Contract
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la contratación de la prestación del servicio de enseñanza en la Escuela Deportiva Municipal de Fútbol conforme a las siguientes Prescripciones Técnicas-Deportivas.
2.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL CONCURSO:
Con independencia de la requerida por el Pliego de Cláusulas Administrativas, los concursantes presentarán la siguiente documentación:
a) Programa educativo/deportivo anual de trabajo a desarrollar por trimestres, ejercicios a practicar contemplando los objetivos y metodología a emplear, profesorado, titulación, material, instalación deportiva necesaria.
b) Acreditar estar en posesión de los títulos académicos para la contratación del servicio, con entrega de los originales o fotocopias compulsadas de los mismos, o en su defecto, experiencia probada impartiendo la actividad objeto de contrato.
3.- CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
3.1. El adjudicatario estará sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a) Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas por el Ayuntamiento de Castro- Xxxxxxxx.
b) Cuidar del buen orden del servicio y hacer cumplir las normas establecidas por el Concejalía de Deportes, pudiendo dictar las oportunas instrucciones al usuario, sin perjuicio de los poderes de policía y dirección de la administración.
3.2. Descripción de los trabajos.
a) Los trabajos se desarrollarán conforme a la temporada futbolística y de común acuerdo con las directrices de la Concejalía de Deportes, según el programa de enseñanza anual, desarrollado por trimestres previamente aprobado por el órgano contratante conforme a los objetivos a cubrir, desarrollo de las clases semanales, con arreglo a los objetivos y metodología incluida. b) Enseñanza y práctica del deporte a todos los alumnos que sean admitidos en la Escuela Deportiva Municipal, siguiendo el programa presentado y conformado.
c) Programa de actividades complementarias a desarrollar durante todo el curso escolar.
d) Informe trimestral a la Concejalía de Deportes, con los siguientes apartados:
• Listado de alumnos
• Profesorado
• Programa seguido
• Objetivos alcanzados.
• Actividades realizadas
• Sugerencias y peticiones.
e) Acompañar a los alumnos en cuantas competiciones tomen parte.
f) El adjudicatario velará por el cumplimiento de la normativa vigente. Los alumnos/as que no cumplan la normativa, no serán reconocidos como tales en las Escuelas deportivas Municipales.
3.3. Asistencia a cuantas reuniones sean convocadas por la Concejalía de Deportes.
3.4. Tramitación de las fichas deportivas y mutualidad de los equipos, alumnos monitores, entrenadores y coordinación de los diferentes equipos en cuanto a desplazamientos y demás actividades.
3.5. Asistencia a las clases: la falta de asistencia a las clases de los profesores deberán ser justificadas, así como comunicar la suplencia y aportar la titulación o experiencia correspondiente del personal que realizará dicha suplencia.
3.6. La empresa adjudicataria deberá acreditar que su personal dispone en todo momento de las titulaciones académicas y profesionales precisas para ejecutar el objeto y contenido del contrato.
3.7. Xxxxxxx y grupos de Enseñanza.
Se establecen los siguientes grupos y horarios:
CURSO | DÍAS | HORA |
Los horarios se distribuirán de lunes a viernes desde las 16:30 hasta las 21:00 de común acuerdo con el responsable deportivo de la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx. La duración efectiva de las sesiones de entrenamiento será de una hora. | ||
Xxxxxxxx | 2 Días semanales | |
Alevín | 3 Días semanales | |
Infantil | 3 Días semanales | |
Cadete | 3 Días semanales |
4. OBLIGACIONES DE LA CONCEJALÍA DE DEPORTES.
La Concejalía de deportes aportará las instalaciones deportivas, de forma concertada con el adjudicatario según la disponibilidad .
5. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS.
1) Asistencia a las clases. Cada alumno tendrá preferentemente una jornada semanal de dos o tres sesiones dependiendo del nivel en que se encuentre inscrito, de una hora cada una a cumplimentar de lunes a viernes.
Se destinan los sábados y domingos por la mañana de 9 a 15 horas para las competiciones deportivas (Juegos Escolares, Torneos, Campeonatos u otras actividades similares)
La jornada podrá ampliarse o disminuirse según capacidad e intensidad de enseñanza y en momentos puntuales de competición, a propuesta del adjudicatario y previa aprobación por el responsable de la Concejalía de deportes.
El horario de enseñanza se fija entre las 16:30 y las 21:00. Cualquier cambio de horario requerirá el previo consentimiento de la Concejalía de Deportes.
2) Asistencia a competiciones.- Los alumnos de la Escuela Deportiva Municipal que participen en los campeonatos escolares, organizados por el Consejo Superior de Deporte, Dirección Regional de Deportes o Federaciones Deportivas, y competiciones oficiales o amistosas a los que sean invitados, podrán asistir a las mismas siempre que se encuentren inscritos como tales, en la Escuela Municipal Deportiva compitiendo con el nombre de Escuela Municipal de Fútbol Xxxxxx Xxxxxxxx.
6. TITULACIÓN DE LOS PROFESORES.
El profesorado deberá estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o deportivos de la especialidad, reconocido por la Federación correspondiente o Asociación especializada, dados de alta en el Consejo Superior de Deportes o Ministerio de Educación y Ciencia:
- Licenciado en Educación Física
- Diplomado en Educación Física
- Entrenador nacional de la especialidad
- Entrenador regional o auxiliar de la especialidad
- Monitor nacional de la especialidad
- Monitor regional de la especialidad
- Deportista con experiencia probada con la aprobación expresa de la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx.
El adjudicatario de la Escuela de Fútbol está obligado a justificar en la presentación de documentación de este concurso, el compromiso de contar para impartir las enseñanzas en la Escuela Deportiva Municipal, como mínimo el siguiente profesorado:
□ Un Entrenador Nacional de la especialidad o superior (que realizará las labores de enseñanza y coordinación) o un licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
□ Cinco monitores de la especialidad, garantizando que cada equipo de niños será atendido por al menos 1 monitor/entrenador en cada uno de sus entrenamientos o actividades.
Nota: El adjudicatario se comprometerá a que en todo momento el coordinador de la Escuela, tenga el título de entrenador nacional de la especialidad o sea deportista con experiencia probada.
7.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Serán obligaciones básicas del adjudicatario las siguientes:
a) Prestar el Servicio objeto del contrato en las condiciones previstas en este contrato
b) Contratar el personal necesario para la correcta prestación del servicio.
c) El adjudicatario está obligado a mantener y garantizar el buen uso de las instalaciones, mobiliario, equipos y materiales que se utilicen, siguiendo las indicaciones del personal de la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx. Si se producen desperfectos achacables a la mala utilización o negligencia en su uso, el adjudicatario se hará responsable de su reparación o reposición.
d) Guardar el material utilizado durante el desarrollo de su actividad en el lugar destinado a tal fin.
e) Informar al Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx sobre cualquier incidencia grave, anormal, molesta, etc... que afecte al buen funcionamiento del servicio.
f) Cumplir las normas aplicables en materia de sanidad, régimen laboral, seguridad social y demás que resulten de aplicaciones a los empleados y usuarios.
g) El adjudicatario está obligado a suscribir una Póliza de Responsabilidad civil, que cubra los riesgos que sufra el personal que realice el servicio y los daños causados a terceros, para que en caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a los alumnos, monitores o a terceros con ocasión del ejercicio de la actividad, la empresa adjudicataria cumpla lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance en modo alguno al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx.
h) La empresa adjudicataria deberá estar en posesión de cuantas licencias, permisos o títulos oficiales precise para cumplir con la prestación objeto del contrato, sin que pueda repercutir en el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx, coste alguno por este motivo, siendo de su cuenta todos los gastos y gestiones que deriven de su obtención.
i) En aquellas categorías que tengan competición organizada por la Federación Cántabra de Fútbol, Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria u organismo oficial que los sustituya, la inscripción y participación en dicha competición.
j) El adjudicatario deberá gestionar y abonar a su cargo los siguientes gastos, según las directrices que se detallan a continuación:
o Tramitación y abono de las fichas y/o mutualidades deportivas de todos los alumnos de la escuela, entrenadores o monitores y demás personal que deba estar al corriente de este concepto.
o Cuotas que deban satisfacer los entrenadores.
o Honorarios arbítrales.
o Sanciones federativas.
o El adjudicatario estará obligado a realizar las gestiones necesarias con las empresas de autobuses, en caso de que los alumnos deseen abonar el precio del mismo, para todos los desplazamientos relativos a las competiciones en que se inscriba a los alumnos de la escuela.
o Monitores o entrenadores para cada equipo, con un máximo de 18 alumnos por equipo. El aumento del número mínimo del número de alumnos por grupo requerirá el consentimiento expreso de la Concejalía de Deportes.
o Un coordinador con titulación de entrenador nacional o superior para fútbol y otro para fútbol sala.
o El adjudicatario estará obligado a realizar las gestiones necesarioas con las empresas de equipaciones para la compra, con cargo al alumnado de ropa y material deportivo para cada temporada, según el siguiente detalle por alumno:
o Un chándal
o Un par de medias
o Una bolsa de deporte.
o Dos Equipaciones deportiva para las competiciones (pantalón, camiseta)
k) Se podrá realizar otra publicidad, junto con la de Escuela Municipal de Fútbol del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx durante la realización de sus actividades, con autorización expresa del órgano competente. (Incluye publicidad en equipaciones, incluyendo en todo caso el escudo del ayuntamiento y literal “Escuela Municipal de Fútbol Xxxxxx Xxxxxxxx”)
8.- FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO
Son, entre otras, facultades del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx:
1. La inspección, fiscalización y supervisión de la gestión del Servicio, evaluando su calidad.
2. La fijación o modificación de los precios de los servicios, y el cobro de éstos a los usuarios.
3. La regulación del funcionamiento y condiciones de los servicios a prestar, ordenando modificaciones en la prestación del servicio, sin perjuicio de los derechos adquiridos del adjudicatario.
4. La imposición al adjudicatario de las sanciones pertinentes.
5. La supresión del servicio.
9.- PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO
1. La empresa adjudicataria deberá cumplir todas las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad e higiene en el trabajo, siendo de su responsabilidad todo lo referente a accidentes de trabajo de su personal.
2. El Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx podrá requerir en todo momento a la empresa adjudicataria la exhibición o entrega de seguros sociales, contratos y documentos análogos de las personas que presten servicios, al efecto de comprobar el cumplimiento del presente contrato.
3. El Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx queda excluido de cualesquiera responsabilidades laborales en todo lo relativo al personal que pueda contratar la empresa adjudicataria.
10. INSPECCIÓN DEL SERVICIO.
La Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx controlará e inspeccionará las actividades en horario de clases, vigilando el cumplimiento de las condiciones deportivas (horarios, profesorado, programa, atención al alumno, número de alumnos, material deportivo, estado de instalaciones y material deportivo, resultado de competiciones deportivas, propuestas de actividades deportivas complementarias, etc.)
Igualmente podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de la documentación administrativa correspondiente a la Seguridad Social, Impuestos Empresariales, Contratos de los trabajadores, declaración del IVA, etc, cuando se crea oportuno.
11. PENALIDADES
1. En caso de incumplimiento de carácter leve se apercibirá al adjudicatario, previa audiencia por un plazo de cinco días hábiles.
2. En caso de incumplimiento de carácter grave el órgano de contratación impondrá al contratista una sanción económica cifrada en 600 euros, previa audiencia al adjudicatario por un plazo de cinco días hábiles.
3. En caso de incumplimiento de carácter muy grave, previo expediente instruido al efecto, dará lugar a la imposición de una penalidad pecuniaria de hasta el 10% del importe anual del contrato, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiese lugar, y en su caso, a la resolución del contrato.
El importe de las penalidades impuestas se deducirán de las pagos mensuales, y cuando no sea posible responder con las mismas, se detraerá de la garantía definitiva depositada, debiendo el adjudicatario reponer el importe de la fianza en su totalidad a requerimiento del órgano de contratación y en el plazo que éste determine.
12.- MEMORIA DE LA ACTIVIDAD
La empresa adjudicataria se obliga a presentar al Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx una memoria anual de la actividad en el plazo de dos meses después de la finalización de cada ejercicio.
13.- NÚMERO DE ALUMNOS
En caso de matricularse menos o más alumnos que los mínimos requeridos (275 alumnos), se realizará un descuento o aumento respectivamente proporcional por importe de 200 Euros por cada alumno que exceda de los 275 y reducirá en la misma cantidad por cada alumno menos de 275.
A los efectos anteriores se considerará alumno matriculado el que se haya inscrito en la escuela y que al menos haya pagado uno de los pagos parciales que debe realizar al Ayuntamiento.
El número de esos alumnos matriculados, a los efectos anteriores, será proporcionado por la Concejalía de Deportes.