Firma Cláusulas de Ejemplo

Firma. El licitante adjudicado o su representante legal con facultades para tal efecto, deberá presentarse a firmar el instrumento jurídico relativo, de 9:30 a 14:30 horas y 17:00 a 18:30 horas en días hábiles para la Convocante, en la Subdirección de Adquisiciones, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx número 1922, piso 4, colonia Tlacopac, código postal 01049, delegación Xxxxxx Xxxxxxx, en la Ciudad de México, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la notificación del fallo en términos de lo que señala el artículo 46 de la LAASSP, para lo cual será bajo la estricta responsabilidad del licitante adjudicado la oportuna presentación de la documentación requerida para la elaboración del instrumento jurídico correspondiente, misma que se señala en el Anexo 7. De igual forma, previo a la firma del instrumento jurídico y para efectos de cotejo, el licitante ganador deberá presentar original o copia certificada y copia simple sin reducción (legible) de los siguientes documentos:  Acta constitutiva de la persona moral, en la que se aprecie de manera clara la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y/o de Personas Xxxxxxx, así como las modificaciones que en su caso pudieran existir en dicha acta;  Poder general para actos de administración y/o de dominio, amplio, suficiente y sin limitación alguna para este tipo de actos, otorgado ante fedatario público o bien, poder especial para este tipo de actos, en caso de que las facultades no se contengan en la propia acta constitutiva;  Identificación oficial vigente del representante legal;  Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses, en los términos señalados en el numeral 2.2.1 de la presente convocatoria;  Registro Federal de Contribuyentes;  Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de lo previsto en la regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017, VIGENTE y positivo a la fecha de la formalización del instrumento jurídico que corresponda.  En el caso de personas físicas, deberán presentar acta de nacimiento, así como comprobante de domicilio, RFC, identificación oficial y 32D positivo y vigente En el caso de que resulte adjudicada una proposición conjunta, los documentos antes señalados deberán ser presentados por todas las personas que la integran. Los derechos y obligaciones que se deriven del instrumento jurídico una vez adjudicado, no podrán ced...
Firma. Firma Electrónica (Archivo digital que identifica a la persona al realizar trámites por internet en el SATe incluso en otras dependencias del Gobierno de la República).
Firma. El presente Xxxxxxxx, que llevará fecha xx xxx, podrá ser firmado hasta el 12 de febrero de 1950, en nombre de las Potencias representadas en la Conferencia inaugurada en Ginebra el 21 xx xxxxx de 1949.
Firma. El presente Xxxxxxxx, que llevará fecha xx xxx, podrá ser firmado, hasta el 12 de febrero de 1950, en nombre de las Potencias representadas en la Conferencia inaugurada en Ginebra el 21 xx xxxxx de 1949, así como de las Potencias no representadas en esta Conferencia que son Partes en el X Convenio de La Haya del 18 de octubre de 1907 para la adaptación a la guerra marítima de los principios del Convenio xx Xxxxxxx de 1906, o en los Convenios xx Xxxxxxx de 1864, de 1906 o de 1929, para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de los ejércitos en campaña.
Firma. Todo fax emitido en la forma referida en la cláusula anterior y en el cual la o las firmas que en él aparecen reproducidas coincidan en forma aproximada con la o las registradas en el Banco, será considerado por el Banco como una instrucción fidedigna del Cliente, y lo obligará a éste en forma irrevocable.
Firma. Reafirmando el contexto, las condiciones, los objetivos, las definiciones, los compromisos, la gobernanza, y el monitoreo especificados en este Acuerdo, los abajo firmantes, incluyendo entidades de gobierno, gremios, asociaciones de productores ganaderos y empresas de los diferentes eslabones de la cadena de valor láctea, y organizaciones no gubernamentales, multilaterales y de la sociedad civil, han determinado unir sus esfuerzos para suscribir este ACUERDO DE VOLUNTADES DE ACTORES PÚBLICO – PRIVADOS ENTRE EL GOBIERNO DE COLOMBIA Y LA CADENA DE VALOR LÁCTEA PARA LA NO DEFORESTACIÓN DE BOSQUES NATURALES Y LA NO TRANSFORMACIÓN DE PÁRAMOS. Colombia ha adquirido compromisos internos y a nivel internacional para reducir su tasa de deforestación gradualmente como aporte nacional a la reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) y conservación de la diversidad biológica. El cumplimiento de estos compromisos demanda la participación, innovación y responsabilidad de todos los sectores de la economía. En el año 2009 el Gobierno de Colombia se compromete ante la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) a llevar a cero la deforestación neta en la región amazónica para el año 2020, sujeto al apoyo internacional. En el marco de la iniciativa 20X20, conformada en el año 2014 bajo el liderazgo del World Resources Institute (WRI), el gobierno de Colombia se compromete a restaurar un millón de hectáreas al año 2020. También en el año 2014, Colombia junto con otros signatarios, se compromete según sus capacidades a contribuir a luchar por acabar con la pérdida de bosques naturales en 2030, y a apoyar las metas del sector privado de eliminar la huella de deforestación de la producción de materias primas agrícolas, en el marco de la Declaración de Nueva York sobre Bosques. Esta declaración ha sido firmada a nivel mundial por gobiernos nacionales, sub nacionales, empresas, organizaciones indígenas y de la sociedad civil. Con el propósito de implementar el compromiso xx xxxx deforestación neta en la Amazonia para el año 2020, el Gobierno de Colombia con el apoyo de Noruega, Xxxxxxxx, Xxxxx Unido y el Fondo para el Medio Ambiente Mundial, entre otros aliados, crea en el año 2015 el programa Visión Amazonía. Con los mismos países, Colombia suscribe ese mismo año la Declaración Conjunta sobre Reducción de la Deforestación a Nivel Nacional que además de retomar esta meta, promueve los acuerdos xx xxxx deforestación con cadenas productivas c...
Firma. El presente Convenio estará abierto a la firma en Rotterdam para todos los Estados y organizaciones de integración económica regional el 11 de septiembre de 1998, y en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York desde el 12 de septiembre de 1998 hasta el 10 de septiembre de 1999.
Firma. Por XFERA MÓVILES, S.A.U.*: Por el cliente*: En a de de Los datos señalados con asterisco son de cumplimiento obligatoria. En caso de no ser debidamente cumplimentados, XFERA MÓVILES, S.A.U. no podrá presentarle los servicios objeto del presente contrato. El cliente declara que todos y cada uno de los anteriores datos e informaciones son correctos, que ha leido, conoce y acepta en su integridad las tarifas que le han sido entregadas, la información relativa al servicio, así como las condiciones generales y particulares que figuran en el presente documento, las cuales rigen sus relaciones con XFERA MÓVILES, S.A.U. con domicilio social en Xxxxxxx xx xx Xxxx, 15, 28108 - Alcobendas (Madrid).
Firma. Una firma facsímil en esta Garantía será tan obligatoria como una firma original. No es necesario que usted firme el Contrato de arrendamiento ni que sea nombrado en el mismo, sólo en esta Garantía.
Firma. Previamente a la firma del contrato el Licitante ganador, presentará para su cotejo, original o copia certificada de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente. La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado. La adjudicación del contrato obligará a El R. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Tamaulipas y a la persona en quien hubiere recaído, a formalizar el documento relativo dentro de los treinta días naturales siguientes al de la notificación del fallo. Si el interesado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, será sancionado en los términos del artículo 89 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Tamaulipas y en su caso, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, El R. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Tamaulipas podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, de conformidad con lo asentado en el dictamen a que se refiere el artículo 44 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Tamaulipas y el punto 6.4 de las bases de LICITACIÓN, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al diez por ciento.. Para efectos del artículo 32-D, del Código Fiscal de la Federación, el Licitante o los Licitantes a quien se le adjudique el contrato deberá presentar junto con la garantía de cumplimiento, escrito con firma de quien ostente los poderes para ello, en donde señale que El R. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Tamaulipas, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología le ha asignado el contrato objeto de la presente Licitación, fecha de inicio y término de los trabajos, importe de los trabajos, Registro Federal de Contribuyentes y manifestar bajo protesta de decir verdad lo siguiente: