El Pliego admite la prórroga: (SÍ o (NO El órgano de contratación podrá acordar la prórroga, por un periodo de 12 meses, que será obligatoria para el empresario. |
7.- LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
El servicio se prestará en el H.G.U. “Xxxxx Xxxxx”, según las especificaciones del PPT. |
8.- PRESUPUESTO |
8.1. Valor estimado total del contrato: 99.484,04€, IVA excluido Importe IVA: 7.958,72€ 8.2. Valor duración inicial del contrato: 49.742,02€, IVA excluido Importe IVA: 3.979,36€ Valor estimado eventuales prórrogas: 49.742,02€ IVA excluido. Importe IVA: 3.979,36€ 8.2.1 Alquiler 2 compactadores RSU o cartón (por meses) Presupuesto Base de Licitación: 7.200 € (máximo 300€/mes cada uno) 8.2.2 Alquiler 2 contenedores envases plástico, brick o cristal (por meses) Presupuesto Base de Licitación: 144 € (máximo 6€/mes cada uno) 8.2.3 Vaciado compactadores RSU o cartón (260 vaciados) Presupuesto Base de Licitación: 23.192 € (máximo 89,20€ por vaciado) 8.2.4 Vaciado contenedores envases plástico, brick y cristal (por meses) Presupuesto Base de Licitación: 2.400€ (máximo 200€/por mes) 8.2.5 Tratamiento RSU (539 Tm) Presupuesto Base de Licitación: 16.806,02€ (máximo 31,18€/Tm) 8.3. Anualidades: Anualidad Importe (IVA excluido) 8.4. Valor estimado por lotes: Nº LOTE DENOMINACIÓN PRESUPUESTO TOTAL (IVA excluido) 8.5. Sistema determinación del precio (señalar uno) (Precios unitarios o (Tanto alzado o (Mixto |
9.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA |
Tramitación normal del expediente: SÍ Partida presupuestaria a la que se imputa el gasto: Considerando que las dotaciones incluidas en el Programa de Actuación, Inversiones y Financiación (PAIF) del Servicio Murciano de Salud y en los Presupuestos de Explotación y de Capital del ejercicio 2010, tienen carácter indicativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Hacienda de la Región xx Xxxxxx y que, en consecuencia, el nuevo sistema de información económica y contable implantado desde el ejercicio 2009, mediante Instrucción de la Dirección Gerencia del S.M.S. nº 7/2008, de 30 de diciembre, no prevé el seguimiento de las retenciones de créditos limitativos, no es necesario ni posible incorporar el certificado de existencia de crédito previsto en el artículo 93.3 de la Ley de Contratos del Sector Público, como documento a incorporar en el expediente de contratación. o Tramitación anticipada del expediente: NO (Expediente sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el presupuesto que se apruebe para el año de su ejecución). |
10.- REVISIÓN DE PRECIOS |
Revisión de precios: (SÍ o (NO De acuerdo con lo establecido en el art. 77 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público ésta se realizará cuando el contrato se hubiese ejecutado, al menos, en el 20 por 100 de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación. En consecuencia, el primer 20 por ciento ejecutado y el primer año de ejecución quedarán excluidos de la revisión. Fórmula de revisión de precios: La revisión de precios será el 85 por 100 de la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo en los doce meses inmediatamente anteriores a aquel en que proceda dicha revisión. |
11.- RÉGIMEN DE FACTURACIÓN |
11.1. Condiciones de pago. Mensualmente, a mes vencido y por los servicios realmente prestados, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato. 11.2. Lugar de presentación de facturas: Registro General de Facturas del Hospital General Universitario “Xxxxx Xxxxx” (Gerencia Área VII Murcia/Este) sito en Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, 0 - 0x Xxxxxx. 11.3. Momento de presentación de facturas: La factura será presentada al finalizar cada mes y recogerá las prestaciones realizadas durante el mismo. 11.4. Autorización de valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de la entrega parcial de los mismos: (Sí (detallar) o (No. |
12.- GARANTÍA PROVISIONAL |
12.1. Constitución de la Garantía Provisional: (NO 12.2. Importe total de la garantía provisional: ______________, equivalente al ___ % del valor estimado del contrato. Órgano a cuya disposición ha de constituirse la garantía: SERVICIO MURCIANO DE SALUD N.I.F.: Q8050008E Periodo de vigencia de la garantía. Conforme a lo dispuesto en el art. 91 Ley 30/2007 12.3 Importe de la garantía provisional por lote Nº de lote Importe de la garantía provisional
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13.- GARANTÍA DEFINITIVA |
13.1. Constitución de la garantía definitiva: (SÍ o (NO 13.2. Importe total de la garantía definitiva: De acuerdo con el artículo 83.1 de la LCSP, será del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido Órgano a cuya disposición ha de constituirse la garantía: SERVICIO MURCIANO DE SALUD N.I.F.: Q8050008E Periodo de vigencia de la garantía. Conforme a lo señalado en el art. 90 de la Ley 30/2007 13.3. Importe de la garantía definitiva por lote: Nº de lote Importe de la garantía definitiva 13.4. Posibilidad de constitución de la garantía mediante retención en el precio: (SÍ o (NO 13.5. Devolución parte proporcional de garantía: (SÍ o (NO |
14.- PROGRAMA DE TRABAJO |
14.1. Obligatoriedad (S/N): (SÍ o (NO 14.2. Plazo para presentación: El adjudicatario deberá presentar en el plazo de 30 días desde la formalización del contrato, un programa de trabajo que, previo informe de la persona responsable del seguimiento del contrato, habrá de ser aprobado por el órgano de contratación dentro de los 15 días siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan lo establecido en los pliegos y en el contrato. 14.3. Contenido mínimo: La empresa adjudicataria recogerá en el “Programa de Trabajo”, las especificaciones contenidas en los pliegos de prescripciones técnicas, así como la oferta técnica propuesta en el que incluya los siguientes aspectos: · Descripción pormenorizada de la organización para la prestación del servicio objeto del expediente (procedimientos y descripción de tareas, frecuencia de recogida y reposición de compactadores, capacidad de respuesta, etc.) · Medios humanos, materiales y técnicos. · Programa de limpieza y mantenimiento, que describa el sistema y técnicas xx xxxxxx y desinfección y la periodicidad de ambos. 14.4- VARIANTES · 14.1 Admite variantes: (SÍ o (NO · 14.2 Número: · 14.3 Elementos: |
15.- OPERACIONES PREPARATORIAS SUSCEPTIBLES DE ABONOS A CUENTA, VALORACION Y PLAN DE AMORTIZACIÓN |
NO PROCEDE. |
16.- ENTREGA Y RECEPCION |
16.1. Forma de constatación de la correcta ejecución del servicio: Verificación mediante informe mensual emitido por el responsable del seguimiento del contrato, donde se certifique la prestación adecuada del servicio, con arreglo a lo estipulado en los pliegos de prescripciones técnicas y en el programa de trabajo presentado por el adjudicatario. 16.2. Forma de recepción: Mediante informe mensual. 16.3. Recepciones parciales previstas: NO PROCEDE |
17.- PLAZO DE GARANTÍA |
Se establece un plazo de garantía de 3 meses desde la finalización del contrato, comenzando su cómputo desde la fecha en que los trabajos sean recibidos de conformidad. |
18.- SUBCONTRATACION |
18.1. Partes o porcentaje del contrato susceptibles de subcontratación: NO PROCEDE 18.2. Obligatoriedad de subcontratar: (SÍ o (NO 18.3. Partes del contrato cuya subcontratación es obligatoria: NO PROCEDE |
19.- PENALIDADES PREVISTAS PARA EL CONTRATO |
La falta de limpieza y/o mantenimiento según los criterios establecidos en el plan aprobado y el retraso en la retirada de los contenedores fuera de la franja horaria indicada se sancionará con 500 euros. |
20.- ASPECTOS NEGOCIABLES POR ORDEN DECRECIENTE |
1. Continuidad del Servicio .Tiempo de respuesta. 2. Medidas organizativas, medios técnicos y humanos. 3. Precio |
21.- CRITERIOS DE SOLVENCIA EXIGIDOS, NÚMERO DE CANDIDATOS QUE PODRÁN SER INVITADOS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN. |
21.1. Criterios de solvencia exigidos para participar en el procedimiento: 21.1.1 Solvencia económica y financiera: Se acreditará mediante la Declaración de la cifra global de negocios y de los servicios realizados por la empresa en los tres últimos ejercicios, exigiéndose que la cifra mínima correspondiente a la anualidad media, sea igual o superior al importe de licitación. 21.1.2 Solvencia técnica: Se acreditará mediante una relación de los principales servicios análogos efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos. Entre éstos, podrán figurar algunos que hagan referencia al servicio objeto del contrato o similares. 21.2. Candidatos que podrán ser invitados al procedimiento: Nº mínimo: 3 Nº máximo: 5 21.3. Criterios de selección en el supuesto de que el nº de candidatos que cumpla la solvencia sea superior al máximo establecido: Los candidatos se ordenarán en función del volumen económico de los servicios análogos al que es objeto de esta contratación realizados durante los tres últimos años. 21.4. CRITERIOS OBJETIVOS PARA DECLARAR PROPOSICIONES ANORMALES O DESPROPORCIONADAS. 21.4.1. Precio: Se consideran ofertas desproporcionadas o anormales, de acuerdo con el Art. 136 LCSP, aquellas proposiciones con una baja superior al 20% del presupuesto de licitación. 21.4.2. Otros: |
22.- DOCUMENTACION ESPECIFICA EXIGIDA PARA LICITAR EN FUNCION DEL OBJETO DEL CONTRATO. |
Oferta técnica en la que incluya, entre otros, los siguientes aspectos: · Descripción pormenorizada de la organización para la prestación del servicio objeto del expediente (procedimientos y descripción de tareas, frecuencia de recogida y reposición de compactadores, capacidad de respuesta, etc.) · Medios humanos, materiales y técnicos, describiendo las características de los contenedores/compactadores. · Programa de limpieza y mantenimiento, que describa el sistema y técnicas xx xxxxxx y desinfección y la periodicidad de ambos. |
23.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL. |
Exigencia de seguro de responsabilidad civil: (SÍ o (NO Límite de indemnización de la póliza: mínimo de 300.000 € del global de la póliza y un mínimo de 50.000 € por siniestro. La copia de póliza y el recibo de pago se presentarán al inicio del contrato. |
24.- LUGAR PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, TELÉFONO, FAX , CORREO ELECTRÓNICO Y SERVICIO DE CONTACTO PARA REALIZAR CUALQUIER ACLARACIÓN SOBRE EL CONCURSO. |
24.1. Registro para presentar las solicitudes de invitación y proposiciones: Registro General del Hospital General Universitario “Xxxxx Xxxxx” 24.2. Dirección para envío de correo: Xxxx. Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, 0. 0 Xxxxxx. 00000. Murcia 24.3. Nº de Fax: 968 35 93 87 24.4. Dirección de correo electrónico 24.5. Nº de Teléfono: 968 35 92 86 24.6. Perfil del contratante: xxx.xxxx.xx |
25.- OBLIGATORIEDAD DE SUBROGACIÓN RESPECTO DE LOS TRABAJADORES QUE ACTUALMENTE PRESTAN EL SERVICIO. |
(SÍ o (NO |
26.- FASES SUCESIVAS DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS |
(SÍ o (NO Nº de fases previstas: NO PROCEDE |
EL SUBDIRECTOR DE GESTIÓN ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA
FDO.: XXXX XXXXXXX XXXXX
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD
I.- CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1. El contrato que se regula por este Pliego tiene por objeto la prestación de los servicios especificados en el Apartado 3 del Cuadro de Características que encabeza y forma parte de este Pliego, codificado conforme a la nomenclatura CPA-2002 y CPV , indicada en dicho apartado.
1.2. En el supuesto de que el objeto del contrato se desglose en lotes, estos se detallarán en el Apartado 3 del Cuadro de Características que forma parte de este Pliego, codificados conforme a las nomenclaturas CPA-2002 y CPV indicadas en dicho apartado.
1.3. El objeto del presente contrato va dirigido a satisfacer las necesidades de los Centros dependientes del Servicio Murciano de Salud que se establecen en el Apartado 4 de dicho Cuadro de Características.
1.4. La ejecución de los trabajos contratados se efectuará conforme a las condiciones que figuran en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el cuadro de Características y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, los cuales tendrán carácter contractual.
2. PLAZO
2.1. La duración del contrato será la fijada en el Apartado 5 del Cuadro de Características que acompaña este Pliego, a contar desde el inicio efectivo de la prestación del servicio. La duración inicial del contrato no podrá exceder de CUATRO AÑOS.
2.2. El contrato podrá prorrogarse, de mutuo acuerdo de las partes, antes de su finalización sin que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de SEIS AÑOS, ni estas puedan ser concertadas, aislada o conjuntamente, por un plazo superior al fijado originalmente. La posibilidad de prórroga del contrato aparecerá reflejada en el Apartado 6 del Cuadro de Características.
2.3. En el supuesto de servicios de tracto sucesivo, finalizado el plazo de ejecución, incluidas las prórrogas si las hubiere, la empresa adjudicataria seguirá prestando servicios hasta que por resolución del oportuno expediente, la nueva empresa adjudicataria inicie la ejecución del nuevo contrato.
2.4. Si el contrato tiene una duración superior a la del ejercicio en el que fue formalizado, su eficacia quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos a cuya anualidad corresponda
3. LUGAR DE EJECUCION
La prestación de servicios se llevarán a cabo en el/los lugar/es determinado/s en el Apartado 7 de Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego.
4. PRESUPUESTO Y FINANCIACION
4.1. El importe total estimado por la Administración para este contrato, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, asciende a la cantidad indicada en el Apartado 8.1 del Cuadro de Características. El importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que debe soportar la Administración por la prestación objeto del contrato es el que figura en el citado Apartado 8.1.
4.2. En dicho importe total quedan incluidas las eventuales prórrogas de las que pueda ser objeto el contrato. El desglose del presupuesto estimado para el periodo inicial de vigencia del contrato, y el correspondiente al número de prórrogas previstas se detalla en el Apartado 8.2 del Cuadro de Características. La distribución de anualidades es la que se indica en el Apartado 8.3 del Cuadro de Características.
4.3. En el caso de que la licitación se efectúe por lotes, el desglose del importe máximo de licitación para cada uno de ellos, calculado en la forma indicada en los Apartados anteriores, será el que figura en el Apartado 8.4 del Cuadro de Características
4.4. El sistema de determinación del precio del contrato es el que se señala en el Apartado 8.5 del Cuadro de Características.
4.5. Para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Administración Pública como consecuencia del cumplimiento del contrato, existe crédito suficiente en el Presupuesto de Gastos del Servicio Murciano de Salud, con cargo a la imputación presupuestaria que figura en el Apartado 9 del Cuadro de Características. Esta referencia al Presupuesto de Gastos se entenderá efectuada a la previsión del Anteproyecto de Presupuestos del año siguiente, cuando se trate de expedientes de tramitación anticipada.
4.6. Las ofertas que excedan del precio de licitación formulado por la Administración, serán rechazadas.
4.7. Si la contratación de la prestación del servicio se promueve mediante TRAMITACIÓN ANTICIPADA, la adjudicación, en caso de producirse, quedará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el presupuesto que se apruebe para el año de su ejecución.
5. REVISION DE PRECIOS
Salvo que en el Apartado 10 del Cuadro de Características se establezca que no proceda la revisión de precios en el contrato, de acuerdo con lo establecido en el art. 77 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, ésta se realizará cuando el contrato se hubiere ejecutado en el 20 por 100 de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación, de tal modo que ni el porcentaje del 20 por 100, ni el primer año de ejecución, contando desde dicha adjudicación puede ser objeto de revisión.
La fórmula o índice de revisión indicado en el Apartado 10 del Cuadro de Características será invariable durante la vigencia del contrato. Determinará la revisión de precios en cada fecha respecto a la fecha de adjudicación del contrato, siempre que ésta se produzca en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, o respecto a la fecha en que termina dicho plazo de tres meses si la adjudicación se produce con posterioridad.
El importe de las revisiones que procedan se hará efectivo, de oficio, por la Administración (art. 82). Cuando el índice que se adopte sea el IPC o cualquiera de los índices de los grupos, subgrupos, clases o subclases que en él se integra, la revisión no podrá superar el 85 por 100 de variación experimentada por el índice adoptado (art. 78.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre).
6. FORMA DE PAGO
El contratista tendrá derecho al abono de los trabajos efectivamente realizados, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato. El pago del precio se efectuará previa presentación de la correspondiente factura en el momento y lugar que se indica en el Apartado 11 del Cuadro de Características, procediéndose a su abono una vez realizada la recepción de los trabajos o la conformidad de los mismos, según proceda.
Si los servicios contratados son de tracto sucesivo, un representante designado por el Órgano de Contratación, a la vista de los trabajos realmente ejecutados y de los precios contratados, redactará las correspondientes valoraciones mensuales. Estas valoraciones se efectuarán siempre al origen, concretándose los trabajos realizados en el periodo de tiempo de que se trate, dándose audiencia al contratista, de acuerdo con lo establecido en el articulo 149 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre. Las certificaciones para el abono de los trabajos efectuados se expedirán tomando como base la valoración correspondiente y se tramitarán por el representante del Órgano de contratación dentro de los diez días siguientes al periodo a que correspondan.
En el Apartado 11 del Cuadro de Características se prevé la posibilidad o no de autorizar valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos. En caso afirmativo, para que puedan ser abonadas las certificaciones consecuencia de dichas valoraciones deberá solicitarse por el contratista y ser autorizadas por el Órgano de Contratación, debiendo garantizar el contratista su importe, mediante la prestación de la garantía correspondiente en los términos recogidos en el Título IV del Libro I, de la Ley 30/2007, de contratos del Sector Público.
7. GARANTÍAS
7.1. Garantía provisional
7.1.1. Cuantía
Para tomar parte en el presente concurso, el Órgano de Contratación podrá exigir a los licitadores la constitución de garantía provisional, en cuyo caso, deberá quedar justificado suficientemente las razones por las que se estima procedente su exigencia y por el importe que se fija en el Apartado 12 del Cuadro de Características, y que no podrá ser superior al 3 por 100 del presupuesto del contrato (art. 91 del la Ley 30/2007, de 30 de octubre).
En el supuesto de que se prevea la posibilidad de licitar por lotes y de que algún licitador no se presentase a la totalidad de las mismos, la cuantía de la garantía provisional será la correspondiente al lote o lotes a los que licite. Los licitadores tendrán que hacer referencia, a los lotes que concurran, en los documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional.
Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la U.T.E., siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida.
7.1.2. Forma de constitución
Para la constitución, en su caso, de la garantía provisional se estará a lo dispuesto en el art. 91.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, debiendo ser depositada, cuando se trate de garantías en metálico o valores, en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sita en Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, 0 – 0x xxxxxx, xx Xxxxxx, acreditándose su constitución mediante entrega al Órgano de Contratación de la Carta de Pago expedida por aquella.
Cuando se trate de aval bancario o seguro de caución, el documento acreditativo de la constitución de la garantía será presentado directamente ante el Órgano de Contratación junto con el resto de la documentación administrativa.
La constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los Anexos I-A y II-A del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
7.1.3. Devolución
La devolución de la garantía provisional se realizará de conformidad con lo establecido en el art. 91.4, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
7.2. Garantía definitiva
7.2.1. Cuantía
El licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía definitiva por el importe fijado en el Apartado 13 del Cuadro de Características, equivalente al 5% del presupuesto de adjudicación del contrato, excluido IVA, de conformidad con lo establecido en el art. 83.1, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
El plazo para la constitución de la garantía definitiva será xx XXXX DIAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 135.2., de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
7.2.2. Forma de constitución
La garantía definitiva deberá ser depositada en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con independencia de la forma utilizada (metálico, aval bancario o seguro de caución), debiendo presentar el adjudicatario ante la Administración la Carta de Pago emitida por aquella, de conformidad con el art. 61.2 del RDL 1098/2001, y el Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx (Decreto 138/1999).
De conformidad con el art. 58 del R.D. 1098/2001, el poder de las personas que firmen avales y certificados de seguros de caución deberá ser bastanteado previamente por la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
Cuando así se prevea en el Apartado 13 del Cuadro de Características, la garantía definitiva que, eventualmente, deba prestarse podrá constituirse mediante retención en el precio. Si el licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa optara por esta modalidad, deberá comunicarlo por escrito al órgano de contratación en el plazo establecido para la constitución de la garantía.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
La constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los Anexos I-B y II-B del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
7.2.3. Devolución
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista.
El acuerdo de devolución deberá adoptarse y notificarse al interesado en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía, de conformidad con el art. 90.2, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías, una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el artículo 88 de la Ley 30/2007. Cuando el importe del contrato sea inferior a 100.000 euros, el plazo se reducirá a seis meses.
En el supuesto de recepción parcial del contrato, el contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía que corresponda. Esta posibilidad aparece recogida en el Apartado 13 de Cuadro de Características.
7.3. Reajuste de garantías
Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, en aquellos supuestos que sea posible, varíe el precio del mismo, se reajustará la garantía definitiva en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, para que guarde la debida proporción del contrato resultante de su modificación.
8. OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA EJECUCION DEL CONTRATO
8.1. De conformidad con el art. 41.1, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, el órgano de contratación podrá designar un representante para el seguimiento de la ejecución del contrato. Cuando la ejecución del contrato así lo aconseje, la Administración podrá recabar del contratista, la designación de una persona que actúe como delegado suyo para organizar la realización del contrato e interpretar y poner en práctica las observaciones que para el exacto cumplimiento del mismo le fuesen formuladas por el órgano de contratación.
8.2. En los contratos de servicios que sean de tracto sucesivo, el contratista está obligado a presentar un Programa de Trabajo. El Órgano de Contratación resolverá sobre el programa de trabajo dentro de los quince días siguientes a su presentación, y en todo caso antes del inicio efectivo de la prestación del servicio pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. En los demás contratos de servicios, la exigencia de un programa de trabajo será potestativa por parte de Órgano de Contratación.
La obligatoriedad de presentar el Programa de Trabajo, así como su contenido mínimo y plazo máximo para su presentación ante el Órgano de contratación, viene determinada en el Apartado 14 del Cuadro de Características.
8.3. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del presente contrato.
El contratista garantizará en todo caso a la Administración toda reclamación de tercera persona, fundada en la actividad de aquel.
8.4. El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista, con sujeción a las cláusulas del mismo, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación dé la Administración al contratista.
8.5. El contratista será responsable de la calidad técnica de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración contratante o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
8.6. El contratista contará con el personal adecuado para la ejecución del contrato. Si fuera necesario, el contratista procederá de inmediato a la sustitución del personal, de forma que la ejecución del contrato quede siempre asegurada.
8.7. El órgano de contratación, directamente o a través de la entidad que considere más idónea por su especialización tiene la facultad de inspeccionar, de establecer sistemas de control de calidad, dictando cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
8.8. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
8.9. El contratista tendrá derecho a percibir a la iniciación de la ejecución del contrato hasta un 20 por 100 del importe total del mismo, como abono por cuenta para la financiación de las operaciones preparatorias, debiéndose asegurar el referido pago mediante la prestación de garantía (art. 201 R.D. 1098/2001, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
A estos efectos, en el Apartado 15, del Cuadro de Características se especifican las operaciones preparatorias susceptibles de abonos a cuenta, criterios y forma de valoración de las operaciones preparatorias y plan de amortización de los abonos a cuenta, de conformidad con lo expresado en el citado art. 201 de R.D. 1098/2001.
El representante del Órgano de Contratación, oído el contratista, propondrá al Órgano de Contratación el concreto abono que proceda.
8.10. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
9. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
9.1. El Órgano de Contratación podrá modificar el contrato celebrado por razones de interés público y para atender a causas imprevistas dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en los artículos 195, 202 y 282 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, sin perjuicio de los métodos de valoración, indemnizaciones y obligaciones de pago para la Administración que fueran procedentes.
9.2. En los contratos de servicios de mantenimiento, cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato se produzca aumento, reducción o supresión de las unidades contratadas que integran el servicio o la sustitución de unos por otros, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades, a reclamar indemnización por dichas causas, sin perjuicio del derecho del adjudicatario a invocar la resolución del contrato en los supuestos del art. 284.c) de la Ley 30/2007, de contratos del Sector Público.
10. ENTREGA Y RECEPCION DE LOS SERVICIOS
10.1. El contratista deberá prestar el/los servicio/s dentro del plazo estipulado. La forma de constatación de la correcta ejecución de la prestación de los mismos será la indicada en el Apartado 16 del Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego. Si el representante del Órgano de Contratación estimase cumplidas las prescripciones técnicas del contrato propondrá que se lleve a cabo la recepción.
10.2. Si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas se procederá a su recepción, en la forma indicada en el Apartado 16 del Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego.
10.3. En los casos en que haya lugar a recepciones parciales, éstas serán las indicadas en el Apartado 16 del Cuadro de Características.
11. PLAZO DE GARANTIA
11.1. Cuando la naturaleza del contrato lo requiera o la legislación pertinente lo exija, se establecerá un plazo de garantía que será el establecido en el Apartado 17 del Cuadro de Características, comenzándose su cómputo desde la fecha en que los trabajos sean recibidos de conformidad.
11.2. Si durante el plazo de garantía establecido se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
11.3. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
11.4. El plazo de garantía, en el supuesto de que se prevean recepciones parciales, comenzará a contarse desde las fechas de las recepciones respectivas.
12. CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACION
12.1. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato.
Para que los adjudicatarios puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros deberán cumplirse los requisitos recogidos en el art. 209 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, quedando el cesionario subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
12.2. Salvo que el contrato disponga lo contrario o que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, éste podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo. El importe máximo de las prestaciones objeto de ser subcontratadas no podrá exceder del 60 por 100 del precio de adjudicación del contrato. En el Apartado 18 del Cuadro de Características se indica la parte o tanto por ciento de las prestaciones susceptibles de ser subcontratadas.
Los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
El adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la Administración la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
El Órgano de contratación podrá imponer al contratista, siempre que se haga constar en el Apartado 18 del Cuadro de Características, la subcontratación con terceros no vinculados al mismo, de determinadas partes de la prestación que no excedan en su conjunto del 30 % del importe del presupuesto del contrato, de conformidad con el artículo 210.7, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
La celebración de subcontratos estará sometida a lo establecido en los artículos 210 y 211 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
La infracción de las condiciones establecidas para proceder a la subcontratación, establecidas en el artículo 210.2 de la citada Ley, podrá dar lugar, a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 % del importe del subcontrato.
13. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
13.1. Serán causas de resolución del contrato las señaladas en los artículos 206 y 284 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, así como el incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente Pliego o en el de Prescripciones Técnicas.
13.2. Los efectos de la resolución se determinarán de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 208 y 285 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
14. DE LAS PENALIDADES ADMINISTRATIVAS
14.1. Incumplimiento de los plazos.
El adjudicatario incurrirá en xxxx, en el caso de incumplimiento de los plazos previstos, sin que requiera la interpelación o la intimación previa por parte de la Administración y producirá, según la naturaleza del incumplimiento los siguientes efectos:
14.1.1. En todo caso, cuando el incumplimiento hubiere dado lugar a una disminución de prestaciones no recuperables, y este perjuicio no deba correr a cargo de la Administración, en virtud de la legislación aplicable, se reducirá la parte del precio que corresponda a dichas prestaciones
14.1.2. Las deducciones o reducciones en el abono del precio que proceda por la disminución de prestaciones no recuperables o la baja en el rendimiento convenido, se producirán con independencia de los efectos de la indemnización-resolución, con o sin pérdida de fianza o penalidad a que pudiera dar lugar la causa que los originase.
14.1.3. Si el retraso no implicase necesariamente la disminución de prestaciones, por permitirlo una prórroga que lo subsane y no se hubiera producido por motivos imputables al adjudicatario, se estará a lo dispuesto en el artº 197, apartado 2, de la Ley 30/2007, de 31 de octubre.
14.1.4. Si en las mismas condiciones del párrafo anterior, el retraso se hubiera producido por causas imputables al adjudicatario, se estará a lo dispuesto en el artículo 196.4, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
14.2. Otros incumplimientos
14.2.1. La demora por causas imputables al adjudicatario, facultará a la Administración para, discrecionalmente, ponderando los perjuicios originados por el retraso y las reincidencias, resolver el contrato con pérdida de fianza o aplicar las penalidades previstas.
14.2.2. El importe de las penalidades por demora se hará efectivo mediante la deducción de las mismas en las facturaciones que se produzcan. En todo caso la garantía definitiva responderá de la efectividad de aquellas, de acuerdo con lo establecido en el art. 88 de la citada Ley. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
14.2.3. Las reducciones y penalidades referidas en los párrafos anteriores no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios, ocasionados por el retraso imputable al adjudicatario.
14.2.4. En el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme a los artículos 53.2, 102.1 y 134.6, de la Ley 30/2007, podrá preverse un régimen de penalidades Estas penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 % del presupuesto del contrato. Las penalidades previstas figuran relacionadas en el Apartado 19 de Cuadro de Características.
15. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL
15.1. El contratista responderá de todos los daños y perjuicios causados a terceros y a la Administración dentro del proceso contractual.
15.2. La cantidad en que se concreten tales daños, será exigible por la vía de apremio administrativo.
15.3. Con independencia de las responsabilidades de tipo general que establece la legislación vigente y aplicables por tanto al presente contrato, se indicaran en el Pliego de Prescripciones Técnicas las que de forma específica afectan al servicio.
16. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
17. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
17.1. Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que, además de plena capacidad de obrar, desarrollen una actividad que tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica como se indica en el presente Pliego y no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar que menciona el artículo 49 de la Ley 30/2007.
No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas relativas al contrato objeto de la adjudicación, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
17.2. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, además de acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su Estado, y su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, deberán justificar, mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
17.3. La Administración podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. A efectos de la acreditación de la solvencia, las uniones temporales de empresas acumularán las características acreditadas por cada uno de los integrantes de las mismas, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en el Reglamento General de la Ley.
18. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
El presente contrato se adjudicará por el procedimiento negociado con publicidad previsto en el artículo 154 y en el artículo 158 y 161.2 de la LCSP.
En el Apartado 21 del Cuadro de Características figuran los criterios objetivos de solvencia, con arreglo a los cuales serán elegidos los candidatos que serán invitados a presentar proposiciones, así como el número mínimo que no será inferior a TRES, siempre que ello sea posible, y, en su caso, el número máximo de aquellos. Tanto los criterios de solvencia como el número de candidatos que podrán ser invitados aparecen recogidos en el Apartado 21 del Cuadro de Características.
18.1. Mesa de contratación
En los procedimientos negociados con publicidad, el órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido el artículo 295 de la Ley 30/2007, así como en el artículo 36.1 de la Ley 7/2004, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx
18.2. Solicitudes de participación
En el plazo establecido en el anuncio de licitación, que como mínimo serán 10 días naturales, las empresas interesadas deberán presentar Solicitud de Participación en el procedimiento, conforme al modelo que se adjunta como Anexo III, al presente Pliego. Dicha solicitud se acompañará de la siguiente documentación:
a) Documento Nacional de Identidad de la persona que suscriba la oferta. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por los Servicios Jurídicos de la Secretaría General Técnica del Servicio Murciano de Salud, sitos en xxxxx Xxxxxxx, 0, Xxxxxxxx Xxxxxxxxx X – 0x xxxxxx, Xxxxxxxxx-Xxxxxx (Tfno.: 968 28 80 61/63). Surtirá igualmente efecto, el bastanteo de poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas Públicas Regionales de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
b) Cuando se trate de empresas que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación de la sociedad, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, se acreditará mediante su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado.
La capacidad de las empresas extranjeras no comprendidas en el punto anterior, se acreditará con informe de la Misión Diplomática Permanente española en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (Anexo IV).
d) Certificado acreditativo, expedido por el órgano de representación de la empresa, de que no forma de sus Órganos de Gobierno y Administración personal alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/94, de 1 xx xxxxxx, del Estatuto Regional de la Actividad Política (Anexo V).
e) Acreditación de los criterios objetivos de solvencia requeridos en el Apartado 21 del Cuadro de Características para participar en el procedimiento.
f) Documento acreditativo de haber constituido, en su caso, la garantía provisional exigida para tomar parte en la licitación.
g) En el caso de que varios empresarios constituyan una Unión Temporal de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las anteriores empresas. Para que sea eficaz la agrupación frente a la Administración, bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. También deberá indicar que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal, en caso resultar adjudicatario del contrato.
h) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
i) Datos del licitador (Anexo VII), que incluirá en su caso una dirección de correo electrónico para efectuar las notificaciones.
De los documentos anteriores podrán presentarse originales, copia compulsada, copia autenticada ante notario o copia simple de los mismos. En este último caso, los licitadores propuestos para la adjudicación del contrato deberán aportar, previamente a que se produzca la misma, los documentos originales para la compulsa de las copias presentadas.
Las empresas que presenten Certificado de estar inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, quedarán exentas de presentar cualquier documento que haya sido confiado al Registro. Para ello, deberán aportar, junto con el Certificado, una declaración responsable de la persona con capacidad para ello, en la que se acredite la validez y vigencia de los datos registrales.
Cuando se hubieran producido alteraciones en los testimonios registrales, deberán aportar la documentación por la que se rectifique o actualice la anteriormente depositada.
18.3. Selección de solicitantes e invitación a participar en el procedimiento
La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación, podrá conceder un plazo, no superior a siete días (art. 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la LCSP), para la subsanación de las deficiencias observadas.
El Órgano de contratación, a propuesta de la Mesa de Contratación, examinadas las solicitudes de participación y verificado el cumplimiento de las condiciones de solvencia seleccionará a aquellas empresas que deban pasar a la siguiente fase, invitándolos simultáneamente y por escrito a presentar sus proposiciones.
La invitación indicará el lugar y el plazo de presentación de ofertas, que no podrá ser inferior a quince días naturales, desde la fecha de envío.
Cuando el número de candidatos que cumplan los criterios de selección sea inferior al mínimo establecido, el Órgano de contratación continuará el procedimiento con los que reúnan las condiciones exigidas.
Cuando el número de candidatos que cumplan los criterios de selección sea superior al máximo establecido, la Mesa de contratación procederá a valorar los criterios de selección establecidos en al Apartado 21.3 del Cuadro de Características.
18.4. Plazo y lugar de presentación
Las empresas deberán presentar sus proposiciones en el Registro indicado en el Apartado 24, de 9 a 14 horas, en el plazo y lugar que se determine en la correspondiente invitación.
Podrán enviarse proposiciones por correo. En este caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día. A estos efectos, en el Apartado 24, del Cuadro de Características, se indican el número de fax y la dirección de correo electrónico, en su caso, para realizar el citado anuncio.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, justificante y anuncio, no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de contratación, con posterioridad al día de terminación del plazo señalado en la invitación para a presentar oferta.
18.5. Contenido de las proposiciones
Las proposiciones de las empresas seleccionadas e invitadas a participar en el procedimiento contendrán la siguiente documentación:
a) Oferta económica, según modelo que se adjunta en el Anexo VI.
b) Documentación específica que se relaciona en el Apartado 22 del Cuadro de Características, exigida en función de la naturaleza del servicio.
c) Así como las variantes que en su caso puedan exigirse de acuerdo con el Apartado 14.4 del Cuadro de Características. Los criterios para considerar que la oferta contiene valores anormales o desproporcionados vienen establecidos en el Apartado 21.4 del Cuadro de Características.
18.6. Procedimiento de adjudicación
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación, procederá a evaluar las proposiciones recibidas.
Una vez realizado el informe de evaluación de las ofertas, la Mesa de Contratación convocará a las empresas interesadas, para iniciar el proceso de negociación, del cual se levantará la oportuna acta. En el Apartado 26 del Cuadro de Características se indica si en el Procedimiento Negociado se va a hacer uso de la facultad prevista en el articulo 162.2 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, articulando el procedimiento en fases sucesivas, a fin de reducir progresivamente el número de ofertas a negociar mediante la aplicación de los criterios de adjudicación.
Tras la negociación mantenida con las empresas, la Mesa de Contratación propondrá como adjudicataria a la empresa económicamente más ventajosa. Para la valoración de las proposiciones y determinación de la oferta económicamente más ventajosa, deberá atender a criterios o aspectos negociables directamente vinculados con el objeto del contrato que se relacionan en el Apartado 20 del Cuadro de Características, enumerados por orden decreciente de importancia. Pudiendo solicitar al efecto los informes técnicos que estime pertinentes.
19. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
19.1. El licitador que haya sido propuesto para la adjudicación del contrato, deberá presentar dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación, según se recoge en el apartado 4 del artículo 135 de la LCSP:
a) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, comprensiva de las circunstancias recogidas en el art. 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
b) Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e), del art. 13 del citado Real Decreto.
c) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 14 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
d) Alta o último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto de este contrato y declaración de no haber formulado baja en la actividad correspondiente.
e) Acreditación de haber constituido la garantía definitiva exigida, en su caso.
Si los documentos anteriores son fotocopia de los originales, estas deberán estar debidamente compulsadas.
Las empresas que presenten Certificado de estar inscritas en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, quedarán exentas de presentar cualquier documento que haya sido confiado a este Registro. Para ello, deberán aportar, junto con el Certificado, una declaración responsable de la persona con capacidad para ello en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente Certificado no han experimentada variación.
Cuando se hubieren producido alteraciones en los testimonios registrales, deberán aportar la documentación por la que se rectifique o actualice la anteriormente depositada.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
19.2. El órgano de contratación, deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
19.3. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante e incluirá el contenido a que se refiere el art. 135.3 LCSP. Si los interesados lo solicitan, se les facilitará información, en un plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 310 LCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario y, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; en todo caso, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
20. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
20.1. Tiempos y requisitos
20.1.1. El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, dentro de los plazos a los que se refiere el artículo 140 LCSP que se pondrá en conocimiento del adjudicatario en el momento de la notificación de la adjudicación.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
20.1.2. Cuando lo solicite el contratista, podrá elevarse a escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. El contratista quedara obligado a entregar al Organismo contratante copia simple de la escritura del contrato en el plazo de veinte días contados a partir de su otorgamiento.
20.1.3. Al contrato que se formalice, se unirá como anexo, un ejemplar de este Pliego de Cláusulas, con su Cuadro de Características y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que será firmado, en prueba de su conformidad, por el adjudicatario.
20.1.4. Si una Unión de Empresas resultase adjudicataria, deberá acreditar ante el órgano de contratación, en el plazo de quince días naturales, contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, la constitución de la unión, mediante la presentación de la pertinente escritura pública y el nombramiento en igual forma, de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejecutar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa; todo ello, se entiende sin perjuicio de la responsabilidad solidaria, ante la Administración, de todos las empresarios que integren la Unión de Empresas.
20.1.5. Cuando la naturaleza del contrato lo requiera podrá exigirse la presentación o constitución de un seguro de responsabilidad civil. En este caso el contratista deberá presentar ante la Administración contratante antes de la firma del contrato, un certificado emitido por una entidad aseguradora debidamente autorizada que acredite la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil para la realización de actividades de igual naturaleza a la contratada. Esta póliza cubrirá los daños y perjuicios ocasionados tanto a la Administración contratante como a terceros y siempre derivados de la ejecución del servicio por el periodo de tiempo pactado como de ejecución del contrato.
En el supuesto de que el/los contratos derivados del presente concurso se prorroguen, la vigencia de la póliza alcanzará al periodo de prorroga. Además deberá tener un periodo para presentar posibles reclamaciones, igual al que en derecho se establezca.
En el Apartado 23 del Cuadro de Características se establecerá el límite de indemnización de la póliza, caso de exigirse seguro de responsabilidad civil.
La Administración contratante podrá en cualquier momento durante la vigencia del contrato requerir al contratista para que acredite la vigencia de la citada póliza.
21. NO FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
21.1. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
21.2. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
22. CONFIDENCIALIDAD
La empresa adjudicataria se compromete a tratar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la prestación del servicio, observando los principios exigibles por la legislación en materia de protección de datos, en particular los relativos a la calidad de los datos, seguridad de los mismos y deber xx xxxxxxx, así como conforme a las concretas instrucciones recibidas del SERVICIO MURCIANO DE SALUD (responsable del fichero), no utilizando los datos para ningún otro propósito distinto a la prestación de los servicios a favor del SERVICIO MURCIANO DE SALUD(GERENCIA DE ÁREA VII).
Asimismo, la empresa se compromete a observar el secreto profesional respecto de los datos personales objeto de tratamiento, manteniendo absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de los servicios prestados, no comunicando a ningún tercero, ni siquiera para su conservación, los datos facilitados por el SERVICIO MURCIANO DE SALUD (GERENCIA DE ÁREA VII) como responsable del fichero. Esta obligación subsistirá aún después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.
La empresa asegurará y se responsabilizara de que sus empleados y/ o colaboradores, reciban los datos únicamente en la medida en que sea necesario su conocimiento para la prestación del servicio pactado
La empresa se compromete a crear y mantener un registro actualizado de usuarios de la empresa que manejan ficheros sometidos a este acuerdo de confidencialidad y a asegurarse del cumplimiento de las medidas de seguridad del nivel correspondiente al contrato.
La empresa, se compromete a observar las medidas de seguridad correspondientes al tratamiento de los datos personales a los que tiene acceso, de acuerdo al nivel de protección establecido en el Reglamento de medidas de seguridad de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal contenido en el Real Decreto 994/ 1999 ( REAL DECRETO 1720/2007 DE DESARROLLO DE LA LEY 15/1999 DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL) o en cualquier otra norma que lo sustituya o modifique.
En el supuesto de que la empresa, destine los datos a finalidad distinta de la estipulada, los comunique o utilice incumpliendo las instrucciones fijadas en el presente contrato, será considerada también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido.
El Servicio Murciano de Salud (LA GERENCIA DEL ÁREA VII) se reserva el derecho de comprobar e inspeccionar en cualquier momento, durante la vigencia del contrato, el cumplimiento de lo aquí expuesto siempre que medie un preaviso de 15 días. La Empresa se compromete a facilitar la inspección, poniendo a disposición de SERVICIO MURCIANO DE SALUD (GERENCIA DEL ÁREA VII) sus instalaciones y/ o todos aquellos datos, información, documentación que sea necesaria para la realización de la misma. Si fruto de dicha comprobación fuese necesario implantar medidas de seguridad adicionales a las previamente acordadas, la Empresa estará obligada a la implantación de dichas medidas a su cargo.
La empresa se compromete a devolver al SERVICIO MURCIANO DE SALUD (GERENCIA DEL ÁREA VII) los datos objeto de tratamiento, soportes o documentos en que estos consten, así como a destruir aquellos según las instrucciones del responsable del tratamiento, una vez cumplida la prestación contractual.
III.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
23. NATURALEZA
El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo.
24. REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
24.1. Para todo lo no previsto en el presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, es especial en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, del contrato del Sector Público, el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y demás normas de desarrollo y modificaciones procedan. El Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
24.2. Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en las disposiciones vigentes en materia de contratación de servicios, el Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos procederá recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
24.3. La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.
24.4. El contratista deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones en materia laboral, de Seguridad Social y prevención de riesgos laborales en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la Administración contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. En el supuesto de que la normativa laboral exija la subrogación respecto de trabajadores que vengan prestando el servicio, se indicará en el Apartado 25 del Cuadro de Características.
24.5. En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 313/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, el contratista deberá establecer contacto con la persona/s responsable/s de la prevención de riesgos laborales del centro o centros en los que va a realizar la prestación objeto del contrato.
25. RECURSO
Los actos que se dicten en procedimientos de adjudicación de contratos en que no sea susceptible la interposición del recurso especial, podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
26. CUESTIÓN DE NULIDAD
Toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad a que se refiere el artículo 37 LCSP, podrán interponer la cuestión de nulidad ante el órgano de contratación, en el plazo de TREINTA DIAS HABILES a contar desde la publicación de la adjudicación del contrato o desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos del rechazo de su candidatura o proposición.
Fuera de los casos anteriormente indicados, la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran SEIS MESES a contar desde la formalización del contrato.
27. JURISDICCION COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
ANEXO I-A
Modelo de Aval para GARANTIA PROVISIONAL
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)............................................................................................................................. NIF ..........................................con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ........................................................... en la calle/plaza/avenida.............................................................................................. C.P. ............................y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) ..................................................................................................
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada el día ...................... por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A V A L A
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)................................................................................................................................................................................................................. NIF ...................................en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía)..................................................... para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado) ......................................................................................................................................... ante: SERVICIO MURCIANO DE SALUD ...................................................................... por importe de: (en letras) ......................................................................
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía), en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
(lugar y fecha)
(razón social de entidad)
(firma de los Apoderados)
ANEXO I-B
Modelo de Aval para GARANTIA DEFINITIVA
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)........................................................................................................................ NIF ....................................con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en...................................................................... en la calle/plaza/avenida ................................................................................. C.P. ............................ y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) ........................................................................................................................................................................................................................................
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación del Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A V A L A
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado) .............................................................................................................................. NIF ..................................... en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía)..................................................... para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado) ...................................................................................................... ........................................ante: SERVICIO MURCIANO DE SALUD, por importe de: (en letras) ...............................................................................................
....................................................................................................................
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía), en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
.................................................................(lugar y fecha)
....................................................(razón social de entidad)
.................................................(firma de los Apoderados)
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria
Murcia, a ....................................................
El Jefe de la Unidad
(firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
ANEXO II-A
Modelo de certificado de seguro de caución para GARANTIA PROVISIONAL
Certificado número ......................................
1................................................................................................................................................................................................................................................................................. (en adelante asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ...................................................................... en la calle/plaza/avenida ..................................................................................... C.P. ............................y CIF: ........................................... debidamente representada por don 2.................................................................................. con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada el día ................. por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en los artículos 19 y 20 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A S E G U R A
A: 3...................................................................................................................
............................................................................... NIF .................................., en concepto de tomador del seguro, ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, en adelante asegurado, hasta el importe de euros 5 ............................................................................................................................................, en concepto de garantía PROVISIONAL para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al asegurado de7
La falta de pago de la prima, sea única primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía) en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación devolución, de acuerdo con la normativa arriba citada.
En ................................., a .......... de ................................. de ...................
1Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
2Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
3Nombre de la persona asegurada.
5Importe en letras por el que se constituye el seguro.
7Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
ANEXO II-B
Modelo de certificado de seguro de caución para GARANTIA DEFINITIVA
Certificado número ...............................................
1................................................................................................................................................................................................................................................................................. (en adelante asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ........................................................................... en la calle/plaza/avenida .................................................................................................. C.P. ............................y CIF: ........................................... debidamente representada por don 2......................................................................................................................................................................................................................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación del Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en los artículos 19 y 20 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A S E G U R A
A: 3................................................................................................................................
............................................................................................................................ NIF ................................... en concepto de tomador del seguro, ante el .SERVICIO MURCIANO DE SALUD.................................................................., en adelante asegurado, hasta el importe de euros 5 .......................................................................................................
......................................................................................., en concepto de garantía DEFINITIVA para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al asegurado de7
La falta de pago de la prima, sea única primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía) , en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación devolución, de acuerdo con la normativa arriba citada.
En ......................................, a .......... de ................................. de ...................
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria
Murcia, a ....................................................
El Jefe de la Unidad
(firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
1Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
2Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
3Nombre de la persona asegurada.
4Comunidad Autónoma, Organismo Autónoma, Ente Público.
5Importe en letras por el que se constituye el seguro.
7Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
ANEXO III
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
D. __________________________________________________________, con DNI nº ________________, en nombre y representación de la empresa ____________________________________________, con CIF ________________,
enterado del procedimiento convocado por el Servicio Murciano de Salud para contratar la gestión completa del Servicio de retirada de residuos urbanos o asimilables, cartonaje y papel, generado en el Hospital General Universitario “Xxxxx Xxxxx” (expediente administrativo CSE/1700/1100217114/11/PNCP).
SOLICITA participar en la negociación que se lleve a cabo para la adjudicación del mencionado contrato.
Para ello acompaña a la presente solicitud, la documentación requerida en la Cláusula 18.2 xxx Xxxxxx Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen esta contratación.
En ____________, a ___ de _____________ de ______
Firma
ANEXO IV
D , con D.N.I ........................................, en representación de la empresa ........................................................................, con domicilio social en ............................................................, C.P. ..........................
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que la empresa que representa, no está incursa en prohibición de contratar, conforme al artículo 49 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
Igualmente, declara responsablemente, que la empresa que representa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatario, a presentar los siguientes documentos:
a) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
b) Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del artículo 13 del citado Real Decreto.
c) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 14 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre.
d) Alta y último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato.
Y para que conste, firmo la presente declaración responsable en ..............., a ............de ..................................de ........................
ANEXO V
D. .............................................................................................................., con D.N.I. ................................, en nombre y representación de la empresa ........................................................................., entidad con domicilio social en ...................................., calle ................................................................, nº ........, C.P. ................................ y C.I.F. nº ....................................
CERTIFICA:
Que no forma parte de los órganos de gobierno y administración de la empresa, persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx del Estatuto Regional de la Actividad Política.
Y para que así conste, ante el Servicio Murciano de Salud, en el expediente número .................., se expide la presente en ...................................., a .......... de .............................. de ............
Firma,
ANEXO Vi
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. , con domicilio en , D.N.I. nº --------, teléfono ------------, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de , con domicilio en C.P. ------ teléfono ----------- y D.N.I./CIF (según se trate de persona física o jurídica) nº --------- ) enterado del concurso convocado por el Servicio Murciano de Salud para la contratación del Servicio de retirada de residuos urbanos o asimilables, cartonaje y papel, generados en el Hospital General Universitario “Xxxxx Xxxxx”, Xxxx XXX Xxxxxx-Xxxx, declaro:
1º) Que me comprometo a realizar el citado servicio por el precio (() de ---------- € (máximo de 49.742,02 sin IVA), de acuerdo con el desglose siguiente:
a. Alquiler de 2 compactadores-contenedores RSU/Cartón: ------ € por mes y compactador (máximo 300€)
b. Alquiler de 2 contenedores envases plástico, brick, cristal: ----- € por mes y contenedor (máximo 6€)
c. Vaciado compactadores-contenedores RSU/Cartón (260 vaciados a razón de 4 veces por semana en RSU y 1 vez por semana en Cartón-papel y envases): ------ € por vaciado (máximo 89,20€)
d. Vaciado contenedores envases plástico, brick y cristal: ------- € por mes (máximo 200€/mes)
e. Tratamiento de RSU: ------ € por tonelada ( máximo 31,18€/Tm)
2º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, reservándome el derecho de poder mejorar lo indicado en la proposición inicial presentada.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En a de de 2011
Firma,
ANEXO VII
DATOS DEL LICITADOR
NOMBRE DE LA EMPRESA:
DIRECCIÓN COMPLETA:
TELÉFONO:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
PERSONA DE CONTACTO:
(() El precio del contrato estará referido al período inicial de vigencia del mismo, sin incluir las posibles prórrogas. Además, se deberá diferenciar entre la base imponible y la cantidad correspondiente al IVA.