CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN EXCLUSIVA
CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN EXCLUSIVA
COMPARECIENTES. - Por una parte, la Compañía ………………………………..., representada legalmente por el señor en su calidad de Representante
Legal, a la que en adelante se le denominará EL SUMINISTRADOR; y por otra parte el señor………………………. con cédula de identidad No. por sus propios derechos,
a quienes se le denominará EL DISTRIBUIDOR, suscribe el presente contrato de distribución exclusiva, al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA. - ANTECEDENTES. -
1. - Que EL SUMINISTRADOR, se dedica a la producción, distribución y comercialización de productos de panificación bajo la autorización de las marcas ………….., y
…………………………….., en cuyos derechos recaen algunos productos de producción exclusiva debidamente registrados en el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual.
2. - Que EL SUMINISTRADOR, está interesado en conceder la distribución exclusiva de sus productos bajo las marcas autorizadas a EL DISTRIBUIDOR, según territorio establecido, distribución que podrá realizarla a favor de: 1) las franquicias que mantienen entre la empresa autorizada de uso de marca, “………………..”, ,
y la empresa dueña de la marca “……………………….”, 2) otros clientes
debidamente autorizados por EL SUMINISTRADOR.
3. - Que EL DISTRIBUIDOR, está interesado en distribuir los productos de EL SUMINISTRADOR, por lo que ambas partes desean formalizar el presente contrato de acuerdo con las siguientes CLAÚSULAS:
SEGUNDA. - DE LA ADDENDA AL PRESENTE INSTRUMENTO. - Cualquier modificación, alteración o nueva delimitación del territorio señalado, requerirá de la suscripción de un addendum.
TERCERA. - OBJETO. - Los productos objeto de este contrato son los relaciónados en el Anexo …. de este contrato, el cual forma parte integrante del mismo. Si por cualquier motivo debidamente justificado EL SUMINISTRADOR dejase de producir o no tuviese disponible cualquiera de los productos que figuran en dicho Anexo, no incurrirá en responsabilidad, siempre que notifique dicho particular a EL DISTRIBUIDOR, en un plazo de ………….. dias de antelación como mínimo. Con la finalidad de evitar posibles desabastecimientos de productos, EL DISTRIBUIDOR, tendrá la obligación de proyectar sus ventas por tipos de productos, y basarse en estas proyecciones para el oportuno pedido de los mismos.
CUARTA. - COMPROMISO. - EL SUMINISTRADOR, por la presente concede la distribución exclusiva de los productos que produce, elabora y comercializa, bajo la autorización de las marcas …………….. Y a EL DISTRIBUIDOR, únicamente en la Xxxxxx xx
…………………………… xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx, quien a su vez acepta.
EL DISTRIBUIDOR no podrá vender o comercializar los productos de EL SUMINISTRADOR fuera del territorio determinado. Por su parte EL SUMINISTRADOR no venderá ni comercializará en el territorio descrito, directa o indirectamente, los productos objeto de este contrato, salvo los casos en que por negligencia de EL DISTRIBUIDOR, no pueda proveer a sus clientes oportunamente.
QUINTA. - VENTA DEL PRODUCTO. - EL DISTRIBUIDOR venderá en su propio nombre y por su cuenta en el territorio autorizado, los productos que le sean suministrados por EL SUMINISTRADOR, esforzándose por aumentar el volumen de ventas y por defender los intereses de éste. Durante la vigencia del presente contrato, EL DISTRIBUIDOR no podrá representar, producir, promocionar o vender productos que hagan competencia a los productos proporcionados por EL SUMINISTRADOR.
EL DISTRIBUIDOR, se obliga con EL SUMINISTRADOR, a comercializar los productos que este le provea, incluso si estos productos se encuentren fuera xxx xxxxxx de las marcas
………………, y , ya sean estos productos propios o de terceros.
EL presente contrato de distribución exclusiva, ampara solo a los productos que produce, comercializa y distribuye bajo el amparo de las marcas ………….., y
………………………………………….. Para los productos de terceros que EL SUMINISTRADOR proveerá a EL DISTRIBUIDOR, se firmará un contrato de subdistribución, de ser el caso.
EL DISTRIBUIDOR, será el único responsable de las obligaciones que adquiriere en calidad de empleador, con terceros, y otros, adicionalmente EL DISTRIBUIDOR, no podrá comprometer u obligar a EL SUMINISTRADOR por ningún concepto, y de ninguna naturaleza ya que no tiene ninguna representación legal.
EL SUMINISTRADOR y EL DISTRIBUIDOR, son dos personas independientes, por mantener una única relación comercial, por consiguiente ninguna respecto de la otra es su agente, empleador, trabajador o mandatario, ninguna de las dos partes pueden contraer a nombre de las otras obligaciones de naturaleza alguna. El sistema de comercialización de los productos que EL SUMINISTRADOR mantenga con EL DISTRIBUIDOR, se encuentran basados en una colaboración estrecha y continua entre empresas legal y financieramente distintas e independientes.
SEXTA. - ORGANIZACIÓN DE LA VENTA. - EL DISTRIBUIDOR dispondrá de una organización de ventas adecuada y de un servicio posventa, con los medios y el personal necesarios para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, adicionalmente se regirá a las normas y procedimientos técnicos y administrativos que EL SUMINISTRADOR las imparta, siendo estas normas parte integrante del presente contrato.
SÉPTIMA. - PUBLICIDAD ANUAL. - Las partes deberán convenir por adelantado el programa publicitario para cada año. Toda operación publicitaria deberá ser conforme a la imagen de EL
SUMINISTRADOR y a su política comercial. El coste de la publicidad acordada se repartirá proporcionalmente entre las partes, o a discreción de EL SUMINISTRADOR.
OCTAVA. - PROMEDIO DE VENTAS. - Las partes fijarán con días de antelación al
inicio de cada año fiscal, los objetivos mínimos de venta que, para cada año y producto deberá cumplir EL DISTRIBUIDOR.
NOVENA. - PRECIOS DE VENTA. - Los precios y condiciones a los que EL SUMINISTRADOR venderá los productos a EL DISTRIBUIDOR son los establecidos en el Anexo , que forma
parte integrante del presente contrato.
DÉCIMA. - PAGO. - EL DISTRIBUIDOR pagará a EL SUMINISTRADOR por todos los
productos a este facturado, en el plazo máximo de 8 dias, a contar desde el día de recepción del producto.
DÉCIMA PRIMERA. - COMERCIALIZACIÓN. - EL DISTRIBUIDOR, a discreción podrá
comercializar en …………………….., según su capacidad de cobranzas y tipos de clientes, pero en todo caso es conveniente escuche las sugerencias de EL SUMINISTRADOR, con respecto a la experiencia xx xxxxxxx, en los casos en que EL DISTRIBUIDOR cuente con una cartera vencida que sobrepase lo sustentable, será de responsabilidad absoluta de EL DISTRIBUIDOR la cobranza del mismo, sin que esto provoque un atraso en los pagos que debe efectuar EL DISTRIBUIDOR a LA FRANQUICIANTE.
DÉCIMA SEGUNDA: PEDIDOS DE PRODUCTOS. - EL DISTRIBUIDOR cursará sus pedidos vía
correo electrónico, ratificándolo posteriormente por escrito, en la que especificará los productos y cantidades solicitados, la política de pedidos estarán estipuladas en las normas y procedimientos de operación y administración.
EL DISTRIBUIDOR, podrá solicitar previa notificación por escrito, una autorización para devolver los productos caducados, y /o dañados, los mismos que deberán estar justificados, la política de las devoluciones estarán estipuladas en las normas y procedimientos técnicos y administrativos.
DÉCIMA TERCERA: GARANTÍA. - EL DISTRIBUIDOR garantiza que todos sus productos son producidos, bajo norma estricta de higiene y calidad. Y en estos debidamente sellados, reposará un registro de su vencimiento, el cual deberá ser respetado por EL DISTRIBUIDOR, en caso de que EL DISTRIBUIDOR comercialice productos caducados, este se obligara para con EL SUMINISTRADOR y su cliente, al pago de daños y perjuicios, sin perjuicio de la inmediata terminación del contrato de distribución exclusiva, y demás anexos a este.
DÉCIMA CUARTA: ENTREGA DE INFORMACIÓN. - EL SUMINISTRADOR proporcionará a EL
DISTRIBUIDOR toda la información necesaria para que pueda cumplir con las obligaciones relacionadas con el presente contrato. Al finalizar este contrato, EL DISTRIBUIDOR restituirá todos los documentos a esta entregados.
EL DISTRIBUIDOR reconoce la existencia de dos Normas y procedimientos de operación y administración, la primera a ser aplicada a EL DISTRIBUIDOR, y la segunda
a ser aplicada a los franquiciados tanto de ………………………………., como de
………………………………………………
EL DISTRIBUIDOR se responsabiliza por la inducción y capacitación de las Normas y procedimientos de operación y administración a ser aplicadas en las Franquicias de
……………………………………………………………... Adicionalmente deberá informar de cualquier novedad que suscitare en su transcurso.
DÉCIMA QUINTA. - PRESENTACIÓN DE LOS PRODUCTOS. - EL DISTRIBUIDOR respetará la
presentación de los productos objeto de este acuerdo, sin que pueda manipularlos ni venderlos en otros envoltorios o bajo otro nombre o marca que los de EL SUMINISTRADOR.
DÉCIMA SEXTA. - USO DE MARCAS. - Los productos serán promocionados y vendidos bajo las marcas que utilice o pueda utilizar EL SUMINISTRADOR, quedando autorizado EL DISTRIBUIDOR para que los comercialice en calidad de distribuidor exclusivo en el territorio designado en el presente contrato.
DÉCIMA SÉPTIMA. - RESPONSABILIDAD POR PRECIOS. - EL DISTRIBUIDOR respetará los
precios de venta, sugeridos por EL SUMINISTRADOR, los mismos que será previamente notificados.
DÉCIMA OCTAVA. - LUGAR DE VENTA. - EL DISTRIBUIDOR se obliga, a disponer de un almacén de su propiedad o arrendado, para poder almacenar el producto entregado por EL SUMINISTRADOR, de acuerdo a las normas y procedimientos de operación y administración. impartidos por este, así mismo se obliga a contar con la movilización necesaria para el cumplimiento oportuno de los productos objeto de este contrato. En todo caso de sujetara a las normas y procedimientos técnicos impartidos por EL SUMINISTRADOR, dichas normas serán parte integrante de este contrato, y la falta de su cumplimiento será causal suficiente para dar por terminado este contrato, sin que EL DISTRIBUIDOR pueda reclamar daños y perjuicios a EL SUMINISTRADOR.
DÉCIMA NOVENA. - PLAZO. - El presente contrato tiene un plazo de duración de.…………….
AÑOS contados a partir de la fecha de su suscripción. Se entenderá renovado en forma automática por períodos anuales si ninguna de las dos partes comunica por escrito a la otra parte su deseo de no renovarlo. La notificación para dar por terminado este contrato deberá ser hecha por escrito, con …………………….. DÍAS de anticipación al día del vencimiento del mismo o de sus renovaciones. Esta comunicación deberá ser entregada en el domicilio de la otra parte y para constancia de su recepción, los representantes de las partes contratantes, deberán firmar en una copia de esa comunicación.
VIGÉSIMA. - TERMINACIÓN DEL CONTRATO. - Se considerarán faltas graves al contrato, por parte de EL DISTRIBUIDOR y por consecuencia xxxxx por terminado el presente contrato, sin derecho a reclamo alguno, las siguientes:
a) el impago reiterado por parte de EL DISTRIBUIDOR a EL SUMINISTRADOR, de las facturas correspondientes a los productos que EL SUMINISTRADOR le provee en
exclusividad, tomando en cuenta que el plazo máximo de cancelación es de ……días, contados a partir de la fecha de la entrega del producto.
b) el incumplimiento del volumen mínimo de ventas pactado.
c) la violación de la cláusula de exclusividad de territorio o de no competencia.
d) cualquier infracción cometida respecto a los productos originales de EL SUMINISTRADOR que atente contra sus derechos de marca.
e) la incapacidad manifiesta de EL DISTRIBUIDOR para realizar normalmente su actuación comercial.
f) la negligencia y falta de apoyo a sus clientes ya sean estos franquicias ,
Franquicias y otros con respecto al asesoramiento, xxxxxxxxx, y todas las
relacionadas a la implementación de las normas y procedimientos técnicos y administrativos que EL SUMINISTRADOR imparta.
VIGÉSIMA PRIMERA. - Y COMPETENCIA. - Las partes se comprometen a ejecutar de buena fe las obligaciones recíprocas que contraen mediante este Convenio, y a realizar todos los esfuerzos requeridos para superar, de mutuo acuerdo, cualquier controversia. Toda controversia o diferencia derivada de la aplicación, validez, interpretación, nulidad o cumplimiento del presente Contrato será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Arbitraje y Mediación de la En el evento que el conflicto no
fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes someten sus controversias a la resolución de un Tribunal de Arbitraje que se sujetará a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediación, el Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de
Para constancia las partes firman en tres ejemplares de igual valor y tenor en la ciudad de , a los días del mes de del año 20 .
CONTRATANTE | CONTRATISTA |