Licitación Pública No. 43108002-005-09 Contrato de Obra No. 5-IPROVIPE- LICITACIÓN-SAN MARTÍN HIDALGO-142-TU CASA-2009
Gobierno del Estado de Jalisco
Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado
Licitación Pública No. 43108002-005-09
Contrato de Obra No. 5-IPROVIPE-LICITACIÓN-SAN XXXXXX XXXXXXX-142-TU CASA-2009
Instrucciones a los Licitantes
OBJETO: “Construcción de 142 viviendas progresivas en el predio Llano Chico, ubicado en el Municipio de San Xxxxxx Xxxxxxx, Jalisco”
De acuerdo con la Convocatoria Nacional No. 01/IPROVIPE/TU CASA/2009, de fecha 28 xx xxxx de 2009, para participar en la Licitación Pública No. 43108002-005-09, mediante el procedimiento establecido en los artículos 27, fracción I y 30, fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y sus Reformas, inherentes a la ejecución de los trabajos, cuyos datos se mencionan en el cuadro de referencia, a continuación se establecen los lineamientos que los LICITANTES deberán tomar en consideración para la formulación de las proposiciones y celebración de los actos correspondientes.
PARTICIPACION DE OBSERVADORES
Se indica que se permitirá la asistencia de cualquier persona que desee asistir a los diferentes actos de la presente licitación, en calidad de observador, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación con un día de anticipación al acto correspondiente en la Dirección Técnica de la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado.
Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx, a un costo de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 m. n.), la forma de pago es en bancos mediante los recibos que genera el sistema, o bien, en las oficinas de la Dirección Técnica de la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado, ubicada en xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xx. 000, Xxxx Xxxxxx, X.X. 00000 Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, al teléfono: 00-00-00-00 Ext. 54322, a partir del día 28 xx xxxx de 2009 y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto para la presentación y apertura de proposiciones, en el horario de lunes a viernes, en el horario de 9:00 a 15:00, a un costo de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M. N.), mediante efectivo a favor de la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado. Los planos estarán disponibles en la Dirección antes citada, por lo cual de optar por pago mediante comprante, deberá acudir a dicha área para obtenerlos.
INICIO Y TERMINO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION
El procedimiento de contratación por licitación pública se inicia con la publicación de la convocatoria y concluye con la firma del contrato.
Los licitantes deberán acompañar por separado a sus propuestas los siguientes documentos:
Escrito firmado en el que manifieste el interés en participar en la licitación indicando el número y domicilio para recibir todo tipo de notificaciones aun las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del contrato respectivo.
Escrito firmado mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en alguno de los supuestos que establece el artículo 33 fracción XXIII, 51 y 78 penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Copia simple de la declaración fiscal o balance general auditado de la empresa correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior, con el que se acredite el capital contable requerido por la convocante.
Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firma la proposición.
El recibo de compra de bases, en donde señale el número de la licitación de obra pública.
Escrito firmado mediante el cual el representante de la persona moral manifieste que su representante cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que deberá contener los datos siguientes:
a. De la persona moral: clave del registro federal de contribuyentes, denominación o razón social, descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quien se hayan otorgado; asimismo los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y Comercio, y
Del representante: Nombre del apoderado; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la proposición, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quien se hayan otorgado.
Declaración de integridad, mediante la cual los licitantes manifiesten que por sí mismos, o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la dependencia o entidad convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes.
En su caso, escrito mediante el cual los participantes manifiesten que en su planta laboral cuentan cuando menos con un cinco por ciento de personas con discapacidad, cuyas altas en el Instituto Mexicano del Seguro Social se hayan dado con seis meses de antelación al momento del cierre de venta de las bases de licitación, obligándose a presentar en original y copia para cotejo las altas mencionadas, a requerimiento de la dependencia o entidad convocante, en caso de empate técnico. La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.
Relación bajo protesta de decir verdad, de los contratos de obras y/o servicios en vigor que tengan celebrados tanto con la Administración Publica, así como con los particulares, señalando el nombre de la contratante, número de contrato, descripción de la obra y/o servicio, importe total contratado y el importe por ejercer, fecha de inicio y de terminación, nombre, domicilio y teléfono de los entes públicos contratantes.
Para los interesados que decidan agruparse para presentar una propuesta, deberán acreditar en forma individual los requisitos señalados, además de entregar una copia del convenio a que se refiere el artículo 28 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y sus Reformas. La presentación de los documentos de los integrantes de la agrupación y la del convenio deberá hacerse por el representante común.
La experiencia y capacidad técnica que deberán acreditar los interesados consiste en: relación de contratos de trabajos ejecutados de características técnicas y magnitudes similares a los de la presente convocatoria, indicando su monto y fecha de terminación de los trabajos y deberá anexarse dentro de la propuesta técnica (documento AT4).
1 GENERALIDADES DE LOS TRABAJOS
1.1 ORIGEN DE LOS FONDOS
Para cubrir las erogaciones que se deriven de la adjudicación del contrato, objeto de esta LICITACIÓN, los recursos son de origen federal, aplicando las reglas de operación y lineamientos del Programa de Ahorro, Subsidio y Crédito para Vivienda Progresiva “TU CASA 2009”.
1.2 FECHAS ESTIMADAS DE INICIO Y TERMINACIÓN
La fecha prevista para el inicio de los trabajos será el día 30 xx xxxxx de 2009 y la fecha estimada de terminación será el día 02 de noviembre de 2009.
1.3 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de los trabajos será de 126 días naturales contados a partir de la fecha de iniciación de los trabajos.
1.3.1 PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
Los LICITANTES elaborarán sus programas de ejecución considerando lo indicado en el punto 1.2 y con el plazo solicitado en el punto 1.3.
Dichos programas podrán ser presentados en los formatos que para tal efecto proporciona la Dirección Técnica de la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado o podrán ser reproducidos, cumpliendo con cada uno de los elementos requeridos en el punto 4.2.
1.4 DE LA VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS Y JUNTA DE ACLARACIONES
Los “LICITANTES”, que hayan adquirido las Bases de Licitación, podrán visitar los lugares en que se realizarán los trabajos objeto de la LICITACIÓN, para que, considerando las especificaciones y documentación relativa, inspeccionen el sitio, hagan las valoraciones de los elementos que se requieran, analicen los grados de dificultad de los trabajos y realicen las investigaciones que consideren necesarias sobre las condiciones locales, climatológicas o cualquier otra que pudiera afectar la ejecución de los trabajos.
A quienes adquieran las bases de licitación con posterioridad a la realización de la visita, se les podrá permitir el acceso al lugar en que se llevarán a cabo los trabajos, siempre que lo soliciten con anticipación de por lo menos veinticuatro horas a la conclusión del período de venta, aunque no será obligatorio para la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado designar a un técnico que guíe la visita.
En ningún caso la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado, asumirá responsabilidad por las conclusiones que los LICITANTES obtengan al examinar los lugares y circunstancias antes señaladas, y en el caso de ser adjudicatario del contrato, el hecho de que no se haya tomado en consideración las condiciones imperantes no le releva de su obligación para ejecutar y concluir los trabajos en la forma y términos convenidos.
El LICITANTE deberá manifestar por escrito, que conoce el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales, así como de haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan efectuado a las Bases de Licitación. (Documento AT 5).
En las juntas de aclaraciones los licitantes que hubieran adquirido las Bases de licitación, podrán asistir y solicitar aclaraciones o modificaciones a las Bases de Licitación, sus anexos y a las cláusulas del modelo de contrato, las cuales serán ponderadas por la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado.
De toda junta de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes, las preguntas formuladas, las respuestas, y en su caso, los datos relevantes de la visita al sitio de realización de los trabajos, de la cual se le entregará copia a los presentes y se pondrá a disposición de los ausentes, en las oficinas de la Dirección Técnica de la convocante.
La Dirección Técnica de la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado recibirá preguntas adicionales con posterioridad a la junta de aclaraciones y hasta cuarenta y ocho horas antes de la conclusión del periodo de venta de las bases, a las que deberá dar contestación a más tardar el último día de dicho periodo, siempre y cuando el licitante haya adquirido las bases.
1.4.1 LUGAR DE REUNION PARA LA VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS
El lugar de reunión para la visita al sitio de los trabajos será en: las oficinas de que ocupa la Presidencia Municipal de San Xxxxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxx número 6, Colonia Centro en San Xxxxxx Xxxxxxx, Jalisco, a las 11:00 horas, del día 02 xx xxxxx de 2009.
1.4.2 JUNTA DE ACLARACIONES
La junta de aclaraciones se celebrará a las 13:30 horas, el día 03 xx xxxxx de 2009, en la sala de juntas de la convocante, ubicada en Xxxxx Xxxxxxx Xx. 000, Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
2 INFORMACIÓN CONTENIDA EN LAS BASES DE LA LICITACIÓN
2.1 Las bases de la licitación especifican los trabajos que se requieren, los procedimientos de licitación y las condiciones contractuales. Además las bases de licitación, incluyen:
a) Instrucciones a los licitantes.
b) Modelo de Contrato.
c) Catálogo de Conceptos.
d) Formatos y Guías de llenado de los Documentos.
e) Términos de Referencia.
2.2 El licitante deberá examinar todas las instrucciones, formatos, condiciones y especificaciones que figuren en las BASES DE LA LICITACIÓN. En el punto 5.3, se precisan las causas por las que puede ser desechada la proposición.
3 MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN
3.1 La Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado podrá modificar las BASES DE LA LICITACIÓN en los términos del artículo 35 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Las modificaciones que se generen en la ó las Juntas de Aclaraciones, serán obligatorias para los LICITANTES y serán consideradas como parte integrante de las propias bases de licitación.
4 PREPARACIÓN DE LA PROPOSICIÓN
Las proposiciones que el LICITANTE deberá entregar en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, se hará en sobre cerrado que contendrá la propuesta Técnica y la económica.
La documentación distinta a la proposición deberá entregarse, acompañando por separado al sobre que contenga las proposiciones, en original y copia.
Las proposiciones podrán enviarse mediante servicio postal, mensajería o cualquier tipo de correo certificado, aunque en estos casos la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado no es responsable en ningún caso de que no se reciba en tiempo y forma la proposición, en cuyo caso se declarará como no presentado, o si en su defecto, la proposición llegase en hora y/o fecha posterior al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, dicha proposición se considera tardía y se devolverá sin abrir al proponente.
4.1 ENTREGA DE PROPOSICIONES EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Si acude personalmente el representante legal del licitante este deberá presentar copia del documento que acredite la personalidad e identificación, en el caso de que la persona que entregue el sobre en el acto de presentación y apertura de proposiciones, sea distinta al representante legal de la LICITANTE, anexará a la proposición por separado, carta poder simple e identificación. (La omisión en el cumplimiento de este requisito no será motivo para desechar la proposición)
Independientemente de lo anterior la proposición deberá ser FIRMADA en todas sus hojas tal como lo establece el punto 4.14.
4.2 FORMA DE PRESENTACIÓN
La presentación de la proposición deberá ser por escrito en los documentos que para tal efecto se integran a estas bases de licitación, o reproducirlos siempre y cuando se respete el contenido y estructura de los mismos, sin tachaduras ni enmiendas y en idioma español.
La propuesta que el LICITANTE entregue en el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones deberá estar integrada en la forma siguiente:
4.2.1 PARTE TÉCNICA.
La parte técnica deberá contener los siguientes documentos:
AT1. DESCRIPCIÓN DE LA PLANEACIÓN INTEGRAL DEL LICITANTE PARA REALIZAR LOS TRABAJOS, INCLUYENDO EL PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
AT2. RELACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION.
AT3. CURRÍCULUM DE CADA UNO DE LOS PROFESIONALES TÉCNICOS QUE SERÁN RESPONSABLES DE LA DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS, LOS QUE DEBERÁN TENER EXPERIENCIA EN OBRAS EJECUTADAS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y MAGNITUDES SIMILARES A LOS DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
AT4. DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA EN TRABAJOS SIMILARES, CON LA IDENTIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS POR EL LICITANTE Y SU PERSONAL, EN LOS ULTIMOS CINCO AÑOS, EN LOS QUE SEA COMPROBABLE SU PARTICIPACIÓN.
AT5. MANIFESTACIÓN ESCRITA DE CONOCER EL SITIO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Y SUS CONDICIONES AMBIENTALES; ESTAR CONFORME DE AJUSTARSE A LAS LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES, A LOS TÉRMINOS DE LAS BASES DE LICITACIÓN, SUS ANEXOS Y LAS MODIFICACIONES QUE, EN SU CASO, SE HAYAN EFECTUADO; AL MODELO DE CONTRATO, LOS PROYECTOS ARQUITECTÓNICOS Y DE INGENIERÍA; EL HABER CONSIDERADO LAS NORMAS DE CALIDAD DE LOS MATERIALES Y LAS ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES DE CONSTRUCCIÓN QUE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD CONVOCANTE LES HUBIERE PROPORCIONADO, ASÍ COMO HABER CONSIDERADO EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPOSICIÓN, LOS MATERIALES Y EQUIPOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE QUE, EN SU CASO, LE PROPORCIONARÁ LA PROPIA CONVOCANTE Y EL PROGRAMA DE SUMINISTRO CORRESPONDIENTE.
AT6. MANIFESTACIÓN ESCRITA EN LA QUE SEÑALE LAS PARTES DE LOS TRABAJOS QUE SUBCONTRATARÁ.
AT7. DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA CAPACIDAD FINANCIERA, EL LICITANTE DEBERÁ AGREGAR LOS DOCUMENTOS REFERIDOS EN PAPEL MEMBRETADO DEL AUDITOR, LOS CUALES DEBERÁN INTEGRARSE AL MENOS POR LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS DE LOS DOS AÑOS ANTERIORES Y EL COMPARATIVO DE RAZONES FINANCIERAS BÁSICAS, SALVO EN EL CASO DE EMPRESAS DE RECIENTE CREACIÓN, LAS CUALES DEBERÁN PRESENTAR LOS MÁS ACTUALIZADOS A LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
AT8. MANIFESTACIÓN ESCRITA DE QUE LOS PRECIOS CONSIGNADOS EN SU PROPOSICIÓN NO SE COTIZAN EN CONDICIONES DE PRÁCTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL EN SU MODALIDAD DE DISCRIMINACIÓN DE PRECIOS O DE SUBSIDIOS.
AT9. MANIFESTACIÓN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE AUSENCIA DE ANTECEDENTES DE AFECTACIÓN DE GARANTÍAS POR VICIOS OCULTOS O DE MALA CALIDAD DE LOS TRABAJOS.
AT10. GRADO DE CUMPLIMIENTO EN LOS CONTRATOS CELEBRADOS Y CONCLUIDOS POR EL LICITANTE EN UN LAPSO DE CINCO AÑOS PREVIOS A LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
AT11. MANIFESTACION DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA CELEBRADOS EN UN LAPSO DE CINCO AÑOS PREVIOS A LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA, QUE HAYAN SIDO OBJETO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA O DE ALGUNA FIGURA JURÍDICA EQUIVALENTE EN EL EXTRANJERO.
4.2.2 PARTE ECONÓMICA.
La parte económica deberá contener los siguientes documentos:
AE1. ANÁLISIS DEL TOTAL DE LOS PRECIOS UNITARIOS DE LOS CONCEPTOS DE TRABAJO DE LA PROPOSICION.
AE2. RELACIÓN Y ANÁLISIS DE LOS COSTOS UNITARIOS BÁSICOS DE LOS MATERIALES.
AE3. TABULADOR DE SALARIOS BASE DE MANO DE OBRA Y TABLA DE CALCULO DE FACTOR XX XXXXXXX REAL.
AE4. ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS HORARIOS DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO.
AE5. ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS INDIRECTOS.
AE6. ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO;
AE7. UTILIDAD PROPUESTA POR EL LICITANTE.
AE8. CARGOS ADICIONALES.
AE9. LISTADO DE INSUMOS QUE INTERVIENEN EN LA INTEGRACIÓN DE LA PROPOSICION:
A. MATERIALES.
B. MANO DE OBRA.
C. MAQUINARIA Y EQUIPO.
AE10. CATALOGO DE CONCEPTOS.
AE11. PROGRAMA DE EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS CONFORME AL CATÁLOGO DE CONCEPTOS CON SUS EROGACIONES, CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO.
AE12. PROGRAMAS DE EROGACIONES A COSTO DIRECTO CALENDARIZADOS Y CUANTIFICADOS EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS:
A. DE LA MANO DE OBRA;
B. DE ADQUISICION DE MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACION PERMANENTE.
C. DE UTILIZACIÓN DEL PERSONAL PROFESIONAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN, SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LOS TRABAJOS.
4.3 IDIOMA
Todos los documentos relacionados con la proposición deberán presentarse en idioma español.
4.4 MONEDA
La moneda en que deberán presentarse las proposiciones será: Moneda Nacional.
4.5 ANTICIPOS
La convocante entregará al participante a quien se le adjudico el contrato un anticipo a más tardar el día 29 xx xxxxx de 2009, por él 25% de la asignación presupuestal aprobada al contrato en el ejercicio de que se trate para que el contratista realice en el sitio de los trabajos la construcción de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos; así como, para la compra y producción de materiales de construcción, la adquisición de equipos que se instalen permanentemente y demás insumos que deberán otorgar.
El importe de los anticipos que se otorguen al licitante será el porcentaje señalado en el párrafo anterior de estas bases, al monto total de la proposición, si los trabajos se realizan en un solo ejercicio. Cuando los trabajos se realicen en más de un ejercicio, el monto se obtendrá aplicando el porcentaje señalado a la asignación presupuestaria aprobada para este contrato en el ejercicio de que se trate.
4.6 AJUSTE DE COSTOS
La Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado de acuerdo a lo señalado en el Artículo 56 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y sus Reformas, determina que el procedimiento de ajuste de costos, se lleve a cabo de acuerdo a lo señalado en la fracción I del Artículo 57 de la citada ley. La aplicación de los procedimientos para ajuste de costos se hará como lo determina el artículo 58 de la citada Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y sus Reformas.
Este procedimiento regirá durante la vigencia del contrato. (Artículo 46, fracción X de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y sus Reformas).
Para efectos de la aplicación de ajuste de costos, se estará a lo señalado en el Capítulo Quinto del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y sus Reformas.
4.7 CONDICIONES DEL PRECIO
El contratista recibirá de la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado el pago total que deba cubrírsele por unidad de concepto de trabajos terminados, ejecutado conforme a las especificaciones requeridas.
4.8 FORMA Y TÉRMINOS DE PAGO DE LOS TRABAJOS
Las partes convienen que los trabajos objeto del presente contrato, se paguen conforme a lo establecido en él catálogo de conceptos, mediante la formulación de estimaciones que abarcaran el periodo de 30 días, las que serán presentadas por "EL CONTRATISTA" a la residencia de supervisión dentro de los seis (6) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx para el pago de las mismas, la que será el día último de cada periodo acordado, la residencia de obra dentro de los quince (15) días naturales siguientes, deberá revisar y, en su caso, autorizar las estimaciones, mismas que serán pagadas en las oficinas de la Dirección de Finanzas y Tesorería de la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado, ubicada en Xxxxx Xxxxxxx Xx. 000, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, dentro de un plazo no mayor de veinte (20) días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de supervisión, para que la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado inicie su tramite de pago. Las diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, se resolverán y, en su caso, se incorporarán en la siguiente estimación.
4.9 PROHIBICIÓN DE LA NEGOCIACIÓN
Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas, conforme a lo establecido en el artículo 33, fracción VII de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y sus Reformas.
4.10 OTRAS ESTIPULACIONES
El contratista al que se le adjudique el contrato, aceptará que del importe de cada estimación le sea retenido el cinco al millar por concepto de Servicio de Inspección y Vigilancia de la Secretaría de la Función Pública estipulado en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos.
Para la aplicación de la retención del 0.2% (dos al millar), por concepto de capacitación a cargo del Instituto de la Industria de la Construcción (Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción), la Empresa a quién se le adjudique el contrato deberá presentar escrito en el que señale su aceptación o negativa para que se realice dicha aportación. Esta aportación no deberá ser repercutida en la integración de los precios unitarios. El efectuar esta incidencia, será motivo para desechar la proposición.
El contratista adjudicatario del contrato que sea socio de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción podrá, voluntariamente, aportar el dos al millar del importe de cada estimación para los programas de capacitación y adiestramiento de los trabajadores de la industria de la construcción de acuerdo al Convenio celebrado entre el Gobierno del Estado de Jalisco y la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, lo que quedaría estipulado en el contrato.
4.11 ASOCIACIONES
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones en la licitación correspondiente, sin necesidad de constituir una nueva sociedad, siempre que, para tales efectos, en la proposición y en el contrato se establezcan con precisión y a satisfacción de la Dependencia, las partes de los trabajos que cada persona se obligará a ejecutar. En este supuesto la proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas.
Se deberá celebrar entre sí un convenio privado, el que contendrá lo siguiente:
Nombre y domicilio de los integrantes, identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx de la agrupación;
Nombre de los representantes de cada una de las personas identificando, en su caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita su representación;
Definición de las partes del objeto del contrato que cada persona se obligaría a cumplir, especificando la forma en que serán presentadas a cobro las estimaciones;
Determinación de un domicilio común para oír y recibir notificaciones;
Designación de un representante común otorgándole poder amplio y suficiente, para todo lo relacionado con la proposición, y
Estipulación expresa que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme.
4.12 SUBCONTRATACIÓN
No se permitirá la subcontratación de ninguna parte de los trabajos.
4.13 RELACIÓN DE MATERIALES QUE, EN SU CASO, PROPORCIONE LA CONVOCANTE.
No se proporcionará material alguno.
4.14 FIRMA DE LA PROPOSICIÓN
El representante legal del Licitante, deberá firmar con tinta indeleble la proposición en todas sus hojas.
4.15 COMO INTEGRAR E IDENTIFICAR LA PROPOSICIÓN
El LICITANTE deberá integrar su proposición en original, en la forma que previenen los incisos 4.2.1 para la PARTE TECNICA y el 4.2.2 para la PARTE ECONÓMICA. Una vez integradas deberán ser colocadas en UN SOBRE cerrado identificando, la clave de la LICITACIÓN, nombre de los trabajos y la razón social del LICITANTE.
5 DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN
5.1 PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIÓNES
La proposición deberá presentarse a las 13:30 horas, el día 11 xx xxxxx de 2009, en: Sala de juntas de la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado, en xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xx. 000 Xxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, donde se llevará a cabo el Acto de Presentación y Apertura de las Proposiciones, bajo la presidencia del servidor público designado. Los LICITANTES o sus representantes legales al ser nombrados entregarán su proposición en sobre cerrado y en su caso entregarán la carta poder simple, de acuerdo al punto 4.1. No se admitirán propuestas a través de Medios Remotos de Comunicación Electrónica.
Los licitantes son los únicos responsables de que sus proposiciones sean entregadas en tiempo y forma en el Acto de Presentación y apertura de las proposiciones, no se recibirán proposiciones que se presenten después de la fecha y hora establecida en estas Bases de licitación.
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará, conforme a lo siguiente:
I. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado; se procederá a su apertura y se desecharán las que hubieren omitido alguno de los requisitos exigidos;
II. Por lo menos un licitante, si asistiere alguno, y el servidor público facultado para presidir el acto rubricarán el catálogo de conceptos o el presupuesto de obra de las proposiciones presentadas, las que para estos efectos constarán documentalmente; debiendo en seguida dar lectura al importe total de cada una de las proposiciones;
III. Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se deberá asentar las proposiciones aceptadas para su posterior evaluación y el importe total de cada una de ellas, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron; el acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición o se les entregará copia de la misma, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efecto de su notificación, y
IV. El acto de notificación de fallo de la licitación se efectuará a las 13:30 horas, el día 23 xx xxxxx de 2009, en: Sala de juntas de la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado, en calle Xxxxx Xxxxxxx No. 595 Zona Centro en Guadalajara, Jalisco, y la firma del contrato se llevara a cabo a las 13:30 horas del día 24 xx xxxxx de 2009 en la Oficina de la Dirección Jurídica de la convocante en el domicilio señalado en líneas anteriores.
5.2 LICITACIÓN DESIERTA
La Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado, no adjudicará y declarará desierta la LICITACIÓN y deberá expedir una segunda convocatoria cuando las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos de las BASES DE LA LICITACIÓN o sus precios de insumos no fueren aceptables, además de esta causal, la inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado podrá declarar desierta una licitación en cualquiera de los siguientes casos:
I. Cuando ninguna persona adquiera las bases, y
II. Cuando no se reciba alguna propuesta en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
III. Cuando no se cuente con un mínimo de tres propuestas susceptibles de análisis.
Se considerará que los precios de insumos de las proposiciones presentadas por los licitantes no son aceptables, cuando se propongan importes que no puedan ser pagados por la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado.
5.3 CAUSAS POR LAS QUE PUEDE SER DESECHADA LA PROPOSICIÓN.
Se considerará como causa suficiente para desechar una proposición, cualquiera de las siguientes circunstancias:
I. La presentación incompleta o la omisión de cualquier documento requerido en las bases;
II. El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante;
III. Se acredite que la información o documentación proporcionada por los licitantes es falsa.
IV. La ubicación del licitante en alguno de los supuestos señalados en el artículo 33 fracción XXIII, 51 y 78 penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
V. Las demás que, de acuerdo a las características, magnitud y complejidad de los trabajos a realizar, sean consideradas expresamente en las bases de licitación por las dependencias y entidades y que sean estrictamente necesarias para la evaluación de las proposiciones o la realización de los trabajos, y
VI. Se compruebe que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los costos de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
5.4 CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
5.4.1 DE LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES
La Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado, para hacer la evaluación de las proposiciones, verificará que las mismas incluyan la información, documentos y requisitos solicitados en las BASES DE LA LICITACIÓN, que los recursos propuestos por el licitante sean los necesarios para ejecutar satisfactoriamente, conforme al programa de ejecución, las cantidades de trabajo establecidas; que los análisis, calculo e integración de los precios sean acordes con las condiciones de costos vigentes en la zona o región donde se ejecuten los trabajos.
La Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado, también verificará el debido análisis, cálculo e integración de todos los precios unitarios, contemplados en el catálogo de conceptos.
Para la evaluación de las proposiciones en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes.
5.4.2 DE LA ADJUDICACION DEL CONTRATO
Una vez realizada la evaluación de las proposiciones de acuerdo a lo indicado, y de conformidad con la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en el Articulo 38 y Artículos 36 y 37 de su Reglamento, la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado, adjudicará el contrato al licitante cuya proposición resulte solvente por reunir las condiciones legales técnicas y económicas requeridas, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas, conforme a los criterios de evaluación establecidas en las bases de licitación.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque reúnen las condiciones antes señaladas, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que resulte económicamente más conveniente para el Estado, que será aquella que otorgue mayor certeza en la ejecución y conclusión de los trabajos que pretendan contratarse, por asegurar las mejores condiciones de contratación en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Para tales efectos, la adjudicación del contrato a la proposición que resulte económicamente más conveniente para el Estado, se hará a través del mecanismo que atienda a las condiciones, criterios, parámetros y su correspondiente valoración en puntaje, en los siguientes términos:
I. Criterio relativo al Precio. La propuesta solvente cuyo precio o monto sea el más bajo, o la de menor valor presente, tendrá una ponderación de: 50 puntos
En estos términos, la ponderación que se le asigna al criterio precio corresponde en todos los casos a 50 puntos. Para lo cual, a efecto de determinar la ponderación del criterio precio a las demás propuestas solventes, se atenderá a la siguiente fórmula:
PAj = 50 * (PSPMB/PPj) Para toda j = 1, 2..n
Donde:
PA = Puntos a asignar a la propuesta "j”
PSPMB = Propuesta Solvente cuyo Precio es el más bajo, o la de menor valor presente.
PP = Precio de la Propuesta "j"
El sub índice "j" representa a las demás propuestas determinadas como solventes como resultado de la evaluación.
II. Criterio relativo a la Calidad. La calidad atenderá a los rubros de especialidad, experiencia y capacidad técnica en los términos del último párrafo del artículo 36 de la Ley. Dichos rubros en su puntaje tendrán una ponderación en su conjunto de: 20 puntos
Los veinte puntos, se distribuirán como sigue:
a) Especialidad.- Mayor número de contratos de obras ejecutadas de la misma naturaleza a los que se convocan en un plazo máximo de cinco años previos a la fecha de publicación de la convocatoria. Para este rubro se asignará una ponderación de 5 puntos. (Según documento AT4)
b) Experiencia.- Mayor tiempo del licitante realizando obras similares en aspectos relativos a monto, complejidad o magnitud. Para este rubro se asignará una ponderación de 5 puntos. (Según documento AT4)
c) Capacidad Técnica.- Se asignará un puntaje de 10 puntos, distribuidos como sigue:
1. Mayor experiencia laboral del personal responsable de los trabajos convocados en la materia objeto de la contratación, de conformidad con la información proporcionada en términos del artículo 26 del presente Reglamento. Se asignarán 3 puntos. (Según documento AT3)
2. Ausencia de antecedentes de afectación de garantías por vicios ocultos o de mala calidad de los trabajos, o su equivalente en el extranjero en un lapso no mayor a cinco años. Se asignarán 3 puntos. (Según documento AT9.)
3. Certificación relacionada con el objeto de la obra o servicio a contratar en materia de calidad, seguridad o medio ambiente. Se asignarán 4 puntos (NO APLICA)
La certificación antes aludida deberá ser emitida conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y, tratándose de extranjeros, se aceptarán normas equivalentes.
III. Criterio relativo al Financiamiento. Que se pondere la proposición que aporte las mejores condiciones de financiamiento para la dependencia o entidad. En las bases de los procedimientos de contratación se indicará, cuando menos, el horizonte a considerar y la tasa de descuento correspondiente. Su ponderación será de 10 puntos. (NO APLICA )
IV. Criterio relativo a la Oportunidad. Que se hayan ejecutado obras con contratos terminados en costo y tiempo en los términos del último párrafo del artículo 36 de la Ley, considerando los siguientes rubros que en su puntaje en conjunto tendrá una ponderación de 10 puntos.
Los diez puntos se distribuirán como sigue:
a) Grado de cumplimiento en los contratos celebrados y concluidos por el licitante en un lapso no mayor a cinco años previos a la publicación de la convocatoria, para lo cual se dividirá el monto de las penas convencionales aplicadas entre el valor total del contrato. Cuando se trate de varios contratos, el grado de cumplimiento se aplicará para cada contrato y el resultado se ponderará con el valor que se obtenga de dividir el monto de cada uno de los contratos considerados en el ejercicio entre su sumatoria total. Al mayor grado de cumplimiento se asignarán 5 puntos. (Según documento AT10)
b) Que los contratos de obra pública celebrados en un lapso no mayor a cinco años previos a la publicación de la convocatoria, no hayan sido objeto de rescisión administrativa o de alguna figura jurídica equivalente en el extranjero. Se asignarán 5 puntos. (Según documento AT11)
Las dependencias y entidades solicitarán la información que consideren necesaria para valorar la puntuación a que se refieren los incisos anteriores, entre la cual deberá incluirse una manifestación bajo protesta de decir verdad y sujeta a verificación, así como aquellos otros mecanismos que garanticen la veracidad de la misma.
V. Criterio relativo al Contenido Nacional. Considerando para dicho criterio a la proposición con mayor porcentaje de contenido nacional, respecto de los siguientes insumos y equipos que, en su puntaje en conjunto, deberán tener ponderación de 10 puntos. (NO APLICA )
a). Materiales.
b). Maquinaria y equipo de instalación permanente.
Para la determinación del grado de contenido nacional, se considerarán las disposiciones que sobre el particular expida la Secretaría de Economía.
El criterio relativo al contenido nacional aplicará en procedimientos de contratación de carácter nacional e internacional. En procedimientos de contratación sujetos a la cobertura de los tratados, el criterio relativo al contenido nacional aplicará en los términos establecidos en éstos.
La suma de los cinco criterios anteriormente descritos será menor o igual a 100 puntos.
Para la asignación de puntos de los criterios establecidos en las fracciones II a V, a cada una de las proposiciones determinadas como solventes, se aplicará una regla de tres simple, considerando como base la proposición solvente que reciba mayor puntaje en cada uno de los criterios enunciados.
Cuando la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado no cuente con elementos para valorar alguno de los criterios o rubros mencionados en éstos, no aplicarán para la adjudicación y los puntos que les corresponderían no se reexpresarán.
Atendiendo a lo anterior, la proposición solvente económicamente más conveniente para el Estado será aquella que reúna la mayor puntuación conforme a la valoración de los criterios y parámetros descritos en las presentes bases de licitación, así como en el artículo 37 A del Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas, siempre y cuando su precio o monto no exceda del 7% respecto del precio o monto de la determinada como la solvente más baja como resultado de la evaluación.
Si el precio o monto de la proposición determinada como la económicamente más conveniente para el Estado tiene una diferencia superior al 7% respecto del precio o monto de la determinada como la solvente más baja como resultado de la evaluación, se adjudicará a la que le siga en puntaje hacia abajo, pero la diferencia de su precio sea menor o igual al 7% señalado, y así sucesivamente hasta que se obtenga la proposición que será adjudicada.
En caso de empate técnico entre las empresas licitantes, la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado adjudicará la obra, en igualdad de condiciones, a las empresas que tengan en su planta laboral un cinco por ciento de personas con discapacidad, cuya alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social se haya dado con seis meses de antelación al momento del cierre de la Licitación Pública.
Se entiende que existe empate técnico cuando dos o más licitantes oferten el mismo precio y obtengan el mismo puntaje como resultado de la aplicación del mecanismo de adjudicación previsto en las presentes bases de licitación, así como en el artículo 37 A del Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Si no fuere factible resolver el empate en los términos del párrafo anterior, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
La Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado emitirá un dictamen que servirá como fundamento para el fallo, en el que se hará constar el análisis de las proposiciones admitidas y se hará mención de las proposiciones desechadas.
Para el caso de las proposiciones no favorecidas, se entregarán oficios emitidos por la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado en que se comunica a los licitantes las razones o causas por las que no fue favorecida su proposición.
6 DEL CONTRATO
6.1 MODELO
El modelo de Contrato, que se anexa a esta LICITACIÓN es emitido en apego a lo previsto en la Normatividad vigente.
6.2. FIRMA
Previamente a la firma del contrato el Licitante ganador, presentará para su cotejo, original o copia certificada de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.
La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado.
La adjudicación del contrato obligará a la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado y a la persona en quien hubiere recaído, a formalizar el documento relativo dentro de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. No podrá formalizarse el contrato sino se encuentra garantizado de acuerdo con lo dispuesto en la fracción II del Artículo 48 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y sus Reformas.
Si el licitante ganador no firmare el contrato por causas imputables al mismo, será sancionado en los términos del artículo 77 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en su caso, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente que resulte económicamente más conveniente para el Estado, de conformidad con lo asentado en el dictamen a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y el punto 6.4 de las bases de LICITACION, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al siete por ciento.
Para efectos del artículo 32-D, del Código Fiscal de la Federación, el licitante o los licitantes a quienes se les adjudique el contrato previo a la suscripción del mismo deberán presentar carta actualizada expedida por el SAT, en la que el SAT emita su opinión, sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, dicha carta u opinión podrá ser enviada a la convocante, al correo electrónico: xxx_00@xxxxxxx.xxx, o bien al xxxxxxxxxxx0@xxxxx.xxx.xx., la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado (responsable de la contratación), podrá abstenerse de formalizar cualquier nueva contratación con los contratistas que resulten con adjudicación favorable, si estos no se encuentran al corriente con esta disposición.
En el caso de que la empresa que resulte adjudicataria del contrato se encuentre inscrita en la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, de conformidad con el Convenio de Colaboración suscrito con el Gobierno del Estado de Jalisco, cuyo objeto es descontar de las estimaciones de los trabajos ejecutados, el dos al millar (0.2%) para ser aportado voluntariamente, por parte de "EL CONTRATISTA" a los programas de capacitación y adiestramiento de los trabajadores de la industria de la construcción que desarrolla el Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción, la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado realizará la retención en el porcentaje antes mencionado según cláusula vigésima primera del modelo de contrato y será entregado al Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción.
6.3 DE LAS GARANTÍAS DE LA CORRECTA APLICACIÓN DEL ANTICIPO; DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; Y DE LA DE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.
6.3.1 DE LA CORRECTA APLICACIÓN DEL ANTICIPO
El Contratista deberá garantizar los anticipos que, en su caso, reciban. Estas garantías deberán constituirse dentro de los 15 quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos.
Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá proporcionar por escrito signado por el representante legal de la empresa o la persona física que suscribirá el contrato, una fianza por el importe total otorgado a favor de la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado, de conformidad con el Artículo 49 Fracción II de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y sus Reformas, de la forma siguiente:
FORMATO DE POLIZA DE FIANZA PARA ANTICIPO AL CONTRATO DE OBRA Y DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
$___ (anotar con numero y letra la cantidad total del anticipo otorgado)
FIANZA OTORGADA A FAVOR DE LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO (IPROVIPE).
PARA GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA: (razón o denominación social de la persona moral, o nombre de la persona física con la que se celebró el contrato) con domicilio en _________________
LA AMORTIZACIÓN DE LA CANTIDAD QUE POR CONCEPTO DE ANTICIPO OTORGA LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO (IPROVIPE), EN RELACIÓN CON EL CONTRATO DE (obra pública o de servicios relacionados con la misma, según sea el caso) A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO NÚMERO __________, DE FECHA ___ DE _________ DE 200___, CON IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $_________, (__________ PESOS 00/100 M. N.), CUYO OBJETO ES (insertar completo el objeto del contrato, especificado en la cláusula primera del mismo).
CELEBRADO CON LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO (IPROVIPE). LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SUS REFORMAS Y SU REGLAMENTO, Y SUBSISTIRÁ HASTA LA TOTAL AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO POR LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO (IPROVIPE), DANDO CONOCIMIENTO A LA DIRECCIÓN DE FINANZAS DE LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO, LO NOTIFICARÁ POR ESCRITO A LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PARA SU CANCELACIÓN. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE DECLARA QUE: A).- LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- LA FIANZA GARANTIZA LA AMORTIZACIÓN TOTAL DEL ANTICIPO OTORGADO POR LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO (IPROVIPE), AL CONTRATISTA CONSISTENTE EN LA CANTIDAD DE $__________ (___________ PESOS 00/100 M. N.); C).- LA FIANZA SUBSISTIRÁ HASTA LA TOTAL AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO POR PARTE DEL CONTRATISTA; D).- ÉSTA FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE DESDE SU FECHA DE EXPEDICIÓN Y DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN POR PARTE DEL CONTRATISTA O LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO (IPROVIPE), HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA; Y E).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA..
6.3.2 DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Previamente a la Firma del Contrato y dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo la empresa a quien se le adjudique la realización de los trabajos deberá presentar por escrito signado por el representante legal de la empresa o la persona física que suscribirá el Contrato, una póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado, por valor del 10% (diez por ciento) del importe total del mismo de la forma siguiente:
FORMATO DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO PARA CONTRATO DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
$ __(Anotar con numero y letra el 10% del total del contrato).
FIANZA OTORGADA A FAVOR DE LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERES PÚBLICO DEL ESTADO.
PARA GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA: (razón o denominación social de la persona moral, o nombre de la persona física con la que se celebró el contrato) con domicilio en __________________
EL CUMPLIMIENTO DE LA EJECUCIÓN TOTAL DE LOS TRABAJOS POR PARTE DEL CONTRATISTA RELATIVOS AL CONTRATO DE (obra pública o de servicios relacionados con la misma, según sea el caso) A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO NÚMERO __________, DE FECHA ___ DE _________ DE 200___, CON IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $_________, (__________ PESOS 00/100 M. N.), CUYO OBJETO ES (insertar completo el objeto del contrato, especificado en la cláusula primera del mismo).
CELEBRADO CON LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SUS REFORMAS Y SU REGLAMENTO, Y ESTARÁ VIGENTE HASTA QUE LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA HAYAN SIDO RECIBIDOS EN SU TOTALIDAD, O PARTE DE LOS MISMOS CUANDO ASÍ SE HAYA CONVENIDO, Y EN SU CASO, HASTA QUE SE SUSTITUYA POR OTRA EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 61 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SUS REFORMAS. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE DECLARA QUE: A).- LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- LA FIANZA GARANTIZA EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS; C).- CUANDO LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO SE REALICEN EN MÁS DE UN EJERCICIO PRESUPUESTAL, ÉSTA FIANZA SE SUBSTITUIRÁ POR OTRA EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS NO EJECUTADOS, INCLUYENDO EN DICHO IMPORTE LOS MONTOS RELATIVOS A LOS AJUSTES DE COSTOS Y CONVENIOS, SI LOS HUBIERE; D).- ÉSTA FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR AÚN EN LOS CASOS EN QUE LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO, OTORGUE PRÓRROGAS O ESPERAS AL CONTRATISTA PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES; E).- LA FIANZA GARANTIZA LA EJECUCIÓN TOTAL DE LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE SUBCONTRATEN CON LA AUTORIZACIÓN DE LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO; F).- ÉSTA FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE DESDE SU FECHA DE EXPEDICIÓN Y DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN POR PARTE DEL CONTRATISTA O DE LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO, HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA; G).- LA FIANZA SE CANCELARÁ CUANDO EL CONTRATISTA HAYA CUMPLIDO CON TODAS LAS OBLIGACIONES ESTIPULADAS EN EL CONTRATO, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO, SIN CUYO REQUISITO NO PROCEDERÁ LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE FIANZA Y, EN CONSECUENCIA, ÉSTA CONTINUARÁ VIGENTE; Y, H).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA.
6.3.3 DE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD
Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en la misma, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal.
Para garantizar por un plazo de 12 doce meses el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; podrá constituir por escrito signado por el representante legal de la empresa o la persona física que suscribirá el Contrato, fianza por el equivalente al 10% diez por ciento del monto total ejercido (suma de estimaciones de los trabajos y de ajuste de precios del contrato y del convenio o convenios si los hubiere) de los trabajos, presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello.
Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija.
Los contratistas, en su caso, podrán retirar sus aportaciones en fideicomisos los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos.
Quedarán a salvo los derechos de la contratante, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas.
Si opta por la fianza deberán garantizar a la dependencia el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente, además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer:
Que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de la forma siguiente:
FORMATO DE POLIZA DE FIANZA DE VICIOS OCULTOS PARA CONTRATO DE OBRS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
$ ___ (anotar con numero y letra el 10% del monto total ejercido)
FIANZA OTORGADA A FAVOR DE LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO.
PARA GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA: (razón o denominación social de la persona moral, o nombre de la persona física con la que se celebró el contrato) con domicilio en _________________
LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL CONTRATISTA Y QUE RESULTEN A SU CUENTA Y RIESGO DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS RELATIVOS AL CONTRATO DE (obra pública o de servicios relacionados con la misma, según sea el caso) A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO NÚMERO __________, DE FECHA ___ DE _________ DE 200___, CON IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS RECIBIDOS POR LA CANTIDAD DE $_________, (__________ PESOS 00/100 M. N.), CUYO OBJETO ES (insertar completo el objeto del contrato, especificado en la cláusula primera del mismo).
CELEBRADO CON LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SUS REFORMAS Y SU REGLAMENTO. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE DECLARA: A).- QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- QUE LA VIGENCIA DE ÉSTA FIANZA ES DE 12 (DOCE) MESES CONTADOS A PARTIR DEL ___ DE _________ DE 200___, CONFORME AL ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS DE FECHA ___ DE _________ DE 200___, AL TÉRMINO DE LOS CUALES, DE NO HABER INCONFORMIDAD DE LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO Y DE NO EXISTIR RESPONSABILIDAD A CARGO DEL CONTRATISTA, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PROCEDERÁ A SU CANCELACIÓN AUTOMÁTICA; C).- QUE EN EL CASO DE PRESENTARSE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O RESPONSABILIDADES NO CUMPLIDAS, LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO, LO COMUNICARÁ DE INMEDIATO Y POR ESCRITO AL CONTRATISTA PARA QUE ÉSTE HAGA LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES CORRESPONDIENTES, DENTRO DE UN PLAZO MÁXIMO DE 30 (TREINTA) DÍAS NATURALES, TRANSCURRIDO ÉSTE TÉRMINO SIN QUE SE HUBIERE REALIZADO, LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO, PROCEDERÁ A HACER EFECTIVA LA GARANTÍA. SI LA REPARACIÓN REQUIERE DE UN PLAZO MAYOR, EL CONTRATISTA Y LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO, PODRÁN CONVENIRLO, DEBIENDO CONTINUAR VIGENTE ESTA PÓLIZA DE FIANZA; D).- LA FIANZA GARANTIZA LA BUENA CALIDAD DE LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HAYAN SUBCONTRATADO CON LA AUTORIZACIÓN DE LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO; Y, E).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA.
Que la fianza se otorga en los términos del contrato citado.
En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, La Contratante deberá informar a la Afianzadora el estado de los trabajos realizados.
6.4 NO FORMALIZACIÓN.
En el caso de que el LICITANTE seleccionado no formalice el contrato o no presente la fianza de cumplimiento, se estará a lo dispuesto en el punto 6.2 denominado “FIRMA”.
6.5 INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS
La Secretaría de la Función Pública, podrá intervenir en la inspección y recepción de los trabajos objeto del contrato de conformidad con lo establecido en los artículos 75 y 76 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y sus Reformas.
6.6. PENAS CONVENCIONALES.
“LA INMOBILIARIA” y “EL CONTRATISTA”, convienen para el caso de incumplimiento total o parcial por parte de “EL CONTRATISTA”, la aplicación de las siguientes penas convencionales:
A).- LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO” tendrá la facultad de verificar si los trabajos objeto de este contrato se está ejecutando por “EL CONTRATISTA” de acuerdo con las fechas establecidas en el programa general de ejecución de los trabajos aprobado; para lo cual, “LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO” comparará periódicamente contra el programa, el avance real estimado de los mismos.
Si como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el avance de los trabajos es menor de lo que debió realizarse, LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO” procederá a hacer las retenciones económicas a las estimaciones que se encuentren en proceso en las fechas en que se determinen los atrasos, por las cantidades que resulten de multiplicar el 5% (cinco por ciento) de la diferencia de dichos importes por el número de meses transcurridos, desde la fecha del atraso en el programa, hasta la de revisión. Las retenciones serán determinadas únicamente en función del importe de los trabajos que no se hayan ejecutado o prestado oportunamente conforme al programa de ejecución general de los trabajos convenido, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el impuesto al valor agregado, y en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato. Asimismo, cuando “EL CONTRATISTA” regularice los tiempos de atraso señalados en el programa de ejecución, podrá recuperar las retenciones económicas que se le hayan efectuado, por lo que “LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO” reintegrará a “EL CONTRATISTA” el importe de las mismas que al momento de la revisión tuviera acumuladas.
La aplicación de estas retenciones tendrá el carácter de definitiva, si a la fecha pactada de terminación de los trabajos, éstos no se han concluido.
B).- Si “EL CONTRATISTA” no concluye los trabajos en la fecha estipulada en el plazo de ejecución y en el programa de trabajo, “LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO” le aplicará las penas convencionales que resulten de multiplicar el 5% (cinco por ciento) del importe de los trabajos no ejecutados, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el impuesto al valor agregado, por cada mes o fracción que transcurra desde la fecha de terminación pactada en la cláusula tercera hasta el momento de su terminación. Dichas penas no podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato.
El importe de las retenciones se descontarán administrativamente de las estimaciones que se formulen y el de las penas convencionales en el finiquito de los trabajos, y se aplicarán, siempre y cuando el atraso en la ejecución de los trabajos sea por causas imputables a “EL CONTRATISTA” y que no haya sido resultado de la demora motivada por caso fortuito, fuerza mayor o por razones de interés general que a juicio de “LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO” no se atribuya a culpa de “EL CONTRATISTA”
Independientemente de las retenciones o de las penas convencionales que se apliquen, “LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO” podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato, o bien, la rescisión administrativa del mismo, haciendo efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, así como la garantía de anticipo, total o parcialmente, según proceda en la rescisión, en el caso de que el anticipo no se encuentre totalmente amortizado.
6.7 MARCO NORMATIVO
La legislación aplicable a la presente LICITACIÓN es la establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y sus Reformas; y su Reglamento, Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico Federal; Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Código Civil Federal; Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Decreto del presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal de que se trate; y las demás disposiciones administrativas de carácter Federal aplicables.
6.7.1 CONTROVERSIAS
Las controversias que se susciten con motivo de esta licitación, se resolverán con apego a lo previsto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y sus Reformas, las disposiciones mencionadas en el punto 6.7 denominado MARCO NORMATIVO, de estas bases y en cualquier otra norma legal aplicable.
7 . OTROS
7.1 CONFIDENCIALIDAD
El contratista no podrá suministrar información alguna relativa al trabajo, en forma de publicidad o artículo técnico a menos que cuente con la autorización previa, expresa y por escrito de “LA INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO”.
7.2 INCONFORMIDADES
Las personas interesadas podrán inconformarse ante la Secretaría de la Función Pública ubicada en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 Xxx. Xxxxxxxxx Xxx X.X. 00000 Xxx. Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx, X.X. o ante la Contraloría del Estado ubicada en xxxxxx xx xxx xxxxxxxxxxxx Xx. 00 edificio progreso 3er Piso Plaza Tapatía Guadalajara Jalisco, en los términos de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
RESPONSABILIDAD DE LA CONTRATACIÓN
Para el presente procedimiento de contratación el responsable de la firma del contrato es el LICENCIADO XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, con el cargo de Director Jurídico.
Inmobiliaria y Promotora de Vivienda
de Interés Público del Estado
Guadalajara, Jalisco, a 28 xx xxxx de 2009.
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
Director General
Acepto de conformidad la totalidad de las condiciones contenidas en las presentes bases para todos los efectos legales a que haya lugar.
________________________________________ (Nombre y firma de conformidad del licitante)
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