Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE SIRVEN DE BASE AL CONCURSO PARA CONTRATAR LA GESTION DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN DOMICILIARIA
I.- OBJETO DEL CONTRATO.-
Es objeto de la presente licitación la contratación, mediante concurso y a través de un procedimiento abierto, de la gestión del Servicios de Atención Domiciliaria.
LOTE 1. Servicio de Ayuda a Domicilio
La prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio regulado en el Decreto 269/98 de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, en su modalidad de atención de carácter personal, las de carácter doméstico y las de relación con el entorno.
Quedan excluidos la prestación de los servicios que no figuren expresamente en el objeto del apartado 3º de esta contratación, por gestionarse municipalmente a través de otros programas.
La previsión de cobertura del SAD a partir del 1 de Octubre de 2006, como fecha previsible de adjudicación, sería en el año 2006 ( periodo de octubre a diciembre) de 42.923,23 horas ordinarias; de 465,43 horas festivas, 30 horas nocturnas y 10 festivas y nocturnas, sería de un gasto presupuestado de 620.046,23 €. En el año 2007 ( de enero a diciembre) se prevén 178.014,56 horas ordinarias; de 2.400 horas festivas, 70 horas nocturnas y 50 festivas y nocturnas , y con un gasto a presupuestar de 2.579.446,52 €. En el año 2008 ( de enero a septiembre), ya que el 30 de septiembre finalizaría los dos años de vigencia inicial de la contratación, se prevén 140.262,55 horas ordinarias; 1.825 horas festivas,40 nocturnas y 20 horas festivas y nocturnas, con un gasto a presupuestar de 2.101.900,75 €.
Se hace una estimación media de 1.030 usuarios.
En cualquier caso, para la delimitación de los servicios contratados, y sus diversas prestaciones y contenidos, se aplicará el Decreto 269/98 de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, y la Resolución de 19 de diciembre de 2.001 de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León por la que se aprueba el baremo para la valoración de solicitudes de acceso a este servicio social básico.
LOTE 2. Servicio de Comida y Lavandería a Domicilio
▪ El Servicio de Comida a Domicilio para Personas Mayores y Dependientes se concibe como una Prestación Social Básica, integrada dentro de los Servicios de Atención Domiciliaria, consistente en la distribución con carácter periódico de comida diaria a domicilio para los beneficiarios.
En el caso de regímenes alimenticios especiales, se ofrecerán dietas adecuadas a las necesidades del usuario.
La concesión de la prestación del Servicio de Comida a Domicilio para Personas Mayores y Dependientes, tiene un gasto previsto en el 2006 ( de octubre a diciembre) de 31.850 € para 50 usuarios; de 191.625 € en el año 2007; y de 177.886,80 € en el 2008 ( de enero a septiembre).
▪ Servicio de Lavandería a Domicilio
Consiste en la recogida, lavado, planchado y entrega en el domicilio de ropa de hogar y personal, cuando exista situación de autonomía limitada que impida o dificulte la realización de las tareas xx xxxxxx y planchado de ropa o se carezca de los medios adecuados para realizarlos por medios automáticos en la vivienda del beneficiario. La entrega se realizará en una bolsa con capacidad para 5 Kg., homologada municipalmente, a proporcionar por la empresa, con etiquetado de la identidad del usuario y con una periodicidad semanal o quincenal.
La previsión de gasto para el 2006, teniendo en cuenta que es un nuevo servicio del que se desconoce las necesidades reales y sus demandas, se ha fijado en el gasto de 4.875 € en el 2006 para 50 usuarios; en el 2007 un importe de 21.450 € para una previsión de 55 usuarios y para el 2008 un importe de 18.624 € hasta el 30 de septiembre.
LOTE 3. Servicio de Respiro Familiar
El Servicio de Respiro Familiar se concibe como una Prestación Social Básica, integrada dentro de los Servicios de Atención Domiciliaria, y tiene como objeto permitir a los cuidadores principales de personas dependientes el descanso de su rol de cuidador, favoreciendo el mantenimiento de relaciones sociales y familiares normalizadas, garantizando simultáneamente la adecuada atención a la persona en situación de dependencia, mediante su suplencia por personal cualificado. Se trata de un programa experimental que para el 2006 tiene previsión presupuestaria de 15.000€ para las horas ordinarias y festivas. En el año 2007 de 113.496 € por el mismo concepto, y para el año 2008 de 90.966 € hasta el 30 de septiembre.
II- PRESTACIONES QUE COMPRENDEN LOS DIVERSOS LOTES DE LA CONTRATACION..-
Los servicios a prestar por las empresas adjudicatarias, son los que figuran en la Cláusula III – Prestaciones que son objeto de contratación, de las Condiciones Técnico – Económicas de este concurso.
- La distribución territorial del municipio xx Xxxxxx a efectos de las Zonas de Acción Social, y sus sub-zonas, se tendrán en cuenta en los términos establecidos en la Cláusula IV- Ámbito geográfico de las Condiciones Técnico- económicas de este concurso.
III- SUBROGACION DEL PERSONAL DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.
El adjudicatario de este concurso en el servicio de Ayuda a Domicilio, tiene la obligación establecida en el Convenio Colectivo de trabajo vigente, a la subrogación de todos los trabajadores que estuvieren prestando el servicio con autorización municipal. Se acompaña a estos efectos como Anexo num. I la plantilla actual y datos referidos al personal objeto de esta subrogación, que incluye la identificación, la categoría, jornada y la antigüedad.
- No existe personal a subrogar en los servicios nuevos de Comida a Domicilio, Lavado de Ropa y Respiro Familiar.
IV-TIPOS DE LICITACION
Lote I.- Servicio de Ayuda a Domicilio
Los tipos de licitación a la baja son los siguientes:
- | 14,23 | € hora ordinaria. |
- | 18,40 | € hora festiva. |
- | 16,09 | € hora nocturna. |
- 20,26 € hora festiva y nocturna.
En dicho precio se considera incluido el Impuesto del IVA.
Se considera a estos efectos que la hora ordinaria es la realizada entre las 8 y las 22 h; y el resto se computan como nocturnas. Se considera horario festivo desde las 15 horas xxx xxxxxx hasta las 8 horas del lunes y asimismo los días que oficialmente sean festivos.
En dicho precio, se considera incluido la contraprestación económica de los costes de la organización técnico-empresarial, del personal asignado a la ejecución de los programas y su formación; así como sus sustituciones y bajas temporales; gastos generales, financieros e impuestos, el beneficio industrial de la actividad desarrollada y los gastos del tiempo de traslado entre servicios, según lo indicado en el Convenio Laboral vigente (compensación al trabajador de los desplazamientos entre servicios, mediante la disposición de 5 minutos por cada hora efectiva de servicio, deducible del tiempo de prestación). El tiempo destinado a desplazamiento que exceda de los 5 minutos de compensación del Convenio regional, serán por cuenta de la empresa y sin que represente cargo adicional alguno para el Ayuntamiento.
Cuando se trata de servicios en zonas periféricas de la ciudad que suponen desplazamientos que exceden del tiempo estimado de 10 minutos entre servicios, se abonará el importe correspondiente a 15 minutos sobre el tiempo asignado, no computándose en la facturación al usuario.
Se hace constar que el presupuesto municipal que se prevé para estos servicios contratados en el año 2.006 es de 620.046,23 €. € por las horas ordinarias, festivas y nocturnas. En el año 2007 de 2.579.446,52 €. € por los mismos conceptos. En el año 2008 de 2.101.900,75 €. ( en esta última anualidad solo se computa nueve meses).
Lote 2. Servicio de Comida y Lavandería a Domicilio
❑ Comida a Domicilio
El tipo de licitación a la baja, es de 7,00€, I.V.A. incluido.
En este precio están incluidas todas las operaciones necesarias para cumplir el objeto del contrato.
❑ Lavandería a Domicilio
El tipo de licitación a la baja, es de 7,50 .-€, I.V.A. incluido, por servicio realizado, no excediendo de 5 Kg por usuario y semana.
En este precio están incluidas todas las operaciones necesarias para cumplir el objeto del contrato.
El importe máximo del gasto en 2.006 para este Lote asciende a 36.725 €( de los que 31.850 € corresponde al servicio de Comida a Domicilio y 4.875 € al servicio de Lavandería a Domicilio), y de 213.075 € en el 2007, y en el año 2008 de 196.510, 80 € ( en esta última anualidad solo se computa nueve meses).
Lote 3. Servicio de Respiro Familiar. - Se aplicará el mismo régimen establecido para el Lote I (Servicio de Ayuda a Domicilio), debido a la similitud de los trabajos que comprenden respectivamente.
Los precios tipo de licitación, son los siguientes
. 14,23 € hora ordinaria.
. 18, 40 € hora festiva
La previsión de cobertura de este servicio, por ser también de nueva implantación, y teniendo en cuenta que la adjudicación no se realizará hasta el 1 de octubre próximo, se ha estimado en 36 horas ordinarias por usuario al año, y en 36 horas festivas, para una cobertura de 20 usuarios en horario ordinario y de 6,5 usuarios en las horas festivas. El gasto previsible de este servicio para el 2006 asciende a 15.000 €. En el año 2007 se prevé 7.200 horas ordinarias para una cobertura de 50 usuarios, y de 600 horas festivas para los 50 usuarios, con una previsión de gasto de 102.456 € por horas ordinarias y de 11.040 € por horas festivas, con una previsión de 50 usuarios y a los que se puede destinar el 25% como horas festivas. En el año 2008 ( en esta última anualidad solo se computa nueve meses), haciendo una previsión de las mismas horas ordinarias y festivas del año 2007, pero computando solo 9 meses, y teniendo en cuenta el incremento que pueda producirse por el IPC ,se estima un gasto en ese año de 79.542 € por horas ordinarias y de 11.424 € horas festivas para dar cobertura al mismo número de 50 usuarios.
V- DURACION DE LA CONTRATACIÓN
La contratación de estos servicios se efectúa por dos anualidades desde la fecha de la adjudicación, siendo prorrogable anualmente por acuerdo expreso antes de sus vencimientos, y sin que la vigencia inicial, junto con las prórrogas puedan exceder más de cuatro años.
VI-REVISIONES DE PRECIOS
El precio de la adjudicación será revisable anualmente al vencimiento del año natural y en las anualidades sucesivas por las que se prorrogue, mediante la aplicación del índice del I.P.C. publicado por el Instituto Nacional de Estadística que resulte en la anualidad vencida, sobre los precios horas adjudicados en la contrata y con exclusión del Impuesto I.V.A o en su caso acorde a las modificaciones del Convenio Laboral aplicable en este sector.
Asimismo, podrá ser objeto de revisión la variación en más o en menos por disposición legal del Impuesto I.V.A. que grave estos servicios.
VII-APORTACIONES DE LOS USUARIOS
Los usuarios de estos servicios deberán abonar los precios públicos establecidos en la Ordenanza Fiscal Municipal correspondiente, cuyo cobro se recaudará por la empresa contratista a mes vencido, y quien mensualmente efectuará su ingreso en concepto de sustituto de contribuyente. Las aportaciones de los usuarios por este concepto están excluidas del Impuesto del IVA.
VIII- PAGOS AL CONTRATISTA
Los pagos al contratista se harán efectivos mediante facturas o certificaciones mensuales a las que se incorporará un informe técnico de trabajos facturados y conformados por el Jefe de la Sección de Acción Social, se procederá a ordenar su pago.
Las facturas deberán contener la relación de horas realizadas en el mes correspondiente, diferenciándose las horas ordinarias, nocturnas y festivas; y en las prestaciones que no sean por hora realizada, se aplicará las unidades de medición y valoración establecida en esta contratación. . Junto con la factura se acompañará como documentación complementaria un listado nominal de los usuarios atendidos en la mensualidad con los servicios y horas prestadas y una copia del TC1 y TC2 para justificación de las altas y cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social.
La presentación al cobro de las certificaciones o facturas mensuales, se realizará en los 20 días siguientes al vencimiento de la mensualidad, y deberán ir acompañadas de la liquidación del mes vencido por las aportaciones de los usuarios en concepto de precios públicos. Los pagos al contratista se efectuarán con carácter simultaneo al ingreso de la liquidación respectiva por la aportación de los usuarios.
IX- CAPACIDAD JURIDICA DE LOS LICITADORES.-
Podrán presentar ofertas todas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que no estén comprendidas en las prohibiciones del Art. 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y acrediten solvencia económica, financiera, técnica y profesional para la ejecución de estos servicios.
Las asociaciones de carácter social podrán asimismo presentar ofertas, siempre que cumplan las disposiciones legales para esta contratación, así como las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente en la forma establecida en el Art. 24 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
X- FORMAS DE ADJUDICACION
Los licitadores podrán presentar oferta a uno, a varios ó al conjunto de los Lotes.
Las ofertas presentadas se valorarán atribuyendo un total máximo de 25 puntos
La Comisión de Valoración Técnica que estudie las ofertas presentadas, estará constituida por las personas siguientes:
- La Gerente de Servicios Sociales, Juventud e I.O.
- Jefe de la Sección de Acción Social.
- Jefe de Sección Técnica.
- Jefe de Área de Mayores y Prestaciones.
- Técnico de Apoyo del Área de Mayores y Prestaciones
La Comisión de Valoración Técnica emitirá un informe técnico, respecto a las ofertas presentadas conforme al régimen establecido en el Art. 88 del R.D.L. 2/2.000 en base a las valoraciones de los conceptos siguientes:
a) Proyecto de organización y gestión - Se valorará la propuesta organizativa del licitador, teniendo en cuenta la calidad de los contenidos del Proyecto.
□ Puntuación máxima por este concepto 10,00 puntos.
b) Oferta económica. - La rebaja en el precio ofertado respecto a los tipos de licitación. se valorará en la forma siguiente:
La oferta económica más baja, respecto al precio de licitación obtendrá la máxima puntuación, y el resto de ofertas se valorarán de forma proporcional.
Se consideraran , presuntamente, desproporcionadas o temerarias aquellas ofertas cuyo presupuesto sea igual o inferior al 95% del presupuesto máximo de licitación.
Para el cálculo de la baja ofertada, en los Lotes 1 y 3, se computará el porcentaje de baja en el precio hora tanto ordinaria, festiva, nocturna y festiva y nocturna en función de las horas previstas en los dos años de vigencia inicial del contrato.
En el Lote 2, la media aritmética de los precios ofertados, en función de los servicios previstos en los dos años de vigencia inicial de contrato.
□ Puntuación máxima por este concepto 10, 00 puntos.
c) Mejoras técnicas ofertadas. - En este apartado se valorará las mejoras opcionales de los licitadores, que a juicio de la Comisión se consideren de interés municipal, siendo entre otras, en función de los Lotes, las siguientes:
- Facilitar gratuitamente la movilización de los usuarios, mediante medios técnicos u ortopédicos propios (Lote 1).
- Incremento de la dotación mínima del personal establecido en el Pliego de Contratación (por ejemplo licenciado en psicología para apoyo y refuerzo a los auxiliares de ayuda a domicilio) especificando jornada laboral, periodos de contratación y tareas asignadas.(Lote 1)
- Disponibilidad de auxiliares específicas para fines de semana.
( Lote 1)
- Mantenimiento de una línea telefónica gratuita (línea 900) que facilite la coordinación de las auxiliares con la empresa durante la vigencia del contrato. ( Lote 1)
- Organización y financiación de un encuentro anual navideño con los usuarios y auxiliares de ayuda a domicilio.(Lote 1).
- Ampliar la oferta de comida con el suministro de alimentos de primera necesidad sin coste alguno para el Ayuntamiento (Lote 2).
- Otras mejoras técnicas ofrecidas por la empresa.
❑ Se valorará 0,50 puntos por cada mejora con un máximo por este concepto de 3,00 puntos
d) Cláusula Social. Con exclusión del personal subrogado de la contrata anterior, establecido para el Lote número 1.
En el Lote número 1 ( Servicio de Ayuda a Domicilio) se valorará la existencia en la plantilla de la empresa licitadora de un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2% y previa su acreditación en la proposición presentada.
En los Lotes número 2 y 3 ( Servicio Comida y Lavandería a Domicilio y Servicio de Respiro Familiar ) se valorará la contratación por el licitador de personas pertenecientes a los colectivos con mayores dificultades de inserción, en especial los definidos como preferentes de actuación en los Planes Nacionales de Acción para el Empleo (Parados de larga duración, Desempleados mayores de 45 años, Mujeres, Personas con alguna discapacidad), así como las personas pertenecientes a colectivos en exclusión social (perceptores xx xxxxxx mínimas de inserción, jóvenes procedentes de instituciones de protección de menores, internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, personas con dependencias que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción) y que intervengan directamente en la prestación de los servicios del Lote 2 ( comida y lavandería a domicilio) y 3
( Respiro familiar) que son objeto del concurso. Debiéndose acreditar mediante la presentación de currículo y certificados correspondientes.
❑ Puntuación máxima por este concepto 2,00 puntos.
XI- PRESENTACIONES DE LAS PROPOSICIONES Y TRAMITACION DEL CONCURSO
Las proposiciones para licitar se presentarán en mano en sobre cerrado y firmado por el licitador o persona que lo represente en la Gerencia de Servicios Sociales del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx (planta baja de la Avda. xxx Xxx, 3), hasta las 13'00 horas del decimoquinto día natural a contar desde el siguiente al que aparezca publicado el anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y de la Comunidad Autónoma, sobre que deberá ser lacrado o precintado, figurando la inscripción general siguiente en su anverso: PROPOSICIÓN PARA OPTAR AL CONCURSO CONVOCADO PARA CONTRATAR LA GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE ATENCION DOMICILIARIA: SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, COMIDA Y LAVANDERÍA A DOMICILIO Y RESPIRO FAMILIAR DE
LA CIUDAD XX XXXXXX. Si dicho decimoquinto día coincidiera en sábado o festivo, el plazo de presentación de las proposiciones se prorrogará hasta el siguiente día hábil.
De conformidad con el artº 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, si las proposiciones se envían por correo, el empresario deberá justificar ante esta Administración la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante teles, fax o telegrama en el mismo día, en el que se refleje la hora en la que se haya hecho entrega de la oferta en la Oficina de Correos. También podrá anunciarse por correo electrónico (xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx), que sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y su registro, que se incorporará al expediente. Sin la concurrencia de ambos
requisitos, y en todo caso si de los datos que han de facilitarse se deduce el incumplimiento del plazo para presentar ofertas (hasta las 13'00 horas del decimoquinto día natural a contar desde el siguiente al que aparezca publicado el anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y de la Comunidad Autónoma), o caso de que no se cumpla la obligación de justificar la fecha y hora de imposición del envío, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Entregada y admitida la proposición no podrá ser retirada por el licitador, salvo causas justificadas, ni éste podrá presentar ninguna otra, ya sea individualmente o en unión temporal con otras empresas, o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo anterior dará lugar a la desestimación de todas las proposi- ciones presentadas por el mismo.
La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación expresa de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones para contratar.
El primer día hábil siguiente a la terminación del plazo de presentación de proposiciones, a las 13'15 horas, en la Gerencia de Servicios Sociales, se constituirá la Mesa de Contratación y se procederá en acto público a la apertura de las ofertas económicas, dando cuenta del resultado de la calificación previa de la documentación general, pudiendo desechar aquellas propuestas que no respe- tando el Modelo de Proposición ofrezcan dudas acerca del compromiso económico del licitador.
En el acto de fiscalización previa de la documentación administrativa, se procederá a desechar las ofertas que puedan producir duda racional sobre la persona del licitador, compromiso que contrajere o adolecieren de deficiencias sustanciales (falta de Escritura de Constitución e inscripción en el Registro Mercantil, Poder, fianza). La falta absoluta de esta documentación no será subsanable, así como la insuficiencia de la garantía provisional. Si se observaren defectos materiales en la documentación presentada, o cuando el documento exigido haya sido presentado y no obstante adolezca de error o defecto, o si algún documento exigido no hubiera sido presentado, y no obstante del resto de la documentación se dedujera su existencia, se considerará subsanable su omisión,
procediéndose a conceder un plazo de tres días hábiles para la subsanación de errores.
La Mesa de Contratación estará compuesta por la Sra. Presidenta del Consejo de Administración de la Gerencia o persona en quien delegue, y como vocales el Sr. Vicesecretario General y el Sr. Interventor del Ayuntamiento o personas en quienes deleguen, la Gerente de los Servicios Sociales y el Jefe de la Sección de Acción Social, o en quien deleguen, siendo este último el que actuará como Secretario de la Mesa de Contratación.
Una vez levantada Acta de las proposiciones que se han presentado y de ellas las que han sido admitidas, se remitirá el expediente a informe técnico de la Comisión de Selección , que elaborará un informe motivado sobre las diversas plicas presentadas. Devuelto el expediente con las plicas presentadas, se reunirá nuevamente la Mesa de Contratación como órgano colegiado al que corresponde elevar propuesta de adjudicación al órgano municipal competente.
La resolución del concurso corresponde al Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, que deberá motivar su decisión cuando no adjudique el contrato según la propuesta que le haya formulado la Mesa de Contratación.
XII- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
SOBRE A: Documentos acreditativos de la personalidad del licitador:
1) Si el licitador es persona jurídica, se requerirá la presentación de Escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita en su caso en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la Legislación Mercantil que le sea aplicable.
Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados Miembros de la Comunidad Europea o signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, su capacidad de obrar se acreditará mediante la inscripción en los
Registros o presentación de las Certificaciones que se indican en el Anexo I del Real Decreto 390/1996, de 1 xx xxxxx, en función de los diferentes contratos.
La capacidad de las empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, se acreditará mediante Certificación expedida por la representación diplomática española en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro Local Profesional, Comercial o análogo o, en su defecto que actúen con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano. Además para las empresas extranjeras se exige la presentación de una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la representación diplomática española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Municipal del Comercio o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artº 23 del Real Decreto 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la de Contratos de las Administraciones Públicas.
2) Para los licitadores personas físicas será obligatoria la presentación del
D.N.I. o fotocopia compulsada o autenticada.
3) En todo caso, se exigirá D.N.I. o fotocopia compulsada o autenticada del firmante de la proposición.
4) Poder notarial que acredite la representación de la persona jurídica. El poder deberá ser bastanteado x xxxxx del licitador por el Sr. Secretario General del Ayuntamiento xx Xxxxxx o Funcionario Letrado que le sustituya.
5) Documento acreditativo de haber constituido la garantía provisional en la Tesorería Municipal a favor del Ayuntamiento por los importes siguientes:
- En el Lote número 1 de 106.027,86 € equivalente al 2% del presupuesto de gasto en las dos anualidades.
- En el Lote número 2 un importe de 8.925,80 €.
- En el Lote número 3 un importe de 4.380,85 €.
6) Declaración expresa y responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social (anexo II y III), acompañando en todo caso Certificados acreditativos de estos extremos expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, adjuntando, en su caso, el último recibo del Impuesto de Actividades Económicas.
Una vez que se proceda a la apertura de las proposiciones, el Ayuntamiento de oficio, verificará si los licitadores se encuentran al corriente de las obligaciones tributarias con esta Administración Local.
No obstante, cuando el licitador no esté obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los artículos 13 y 14 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
7) Declaración responsable de no hallarse comprendido en ninguna de las causas de incompatibilidad o incapacidad para contratar con la Administración (modelo III).
Toda esta documentación se acompañará en originales o en fotocopias a compulsar con éstos por el Ayuntamiento o autenticadas por Notario.
Los licitadores que estén inscritos en el Registro de Licitadores del Ayuntamiento xx Xxxxxx, podrán sustituir la documentación mencionada, con excepción del documento acreditativo de haber constituido la garantía provisional, por el certificado de inscripción en el Registro, emitido por el Secretario General del Ayuntamiento.
SOBRE B: Propuesta técnica, que acompañará la documentación que a continuación se indica:
1.- Memoria especificativa del carácter de la entidad, fines estatutarios y actividades que desarrollan habitualmente, así como las observaciones que se estimen convenientes.
2.- Experiencia acreditada de la empresa en la gestión de servicios sociales, y servicios que actualmente tiene contratados.
3.- Organigrama del personal técnico y administrativo destinado a estos servicios.
4.- Proyecto de organización de trabajo de los servicios que se ofertan, junto con el de organización de funciones en el que se contemple una jornada laboral de 35 horas/semana para el personal a jornada completa.
5.- Proyecto de intervención para cada una de las actividades.
6.- Mejoras que se ofertan en el régimen retributivo de los trabajadores.
7.- Una nómina modelo de los trabajadores, según su categoría y titulación, donde se refleje con claridad las retribuciones básicas y complementarias, pluses, etc., sin antigüedad, y con las deducciones de las Cuotas S.S., e importe líquido a percibir.
8.- Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera, por alguno de los medios previstos en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
SOBRE C: Oferta económica de conformidad con el Modelo de Proposición que figura al final del presente Xxxxxx.
En los precios ofertados estará incluido el IVA correspondiente.
La proposición se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquéllas que contengan errores, omisiones o tachaduras, que puedan alterar o establecer dudas sobre su importe o contenido del compromiso que oferte el licitador, que deberá figurar en letra y en número prevaleciendo en caso de discrepancia el importe superior.
Adjudicado el concurso y transcurridos los plazos para la interposición de recurso sin que se hayan interpuesto, los licitadores deberán recoger la documentación presentada, en caso contrario, se procederá por el Ayuntamiento a la destrucción de la misma.
XIII- FORMALIZACION DEL CONTRATO.
Los costes de la formalización del contrato, en su caso, en Escritura Pública, serán x xxxxx del adjudicatario. Si el adjudicatario del contrato no atendiera a los requerimientos de constitución de la garantía definitiva, no cumpliere los requisitos para la celebración del contrato o impidiere se formalice, la Gerencia de Servicios Sociales podrá acordar la resolución del contrato, previa audiencia del contratista y con el cumplimiento de los trámites previstos en la legislación aplicable.
XIV- GARANTIA DEFINITIVA
El adjudicatario del contrato estará obligado a constituir una garantía definitiva en la Tesorería Municipal, del 4% del presupuesto anual de la adjudicación, según los correspondientes lotes.
La garantía será devuelta transcurrido el plazo de un año desde la finalización del contrato, siempre que no resulten responsabilidades que hubieran de ejecutarse con cargo a la misma.
XV- CESION DE LOS CONTRATOS
En cuanto a la cesión del contrato y a la subcontratación, se estará a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
XVI- -AMPLIACION O REDUCCION DE LOS SERVICIOS
La ampliación o reducción de los programas y actividades podrá efectuarse por la Gerencia de Servicios Sociales atendiendo a la demanda y necesidades sociales. En los casos de ampliación, la empresa contratista deberá disponer del personal necesario debidamente cualificado y en las mismas condiciones establecidas en la contrata.
La reducción y ampliación requerirá acuerdo municipal y deberá estar motivada, bien por el aumento o reducción de las subvenciones y aportaciones económicas destinadas a estos servicios, bien por la propia demanda social, o cualquier otro motivo debidamente justificado.
XVII- REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
El contrato a que se refiere el presente Xxxxxx tiene carácter administrativo sometiéndose las partes para todas las cuestiones litigiosas derivadas de la interpretación y aplicación del contrato a la jurisdicción del domicilio del Ayuntamiento xx Xxxxxx con expresa renuncia a otro Fuero.
El contrato se regirá por las cláusulas del presente Pliego de Condiciones y demás disposiciones de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprobó el Texto Refundido sobre las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local y a sus disposiciones reglamentarias; Real Decreto 2/2000, de 16 xx xxxxx por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, supletoriamente se aplicarán las restantes normas del Derecho Administrativo y en su defecto, las normas de Derecho Privado.
XVIII-OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
a) Los trabajos objeto de la presente contratación se efectuarán conforme a las instrucciones que al contratista dirija la Administración y con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas.
b) Son asimismo de cuenta del contratista el pago del importe de los anuncios y de cuantos gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios o de formalización del contrato, pago de tributos, etc... y cualquier otro que se produzca incluso en los casos en que esté reconocido su derecho a la repercusión.
c) El contratista será responsable de la calidad de los trabajos prestados, así como de las consecuencias que se deduzca para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
d) El adjudicatario no podrá introducir o ejecutar modificaciones del trabajo comprendido en el contrato, sin la debida aprobación de dicha modificación por la Gerencia de Servicios Sociales.
e) El adjudicatario deberá designar un coordinador técnico con residencia en Burgos capital, con experiencia y titulación académica adecuada en las áreas sociales, y/o culturales, y/o de animación y tiempo libre de los respectivos programas y actividades objeto de la contratación.
f) El adjudicatario deberá elaborar los proyectos y desarrollar las actividades contratadas, según el diseño y directrices municipales, y asumir su ejecución en la forma aprobada por la Gerencia de Servicios Sociales. La programación se diversificará con la periodicidad que se establezca municipalmente en cada caso.
g) Los proyectos y plan de actividades definirán su contenido, objetivos, metodología e indicadores de evaluación, destinatarios, período y horas de su ejecución, computable por el número del personal empleado, así como el material a adquirir por cuenta de la empresa, y el presupuesto total según los precios de adjudicación.
h) El adjudicatario deberá informar sobre los bienes inventariables que deban ser adquiridos municipalmente.
i) El adjudicatario deberá facilitar los procesos de evaluación de los programas que corresponde realizar a los técnicos municipales, proporcionando la información y documentación necesaria. Asimismo deberá aportar Memorias evaluativas de los proyectos y actividades realizadas, con la documentación justificativa necesaria.
j) La empresa contratista deberá procurar en la medida de lo posible la ejecución de los programas con el mismo personal que lo ha iniciado, con la finalidad de mantener una estabilidad en la relación con los colectivos o sectores a los que se destinan.
k) El adjudicatario deberá presentar una Memoria anual de resultados y evaluación de los programas realizados.
l) El contratista viene obligado bajo su responsabilidad a cumplir lo dispuesto por la legislación vigente respecto de los salarios mínimos, previsión y Seguridad Social y demás Leyes especiales. El Ayuntamiento estará exento de cualquier litigio que se pudiera suscitar entre la empresa y sus trabajadores o entre éstos y terceros. El otorgamiento del contrato en ningún caso supondrá la existencia de una relación funcionarial o laboral entre el Ayuntamiento y el personal que se adscriba a la prestación del servicio.
Asimismo, el adjudicatario observará rigurosamente la legislación sanitaria y sobre seguridad e higiene en el trabajo.
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, el adjudicatario deberá acreditar por escrito antes del inicio de la actividad contratada, el cumplimiento de las siguientes obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales:
- La evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva correspondiente a la obra o servicios contratados.
- La formación e información en materia preventiva de los trabajadores que van a prestar servicios en el centro de trabajo.
- Justificante de entrega de equipos de protección individual, que en su caso, fueran necesarios.
- Compromiso de que notificarán al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento xx Xxxxxx, de los nuevos riesgos que puedan surgir en el transcurso de la actividad, sobre todo si son riesgos graves y si han ocurrido accidentes de trabajo durante la actividad.
Si la empresa subcontratara parte de la obra o servicio contratado, deberá exigir a la subcontrata los justificantes de cumplimiento de las obligaciones anteriores y entregarlos al Ayuntamiento xx Xxxxxx. Entre las empresas contratistas y subcontratistas deberán establecerse los medios de coordinación necesarios, según lo dispuesto en el Capítulo V del Real Decreto 171/2004 de 30 de enero.
m) El adjudicatario suscribirá la póliza de seguro que a continuación se
indica:
Seguro de responsabilidad civil Responsabilidad civil general: 60.000 euros por siniestro. Responsabilidad civil patronal: 60.000 euros por siniestro. Sublímite mínimo por víctima: 30.000 euros
Defensas y fianzas: 12.000 euros.
Esta póliza junto con el justificante de pago de la prima deberá presentarse en el Excmo. Ayuntamiento en el plazo de quince días hábiles siguientes a la notificación del acuerdo de adjudicación.
La Gerencia de Servicios Sociales se reserva la prerrogativa de exigir la modificación de las cláusulas generales, particulares, complementarias y en general cualesquiera de las determinaciones de la póliza cuando estime que la misma no garantice suficientemente las responsabilidades, que en virtud del Real Decreto 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, pudieran ser exigidas al contratista.
n) El adjudicatario será responsable de la prestación del servicio objeto de adjudicación, siendo de su cargo la organización, gestión y dirección del personal contratado al efecto, sin perjuicio de las potestades de control y fiscalización que el Ayuntamiento se reserva.
o) El adjudicatario deberá contar con el equipamiento material y con los recursos humanos necesarios para la realización de las prestaciones propias del Proyecto. Deberá contar con una estructura organizativa que haga viable el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la adjudicación de este servicio, tanto en cuanto a la responsabilidad jurídica, técnica y económica.
Asimismo, el adjudicatario deberá cumplir cada una de las obligaciones que de forma específica se señalan en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se adjunta.
XIX. - PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. -
La entidad adjudicataria y los trabajadores deberán cumplir la legislación protectora del tratamiento de datos de carácter personal relativa a los usuarios del servicio, según la legislación vigente.
XX.- FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO
El Ayuntamiento ostentará en todo caso, las facultades siguientes:
- El establecimiento de directrices en la programación, así como la fijación de los objetivos, metodología y sistemas de evaluación.
- Fiscalizar la gestión del adjudicatario, a cuyos efectos podrá inspeccionar la materialización y la calidad de los servicios prestados.
- La adquisición municipal de los bienes inventariables..
- Imponer las sanciones correspondientes por las infracciones del contratista, e incluso la resolución del contrato.
XXI - RÉGIMEN SANCIONADOR
La empresa contratista es responsable de la ejecución de los programas y cumplimientos del contrato, siendo responsable de los daños y perjuicios que se causen por su personal dependiente.
La empresa adjudicataria se compromete a sancionar a los trabajadores que no cumplan con sus obligaciones laborales.
Las consecuencias del incumplimiento del contrato, son las previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La imposición de sanciones requerirá la apertura de expediente sancionador, con audiencia al interesado.
Las infracciones pueden ser leves, sancionable con apercibimiento y multa de 150,25, - € hasta 1.202,02, -; las graves con multa de 1.2002,03, - € hasta
6.010,12, -; las muy graves con multas de 6.010,13, - € hasta 60.101,21, - € y la resolución del contrato. En cualquier caso, la imposición de sanción, es independiente de la reclamación de los daños y perjuicios que se hayan causado a la Administración municipal o a los usuarios.
a) Son faltas leves:
1.- El retraso, negligencia o descuido de carácter leve, en el cumplimiento de las obligaciones.
2.- Incumplimiento de los horarios en la ejecución de los programas.
3.- Falta de puntualidad, al menos dos veces en el mes, en la asistencia por el personal de la empresa.
4.- Incumplimiento por la empresa en la aportación del personal destinado a ejecutar los servicios, por más de un día y no superior a cinco días.
5.- La falta de consideración, respeto y atención por el trabajador al usuario.
b) Son faltas graves:
1.- Las infracciones de los apartados 1, 2 y 5 de las faltas leves, cuando tengan carácter grave, en el funcionamiento de los servicios.
2.- La falta de aportación del personal de la empresa, para los nuevos casos, con un retraso mayor a un mes.
3.- El incumplimiento de la empresa o su personal a las obligaciones establecidas en la adjudicación y condiciones de su contratación.
4.- Las ofensas verbales o físicas o trato vejatorio de carácter grave al usuario.
5.- La petición o aceptación de dádivas dinerarias complementarias por la trabajadora a los usuarios del servicio.
6.- La violación xxx xxxxxxx profesional.
7.- La reincidencia en las faltas leves, con expediente sancionador firme.
c) Son faltas muy graves:
1.- La ejecución de los servicios de forma inadecuada y sin ajustarse a las exigencias municipales.
2.- La reiteración de dos faltas graves al menos de la misma naturaleza, en el transcurso de un año.
3.- Se considerará como falta muy grave y causa de resolución de contrato el incumplimiento de la empresa de los salarios abonables a los trabajadores según el Convenio Laboral.
4.- En general, las acciones y omisiones que supongan infracciones muy graves al servicio objeto de la contratación.
Burgos, 7 de julio de 2006
GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES