FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO Cláusulas de Ejemplo

FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. IV.5.1.- Los servicios técnicos designados al efecto dictarán las instrucciones necesarias al contratista para la normal y eficaz prestación en base a las cláusulas contractuales, y sin perjuicio de las superiores facultades de dirección e inspección xxx Xxxxxxx o persona en quien delegue.
FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. El Ayuntamiento ostenta las siguientes facultades:
FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. 25.1.- Dictar, a través del personal para ello especialmente designado, las instrucciones necesarias al contratista para la normal y eficaz prestación en base a las cláusulas contractuales, y sin perjuicio de las superiores facultades de dirección e inspección de la Alcaldía o persona en quien delegue.
FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. Son, entre otras, facultades del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx:
FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. El Ayuntamiento ostentará las siguientes facultades: • El establecimiento de directrices en la programación, así como la fijación de los objetivos metodología y sistema de evaluación. • Fiscaliza la gestión del adjudicatario, a cuyos efectos podrá inspeccionar la materialización y calidad de los servicios prestados. • Imponer las sanciones correspondientes por las infracciones del contratista e incluso la resolución del contrato. -La entidad o empresa contratada basará el desarrollo del servicio en el íntegro cumplimiento de la Normativa Municipal vigente o en todo caso de acuerdo a la Ley 11/2003, de 24 de Noviembre, de Protección de Animales de Andalucía. -En la retirada de animales muertos en la vía pública se comprobará, mediante lector homologado, si estos están provistos de microchip. En caso afirmativo, se comunicará al propietario del animal antes de proceder a su incineración. -Los animales se entregarán en adopción desparasitados, vacunados de rabia, identificados con microchip y esterilizados. -Los animales que en su recogida estén heridos o presentes síntomas de enfermedad, se trasladarán en el vehículo separados de otros animales y protegidos de posibles molestias, garantizándose, en todo caso, una protección especial del animal en situación más desfavorable. -Deberá aportar los datos identificativos del servicio veterinario al que está adscrito. -Certificado veterinario del protocolo eutanásico empleado para el sacrificio de los animales. -Se aportará información sobre el número de plazas de las instalaciones así como un listado de los municipios a los que actualmente presta servicio igual o similar. -Contará con un libro de registro de entrada de animales indicando fecha de entrada, especie, raza e identificación con microchip, así como su procedencia. -Contará con un libro de registro de salida de animales indicando los datos anteriormente citados así como su destino. En casos de que los animales fueran adoptados a través de organizaciones extranjeras se indicará igualmente nombre y CIF de la entidad. -Toda la información anteriormente citada estará a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxx para posibles consultas, incluidos los documentos TRACE en caso de desplazamientos internacionales de los animales adoptados.
FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. Los servicios técnicos designados al efecto dictarán las instrucciones necesarias al contratista para la normal y eficaz prestación en base a las cláusulas contractuales, y sin perjuicio de las superiores facultades de dirección e inspección xxx Xxxxxxx o persona en quien delegue. Imponer al adjudicatario las sanciones previstas en el presente Pliego. Respecto al abono del precio del contrato, el Ayuntamiento efectuará el pago conforme lo establecido en el presente Pliego.
FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. El Ayuntamiento ostenta respecto de la concesión que regula el presente pliego todas las facultades que directa o indirectamente se deriven de lo regulado en el mismo, en el de prescripciones técnicas y en los restantes documentos contractuales, así como las demás potestades atribuidas por la legislación aplicable. Entre estas facultades y a título meramente enunciativo, las siguientes:
FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. 31. 1.- El Ayuntamiento, por su parte, ostentará las siguientes potestades:
FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. El Ayuntamiento tendrá las siguientes facultades: • Vigilar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por la empresa; • Vigilar que los bienes adquiridos por la empresa se destinen conforme al CPS; • Requerir a la Empresa los informes necesarios para efectuar la supervisión; • Ocupar temporalmente de manera fundada y motivada el servicio, cuando la Empresa no lo preste eficazmente o se niegue a seguir prestándolo; y • Dictar las resoluciones de revocación o caducidad, cuando legalmente y de manera fundada y motivada resulten procedentes.
FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. El Ayuntamiento ostenta, respeto del contrato regulado en el presente pliego, todas las facultades que directa o indirectamente se deriven de lo regulado en el presente pliego, en el de prescripciones técnicas y en los restantes documentos contractuales, así como las demás potestades que tenga atribuidas por la legislación aplicable, todo eso en los términos derivados de dicha legislación. Entre estas facultades, y a título meramente enunciativo, las siguientes: ✓ Reglamentar la prestación del servicio y determinar las características básicas de las nuevas instalaciones y reparación de las existentes. ✓ Fiscalizar la gestión del adjudicatario, a efecto de lo cual podrá inspeccionar el servicio, sus obras, instalaciones y locales y la documentación relacionada con el objeto del contrato, así como encargar auditorias y dictar las órdenes para mantener o restablecer la debida prestación. ✓ Exigir la rectificación de las facturas, sin perjuicio de la imposición de sanciones por dicho cumplimiento defectuoso. ✓ Asumir temporalmente la ejecución directa del servicio, en los casos en que no lo había prestado, o no lo pudiera prestar, el adjudicatario, por circunstancias imputables, o no, al mismo. ✓ Imponer al adjudicatario las correcciones y sanciones pertinentes por razón de las infracciones que haya cometido. ✓ Poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios objeto del contrato.