PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO. 1. El Adjudicatario deberá especificar en la oferta el personal, que debidamente justificado y con dedicación exclusiva, se compromete a tener en las instalaciones incluidas en este pliego, para atender y cumplir todas las obligaciones derivadas del contrato. Al frente del Servicio, y para todas las relaciones con el DC, el Adjudicatario designará a un Director de Explotación (DE), con una titulación de grado superior y con experiencia en el sector de la gestión de agua de abastecimiento. Esta persona deberá ser residente en la isla de Mallorca. Por otra parte, se especificará el personal técnico integrante de explotación, con especial cuidado del personal con responsabilidad (jefatura) en el desarrollo de las siguientes tareas; mantenimiento y conservación, proceso, laboratorio y operación. Se valorará su definición, presentación de su currículo, y su experiencia en el desarrollo de su actividad dentro del campo de la desalación de agua de mar. El resto del personal tendrá una formación profesional, titulación y experiencia acordes con las funciones que vayan a tener encomendadas, por lo cual se incluirá en la oferta la relación de los distintos puestos de trabajo, indicando las categorías y antigüedad de las personas asignadas.
2. El licitador deberá considerar el personal que juzgue necesario para la correcta realización de los trabajos a lo largo de los distintos años de la explotación, por lo que deberá indicar de manera clara en su proposición la plantilla mínima que se compromete a mantener en todos y cada uno de los años de explotación.
3. El Adjudicatario estará en todo momento al corriente de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social y demás sociales establecidas.
4. El DC podrá requerir los documentos justificantes del cumplimiento de lo especificado en este punto. El Adjudicatario deberá presentar dichos documentos en el menor plazo, no siendo este superior a una semana. semestralmente se enviarán, al DC, copia de los TC1 y TC2 de todo el personal asignado la IDAM.
5. Cualquier variación o sustitución de personal deberá ser razonada y puesta en conocimiento del DC antes de proceder a la misma. En particular, y cuando se trate del Director de Explotación del Adjudicatario, únicamente podrá ser sustituido por una persona de iguales características y experiencia, y siempre que la Agencia apruebe la nueva designación del Adjudicatario. Se exigirá un mínimo de un mes de actuación conjunta entre ambos.
6. El establecimiento de un mínimo de person...
PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO. 1. La empresa adjudicataria deberá cumplir todas las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad e higiene en el trabajo, siendo de su responsabilidad todo lo referente a accidentes de trabajo de su personal.
2. El Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx podrá requerir en todo momento a la empresa adjudicataria la exhibición o entrega de seguros sociales, contratos y documentos análogos de las personas que presten servicios, al efecto de comprobar el cumplimiento del presente contrato.
3. El Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx queda excluido de cualesquiera responsabilidades laborales en todo lo relativo al personal que pueda contratar la empresa adjudicataria.
PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO. La persona adjudicataria deberá disponer la adscripción a este servicio de personal suficiente, cuya dependencia, en ningún caso, pasará a ser del Ayuntamiento y siendo por tanto responsabilidad suya las cotizaciones a la Seguridad Social y demás responsabilidades contractuales de carácter laboral y social.
PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO. Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con la que se inicia el contrato (bien sea por baja por enfermedad, jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez permanente, etc.) o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, está obligado a tener la autorización previa del Ayuntamiento para cubrir las variaciones de los puestos de trabajo que se puedan producir. El adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, debiendo suscribir las pólizas de los seguros de responsabilidad civil que cubran posibles daños que se puedan causar a terceros en la realización de los trabajos concertados. Todo el personal deberá ser debidamente identificado en orden a la seguridad de los servicios, proponiendo los licitadores el sistema de identificación que consideren más eficaz. Todo el personal que preste el servicio, será a cuenta y cargo del adjudicatario, siendo el Ayuntamiento ajeno a las relaciones laborales entre ésta y sus trabajadores.
PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO. Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo
PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO. El contratista se compromete a contratar al personal mínimo necesario en función de la demanda de los diferentes programas y servicios, cuyos técnicos deportivos prestarán los servicios y horarios programados, y su realización se efectuará conforme a lo fijado en el presente Pliego. […] • Si la ejecución del trabajo no se ajustara a los niveles de calidad que el Ayuntamiento de Riba-roja requiere, lo pondrá en conocimiento de la adjudicataria para que disponga lo necesario para ajustarse a los niveles requeridos. El Ayuntamiento podrá solicitar la sustitución de parte o todo el personal, en caso de que la actividad no se desarrolle dentro de los cauces establecidos de antemano, no se sigan los criterios técnicos adecuados o se produzca cualquier situación que afecte al normal desarrollo de la actividad. • El personal deberá estar en todo momento identificado. Para ello la empresa contratista facilitará al mismo una tarjeta identificativa en la que constará el nombre del trabajador y los logos de la empresa contratada y del Ayuntamiento. • Con el fin de garantizar el adecuado nivel de la actividad, el trabajador o trabajadores que dentro de su horario de trabajo cubran los diferentes puestos de trabajo deben reunir los siguientes requisitos para cada uno de ellos: o Coordinador o coordinadora del servicio. Deberán poseer como mínimo la titulación de Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el deporte o equivalente. Además tendrá que tener alguna de las siguientes características: • Acreditar experiencia en la coordinación de actividades físico-deportivas análogas a las del programa que se realizará en la instalación. o Monitor/x xx xxxx. Deberán poseer como mínimo titulaciones deportivas reconocidas oficialmente, que acrediten su formación en materia de monitor xx xxxx de musculación, fuerza y musculación. Además tendrá que tener alguna de las siguientes características: • Tener experiencia acreditada en las actividades físico-deportivas que vaya a realizar. • Máxima polivalencia, pudiendo asumir todo tipo de tareas relacionadas con el mundo de la animación deportiva. o Monitor/a de actividades dirigidas. Deberán poseer como mínimo titulaciones deportivas reconocidas oficialmente, que acrediten su formación en materia físico deportiva sobre el tipo de servicio que impartirá. Además tendrá que tener alguna de las siguientes características: • Tener experiencia acreditada en las actividades físico-deportivas que vaya a realizar. • Máxima polivalencia, ...
PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO. Con independencia del personal subrogado, todo el personal que se contrate y este adscrito a la prestación de este servicio, deberán de percibir los salarios como mínimos establecidos en el anexo III. El personal que preste los servicios objeto de este contrato dependerá exclusivamente del adjudicatario del servicio, sin relación laboral ninguna con el Ayuntamiento de PADUL. En el caso de cese en la prestación del servicio, el Ayuntamiento de PADUL no asumirá hacerse cargo del personal, ni de obligación ninguna respecto de éste, salvo el personal subrogado, que afecta a tres trabajadoras.
PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO. El contratista deberá adscribir a la prestación de los servicios objeto del presente contrato, los medios humanos necesarios para su ejecución, de acuerdo con lo establecido al efecto en el Pliego de Prescripciones Técnicas que, junto con el presente Xxxxxx, ha de regir el contrato. Todo licitador deberá especificar en sus proposiciones los medios humanos de cada categoría que, como mínimo, considera necesario para la prestación de los servicios objeto de esta licitación. Durante el plazo de vigencia del contrato, el Ayuntamiento no tendrá relación jurídica, laboral ni de cualquier otra índole, con el personal adscrito por la empresa adjudicataria para la prestación del servicio.
PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO. El personal adscrito al servicio será el necesario para la correcta prestación del mismo de acuerdo con las condiciones requeridas en los pliegos de licitación y las adicionales contenidas en la oferta del licitador que resulte adjudicatario del contrato, debiendo cumplir el mismo con todos los requisitos exigidos en la normativa laboral de aplicación. Será responsabilidad única y exclusiva del contratista el cumplimiento de las obligaciones que imponga la legislación vigente en cada momento en materia laboral, de seguridad social, de seguridad e higiene, de prevención de riesgos laborales, de igualdad de género, de inserción socio- laboral de las personas con discapacidad (en particular, la obligación de contratar a un número o porcentaje especifico de personas con discapacidad), y cualquier otra que sea de aplicación en el ámbito de las relaciones laborales entre una empresa y sus trabajadores. Asimismo, será obligación de la contratista designada velar por la correcta organización y retribución de los recursos humanos, así como mantener la capacitación del personal a través de acciones de formación adecuadas. En todo caso, el adjudicatario deberá contar con medios personales suficientes para la adecuada prestación del servicio. En base a las obligaciones de servicio recogidas en el presente proyecto de explotación y al material móvil necesario para la correcta prestación de dichas obligaciones de servicio, a continuación, se muestra una tabla que indica el número mínimo de conductores necesarios: Mínimo estricto necesario 339 El futuro adjudicatario estará obligado a subrogarse en la condición de empleador de los actuales titulares de los servicios respecto de aquellos empleados adscritos a dichos servicios de conformidad con lo dispuesto en la legislación laboral y convencional de aplicación.
PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO. 3.1. Jornada y horario del personal adscrito al servicio
3.2. Jornada y horario del personal adscrito al servicio