ANEXO A PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES CARATULA - CONVOCATORIA
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Ministerio de Salud
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Expediente 2900-14039/15.
ANEXO X
XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES
CARATULA - CONVOCATORIA
Nombre del Organismo Contratante |
Xxxxxxxxxx xx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
Procedimiento Contractual
Tipo: Licitación Xxxxxxx Xx 000/00 Xxxxxxxxx: 2016
Expediente Nº: 2900-14039/15
Rubro Comercial
Servicios de Operación Logística
Objeto de la contratación
Servicio de Recepción, Almacenamiento y Distribución de Medicamentos e Insumos.
$ 2.430.071,90
Costo xxx Xxxxxx
$ 1.200,00. (Pesos Un Mil Doscientos )
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar/Dirección |
Plazo y Hora |
Dirección de Compras Contrataciones y Servicios Auxiliares, xxxxx 00 Xx 0000 –X.X.,Xxxxxxxx Xxxxx, Xx Xxxxx. |
Hasta el día 24 xx Xxxxx de 2016 a las 11:00 hs |
Las Ofertas, ensobradas conforme lo establecen los Puntos "Ofertas - Su Presentación", "Ofertas- Documentación a Integrar" y "Ofertas - Elementos a Importar" - Condiciones Particulares, deben presentarse hasta la fecha y hora y en el lugar antes indicados.
Pasada dicha hora y conforme lo estatuido por los Artículos 16 y 35 del Reglamento, no se admitirán nuevas propuestas, aun cuando no hubiera comenzado la apertura de los sobres y se procederá de la siguiente manera:
a. Los sobres o paquetes conteniendo las Ofertas, serán abiertos en presencia de los Oferentes que concurran;
b. La Escribanía de Gobierno labrará el Acta de Apertura;
c. En la misma se dejará constancia del monto total de cada Oferta y del monto y modalidad de la Garantía de Mantenimiento de Oferta
ACTO DE APERTURA
Lugar/Dirección |
Día y Hora |
Dirección de Compras Contrataciones y Servicios Auxiliares, xxxxx 00 Xx 0000 –X.X.,Xxxxxxxx Xxxxx, Xx Xxxxx. |
24 xx Xxxxx de 2016 a las 11:00 hs |
CONDICIONES PARTICULARES
Forma de Pago |
Según Art. 23° del Régimen de Contrataciones. |
Período de Prestación |
La duración del contrato será por hasta seis (06) Meses a partir del 1° de Julio de 2016 o fecha posterior aproximada a determinar por el Ministerio de Salud, no pudiendo el plazo original de la prestación exceder del 31 de Diciembre de 2016, con opción a una prórroga de seis (06) meses, por parte de este Ministerio. |
Lugar de prestación del servicio |
Según Anexo II de las Especificaciones Técnicas Básicas |
OBSERVACIONES
El presente llamado se rige por el "Pliego Único de Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios" aprobado por Decreto 1676/05 y sus modificatorias con sus correspondientes Anexos (A a I), los cuales podrán ser consultados en la Página Web del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx/ )
ANEXO X
XXXXXX TIPO DE CONDICIONES PARTICULARES
1- Procedimientos de Contratación Alcanzados
Las presentes Condiciones Particulares rigen para los procedimientos regulados por el Capítulo I – Título III – Contrataciones de la Ley de Contabilidad - Decreto-Ley Nº 7764/1971, que seguidamente se indica:
Artículo 25 – Licitación Pública.-
2-
Objeto:
Se pretende la contratación del Servicio de Recepción, Almacenamiento y Distribución de Medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos, con destino a los Hospitales y otras instalaciones dependientes de este Ministerio detallados en el Anexo II de las Especificaciones Técnicas Básicas, en las condiciones enumeradas en el presente Pliego de Bases y Condiciones, con el alcance enunciado en los Anexos y en las Especificaciones Técnicas Básicas que forman parte del mismo
3-
Plazo Mantenimiento Oferta
Los Oferentes deben mantener sus Ofertas, por el término de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir de la fecha del acto de apertura.
4. Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones
Los interesados podrán consultar el Pliego de Bases y Condiciones en el sitio Web de la Provincia de Buenos Aires.
De corresponder, y previamente al retiro xxx Xxxxxx en la Dirección de Compras Contrataciones y Servicios Auxiliares del Ministerio de Salud, en el horario de 9.00 a 13.00 horas, se deberá abonar el importe señalado en la carátula, en la cuenta Nº 229/7 - orden del Tesorero Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx, xx xx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, calle 7 e/46 y 47 -LA PLATA-, o por ínter depósito en cualquier sucursal de dicho banco. El talón de pago se entregará como constancia, en el momento de retirar el pliego.
En el momento del retiro xxx xxxxxx, se constituirán también el “Domicilio de Comunicaciones” mediante presentación escrita por duplicado en la que consignarán domicilio, teléfono y/o fax al que el Comitente enviará todas las comunicaciones previas al acto de apertura que hagan al proceso licitatorio, debiendo el destinatario, en caso de comunicaciones vía fax, confirmar su recibo.
El duplicado, debidamente sellado por la Dirección de Compras Contrataciones y Servicios Auxiliares, que será la constancia de “Constitución de Domicilio de Comunicaciones”, deberá adjuntarse a la propuesta.
El ejemplar entregado será numerado, siendo válido solamente para la presentación de la oferta de la empresa que lo retiró.
El pliego podrá ser retirado hasta un (1) día hábil antes de la fecha de apertura inclusive, en el horario de 9:00 a 13:00.-
Los Interesados podrán formular consultas aclaratorias por escrito, hasta cuatro (4) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura, ante la oficina indicada en el Punto 4 - Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones, de estas Condiciones Particulares y en el horario de 9.00 a 13.00 horas., las que serán respondidas hasta tres (3) días hábiles administrativos anteriores a esa fecha.
Todas las consultas y sus respuestas, se comunicarán a todos los Interesados que hubieren retirado el Pliego de Bases y Condiciones, en el “Domicilio de Comunicación” que hayan constituido al efecto – Punto 4 - Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones- Condiciones Particulares.
El Comitente podrá efectuar las aclaraciones de oficio que considere conveniente, hasta tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura.
6- Oferentes - Condiciones Requeridas
Podrán formular Oferta quienes reúnan los siguientes requisitos:
6.1. Estén habilitados por el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado, en los términos que prevén las Condiciones Generales. Los titulares de credenciales que al momento de cotizar, se encontraren caducas, deberán regularizar su situación ante el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado, con carácter previo a la adjudicación.
Aquellos Oferentes que estando inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado, no lo estén específicamente en el rubro objeto del presente concurso, pero sí se hallen habilitados para ello por las autoridades de aplicación o con poder de policía en la materia y, en el caso de personas jurídicas, integre su objeto social, deberán antes de la adjudicación requerir la ampliación de rubro en el referido Registro.
6.2. En el caso de Oferentes no inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado no alcanzados por las excepciones previstas en el artículo 101 del Reglamento de Contrataciones, deberán acreditar, al momento de cotizar, el cumplimiento de los requisitos inherentes a las exigencias de dicho registro, debiendo regularizar su situación ante el mismo, conforme lo previsto en el punto 6.1-Condiciones Generales, y dentro del plazo general de mantenimiento de las ofertas (punto 3- Plazo de mantenimiento de Oferta-Condiciones Particulares) y en forma previa a la adjudicación.
6.3. Hayan abonado el precio xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones, de corresponder, y constituido el “Domicilio de Comunicaciones” previsto en el Punto 4 - Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones - Condiciones Particulares.
6.4. En el caso de Oferentes bajo alguna de las figuras sociales reguladas por la Ley Nº 19550, deberán tener un plazo de duración que sea superior al vencimiento de las obligaciones contractuales emergentes del presente llamado.
6.5. En el caso de Sociedades Extranjeras, las mismas deberán estar inscriptas en la Inspección General de Justicia de la Nación u organismo provincial análogo, lo cual deberá ser fehacientemente acreditado. En el caso de resultar adjudicatarias, deberán inscribirse en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires.
6.6. Cumplan cuando se trate de Uniones Transitorias de Empresas (UTE) no constituidas con las exigencias establecidas en el Punto 7 - Uniones Transitorias de Empresas - Condiciones Generales.
6.7. Concurriendo en forma independiente, no lo hagan a su vez como integrantes de una UTE y quienes lo hicieren bajo esta figura, no integren más de una UTE. Su incumplimiento hará inadmisible todas las Ofertas en que participe un mismo Interesado.
6.8. Faciliten toda la información que permita su evaluación como sujetos y estén en condiciones de presentar Referencias y Antecedentes.
Las propuestas deberán confeccionarse y presentarse conforme los términos establecidos por los Artículos 16 y siguientes del Reglamento de Contrataciones, en un único sobre o paquete y éstos rotularse en la forma que se indica seguidamente:
• Dirección de Compras Contrataciones y Servicios Auxiliares del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Xx. 00 Xx 0000, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxxx Xxxxx, Xx Xxxxx.-
• Expediente Nº 2900 -14039/15.
• Licitación Pública Nº 146/16
• Fecha de Apertura: 24/06/2016
• Hora Apertura: 11:00 hs
Toda la documentación que la integre deberá estar foliada en todas sus hojas y firmada por quien detente el uso de la firma social o poder suficiente, en su caso.
Toda raspadura o enmienda debe ser debidamente salvada por los Oferentes ya que, en caso contrario, la Oferta será rechazada por aplicación del Artículo 40, Inciso b) del Reglamento de Contrataciones.
Las propuestas deberán confeccionarse en idioma español. La documentación complementaria que se acompañe (como manuales y folletos) podrá estar redactada en idioma extranjero.
Las propuestas serán presentadas, en el Dpto. Contrataciones Compras y Suministros del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Av. 51 Nº 1120, planta baja, la Plata, en el horario de 9.00 a 13.00 hs.
La apertura de las propuestas tendrá lugar en el Dpto. Contrataciones Compras y Suministros del Ministerio de Salud, en la fecha y hora indicada en la portada de este pliego.
8- Ofertas - Documentación a Integrar
Toda documentación deberá ser presentada en original o copia autenticada por Escribano Público y legalizada por el Colegio respectivo cuando fuere de extraña jurisdicción y, según corresponda, legalizada por Consulado y/o Cancillería y/o Colegio de Escribanos.
Cuando fueren documentos o constancias emitidas por Contador Público Nacional, su firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo.
Aquella documentación que exija este Pliego de Bases y Condiciones y no constituya un documento público, revestirá carácter de Declaración Jurada y la omisión de su presentación constituirá causal de inadmisibilidad de la Oferta.
El sobre o paquete deberá contener la siguiente documentación:
8.1. Datos del Oferente – Punto 40 - Anexos A, B, C y D, según corresponda – Condiciones Generales;
8.2. En caso de Oferentes:
a) Inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado y cuando la representación legal del firmante de la Oferta no surja de la documentación social: copia certificada del poder vigente a la fecha de apertura;
b) No Inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado: documentación social o poderes vigentes a la fecha de apertura, de donde surja uso de la firma social o la representación legal del firmante de la Oferta, en copias certificadas;
8.3. Contrato de Unión Transitoria de Empresas o “Compromiso de Constitución de Unión Transitoria de Empresas” que cumpla con las exigencias del Punto 7 - Uniones Transitorias de Empresas - Condiciones Generales;
8.4. Constancia de Constitución del Domicilio de Comunicaciones (Punto 4 - Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones - Condiciones Particulares);
8.5. Garantía de Oferta según lo establecido en el Punto 18 - Garantías de Oferta y de Cumplimiento del Contrato - Condiciones Generales;
8.6. Declaración en instrumento privado que indique que no ha sido demandado por la Provincia de Buenos Aires o sus entidades descentralizadas por causas fiscales o contractuales, exigencia que en el caso de UTE, se extiende a todos sus integrantes - Punto 40 - Anexo E - Condiciones Generales;
8.7. Declaración en instrumento privado requerida por el primer párrafo del Punto 13 - Oferta Nacional - Prioridad - Preferencia - y Punto 40 - Anexo F - Condiciones Generales, cuando resulte de aplicación;
8.8. Constancia de Inscripción en el Registro Provincial de Microempresas, cuando resulte de aplicación el Punto 14.1 - Micro, Pequeñas y Medianas Empresas - Condiciones Generales;
8.9. Documento que acredite el domicilio fiscal y el asiento principal de las actividades o el establecimiento productivo en la Provincia de Buenos Aires, cuando resulte de aplicación el Punto 14.2 - Oferentes Bonaerenses - Condiciones Generales;
8.10. Certificación del nivel de calidad alcanzado, cuando resulte de aplicación el Punto 15 - Principio de Prioridad y Preferencia en razón de Calidad Certificada - Condiciones Generales;
8.11. Declaración en instrumento privado que indique que la firma no utiliza ni utilizará mano de obra infantil en ninguno de los segmentos de sus procesos de fabricación o producción, de conformidad con las normas legales vigentes, Punto 40 - Anexo G - Condiciones Generales;
8.12. Declaración del número de cuenta corriente o caja de ahorro, en moneda nacional, operativa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de la cual fuera titular, indicando el número de sucursal, Punto 40 - Anexo A - Condiciones Generales;
8.13. Comprobante de pago del precio xxx Xxxxxx, cuando corresponda - Punto 11- Valor xxx Xxxxxx - Condiciones Generales;
8.14. Declaración Jurada de bienes o insumos fabricados, producidos o elaborados con materiales o elementos reciclados (Punto 40 - Anexo H - Condiciones Generales) cuando resulte de aplicación el Puntos 16 – Condiciones Generales;
8.15. Certificado de Inocuidad, extendido por la Secretaría de Política Ambiental, cuando resulte de aplicación el Punto 16 – Condiciones Generales;
8.16. Descripción técnica de los elementos ofertados;
8.17. Planilla de Oferta Económica o Técnica-Económica, formulada -de corresponder- conforme lo previsto en el Punto 21 - Generación y Obtención de Versión Impresa y Digital de la Propuesta Económica o Técnica-Económica - Condiciones Particulares.
8.18. Documentación Complementaria formulada como se requiere en el Punto 22 - Condiciones Particulares, cuando corresponda;
8.19. Declaración de Confidencialidad en instrumento privado, cuando corresponda - Punto 40 - Anexo I - Condiciones Generales.
8.20 Deberá dar cumplimiento a las obligaciones fiscales (formulario electrónico A-404 W ), según lo establecido en la Resolución Normativa Nº 50/11 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
8.21 Original o copia certificada por Escribano Público del Certificado Fiscal para Contratar, actualizado, aprobado por Resolución General de AFIP Nº 1814/05. Para el caso de que el mismo se hallare vencido a la fecha de apertura de la presente licitación, el vencimiento no deberá ser mayor a 15 días inmediatos anteriores a la mentada apertura de sobres.
En ese sentido y de hallarse dentro del plazo indicado, deberá presentar con la propuesta copia legalizada por escribano público de los últimos dos certificados fiscales, conjuntamente con el formulario F 206- multinota -de solicitud de renovación.
El Ministerio podrá considerar desestimada la oferta, de pleno derecho, a aquellos oferentes cuyo Certificado Fiscal para contratar se halle fuera del plazo estipulado, o estando dentro del plazo, no cumplimenten lo indicado en el párrafo precedente.
La entrega del Certificado Fiscal actualizado indefectiblemente deberá ser con carácter previo a la adjudicación, quedando bajo la exclusiva responsabilidad del oferente el cumplimiento de lo antes indicado.
9- Ofertas – Elementos a Importar
Se aceptará Ofertas por elementos a importar, formuladas en las condiciones establecidas por el Artículo 21 del Reglamento de Contrataciones y por el Punto 12 - Ofertas - Elementos a Importar - Condiciones Generales.
10-
Defectos de Forma - Desestimación de Ofertas
Sin perjuicio de lo establecido en el Punto 19 de las Condiciones Generales, si la Oferta tuviera defectos de forma relacionados con los Puntos 8.2, 8.3 y 8.17 - Condiciones Particulares no serán subsanables y la Oferta será desestimada.
Si la Oferta tuviera defectos relacionados con los restantes requisitos indicados en el Punto 8 - Ofertas - Documentación a Integrar - Condiciones Particulares, el Oferente podrá ser intimado por el Comitente a subsanarlos dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, vencido el cual la Oferta será desestimada sin más trámite.
11- Garantía de Cumplimiento del Contrato
Su constitución será, conforme lo dispuesto por el Artículo 26 del Reglamento de Contrataciones, por un importe no inferior al cinco por ciento (5 %) del valor total adjudicado.
Los Oferentes podrán acompañar en el momento de presentación de la Oferta, muestra del bien o insumo, sin que ello reemplace lo establecido en el párrafo subsiguiente y lo requerido en las Especificaciones Técnicas Básicas, de corresponder.
El Comitente podrá, durante el proceso de evaluación de las Ofertas y si lo considerara necesario a tal fin, requerir la presentación de muestras, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 31 del Reglamento de Contrataciones.
13- Perfeccionamiento Contrato
El contrato se perfeccionará únicamente mediante constancia de recepción de la respectiva Orden de Compra o Provisión por parte del adjudicatario.
Según Anexo II de las Especificaciones Técnicas Básicas.
La duración del contrato será por hasta seis (06) meses a partir del día 01 de Julio de 2016 o fecha posterior aproximada, a determinar por el Ministerio de Salud, no pudiendo el plazo original de la prestación exceder del 31 de diciembre 2016, con opción a una prórroga de seis (06) meses por parte de este Ministerio, según lo establecido por el Artículo 58 del Reglamento de Contrataciones vigente.
El Ministerio se reserva el derecho de no optar por la prórroga, sin que el adjudicatario tenga derecho a presentar reclamo alguno.
El Contratante cancelará sus obligaciones conforme lo establecido en el Punto 31 -Pago - Condiciones Generales.
Las facturas, por triplicado, deberán presentarse acompañadas de los remitos respectivos, en la Mesa General de Entradas del Comitente y deben cumplir con las exigencias previstas en la normativa fiscal, tanto Nacional como Provincial.
17.1. Pago Local - Si previera el pago en el país, se efectuará previa presentación de la siguiente documentación:
17.1.1. Factura comercial, en original y tres copias, con detalle de la cantidad, valor unitario y total, descripción de la mercadería, con indicación del Incoterm acordado, cláusula FOB, CIF, desagregando en este último caso, el monto correspondiente a flete y seguros;
17.1.2. Carta de Porte que acredite el embarque, debidamente legalizada por autoridad competente;
17.1.3. Conocimiento de Embarque, con detalle del contenido, cantidad de bultos, peso bruto neto, parcial y total, extendido por la Autoridades Aduaneras;
17.2. Pago en el Exterior – Si estipulase su pago en el exterior, se materializará previo cumplimiento de los recaudos establecidos en el Punto 17.1 – Pago Local – Condiciones Generales, mediante:
17.2.1. Transferencia Bancaria, conforme la identificación Bancaria expresamente consignada en la respectiva Oferta;
17.2.2. Crédito documentario o carta de crédito irrevocable, intransferible, pagadera a la vista, en la moneda de cotización y conforme las regulaciones vigentes al momento del pago.
La provisión requerida podrá ser incrementada o reducida hasta en un ciento por ciento (100%) del total adjudicado, conforme al procedimiento previsto en el Punto 28 – Modificaciones del Contrato - Condiciones Generales.
19- Garantía Elementos – Defectos de Origen – Vicios de Fabricación – Extensión
La Adjudicataria garantizará la integridad de los elementos entregados, desde la recepción de los mismos, durante su almacenamiento, transporte y hasta completar la distribución solicitada.
Las instancias administrativas o técnicas competentes del Organismo Contratante, con la intervención de la Secretaría General de la Gobernación y de los Órganos de Asesoramiento y Control cuando corresponda según la materia, serán quienes se expedirán respecto de la interpretación del presente Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que, posteriormente, integre el contrato.
Serán también quienes intervendrán en todas las cuestiones que el Pliego de Bases y Condiciones prevé, autoriza, reserva o impone al Comitente.
En particular, la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires será responsable de actuar como contraparte de la relación contractual y tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte de la adjudicataria, de las obligaciones que el Pliego de Bases y Condiciones establece.
21-
Generación y Obtención de Versión Impresa y Digital de la
Propuesta Económica o Técnica-Económica
Cuando por la naturaleza del objeto demandado, su diversidad, magnitud o complejidad de datos o información que deba aportar cada Oferente para la formulación de la propuesta económica o técnico-económica, fuera conveniente exigir una versión digital porque así lo aconseje aquella dimensión o cuando se prevea llevar a cabo cualquier ponderación para la comparación de Ofertas, mediante algún proceso informático que determine su aceptabilidad y la o las preadjudicaciones, regirán las presentes regulaciones.
Por lo tanto y ante la vigencia del principio de prevalencia de la versión impresa de la Oferta a presentar, se aplicará el procedimiento indicado en los Puntos 21.1 y 21.2 - Condiciones Particulares, para generar y obtener la versión impresa y digital de la propuesta económica o técnico-económica, el que tiene por finalidad asegurar que la versión digital sea total y absolutamente equivalente, en todos sus términos, a la versión impresa de la “Planilla de Cotización”, que rija de acuerdo a la naturaleza del objeto demandado y que contenga la propuesta que integra la Oferta.
En consecuencia, será absoluta responsabilidad del Oferente garantizar la integridad, coherencia, igualdad y seguridad de los datos existentes en ambos medios, a fin que el Comitente pueda utilizarlos indistintamente.
En caso de discrepancias, prevalecerá la versión impresa.
21.1
Los precios y condiciones comerciales deben presentarse únicamente
en la “Planillas de Cotización”, siendo su formato, tamaño y
conceptos definidos para el presente llamado por el Comitente y de
uso obligatorio y no debiendo ser modificada por los Oferentes bajo
ningún concepto. Su incumplimiento hará inadmisible la Oferta.
La “Planilla de Cotización”, en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.] será facilitada a los interesados en medio digital y deberá ser utilizada para generar las Ofertas, cuidando de no alterar su formato, organización ni conceptos.
21.2 La propuesta económica deberá generarse conforme al procesamiento informático obligatorio que se indica y presentarse en los medios y con las formalidades que seguidamente se establecen:
21.2.1 Generación: en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.] a través de la versión facilitada por el Comitente en medio digital.
El Comitente notificará fehacientemente a todos los Interesados al “Domicilio de Comunicación” que hayan constituido al efecto - Punto 4 - Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones - Condiciones Particulares, el Hash correspondiente a la versión facilitada en medio digital.
21.2.2 Procesamiento: se procesará el archivo mediante algoritmo MD5 y obtendrá el “Digesto Digital Seguro” (Hash), en formato hexadecimal, resultante de ese proceso.
21.2.3 Obtención y Presentación:
21.2.3.1 Versión Impresa: en papel de tamaño “legal”, conteniendo la propuesta económica o técnico-económica.
21.2.3.2 Versión Óptica Digital: en no menos de dos (2) medios ópticos (CDROM) no regrabables y grabados de forma que no puedan realizarse agregados ni modificaciones, conteniendo cada uno de ellos un único archivo, en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.], de la “Planilla de Cotización”.
21.2.3.3 Ambas versiones deberán estar debidamente identificadas y firmadas por el Oferente y por el Escribano Público interviniente, éste último sólo a los fines de la identificación y certificación requeridas en el Punto 8 - Ofertas - Documentación a Integrar - Condiciones Particulares. En el caso de los CD, la identificación y firmas con tinta indeleble deberán cruzar tanto la etiqueta (si la tuviere), como su superficie.
21.2.4. Certificación:
Deberán certificarse por ante Escribano Público -labrándose el/las Acta/s Notarial/es pertinente/s que deberá/n integrar la presentación- las siguientes circunstancias:
21.2.4.1. Que el archivo “Planilla de Cotización”, en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.], ha sido procesado mediante algoritmo MD5 y se ha obtenido el “Digesto Digital Seguro” (Hash) resultante de ese proceso en formato hexadecimal, que consta en el Acta Notarial.
21.2.4.2. Que la versión impresa, en papel de tamaño “legal”, conteniendo las respuestas a la “Planilla de Cotización” que se presenta integrando la propuesta, proviene del archivo del que se obtuvo el “Digesto Digital Seguro” (Hash) que consta en el Acta Notarial.
21.2.4.3. Que los medios ópticos (CD-ROM) no regrabables y grabados de forma que no puedan realizarse agregados ni modificaciones, contienen cada uno de ellos en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.], ese archivo de la “Planilla de Cotización” y además, como único archivo.
21.2.5. Validación:
El Comitente procederá, en el acto de apertura, a validar los CD presentados conteniendo el archivo con las “Planillas de Cotización”, mediante el algoritmo MD5 hasta obtener dos (2) CD’s que produzcan el mismo “Digesto Digital Seguro” (Hash) declarado y certificado por el Escribano Público interviniente (Puntos 21.2.3.3 y 21.2.4 – Condiciones Particulares).
22- Generación y Obtención de Versión Impresa y Digital de Documentación Complementaria (manuales, folletos, etc.)
Cuando por la naturaleza del objeto demandado, su diversidad, magnitud o complejidad de datos o información que deba aportar cada Oferente como documentación complementaria (manuales, folletos, etc.), fuera conveniente exigir una versión digital porque así lo aconseje aquella dimensión o cuando se prevea llevar a cabo cualquier ponderación para la comparación de Ofertas, regirán las presentes regulaciones.
Por lo tanto y ante la vigencia del principio de prevalencia de la versión impresa de la Oferta a presentar, se aplicará el procedimiento que se indica en el presente Punto, para generar y obtener la “Documentación Complementaria”, el que tiene por finalidad asegurar que la versión digital sea total y absolutamente equivalente, en todos sus términos.
En consecuencia, será absoluta responsabilidad del Oferente garantizar la integridad, coherencia, igualdad y seguridad de los datos existentes en ambos medios, a fin que el Comitente pueda utilizarlos indistintamente.
En caso de discrepancias, prevalecerá la versión impresa.
La “Documentación Complementaria” deberá generarse conforme al procesamiento informático obligatorio que se indica y presentarse en los medios y con las formalidades que seguidamente se establecen:
22.1 Generación: en formato [definir el formato como por ejemplo Word, Excel, XML, etc.].
22.2 Procesamiento: se procesará el archivo mediante algoritmo MD5 y obtendrá el “Digesto Digital Seguro” (Hash), en formato hexadecimal, resultante de ese proceso.
22.3. Obtención y Presentación:
22.3.1 Versión Impresa: en papel de tamaño “legal”, conteniendo la “Documentación Complementaria”.
22.3.4 Ambas versiones deberán estar debidamente identificadas y firmadas por el Oferente y por el Escribano Público interviniente, éste último sólo a los fines de la identificación y certificación requeridas en el Punto 8 - Ofertas - Documentación a Integrar - Condiciones Particulares. En el caso de los CD, la identificación y firmas con tinta indeleble deberán cruzar tanto la etiqueta (si la tuviere), como su superficie.
22.4. Certificación:
Deberán certificarse por ante Escribano Público -labrándose el/las Acta/s Notarial/es pertinente/s que deberá/n integrar la presentación- las siguientes circunstancias:
22.4.1. Que el archivo “Documentación Complementaria”, en formato [definir el formato como por ejemplo Word, Excel, XML, etc.], ha sido procesado mediante algoritmo MD5 y se ha obtenido el “Digesto Digital Seguro” (Hash) resultante de ese proceso en formato hexadecimal, que consta en el Acta Notarial.
22.4.2. Que la versión impresa, en papel de tamaño “legal”, conteniendo la “Documentación Complementaria” que se presenta integrando la propuesta, proviene del archivo del que se obtuvo el “Digesto Digital Seguro” (Hash) que consta en el Acta Notarial.
22.4.3. Que los medios ópticos (CD-ROM) no regrabables y grabados de forma que no puedan realizarse agregados ni modificaciones, contienen cada uno de ellos en formato [definir el formato como por ejemplo Word, Excel, XML, etc.], ese archivo de la “Documentación Complementaria” y además, como único archivo.
22.5. Validación:
El Comitente procederá, en el acto de apertura, a validar los CD presentados conteniendo el archivo con la “Documentación Complementaria”, mediante el algoritmo MD5 hasta obtener dos (2) CD’s que produzcan el mismo “Digesto Digital Seguro” (Hash) declarado y certificado por el Escribano Público interviniente (Puntos 22.3.4 y 22.4 – Condiciones Particulares).
ANEXO C
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS BASICAS
A. DE LOS OFERENTES
Los oferentes deberán demostrar poseer una capacidad técnica de acuerdo a las siguientes exigencias:
A tal fin deberán presentar la documentación que acredite:
Que cuenta con vehículos de tipo furgón cerrado, con control de temperatura, pon de limpieza, de dimensiones acordes a la cantidades a entregar, de antigüedad no mayor a 15 años, y que dispondrá de los mismos por todo el tiempo que dure el servicio, presentando a la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, la documentación que acredite acabadamente tal disponibilidad. Se deberá presentar fotocopias de los títulos de propiedad a nombre del oferente o el contrato de locación de uso exclusivo.
Que cuenta con experiencia en el servicio, para lo cual deberá presentar certificaciones de al menos cuatro (4) servicios prestados, similares al que se pretende contratar.
Que posee sucursales dentro de la Provincia de Buenos Aires, de las cuales 1 (una) deberá estar ubicada en la ciudad de La Plata. Las mismas deberán estar equipadas con los elementos correspondientes para efectuar contingencia, en caso de ser necesario y resguardar envíos con cadena de frío. A efectos de acreditar las mismas, se deberá presentar copias de Habilitación Municipal a nombre del oferente.
Que cuenta con la cantidad de empleados en relación de dependencia, necesaria para el cumplimiento de las exigencias detalladas en las presentes Especificaciones Técnicas.
Que el oferente tenga una antigüedad mayor a 5 (cinco) años, acreditado con la presentación de Contrato Social.
Que cumple con las normas, disposiciones y resoluciones de la A.N.M.A.T.,- Disposiciones Nº 7439/99 y Nº 3475/05, o las que en el futuro las reemplacen o modifiquen- Inscripción con antigüedad no menor a 5 (cinco) años como Operador Logístico de Medicamentos, conforme la Disposición Nº 7439/99, presentando fotocopia del Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento, Distribución y Transporte.
Deberá contar con el sistema de trazabilidad de los envíos desde la recepción de los mismos hasta su efectiva entrega de acuerdo a la Resolución Nº 3827/12 por la cual el Ministerio de Salud adhiere a la ley de Trazabilidad Nacional.
Descripción del sistema de información con que opera. Deberá contar con capacidad para procesamiento de la información en el día de los datos que utiliza. El Operador deberá permitir a la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, el seguimiento diario de los envíos. El Operador deberá enviar información para el seguimiento de sus actividades por interfaces, de manera que sea compatible con el sistema informático de logística desarrollado y utilizado por el Ministerio. El Operador deberá coordinar activamente con el Ministerio la puesta a punto de la interfaz entre los sistemas.
Descripción del servicio de custodia satelital de los vehículos con que opera. El monitoreo de estas unidades debe ser realizado en forma propia por el Oferente, el que deberá contar con un Centro de Monitoreo las 24 hs.
Que cuenta con instalaciones que cumplen con los requerimientos del presente Pliego de Bases y Condiciones y que dispondrá de las mismas en forma exclusiva por todo el tiempo de duración del servicio cuya contratación es objeto de dicho Pliego. Para acreditar tales extremos el oferente deberá presentar con su oferta el título de propiedad del inmueble en el que se encuentran las instalaciones, o el contrato de locación o comodato respectivos o toda otra documentación en la que conste la disponibilidad con los alcances precisados en el presente apartado. A tal efecto, se deja aclarado que el Depósito ofertado, con una capacidad de almacenamiento mínima de 850 posiciones de pallets, deberá estar situado en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o dentro de la Provincia de Buenos Aires, para lo cual se deberá informar el domicilio del mismo.
El incumplimiento de cualquiera de los puntos precedentes, será causal de rechazo de la oferta.
B. DEL PRECIO
La oferta deberá contener:
El Precio de un abono mensual por la provisión de un Depósito para el almacenamiento de hasta 800 posiciones de pallets de 1mx1,2mx1,5m. a temperatura controlada (+15ºC - +25ºC) y 50 posiciones de pallets de 1mx1,2mx1,5m. en cámara de frío (+2ºC - +8ºC) conteniendo en ambos casos medicamentos e insumos médicos.
El precio unitario por el almacenamiento de cada pallets adicional al abono mensual, conteniendo medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos, con temperatura controlada (+15ºC - +25 °C)
El precio unitario por el almacenamiento de cada pallets adicional al abono mensual, conteniendo medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos, cámara de frío (+2ºC +8ºC)
El precio de un abono mensual por el servicio de Preparación, Provisión de medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos (packaging) y Distribución de hasta 100 pedidos, los cuales no superarán los 100 m3 de medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos, a cualquiera de los destinos detallados en el Anexo II.
El precio unitario del m3 excedente del abono detallado en el punto anterior, por el servicio de Preparación, Provisión de medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos packaging) y Distribución de medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos, a cualquiera de los destinos detallados en el Anexo II.
IMPORTANTE: la adjudicación del presente servicio recaerá sobre la oferta de menor importe total, la cual surge de la suma de los precios unitarios por su cantidad; siempre que el oferente cumpliera con todos los requisitos del presente Pliego de Bases y Condiciones.-
C. DEL SERVICIO
1. OBJETO DE LA CONTRATACION
El presente llamado tiene por objeto la contratación de un Servicio de Operación Logística con destino a la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
2. SERVICIO DE OPERACIÓN LOGISTICA
SERVICIO DE OPERACIÓN LOGISTICA DE ALMACENAMIENTO, PICKING, PACKING Y DISTRIBUCIÓN DE MEDICAMENTOS, INSUMOS HOSPITALARIOS Y PRODUCTOS MEDICOS correspondientes a la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, con destino a los Hospitales y otras instalaciones dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, detallados en el Anexo II y ubicados en la Provincia de Buenos Aires.
La operación logística comprende las siguientes actividades:
Recepción de medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos
Almacenamiento de los medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos
Preparación de los envíos y emisión de remitos
Control de stock
Expedición y transporte
Entrega de los medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos a los destinos solicitados.
Informe de avance y seguimiento.
El Operador Logístico nombrará un responsable para todas las tareas comprendidas en la Operación Logística, que será el interlocutor ante el Ministerio. A su vez el Ministerio designará una Comisión que será la encargada del seguimiento y control de la ejecución del contrato.
a) Recepción de los medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos.
El Operador Logístico recibirá los medicamentos, insumos hospitalarios y productos por parte de los proveedores contratados por el Ministerio.
Los medicamentos, insumos hospitalarios y productos requeridos se darán por entregados cuando sean efectivamente recibidos en el depósito designado.
La recepción de las entregas por parte de los proveedores será realizada por el Operador Logístico dentro de las 48 hs. de haber sido notificado por el Ministerio de los datos necesarios para efectuar la recepción. La información será enviada vía interfaces.
El Operador verificará que los medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos cumplan con las especificaciones notificadas por el Ministerio, tales como nombre del proveedor de origen, cantidad del insumo, periodo de vencimiento, forma farmacéutica, presentación, plazos de entrega, etc.
El Operador será responsable de verificar la integridad de todos los productos recibidos como así también de controlar el cumplimiento de la cadena de frío por parte del proveedor.
El Operador también será responsable, en la recepción de los medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos, de verificar que los lotes no estén ni vencidos ni próximos a vencer, (para lo cual el Ministerio instruirá en forma específica y vía interfaz o por escrito al Operador Logístico adjudicado, los plazos de admisión de medicamentos con fechas próximas a vencer).
El Operador dejará constancia de la correcta recepción de los medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos a su depósito mediante la suscripción de un Acta de Recepción confeccionada por duplicado y con la conformación del remito. Estas Actas estarán conformadas con fecha de recepción, firma y aclaración del responsable nombrado por el Operador. Los remitos de los proveedores y el Acta, así conformados, serán escaneados y enviados a la Comisión. Esta información también se enviará por vía interfaces. Los originales del Acta y duplicado del remito de proveedores serán enviados a la dependencia y en los plazos, que la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas del Ministerio de Salud, determine.
Acta de recepción. Ver anexo III.
De manera mensual, el operador realizará retiros de medicamentos, insumos hospitalarios y productos, de los depósitos de laboratorios productores dependientes del Ministerio de Salud.
El Operador Logístico dispondrá de una oficina en sus instalaciones y dentro de la provincia de Buenos Aires, asignada para la Comisión durante el período total del presente contrato con las siguientes características:
-Una línea telefónica con salida a celulares y DDN,
-una computadora, con acceso al sistema de inventario y de distribución del Operador,
-cuentas de e-mail y acceso a Internet,
-un fax,
-una impresora,
-un locker de mínimo 3 m3, con llave,
-acceso a fotocopiadora y una oficina con espacio para por lo menos tres escritorios.
b) Almacenamiento
El Operador Logístico dará ingreso a los medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos a su stock a través de un sistema informático que administre en forma precisa el Lote/Partida y fecha de Vencimiento de dichos productos. El Operador informará de los ingresos a la Comisión del Ministerio a través del envió de archivos compatibles con el sistema informático utilizado por esta Comisión.
El Operador será responsable, durante el almacenamiento de los medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos, de informar al Ministerio la existencia en el stock de medicamentos que se encuentren próximos a vencer. Para ello el Ministerio instruirá en forma específica y por escrito al Operador Logístico los plazos de informe y los criterios para conformar los mismos.
El almacenaje de los productos debe ser realizado en condiciones adecuadas de temperatura, humedad, iluminación, de acuerdo con las instrucciones del fabricante y del INAME, de manera de no afectar adversamente en forma directa o indirecta la calidad del producto.
El Oferente deberá poseer disponibilidad de espacio en un Depósito habilitado según las disposiciones del ANMAT, al momento de presentar su oferta, con un mínimo de 850 posiciones de pallets, en un todo de acuerdo en el requerimiento de abono mensual. Este Depósito deberá estar ubicado en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires o en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Operador será responsable de la contratación de los seguros correspondientes a la mercadería almacenada en la planta, debiendo ser presentados en la Dirección Provincial de Medicina Preventiva. A tal fin el Ministerio informa que el valor declarado de las Mercaderías almacenados durante el período de contratación es de: $ 30.000.000.- (Pesos treinta millones), importe que será actualizado en forma trimestral por el Ministerio.
c) Envíos a los destinos
El Operador deberá entregar, en los destinos indicados por la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, o por quien esta designe, los productos solicitados. Para ello la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas entregará al Operador una Nota de Pedido de Xxxxx, en la cual constará el destino de los bienes, detalle de los bienes a entregar, cantidades a entregar y fecha de entrega. Los destinos posibles serán los indicados en el Anexo II o los que se incorporen al Ministerio a lo largo del presente contrato. Cada nota de pedido de envío corresponderá a un Destino indicado en el Anexo II. Se efectuaran la cantidad de envíos en unidades de hasta nueve (9) m3. con el objeto de facilitar la recepción los medicamentos, insumos hospitalarios y productos por parte de cada destino indicado en el Anexo II
El Operador deberá armar los pedidos de envíos conteniendo los medicamentos, insumos hospitalarios y productos detallados en cada Nota de Pedido de Envío y proveer todos los insumos necesarios para el armado de los envíos.
Las instalaciones donde se preparen los envíos deberán cumplir con los lineamientos de las disposiciones Anmat 7439/99 y 3475/05 o sus equivalentes en la provincia de Buenos Aires, o en las que en el futuro las reemplace.
El Operador llevará un registro del lote de cada medicamento que compone cada envío, permitiendo la trazabilidad de los mismos hasta su entrega en los Destinos.
El operador confeccionará un remito de entrega, por triplicado, con detalle de las unidades de medicamentos, insumos hospitalarios o productos médicos a entregar con lote y vencimiento en los destinos pedidos. Además, contendrá los datos de transporte, número de matrícula del vehiculo asignado, fecha y hora de salida del envío. Cuando estos datos no figuren en el remito se deberá conformar un Acta de transporte en la sede del Operador Logístico.
d) Control de stock
El Operador Logístico mantendrá el debido control de stock de los medicamentos, emitiendo un informe diario de existencias de stock, que será enviado Ministerio vía interfaz.
El operador deberá garantizar el almacenamiento de medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos disponibles y en cuarentena tal como lo estable la resolución 7439 del ANMAT y sus equivalentes en la provincia de Buenos Aires, o en las que en el futuro las reemplace.
Toda la información correspondiente a estas acciones será enviada vía interfaz al Ministerio.
En caso de robo, hurto, extravío o deterioro de medicamentos, insumos hospitalarios o productos médicos: el Operador deberá:
Redactar y remitir vía interfaz un Acta por extravío/deterioro/robo/hurto, indicando la cantidad de medicamentos, insumos hospitalarios o productos afectados, con descripción de cantidades, lotes de fabricación, vencimiento y motivos, junto a la copia de la denuncia policial o judicial respectiva, a la Comisión del Ministerio, dentro de las 48 horas de producido el hecho. En caso de roturas deberá conservar los envases deteriorados como evidencia, y presentarlos al representante de la Comisión del Ministerio cuando se haga presente, el cual deberá conformar el Acta elaborada.
Estas unidades no estarán como disponibles en el stock. Los m3 empleados para la conservación de los envases de evidencia hasta la conformación del acta por el Ministerio, no serán contemplados como abono mensual ni extra.
Asimismo, deberá reponer los medicamentos, insumos hospitalarios o productos médicos afectados por los hechos mencionados, para lo cual dispondrá de igual término al mencionado en el apartado precedente, para proponer mediante comunicación vía interfaz a la Comisión, el nombre comercial y laboratorio productor de los bienes a entregar como reposición de los extraviados, deteriorados, robados o hurtados, los cuales deberán ser de igual marca comercial o superior a los afectados.
Dentro de las 24 (veinticuatro) horas de recibida la comunicación enviada por el Operador, la Comisión aprobará o rechazará fundadamente, el medicamento, insumo hospitalario o producto propuesto para la reposición.
Recibida la repuesta de la Comisión, el Operador dispondrá de siete (07) días desde ocurrido el hecho, para reponer en su stock o entregar los bienes en el destino correspondiente (en caso de ocurrir el hecho en tránsito). Tal entrega o reposición deberá estar documentada en forma fehaciente mediante Actas o remitos de recepción, cuya copia deberá ser entregada a la Comisión dentro de las veinticuatro (24) horas
Toda la información correspondiente a estas acciones será enviada vía interfaz a la Comisión.
La Comisión del Ministerio hará auditorias al operador logístico cada vez que lo crea necesario
e) Expedición y transporte
El Operador Logístico deberá cumplimentar lo indicado en las disposiciones Anmat 7439/99 y 3475/05 o sus equivalentes en la provincia de Buenos Aires, o en las que en el futuro las reemplacen. La totalidad de las unidades de transporte deberán ser cerradas y adecuadas para el transporte de medicamentos. Deberán poseer registros digital o escrito de temperatura en grados centígrados. En ningún caso los medicamentos podrán compartir bodegas con otras cargas que puedan considerarse contaminantes o peligrosas.
El Operador Logístico será responsable de asegurar la mercadería en tránsito propiedad del Ministerio, mediante la contratación de los respectivos seguros, cuyas pólizas deberán ser presentadas en la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, o a quien esta designe, con anterioridad al inicio del servicio. Asimismo deberá informar en forma fehaciente a la mencionada Subsecretaría, de cualquier siniestro que ocurriere con dicha mercadería dentro de las 24 horas de ocurrido el mismo.
f) Entrega de los envíos
Las entregas serán efectuadas en los Destinos- cuyas direcciones de detallan en el ANEXO II, o los que incorpore el Ministerio durante el presente contrato- a los responsables de cada una de ellos, los cuales serán informados en forma previa al inicio de las actividades por parte del Ministerio al Operador. Las entregas serán en el horario de atención de los destinatarios, por lo que el operador deberá coordinar con los mismos e informar al ministerio, la fecha de recepción coordinada.
Con cada entrega el Operador emitirá, como mínimo, los remitos por triplicado donde se detallen los medicamentos, insumos hospitalarios y productos entregados, y datos del transporte (o en su defecto el acta de transporte), uno para el Ministerio, uno para el Receptor y uno para el Operador.
El responsable de la recepción verificara en el momento de la entrega, los medicamentos, insumos hospitalarios y productos recibidos y conformará los remitos y el acta de transporte.
En caso de recibir el destinatario un producto en mal estado, o roto o con signos de rotura del contenido o contaminación o pérdida xx xxxxxx de frío, verificable por el registro de temperaturas, rechazará el mismo y dejara constancia del rechazo en el remito. El Operador deberá reemplazar el producto rechazado en un plazo inferior a cinco (5) días corridos contados a partir de la fecha del rechazo.
En caso de no encontrarse el/los responsable/s autorizados a recibir la entrega, el Operador deberá acordar la fecha para una nueva visita, o en su defecto, dejar un aviso indicando la fecha y hora en que la misma se repetirá. La segunda visita se efectuará dentro de veinticuatro horas hábiles de realizada la primer visita.
A tal efecto, el Operador Logístico deberá remitir los medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos a su sucursal en zona, con el objeto de realizar el almacenamiento transitorio, a la espera de instrucciones por parte del Ministerio.
Ante la imposibilidad de entrega, luego de la segunda visita, el Operador informara al Ministerio, quien deberá concretar una nueva fecha o indicar un nuevo lugar para la realización de la entrega.
g) Informe y avance de seguimiento
El Operador Logístico informara el estado de situación de toda la operatoria que comprende la logística y el cumplimiento de las entregas al Ministerio.
Las interfases deberán contener como mínimo la información correspondiente a :
-Ingreso de medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos.
-Stock de medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos.
-Stock de los envíos preparados en stock y en tránsito.
-Entregas realizadas indicando número de remito,
-Destino de entrega
-Fecha probable de entrega
-Detalle de productos incluidos.
El Ministerio solicitará, en la medida que lo crea conveniente, el recuento físico de el /los medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos que encuentre diferencias entre el stock presentado por el operador y el del Ministerio.
El Operador Logístico permitirá que el Ministerio efectúe las tomas de inventario que consideren necesarias bajo las siguientes condiciones: paralización total de las actividades de recepción, armado y despacho, conteo de las unidades, sin previa información de existencia a nivel de embalaje secundario.
Las diferencias detectadas serán informadas por el Ministerio en forma fehaciente al Operador, quien analizara las mismas indicando los motivos del faltante.
Dentro de los primeros diez (10) días hábiles de finalizado el mes de contratación, el Operador presentará en las oficinas del Ministerio la documentación que acredite las operaciones efectuadas durante el transcurso del mes anterior. Dicha documentación, que deberá estar firmada por un responsable nombrado por el Operador y deberá contener:
a) Detalle por medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos de las unidades almacenadas por m3. Presentar registros de temperatura para la fecha informada. (p.e. 800.000 unidades de producto A en tantos m3)
b) Detalle de la recepción de los medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos de los proveedores: presentar original de Acta de recepción y remitos conformados.
c) Detalle de los envíos efectuados a cada Destino: se incluirán todas las entregas cuyas fechas de recepción se encuentren dentro del mes a rendir. En el mismo se detallará:
-la fecha y número de identificación de Nota de Pedido de Xxxxx,
-fecha de entrega, destino y número de remito,
-medicamentos, insumos hospitalarios y productos médicos de los proveedores entregados detallados con marca comercial, cantidad entregada,
Se solicita que la misma información se envié también por interfaz.
d) Copia de las Actas de transporte y remitos de entrega a los destinos debidamente conformados por el/los responsable/s de la Recepción en los diferentes destinos.
e) Factura original y copia.
D. MULTAS
a) Por NO INICIAR EL SERVICIO en la fecha comunicada fehacientemente y/o por NO MANTENER LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO, cualquiera fuera la causa, el DIEZ POR CIENTO (10 %) de la facturación mensual por cada día de interrupción; en caso de que la interrupción del servicio continúe tres días consecutivos o cinco alternados dentro de un mismo mes, la sanción será la inmediata rescisión del contrato.
b) Sanciones por incumplimiento del servicio:
1-Por incumplimiento en las fechas de entregas. Cuando el Operador no diera cumplimiento a las fechas máximas de entrega establecida, se aplicará una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del precio de los medicamentos, insumos hospitalarios o productos médicos correspondientes por cada día de atraso.
2- Por extravío o deterioro de los medicamentos o insumos el equivalente al diez por ciento (10%) del importe de la cada medicamento, insumo hospitalario o producto médico.
3- Por no brindar los informes y avance de seguimiento el equivalente al cinco por ciento (5%) del importe de la factura correspondiente al mes de la prestación.
4- Por no contratar los seguros establecidos en el presente Pliego: el equivalente al veinte por ciento (20%) del importe de la factura correspondiente al mes de prestación por cada día de incumplimiento, además de la reposición de los medicamentos, insumos hospitalarios o productos médicos dañados o extraviados.
Todo ello sin perjuicio de las demás penalidades que reglamentariamente correspondieran y se encuentren previstas en el Régimen de Contrataciones de la Provincia de Buenos Aires.
E- DEL PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA:
La adjudicataria tendrá a su cargo, con exclusiva relación de dependencia, según la LEY DE CONTRATO DE TRABAJO al personal que sea afectado al cumplimiento del servicio, para cuyo caso le cursará notificación documentada a cada uno de ellos, documentación que a exigencia de las autoridades del Establecimiento usuario, deberá ser presentada al inicio de la prestación o cada vez que se releve una persona, cualquiera fuere el motivo. El personal que la adjudicataria afecte al servicio se tendrá como plantel definitivo y no podrá ser relevado sin causa justificada, debidamente probada ante las autoridades del Establecimiento usuario.
El personal deberá ser competente en su tarea, para asegurar que el servicio se preste con eficiencia y dentro de los requisitos y especificaciones establecidas, siendo la empresa, única y total responsable de la selección de los operarios afectados a la tarea.
La contratista deberá proceder al relevo del personal observado por las autoridades del Establecimiento usuario, cuando a su juicio existieran razones para ello.
La adjudicataria estará obligada a someter, 48 horas antes de su comienzo, listado del personal que desempeñará las tareas, con indicación de D.N.I., domicilio, CUIT o CUIL El personal designado podrá comenzar o continuar desempeñándose como tal, siempre que cumpla con las condiciones requeridas, y en tanto no se efectúe observación o pida su relevo.
El personal de la Contratista, su representante y los profesionales deberán tener, como mínimo dieciocho (18) años de edad.
El personal deberá ajustar su desempeño a las normas y regulaciones establecidas o a establecer por la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
El personal de la prestataria deberá usar uniforme, identificación personal. La empresa adjudicataria proveerá al personal con uniforme de trabajo, de un mismo color, tipo y modelo. Tal uniforme no podrá originar confusión con el utilizado por el personal de Planta ni con el de otros servicios contratados; deberán proveerse botas de goma, guantes, gorra o birrete, etc., ajustado a las necesidades propias del oficio. El uniforme, así como cualquier equipamiento de bioseguridad que la Dirección determine, será de uso obligatorio, y mantenido en buenas condiciones de higiene y presentación; el Personal que no cumpla con estas reglas, será considerado como ausente injustificado. El uniforme incluye identificación personal, con nombre y cargo, y el nombre de la Empresa; a usar sobre el lado izquierdo del pecho. La contratista deberá dotar a su personal, con ropa adecuada a la tarea que realiza, uniformes completos en buenas condiciones de higiene y presentación, así como tarjetas plásticas de identificación (nombre y apellido, nombre de la empresa) en color diferencial de cualquiera que se utilice en la repartición, y que deberá ser exhibida permanentemente sobre el lado izquierdo del pecho.
El personal xx xxxxxxx deberá disponer de los medios necesarios para dar avisos a los responsables del adjudicatario, con el fin de asistir al establecimiento, ante emergencias o situaciones graves que se presenten, cuando se vean superados en su capacidad de resolución.
LIBRETA SANITARIA actualizada. El personal de la contratista deberá cumplir con el requisito de la LIBRETA SANITARIA, sin la cual no podrá desempeñarse en sus tareas. Esta Libreta deberá ser exhibida cada vez que la requieran los responsables de la supervisión y auditoria de la prestación.
LIBRETA DE APORTES PATRONALES O FONDO DE DESEMPLEO.
Haber aprobado examen pre-ocupacional médico-sanitario.
El personal será sometido a una evaluación anual de su estado general de salud, así como de su vacunación (hepatitis B, tétanos, sarampión y otros), las que serán de aplicación obligatoria).
El personal deberá observar las reglas de moralidad y cortesía a que su desempeño obliga con el trato al personal del establecimiento, al público, a los pacientes y a los encargados del control de sus tareas. A sola petición de las autoridades del Ministerio la adjudicataria se obliga a relevar en forma inmediata a cualquiera de sus agentes sin que para ello deba mediar pedido escrito.
El personal de la adjudicataria deberá observar las siguientes normas de conducta:
Vestir uniforme completo y limpio, con su identificación.
Ingresar y egresar diariamente en la forma y por el lugar indicado por la Dirección del Establecimiento.
No circular fuera del radio cedido a la Empresa, con excepción de los lugares en que deba prestar Servicio.
No mantener vinculación con personal del establecimiento, salvo que razones de trabajo lo justifiquen.
Comportarse correctamente en todo momento, respetando hábitos de buena conducta y aseo personal, y procediendo con el mayor orden e higiene en su trabajo.
Está absolutamente prohibido el ingreso de bebidas alcohólicas o cumplir tareas en estado alcoholizado, lo cual ocasionará el despido.
Está absolutamente prohibido fumar en cualquier sector del establecimiento.
El Establecimiento se reserva el derecho de admisión del personal que la Contratista afecte al Servicio, quedando ésta obligada a la separación inmediata de las personas observadas por la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, a su solo juicio, tuvieren razones para ello; las faltas serán debidamente ponderadas, sin perjuicio de las acciones que correspondan iniciar como consecuencia de la inconducta. El Personal designado podrá comenzar o continuar desempeñándose como tal siempre que cumpla con las condiciones requeridas, y en tanto la Dirección Provincial de Medicina Preventiva no efectúe observación o pida su relevo.
Queda expresamente prohibida la contratación de empleados del Ministerio, por parte de la Contratista. Bajo ninguna circunstancia, y bajo pena de rescisión del contrato, la empresa contratada podrá utilizar mano de obra del personal de la dependencia.
La adjudicataria será responsable del desempeño y comportamiento de su personal, incluyendo los daños que el mismo pudiera ocasionar a la Dependencia durante su tarea o su permanencia en la misma, por acción u omisión.
F. OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA FRENTE A SU PERSONAL:
a) El pago de sueldos y jornales, y de toda otra retribución que le corresponda, en término xx Xxx.
b) La contratación de SEGUROS XX XXX (legalizados por Escribano Público), y pago actualizado de los mismos.
c) El pago de las indemnizaciones por despido y accidentes de trabajo originados en el contrato.
d) El pago de las indemnizaciones por finalización o rescisión del contrato, según la legislación vigente.
e) El cumplimiento de todas las obligaciones laborales, previsionales y beneficios sociales que correspondan (vacaciones, licencias por enfermedad, maternidad, descanso semanal, etc.), de la legislación vigente.
f) La entrega a cada empleado, una vez finalizado el servicio o en caso de rescisión del mismo, de los certificados de trabajo y constancias de aportes previsionales, para garantizar futuros trámites jubilatorios.
g) El cumplimiento de la legislación vigente sobre SEGURIDAD e HIGIENE (Ley 19.587 y Decretos 351/79 y 1338/96).
h) La contratista tomará a su cargo la solución de los conflictos de índole gremial que pudieren surgir entre su personal.
DIRECCION DE COMPRAS CONTRATACIONES Y SERVICIOS AUXILIARES
ANEXO I
DETALLE DE MEDICAMENTOS, INSUMOS HOSPITALARIOS Y ´PRODUCTOS MEDICOS
LOTE |
DESCRIPCIÓN |
PRESENTACION |
|
1 |
Acenocumarol 4mg |
Comprimidos |
|
2 |
Adrenalina 1 Mg/ml., solución inyectable |
Ampolla x 1 ml. |
|
3 |
Agua bidestilada estéril y apirógena |
Ampolla x 5 ml. |
|
4 |
Alcohol etílico 96ª, segón FA VI edición. |
Envase por 1.000 ml. |
|
5 |
Amicacina sulfato 500mg., solución inyectable. |
Ampolla x 2 ml. |
|
6 |
Aminofilina 240 Mg. , solucion inyectable. |
Ampolla x 10 ml. |
|
7 |
Amiodarona clorhidrato 150 Mg. Solución inyectable. |
Ampolla x 3 ml. |
|
8 |
Amoxicilina (trihidrato) 500mg. Acido clavulánico (sal potásica) 125 mg. |
Comprimidos |
|
9 |
Ampicilina sódica 1.000 mg. |
Frasco Ampollas |
|
10 |
Ampicilina (sódica) 500 mg. Sulbactam (sódico) 500 mg. |
Frasco Ampollas |
|
11 |
Anfotericina B 50 mg. Antimicótico |
Frasco Ampollas |
|
12 |
Atracureo Basilato 50 mg. |
Ampolla x 5 ml. |
|
13 |
Atropina Sulfato 1mg/ml, sol. Inyectable. |
Ampolla x 1 ml. |
|
14 |
Beta Metil Meprednisona 40 Mg. |
Comprimidos |
|
15 |
Beta Metil Meprednisona 0,4g/ml. Solución oral |
Envase Gotero x 15 ml. |
|
16 |
Bupivacaina clorhidrato 0.5% en dextrosa al 8%. Solución inyectable |
Ampolla x 4 ml. |
|
17 |
Butil escopolamina 20 mg. Solución inyectable. |
Ampolla x 1 ml. |
|
18 |
Cafeina 25 % solución inyectable. |
Ampolla x 1ml. |
|
19 |
Cefazolina (sal sódica) 1000 mg. |
Frasco Ampollas |
|
20 |
Ceftazidima 1000 mg. |
Xxxxxx Xxxxxxxx |
|
00 |
Xxxxxxxxxxx 0000 mg. |
Frasco Ampollas |
|
22 |
Cefuroxima 750 mg. |
Frasco Ampollas |
|
23 |
Ciprofloxacina 200 mg. Solución inyectable. |
Sachet x 100 ml. |
|
24 |
Claritromicina 500 mg |
Frasco Ampollas I V |
|
25 |
Clindamicina 150 mg./ml. Solución inyectable |
Ampolla x 4 ml. |
|
26 |
Complejo Vitamínico B |
Ampollas x 2 ml. |
|
27 |
Ampollas x 2 ml. o Frasco Ampollas |
||
28 |
Dextropropoxifeno (Ibuprofeno o Dipirona) Sol.inyectable |
Ampollas x 5 ml. |
|
29 |
Diazepan 10 mg. Solución inyectable. |
Ampollas x 2 ml. |
|
30 |
Diclofenac sódico 75 mg. Solución inyectable. . |
Ampollas I V x . 3 ml |
|
31 |
Digoxina 0.25 mg. - Comprimidos |
Comprimidos |
|
32 |
Digoxina 0.25 mg. Solución inyectable. . |
Ampollas x 1 ml. |
|
33 |
Difenhidramina clorhidrato 10 mg./ml. |
Frasco Ampollas x 10 ml. |
|
34 |
Dipirona 1gr. |
Ampollas x 2 ml.I.V. |
|
35 |
Dobutamina clorhidrato 50 mg./5ml. Solución inyectable. |
Ampolla x 5 ml. |
|
36 |
Dopamina clorhidrato 200 mg. Solución inyectable. |
Ampollas x 5ml. |
|
37 |
Fentanilo citrato 0,05 mg/ml. Solución inyectable. |
Ampollas x 5 ml. |
|
38 |
Furosemida 20 mg. Solucion inyectable. |
Ampollas x 2 ml. |
|
39 |
Gentamicina sulfato 80 mg. Solución inyectable. |
Ampollas x 2 ml. |
|
40 |
Gluconato de calcio 10 % Solución inyectable. |
Ampollas x 10 ml. |
|
41 |
Heparina Sódica 5.000 U.I./ml. |
Frasco ampolla x 5 ml. |
|
42 |
Heparina Cálcica 7.500 U.I. |
Ampollas o jeringas prellenadas x 0.3 ml. |
|
43 |
Hidrocortisona (como succinato sódico) 500 mg. |
Frasco Ampollas x 5 ml. |
|
44 |
Hidroxido de Aluminio e hidróxido de Magnesio.(en igual proporcion) Suspensión oral. |
Envase x 175 ml. |
|
45 |
Hierro (en concentración no menor a 100mg.Hierro Elemental) |
Comprimidos |
|
46 |
Ferroso sulfato (hierro 25mg./ml.). |
Envase Gotero x 15 ml. |
|
47 |
Ibuprofeno lisinato 400 mg. |
Ampollas x 3 ml. |
|
48 |
Iodopovidona 5%. Solución jabonosa. |
Envase x 250 ml. con dispenser |
|
49 |
Iodopovidona 10%. Solución jabonosa. |
Envase x 250 ml. con dispenser |
|
50 |
Isosorbide mononitrato 20mg |
Comprimidos |
|
51 |
Isoxuprina clorhidrato 10 mg. |
Ampollas x 2 ml. |
|
52 |
Lidocaina sin epinefrina 2% s/conservadores. |
Frasco ampolla x 20 ml. |
|
53 |
Lidocaina clorhidrato 1% s/conservadores. |
Ampolla x 5 ml. |
|
54 |
Metilergonovina maleato 0,125 mg. |
Comprimidos |
|
55 |
Metoclopramida 10mg. |
Ampollas x 2 ml. |
|
56 |
Metronidazol 500 mg./ml . Solución inyectable. |
Frasco ampolla |
|
57 |
Midazolan 15 mg. Solución inyectable. |
Ampolla x 3 ml |
|
58 |
Morfina clorihidrato 10 mg/ml. Solución inyectable. |
Ampollas x 1 ml. |
|
59 |
Nitroglicerina 25 mg. Solución inyectable. |
Ampollas x 5 ml. |
|
60 |
Norfloxacina 400 mg. |
Comprimidos |
|
61 |
Oxitocina 5 U.I. Solución inyectable. |
Ampollas x 1ml. |
|
62 |
Paracetamol 10 % Solución oral. |
Envase gotero x 20 ml. |
|
63 |
Penicilina G Benzatínica 2.400.000 U.I. |
Frasco Ampollas |
|
64 |
Piperacilina 4,5 gr., Tazobactam 500 mg. |
Frasco Ampollas |
|
65 |
Potasio Cloruro 15 meq./ litro, Solución inyectable |
Ampollas x 5 ml. |
|
66 |
Propofol 10 mg/ml.. |
Ampollas ó Frasco Ampollas x 20 ml. |
|
67 |
Ranitidina clorhidrato 150 mg.. |
Comprimidos |
|
68 |
Ranitidina clorhidrato 50 mg. Solución inyectable. |
Ampollas x 5 ml. |
|
69 |
Salbutamol solución p/nebulizar al 0,5% |
Envase gotero x 10 ml. |
|
70 |
Sevofluorano |
Envase x 250 ml. con dispenser |
|
71 |
Ampolla o Frasco Ampolla x 10 ml.Rótulo azul. |
||
72 |
Ampollas x 5 ml. |
||
73 |
Sulfametoxazol 400mg.+ trimetoprima 80mg. Ampolla intravenosa. |
Ampollas intravenosa x 5 ml. |
|
74 |
Sulfato de Magnesio 25% Solución inyectable. |
Ampollas x 5 ml. |
|
75 |
Teicoplanina 400mg. |
Frasco Ampollas |
|
76 |
Vancomicina 1000 mg. |
Frasco Ampollas |
|
77 |
Vancomicina 500 mg. |
Frasco Ampollas |
|
78 |
Imipenem (Imipenem + Cilastatin) 500mg |
Frasco ampolla x 1 unidad para uso endovenoso |
|
79 |
Estreptoquinasa 1.500.000 UI |
Frasco ampolla x 1 unidad |
|
80 |
Meropenem 1 gr.o equivalente |
Frasco Ampolla |
|
81 |
Ertapenem 1gr. para inyeccion I.V. O I.M. |
Frasco Ampolla |
|
82 |
Gammaglobulina anti RH (D) 300/330 mcg |
Ampollasx 2 ml. Solución lista para usar: Kit de inyección (aguja + jeringa) |
|
83 |
Insulina origen Humana, tipo NPH de 100 U |
Frascos x 10 cc |
|
84 |
Insulina origen Humana, tipo CORRIENTE de 100 U |
Frascos x 10 cc |
|
85 |
Acido Valproico. Jarabe 5% |
Frasco x 120 ml. |
|
86 |
Amitriptilina 25 mg |
Comprimidos |
|
87 |
Amitriptilina 75 mg |
Comprimidos |
|
88 |
Biperideno 2 Mg. |
Comprimidos |
|
89 |
Biperideno 5 Mg.2 Ml. |
Ampollas |
|
90 |
Carbonato de litio 300 mg |
Comprimidos |
|
91 |
Carbamacepina 200 mg |
Comprimidos |
|
92 |
Carbamacepina jarabe 5% |
Frasco x 120 ml. |
|
93 |
Clobazam 10 mg. |
Comprimidos |
|
94 |
Clomipramina 25 mg. |
Comprimidos |
|
95 |
Clorpromazina 50 mg.I.V. 2 ml. |
Ampollas |
|
96 |
Clonazepan 0,5 mg. |
Comprimidos |
|
97 |
Clonazepan 2 mg. |
Comprimidos |
|
98 |
Clonazepan 0,25 mg. |
Frasco gotero x 20 ml. |
|
99 |
Clotiapina 40 mg. |
Comprimidos |
|
000 |
Xxxxxxxxx 000 mg. |
Comprimidos |
|
101 |
Clorpromazina 100 mg. |
Comprimidos |
|
102 |
Divalproato de Sodio 125 mg |
Comprimidos |
|
103 |
Divalproato de Sodio 250 mg |
Comprimidos |
|
104 |
Divalproato de Sodio 500 mg |
Comprimidos |
|
105 |
Fenitoina 100 mg. |
Comprimidos |
|
106 |
Fenitoina 100 mg. 2 ml. |
Ampollas |
|
107 |
Fenitoina Jarabe 4% |
Frasco x 120 ml. |
|
108 |
Fenitoína Cálcica 100 mg. |
Comprimidos |
|
109 |
Fenobarbital 100 mg |
Comprimidos |
|
110 |
Fenobarbital 15 mg |
Comprimidos |
|
111 |
Fenobarbital 100 mg. 2 ml. |
Ampollas |
|
112 |
Fluoxetina 20 mg |
Comprimidos |
|
113 |
Haloperidol 1 mg |
Comprimidos |
|
114 |
Haloperidol 10 mg |
Comprimidos |
|
115 |
Haloperidol 5 mg.1 ml. |
Ampollas |
|
000 |
Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
Xxxxxxxx x 1ml |
|
000 |
Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
Xxxxxxxx x 3ml |
|
118 |
Imipramina 25 mg |
Comprimidos |
|
119 |
Lamotrigina 5 mg. |
Comprimidos |
|
120 |
Lamotrigina 25 mg. |
Comprimidos |
|
121 |
Lamotrigina 50 mg. |
Comprimidos |
|
122 |
Lamotrigina 100 mg. |
Comprimidos |
|
123 |
Levomepromazina 25 mg. |
Comprimidos |
|
124 |
Levomepromazina 25 mg. |
Ampollas x 2 ml. |
|
125 |
Lorazepan 2,5 mg. |
Comprimidos |
|
126 |
Lorazepan 4 mg. 1 ml. |
Ampollas |
|
127 |
Olanzapina 10 mg |
Comprimidos |
|
128 |
Olanzapina 10 mg |
Ampollas |
|
129 |
Oxcarbamacepina jarabe 6% |
Frasco x 120 ml. |
|
130 |
Oxcarbamacepina 300 mg. |
Comprimidos |
|
131 |
Paroxetina 20 mg |
Comprimidos |
|
132 |
Prometazina 25 mg. |
Comprimidos |
|
133 |
Prometazina 50 mg. inyectable 2 ml. |
Ampollas |
|
134 |
Risperidona 1 mg. |
Comprimidos |
|
135 |
Risperidona 3 mg. |
Comprimidos |
|
136 |
Sertralina 50 mg |
Comprimidos |
|
137 |
Tioridazina 200 mg. |
Comprimidos |
|
138 |
Tioridazina 25 mg. |
Comprimidos |
|
139 |
Trifluoperazina 10 mg. |
Comprimidos |
|
140 |
Topiramato 100 mg. |
Comprimidos |
|
141 |
Valproato de magnesio 400 mg. |
Comprimidos |
|
142 |
Vigabactrin 500 mg. |
Comprimidos |
|
143 |
Ziprasidona 60 mg |
Cápsulas |
|
144 |
Películas radiográficas sensibles al verde 13 x 18 |
Cajas x 100 |
|
145 |
Películas radiográficas sensibles al verde 18 x 24 |
Cajas x 100 |
|
146 |
Películas radiográficas sensibles al verde 24 x 30 |
Cajas x 100 |
|
147 |
Películas radiográficas sensibles al verde 30 x 40 |
Cajas x 100 |
|
148 |
Películas radiográficas sensibles al verde 35 x 35 |
Cajas x 100 |
|
149 |
Películas radiográficas sensibles al verde 35 x 43 |
Cajas x 100 |
|
150 |
Cajas x 2 bidones de revelador automático para preparar 40 litros de Solución |
|
|
151 |
Cajas x 2 bidones de fijador automático para preparar 40 litros de Solución |
|
|
152 |
Cajas x 100 películas mamográficas 18 x 24 con provisión de liquidos revelador y fijador sistémica (igual marca químicos y películas) para procesar las cantidades solicitadas. |
|
|
153 |
Rollos para video printer tipo Sony UPP 110"S". Con Garantía de reparación de cabezales |
|
|
154 |
Películas radiográficas para tomografía para /procesadora Tipo Agfa Scopix LT2B o Kodak HG15 Láser Day Light, con provisión de líquidos para procesar las cantidades solicitadas. |
Cajas x 100 |
|
155 |
Películas radiográficas para tomografía para procesadora Láser Agfa 35 x 43 Dry Star TM1B |
Cajas x 100 |
|
156 |
Películas para ecografía procesadora Agfa tipo Dry Star XXX0 00 x 25 |
Cajas x 100 |
|
157 |
Películas radiográficas para tomografía Marca Xxxxx Xxxxxxxx EIR 23 35x43 con provisión de líquidos revelador y fijador para procesar las cantidades solicitadas. |
Cajas x 125 |
|
158 |
Películas radiográficas para tomografía Tipo Agfa Scopix CR 5B o Kodak EM 28 x 35 para procesadora húmeda con provisión de líquidos revelador y fijador para procesar las cantidades solicitadas. |
Cajas x 100 |
|
159 |
Algodón Xxxxxxxxx, paquete por 500 gr. |
||
160 |
Bajalenguas descartables xx xxxxxx, estériles. |
||
161 |
Bigotera inhalador de Oxigeno adulto |
||
162 |
Bigotera inhalador de Oxigeno lactante |
||
163 |
Bigotera inhalador de Oxigeno neonatal |
||
164 |
Bolsa colectora de orina para adultos con válvula de seguridad y sistema de desagote, estériles, ensobradas individualmente, de 2 litros de capacidad, con fecha de vencimiento y método de esterilización. |
||
165 |
Bolsa p/orina pediátrica autoadhesiva. |
||
166 |
Bolsa p/colostomia con aro autoadhesivo y filtro de carbón activado. |
||
167 |
Electrodos descartables p/ adultos, autoadhesivos, hipoalergénicos, con gel conductor y conector A-G/L de primera calidad. |
||
168 |
Electrodos descartables para niños, autoadhesivos, hipoalergénicos, con gel conductor y conector A-G/L de primera calidad. |
||
169 |
Equipos para transfundir soluciones parenterales con macrogotero sin aguja, estériles, ensobrados individualmente, tipo V-14. |
||
170 |
Equipos para transfundir soluciones parenterales con microgotero sin aguja, estériles, ensobrados individualmente, tipo V-17. |
||
171 |
|||
172 |
Manoplas de polietileno bolsas x 100 |
||
173 |
Ovata de algodón de 20 cm x 3 mts. para uso ortopédico, de primera calidad. |
||
174 |
Sonda nasogástrica tipo K-9 |
||
175 |
Sonda p/alimentación nasogástrica tipo K-30 |
||
176 |
Sonda p/alimentación nasogástrica tipo k-33 |
||
177 |
Rollo Tela Adhesiva al óxido de zinc por 10 cm de ancho y 9 de largo, de primera calidad. |
||
178 |
Rollo Tela Adhesiva al óxido de zinc por 5 cm de ancho y 9 mts de largo, de primera calidad. |
||
179 |
Rollo Tela Adhesiva al óxido de zinc por 2,5 cm de ancho y 9 mts de largo, de primera calidad. |
||
180 |
Venda enyesada fraguado rápido 10cm x 5 mts. |
||
181 |
Venda enyesada fraguado rápido 15cm x 5 mts. |
||
182 |
Venda enyesada fraguado rápido 20cm x 5 mts. |
||
183 |
Guantes de examinación descartables de látex con polvo bi absorbible, tamaño small |
||
184 |
Guantes de examinación descartables de látex con polvo bi absorbible, tamaño medium |
||
185 |
Guantes de examinación descartables de látex con polvo bi absorbible, tamaño large |
||
186 |
Pares de guantes de látex estériles Nº 7 para cirugía |
||
187 |
Pares de guantes de látex estériles Nº 7 ½ para cirugía |
||
188 |
Pares de guantes de látex estériles Nº 8 para cirugía |
||
189 |
Pares de guantes de látex estériles Nº 8½ para cirugía |
||
190 |
Equipo pericraneal tipo butterffly 23 G, esteril, con doble envoltura,de primera calidad. |
||
191 |
Equipo pericraneal tipo butterffly 25 G, esteril, con doble envoltura,de primera calidad. |
||
192 |
Hoja de bisturi N° 24, esteril. |
||
193 |
Hoja de bisturi N° 11, esteril. |
||
194 |
Hoja de bisturi N° 15, esteril. |
||
195 |
Xxxxx xxxxx xx xxxxx via N° 14, esteril, de goma latex de primera calidad. |
||
196 |
Xxxxx xxxxx xx xxxxx via N° 16, esteril, de goma latex de primera calidad. |
||
197 |
Xxxxx xxxxx xx xxxxx via N° 18, esteril, de goma latex de primera calidad. |
||
198 |
Xxxxx xxxxx de triple xxx Xx 00, hematurica, con balón 30, esteril, envasadas individualmente, de primera calidad |
||
199 |
Tubo endotraqueal con balon N° 7. |
||
200 |
Tubo endotraqueal con balon N° 7 1/2 . |
||
201 |
Tubo endotraqueal con balon N° 8. |
||
202 |
Tubo endotraqueal con balon N° 8 1/2. |
||
203 |
Cateter de teflón radiopaco 14G intravenoso estéril, apirógeno. tipo Abbocath . |
||
204 |
Cateter de teflón radiopaco 16G intravenoso estéril, apirógeno tipo Abbocath |
||
205 |
Cateter de teflón radiopaco 18G intravenoso estéril, apirógeno tipo Abbocath |
||
206 |
Cateter de teflón radiopaco 20G intravenoso estéril, apirógeno, tipo Abbocath |
||
207 |
Cateter de teflón radiopaco 22G intravenoso estéril, apirógeno, tipo Abbocath |
||
208 |
Cateter de teflón radiopaco 24G intravenoso estéril, apirógeno, tipo Abbocath |
||
209 |
Agujas descartables 16/5, estériles, ensobradas individualmente, de primera calidad |
||
210 |
Agujas descartables 25/8, estériles, ensobradas individualmente, de primera calidad |
||
211 |
Agujas descartables 40/8, estériles, ensobradas individualmente, de primera calidad |
||
212 |
Jeringa para insulina graduada U 100, de tres elementos, estériles, descartables, apirógena, átoxica, sin aguja envasadas individualmente, de primera calidad. |
||
213 |
Jeringa para insulina graduada U 100, de tres elementos, estériles, descartables, apirógena, átoxica, con aguja 40/8, envasadas individualmente, de primera calidad. |
||
214 |
Jeringa por 10 cc de tres elementos, descartables, estériles, apirógenas, ensobradas individualmente, de primera calidad. |
||
215 |
Jeringa por 20 cc de tres elementos, descartables, estériles, apirógenas, ensobradas individualmente, de primera calidad. |
||
216 |
Jeringa por 5 cc de tres elementos, descartables, estériles, apirógenas, ensobradas individualmente, de primera calidad. |
||
217 |
Agujas para aplicaión subcutánea de insulina de 29G x ½" |
||
218 |
Cajas de 200 Lancetas para dígito punción, tipo Monolet similar o superior, embolsadas x 25 unidades. |
||
219 |
Bobinas de Papel Grado Medico, monolucido según normas IRAM 3108 de 80 cm de ancho x 100 m de largo |
||
220 |
Bobinas de Papel Grado Medico, monolucido según normas IRAM 3108 de 120 cm de ancho x 100 x xx xxxxx |
||
000 |
Kilos Papel uso Medico Liso, de 60 gramos por metro cuadrado, hemorrepelente, biodegradable, biobarrera, de microporosidad controlada, que responda a las normas B.S.6254 de aproximadamente de 60 cm de ancho por 90 cm de largo en resmas de 20-25 Kg. Blanco |
||
222 |
Kilos de papel uso Medico Liso de 60 gramos por metro cuadrado, hemorrepelente, biodegradable, biobarrera, de microporosidad controlada, que responda a las normas B.S.6254 de aproximadamente de 80 cm de ancho por 120 cm de largo en resmas de 20-25 Kg. blanco |
||
223 |
Paquetes por 1000 bolsas especiales de esterilización, elaboradas con Papel Uso Medico, según normas B.S.6255, con indicador seco para proceso de vapor de agua, 110 mm de ancho x 190 mm de largo y 30 mm de fuelle |
||
224 |
Paquetes por 1000 bolsas especiales para esterilización, elaboradas con Papel Uso Medico, según normas B.S.6255, con indicador seco para proceso de vapor de agua, 125 mm de ancho x 250 mm de largo y 50 mm de fuelle |
||
225 |
Paquetes por 1000 bolsas especiales para esterilización, elaboradas con Papel Uso Medico, según normas B.S.6255, con indicador seco para proceso de vapor de agua, 140 mm de ancho x 330 mm de largo y 50 mm de fuelle |
||
226 |
Paquetes por 1000 bolsas especiales para esterilización, elaboradas con Papel Uso Medico, según normas B.S.6255, con indicador seco para proceso de vapor de agua, 250 mm de ancho x 520 mm de largo y 65 mm de fuelle |
||
227 |
Paquetes por 1000 bolsas especiales para esterilización, elaboradas con Papel Uso Medico, según normas B.S.6255, con indicador seco para proceso de vapor de agua, 300 mm de ancho x 610 mm de largo y 125 mm de fuelle |
||
228 |
Paquetes por 1000 bolsas especiales para esterilización, elaboradas con papel de uso medico, con indicador seco para proceso de vapor de agua, con doble costura longitudinal e incluida en su interior una BANDA TERMOSOLDABLE que permite un cierre hermético certificado bajo normas B.S. 6257;E.N. ISO 9002 de 90 mm de ancho x 250 mm de largo, y 50 mm de fuelle |
||
229 |
Paquetes por 1000 bolsas especiales para esterilización, elaboradas con papel de uso medico, con indicador seco para proceso de vapor de agua, con doble costura longitudinal e incluida en su interior una BANDA TERMOSOLDABLE que permite un cierre hermético certificado bajo normas B.S. 6257;E.N. ISO 9002 de 125 mm de ancho x 250 mm de largo, y 50 mm de fuelle |
||
230 |
Paquetes por 1000 bolsas especiales para esterilización, elaboradas con papel de uso medico, con indicador seco para proceso de vapor de agua, con doble costura longitudinal e incluida en su interior una BANDA TERMOSOLDABLE que permite un cierre hermético certificado bajo normas B.S. 6257; E.N. ISO 9002 de 140 mm de ancho x 250 mm de largo, y 40 mm de fuelle |
||
231 |
Paquetes por 1000 bolsas especiales para esterilización, elaboradas con papel de uso medico, con indicador seco para proceso de vapor de agua, con doble costura longitudinal e incluida en su interior una BANDA TERMOSOLDABLE que permite un cierre hermético certificado bajo normas B.S. 6257; E.N. ISO 9002 de 140 mm de ancho x 330 mm de largo y 50 mm de fuelle |
||
232 |
Paquetes por 1000 bolsas especiales para esterilización, elaboradas con papel de uso medico, con indicador seco para proceso de vapor de agua, con doble costura longitudinal e incluida en su interior una BANDA TERMOSOLDABLE que permite un cierre hermético certificado bajo normas B.S. 6257; E.N. ISO 9002 de 250 mm de ancho x 380 mm de largo, y 100 mm de fuelle |
||
233 |
Envases mixtos aptos para esterilizar por VAPOR DE AGUA y OXIDO DE ETILENO con su correspondiente indicador químico, con una cara de papel "Uso Medico" y la otra de LAMINADO PLASTICO, certificado bajo normas B.S. 8871 E.N. ISO 9002 de 75 mm de ancho x 200 metros de largo sin fuelle |
||
234 |
Envases mixtos aptos para esterilizar por VAPOR DE AGUA y OXIDO DE ETILENO con su correspondiente indicador químico, con una cara de papel "Uso Medico" y la otra de LAMINADO PLASTICO, certificado bajo normas B.S. 8871 E.N. ISO 9002 de 100 mm de ancho x 200 metros de largo sin fuelle |
||
235 |
Envases mixtos aptos para esterilizar por VAPOR DE AGUA y OXIDO DE ETILENO con su correspondiente indicador químico, con una cara de papel "Uso Medico" y la otra de LAMINADO PLASTICO, certificado bajo normas B.S. 8871 E.N. ISO 9002 de 150 mm de ancho x 200 metros de largo sin fuelle |
||
236 |
Envases mixtos aptos para esterilizar por VAPOR DE AGUA y OXIDO DE ETILENO con su correspondiente indicador químico, con una cara de papel "Uso Medico" y la otra de LAMINADO PLASTICO, certificado bajo normas B.S. 8871 E.N. ISO 9002 de 250 mm de ancho x 200 metros de largo sin fuelle |
||
237 |
Envases mixtos aptos para esterilizar por VAPOR DE AGUA y OXIDO DE ETILENO con su correspondiente indicador químico, con una cara de papel "Uso Medico" y la otra de LAMINADO PLASTICO, certificado bajo normas B.S. 8871 E.N. ISO 9002 de 300 mm de ancho x 100 metros de largo y 60 mm de fuelle |
||
238 |
Envases mixtos aptos para esterilizar por VAPOR DE AGUA y OXIDO DE ETILENO con su correspondiente indicador químico, con una cara de papel "Uso Medico" y la otra de LAMINADO PLASTICO, certificado bajo normas B.S. 8871 E.N. ISO 9002 de 300 mm de ancho x 200 metros de largo sin fuelle |
||
239 |
Envases mixtos aptos para esterilizar por VAPOR DE AGUA y OXIDO DE ETILENO con su correspondiente indicador químico, con una cara de papel "Uso Medico" y la otra de LAMINADO PLASTICO, certificado bajo normas B.S. 8871 E.N. ISO 9002 de 400 mm de ancho x 100 metros de largo y 65 mm de fuelle |
||
240 |
Envases mixtos aptos para esterilizar por VAPOR DE AGUA y OXIDO DE ETILENO con su correspondiente indicador químico, con una cara de papel "Uso Medico" y la otra de LAMINADO PLASTICO, certificado bajo normas B.S. 8871 E.N. ISO 9002 de 400 mm de ancho x 200 metros de largo sin fuelle |
||
241 |
Kilos de Papel Uso Medico Crepado, de 60 gramos por metro cuadrado, hemorrepelente, biodegradable, biobarrera, de microporosidad controlada, que responda a las normas B.S. 6254 de aproximadamente 60 cm de ancho x 90 cm de largo en resmas de 20-25 Kilos, Azul |
||
242 |
Kilos de Papel Uso Medico Crepado, de 60 gramos por metro cuadrado, hemorrepelente, biodegradable, biobarrera, de microporosidad controlada, que responda a las normas B.S. 6254 de aproximadamente 80 cm de ancho x 120 cm de largo en resmas de 20-25 Kilos, Azul |
||
243 |
Kilos de Papel Uso Medico Crepado, de 60 gramos por metro cuadrado, hemorrepelente, biodegradable, biobarrera, de microporosidad controlada, que responda a las normas B.S. 6254 de aproximadamente 60 cm de ancho x 90 cm de largo en resmas de 20-25 Kilos, Verde |
||
244 |
Kilos de Papel Uso Medico Crepado, de 60 gramos por metro cuadrado, hemorrepelente, biodegradable, biobarrera, de microporosidad controlada, que responda a las normas B.S. 6254 de aproximadamente 80 cm de ancho x 120 cm de largo en resmas de 20-25 Kilos, Verde |
||
245 |
Bobinas de Papel Uso Medico Crepado, de 60 gramos por metro cuadrado, hemorrepelente, biodegradable, biobarrera, de microporosidad controlada, que responda a las normas B.S. 6254 de 80 cm de ancho Azul |
||
246 |
Bobinas de Papel Uso Medico Crepado, de 60 gramos por metro cuadrado, hemorrepelente, biodegradable, biobarrera, de microporosidad controlada, que responda a las normas B.S. 6254 de 80 cm de ancho Verde |
||
247 |
Rollos de CINTA AUTOADHESIVA de papel de 20-25 mm de ancho x 50 metros de largo |
||
248 |
Rollos de CINTA AUTOADHESIVA de papel de 50 mm de ancho x 50 metros de largo |
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249 |
Kilos de film de polietileno virgen, de 40 micrones de espesor y 50 mm de ancho en rollos de aproximadamente 6 Kg. cada uno |
||
250 |
Kilos de film de polietileno virgen, de 40 micrones de espesor y 100 mm de ancho en rollos de aproximadamente 6 Kg. cada uno |
||
251 |
Kilos de film de polietileno virgen, de 40 micrones de espesor y 500 mm de ancho en rollos de aproximadamente 6 Kg. cada uno |
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252 |
Envases de 1000 unidades de Sellos AutoAdhesivos de papel con indicador químico para control externo de procesos por Xxxxx Xxxxxx |
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253 |
Rollos de Cinta Autoadhesivas de papel de 20-25 mm de ancho x 50 metros de largo con indicador químico para control externo de procesos por calor Húmedo. |
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254 |
Indicador Químico en soporte de papel para el control del funcionamiento del esterilizador por Vapor de Agua, que mida temperatura, penetración y saturación del vapor, presencia y evacuación del aire y gases no condensables y exceso de temperatura en unidades ( TEST PACK ) ( Xxxxx & Dick ) |
||
255 |
Envases de 1000 unidades de Sellos AutoAdhesivos de papel con indicador químico para control externo de procesos por Calor Seco |
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256 |
Rollos de Cinta Autoadhesiva de papel de 20-25 mm de ancho x 50 metros de largo con indicador químico para control externo de procesos por calor Seco |
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257 |
Integrador Químico para calor seco que permita el control de los parámetros de tiempo y temperatura, en soporte de papel. |
||
258 |
Integrador Químico para calor seco que permita el control de los parámetros de tiempo y temperatura, en otro tipo de soporte. |
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259 |
Envases de 1000 unidades de Sellos AutoAdhesivos de papel con indicador químico para control externo de procesos por Oxido de Etileno |
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260 |
Rollos de Cinta Autoadhesivas de papel de 20-25 mm de ancho x 50 metros de largo con indicador químico para control externo de procesos por Oxido de Etileno |
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261 |
Indicador Biológico conteniendo Esporas de Bacilus Steathermophilus ATCC 7953, en soporte de papel, con no menos de 1.000.000, colocado en tubo de plástico de contextura que no permita su fisura y ampolleta xx xxxxxx con medio de cultivo apropiado que permita verificar la eficacia de esterilización, por Vapor de Agua, con tarjeta de datos técnicos, lote, vencimiento y población. |
||
262 |
Indicador Biológico conteniendo esporas de Bacilus Subtilis, var NIGER, en soporte de papel con no menos de 1.000.000, colocado en tubo de plástico de contextura que no permita su fisura y ampolleta xx xxxxxx con medio de cultivo apropiado que permita verificar la eficacia de la esterilización por Oxido de Etileno, con tarjeta de datos técnicos, lote, vencimiento y población. |
||
263 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con seda quirúrgica negra, trenzada, siliconada, calibre 6-0, largo 45 cm., con dos agujas, de 3/8 de círculo, punta cilíndrica, de 13 mm de longitud. |
||
264 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con seda quirúrgica negra, trenzada, siliconada, calibre 5-0, largo 75 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 15 mm de longitud. |
||
265 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con seda quirúrgica negra, trenzada, siliconada, calibre 3-0, largo 75 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 26 mm de longitud. |
||
266 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con seda quirúrgica negra, trenzada, siliconada, calibre 2-0, largo 75 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 26 mm de longitud. |
||
267 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con seda quirúrgica negra, trenzada, siliconada, calibre 2-0, argo 75 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 36 mm de longitud. |
||
268 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con seda quirúrgica negra, trenzada, siliconada, calibre 2-0, largo 75 cm., 4 hebras por sobre, con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 36 mm de longitud. |
||
269 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, siliconado, calibre 0, largo 75 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 36 mm de longitud. |
||
270 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, siliconado, calibre 2-0, largo 90 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 26 mm de longitud, con parche de teflón de 7mm X 3 mm X 1,5 mm |
||
271 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, siliconado, calibre 2-0, largo 90 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 20 mm de longitud, con parche de teflón de 3mm X 3 mm X 1,5 mm. |
||
272 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, siliconado, calibre 2-0, largo 75 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 20 mm de longitud. |
||
273 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, siliconado, calibre 2-0, largo 75 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 26 mm de longitud. |
||
274 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde trenzado, siliconado, calibre 2-0, largo 75 cm.,con una hebra verde y una hebra blanca, con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica de 26 mm de longitud. |
||
275 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, siliconado, calibre 2-0, largo 75 cm.,con una hebra verde y una hebra blanca, con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 20 mm de longitud. |
||
276 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, siliconado, calibre 2-0, largo 90 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 20 mm de longitud. |
||
277 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, siliconado, calibre 3-0, |
||
|
largo 90 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 26 mm de longitud. |
||
278 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, siliconado, calibre 3-0, |
||
|
largo 90 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 20 mm de longitud. |
||
279 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, siliconado, calibre 4-0, |
||
|
largo 75 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 17 mm de longitud. |
||
280 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico blanco, trenzado, siliconado, calibre 2-0, |
||
|
largo 75 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 20 mm de longitud. |
||
281 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, calibre 2, |
||
|
largo 75 cm., con una aguja, 3/8 de círculo, reverso cortante, de 75 mm de longitud. |
||
282 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con poliéster quirúrgico verde, trenzado, calibre 2-0, |
||
|
largo 90 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta diamante, de 26 mm de longitud. |
||
283 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 2-0, |
||
|
largo 90 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 26 mm de longitud. |
||
284 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 3-0, |
||
|
largo 90 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 26 mm de longitud. |
||
285 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 4-0, |
||
|
largo 90 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 26 mm de longitud. |
||
286 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 5-0, |
||
|
largo 75 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 17 mm de longitud. |
||
287 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 5-0, |
||
|
largo 75 cm., con dos agujas, 3/8 de círculo, punta cilíndrica, de 13 mm de longitud. |
||
288 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 6-0, |
||
|
largo 75 cm., con dos agujas, 3/8 de círculo, punta cilíndrica, de 13 mm de longitud. |
||
289 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 7-0, |
||
|
largo 60 cm., con dos agujas, 3/8 de círculo, punta cilíndrica, de 10 mm de longitud. |
||
290 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 7-0, |
||
|
largo 60 cm., con dos agujas negras, 3/8 de círculo, punta cilíndrica, de 10 mm de longitud. |
||
291 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 2-0, |
||
|
largo 75 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 20 mm de longitud. |
||
292 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 3-0, |
||
|
largo 75 cm., con dos agujas, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 17 mm de longitud. |
||
293 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 8-0, |
||
|
largo 45 cm., con dos agujas negras, 3/8 de círculo, punta cilíndrica, de 6 mm de longitud. |
||
294 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 1, |
||
|
largo 150 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 40 mm de longitud. |
||
295 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 0, |
||
|
largo 150 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 40 mm de longitud. |
||
296 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 2-0, |
||
|
largo 90 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 30 mm de longitud. |
||
297 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 5-0, |
||
|
largo 75 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 10 mm de longitud. |
||
298 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 3-0, |
||
|
largo 90 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta diamante, de 36 mm de longitud. |
||
299 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 2-0, |
||
|
largo 90 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 36 mm de longitud. |
||
300 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polipropileno quirúrgico azul, monofilamento, calibre 4-0, |
||
|
largo 90 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 15 mm de longitud. |
||
301 |
Sobre de sutura esterilizada, de ácido poliglicólico, violeta, trenzado, calibre 1, |
||
|
largo 150 cm., sin aguja. |
||
302 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 2/0, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 40 mm de longitud. |
||
303 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 2/0, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, 3/8 de círculo, reverso cortante, de 30 mm de longitud. |
||
304 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 2/0, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 36 mm de longitud. |
||
305 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 3/0, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 26 mm de longitud. |
||
306 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 4/0, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 26 mm de longitud. |
||
307 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 2, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, reverso cortante, de 40 mm de longitud. |
||
308 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 2-0, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, 3/8 de círculo, reverso cortante, de 26 mm de longitud. |
||
309 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 4-0, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 15 mm de longitud. |
||
310 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 3-0, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 20 mm de longitud. |
||
311 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 0, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 36 mm de longitud. |
||
312 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 1, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 36 mm de longitud. |
||
313 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 1, |
||
|
largo 150 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 40 mm de longitud. |
||
314 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 0, |
||
|
largo 150 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 40 mm de longitud. |
||
315 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 2, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, tipo MRF36, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 36 mm de longitud. |
||
316 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polidioxanona quirúrgica, monofilamento, calibre 6-0, |
||
|
violeta, largo 75 cm., con una aguja, 3/8 de círculo, punta cilíndrica, de 10 mm. de longitud |
||
317 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polidioxanona quirúrgica, monofilamento, calibre 6-0, |
||
|
violeta, largo 75 cm., con una aguja, 3/8 de círculo, punta cilíndrica, de 13 mm. de longitud |
||
318 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con polidioxanona quirúrgica, monofilamento, calibre 7-0, |
||
|
violeta, largo 75 cm., con una aguja, 3/8 de círculo, punta cilíndrica, de 10 mm. de longitud |
||
319 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 2, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta cilíndrica, de 36 mm de longitud. |
||
320 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 3-0, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 3/8 círculo, reverso cortante, de 24 mm de longitud. |
||
321 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con ácido poliglicólico quirúrgico violeta, trenzado, calibre 4-0, |
||
|
largo 70 cm., con una aguja, de 3/8 círculo, reverso cortante, de 20 mm de longitud. |
||
322 |
Cera para huesos, ensobrada individualmente con 2,5 gr. cada unidad. |
||
323 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con acero quirúrgico 316LVM, calibre 5, 4 hebras por sobre, |
||
|
largo 45 cm., con una aguja, de 1/2 círculo, punta diamante, de 48 mm de longitud |
||
324 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con acero-plata quirúrgica torcido, revestido en PTFE, |
||
|
Calibre 2-0,largo 60 cm., con dos agujas, una recta tipo RT60 mm., reverso cortante, y otra |
||
|
de 1/2 circulo punta cilíndrica, de 26 mm de longitud, para estimulación epicárdica. |
||
325 |
Esponja hemostática de 80 X 50 X 10 |
||
326 |
Sobre de sutura esterilizada, lino quirúrgico xxxxxx, calibre 0, de 90 cm. longitud, 10 hebras por sobre. |
||
327 |
Sobre de sutura esterilizada, lino quirúrgico xxxxxx, calibre 1, de 90 cm. longitud, 10 hebras por sobre. |
||
328 |
Sobre de sutura esterilizada, lino quirúrgico xxxxxx, calibre 2-0, de 90 cm. longitud, 10 hebras por sobre. |
||
329 |
Sobre de sutura esterilizada, lino quirúrgico xxxxxx, calibre 3-0, de 90 cm. longitud, 10 hebras por sobre. |
||
330 |
Sobre de sutura esterilizada, lino quirúrgico xxxxxx, calibre 4-0, de 90 cm. longitud, 10 hebras por sobre. |
||
331 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con nylon negro, monofilamento, calibre 4-0, |
||
|
largo 45 cm., con una aguja, 3/8 de círculo, reverso cortante, de 20 mm de longitud. |
||
332 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con nylon negro, monofilamento, calibre 3-0, |
||
|
largo 45 cm., con una aguja, 3/8 de círculo, reverso cortante, de 20 mm de longitud. |
||
333 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con nylon quirúrgico negro, monofilamento, calibre 2-0, |
||
|
largo 75 cm., con una aguja, recta, reverso cortante, de 60 mm de longitud. |
||
334 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con nylon quirúrgico negro, monofilamento, calibre 2-0, |
||
|
largo 45 cm., con una aguja, 3/8 de círculo, reverso cortante, de 30 mm de longitud. |
||
335 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con nylon quirúrgico negro, monofilamento, calibre 4-0, |
||
|
largo 45 cm., con una aguja, 3/8 de círculo, reverso cortante, de 19 mm de longitud. |
||
336 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con nylon quirúrgico negro, monofilamento, calibre 9-0, |
||
|
largo 30 cm., con dos agujas, 3/8 de círculo, espatulada, de 6 mm de longitud. |
||
337 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con nylon quirúrgico negro, monofilamento, calibre 9-0, |
||
|
largo 30 cm., con dos agujas, 3/8 de círculo, espatulada, de 6,4 mm de longitud. |
||
338 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con nylon quirúrgico negro, monofilamento, calibre 10-0, |
||
|
largo 30 cm., con dos agujas, 3/8 de círculo, espatulada, de 6,4 mm de longitud. |
||
339 |
Sobre de sutura esterilizada, enhebrada con nylon quirúrgico negro, monofilamento, calibre 10-0, |
||
|
largo 30 cm., con dos agujas, 3/8 de círculo, espatulada, de 6 mm de longitud. |
||
340 |
Tubo con Xxxxxx para medición de tiempo de coagulación activada |
||
341 |
Carreteles xx xxxx N° 100 |
||
342 |
Carreteles xx xxxx N° 70 |
||
343 |
Carreteles xx xxxx N° 40 |
||
344 |
Frascos x 250 ml. de Contraste Iodado para estudios urológicos (Uretrocistografía) con concentración de sales 30 % y sus respectivas guías con macrogotero. |
||
345 |
Frascos por 250 ml. de Contraste Iodado para estudios pediátricos urológicos (Uretrocistografía) con concentración de sales inferior al 18 % y sus respectivas guías con macrogotero. |
||
346 |
|||
347 |
Medios de contraste Iodo-iónico de baja osmolaridad -frasco ampolla de 50 ml o volumen equivalente (Hexabrix). |
||
348 |
Sulfato de Bario polvo de alta densidad en envase de 340 grs.o volumen equivalente, con agente productor de gas (efervescente). |
||
349 |
Sulfato de bario polvo de alta densidad sabor vainilla, o sin sabor, para uso pediátrico. Envase de 340 grs. o volumen equivalente. |
||
350 |
Bolsa de sulfato de Bario- polvo para preparar suspensión o suspensión para uso rectal con acteter de retención. |
||
351 |
Jeringas prellenadas de 125 cc. o volumen equivalente de contraste iodado no iónico, o frasco ampolla de volumen equivalente, especialemente adaptada para inyección automática de contraste para tomografía, y los elementos necesarios para el llenado de las jeringas, con conectores ( dos conectores por jeringas) adecuados para los inyectores a instalar. Los inyectores serán provistos por el oferente en carácter de comodato, de no poseerlo el servico (cinco inyectores) |
||
352 |
Jeringas prellenadas de 125 cc. o volumen equivalente de contraste iodado no iónico, o frasco ampolla de volumen equivalente, especialemente adaptada para inyección automática de contraste para hemodinamia, y los elementos necesarios para el llenado de las jeringas, con un conector adecuados para los inyectores a instalar. Los inyectores serán provistos por el oferente en carácter de comodato, de no poseerlo el servico (dos inyectores) |
||
353 |
Medio de contraste Iodado no iónico en frasco ampolla o jeringa prellenada ( manual) de 50 ml. o volumen equivalente. |
||
354 |
Medio de Contraste Iodado para histerosalpingografía en frasco ampolla de 20 ml. |
||
355 |
Medio de Contraste Iodado iónico en frasco ampolla de 50 ml. o volumen equivalente-concentración de yodo 300 a 400 mg/ml. Ioxitalamato de Meglumina-Ioxitalamato de Sodio-Iotalamato de Meglumina-Iotalamato de Sodio) |
||
356 |
Oxigenador de sangre a membrana neonatologico |
||
357 |
Oxigenador de sangre a membrana infantil |
||
358 |
Oxigenador de sangre a membrana pediatrico |
||
359 |
Oxigenador de sangre a mambrana adulto con reservocio y tubuladuras, completos |
||
360 |
Unidades de cemento acrílico Subiton para plástica de cráneo de 12 minutos de xxxxxxxx |
||
000 |
Mechas autobloqueantes tipo Aesculap similar o superior de 14 mm de diámetro (descartables). |
||
362 |
Xxxxxxx xx Xxxxx. De 50 a 60 mm de largo, acero reforzado, tipo Aesculap, similar o superior |
||
363 |
Parasierras xx Xxxxx de bajo perfil y alta flexibilidad. Tipo Medicom, similar o superior |
||
364 |
Sistema de drenaje ventricular al exterior cerrado con bolsa colectora de 500 ml, válvula antireflujo llave de 3 vías y catéter ventricular con marcas radiopacas numeradas |
||
365 |
Clips permanente para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap similar o superior: FT 740 |
||
366 |
Clips permanente para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap similar o superior: FT 742 |
||
367 |
Clips permanente para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap similar o superior: FT 746 |
||
368 |
Clips permanente para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap similar o superior: FT 748 |
||
369 |
Clips permanente para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap similar o superior: FT 750 |
||
370 |
Clips permanente para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap similar o superior: FT 752 |
||
371 |
Clips permanente para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap similar o superior: FT 758 |
||
372 |
Clips permanente para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap similar o superior: FT 760 |
||
373 |
Clips transitorios para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap, similar o superior FT 250 T |
||
374 |
Clips transitorios para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap, similar o superior FT 262 T |
||
375 |
Mini clips para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap ó similarres :FT 000 X |
||
000 |
Mini clips para aneurisma cerebrales de titanio modelo Yasargil tipo Aesculap ó similarres :FT 000 X |
||
000 |
Cajas de Surgicel con 12 sobres de 10 x 7 cm. |
||
378 |
Cajas de Esponja Hemostática tipo Surgicel (Spongostan Standard), similar o superior con 10 sobres de 10 x 20 cm. |
||
379 |
Biosensores para la determinación de glucemia |
||
380 |
Glibenclamida 5mg comp |
||
381 |
Glucagón ampolla |
||
382 |
Insulina aspártica (Novorapid®) flexpen jeringa prellenada x 3 ml |
||
383 |
Insulina detemir (Levemir®) flexpen jeringa prellenada x 3 ml |
||
384 |
Insulina glargina (Lantus®) solostar jeringa prellenada x 3 ml |
||
385 |
Insulina glulisina (Apidra®) solostar jeringa prellenada x 3 ml |
||
386 |
Insulina Humana Isofana Inyectable jeringa prellenada x 3 ml |
||
387 |
Topiramatp 50 mg comprimidos |
||
388 |
Valproato de magnesio 200 mg comprimidos |
||
389 |
Piridostigmina bromuro 60 mg comprimidas |
||
390 |
Alprostadil 500mcg/ml ampolla |
||
391 |
Amoxicilina 500 mg susp.x 90 ml |
||
392 |
Aspirador mva plus |
||
393 |
Azitromicina ampolla x 15 ml |
||
394 |
Betametasona 0.5 mg gotas |
||
395 |
Brazalete Madre- Niño (pulsera de identificación ) cajas x 1000 unidades |
||
396 |
Budesonide 200 mcg+ Aeromed aerosol x 200 dosis |
||
397 |
Cánula nasal para Oxigeno (bigoteras) |
||
398 |
Cánulas Vaginales tamaño tipo 10 |
||
399 |
Cánulas Vaginales tamaño tipo 12 |
||
400 |
Cánulas Vaginales tamaño tipo 4 |
||
401 |
Cánulas Vaginales tamaño tipo 5 |
||
402 |
Cánulas Vaginales tamaño tipo 6 |
||
403 |
Cánulas Vaginales tamaño tipo 7 |
||
404 |
Cánulas Vaginales tamaño tipo 8 |
||
405 |
Cánulas Vaginales tamaño tipo 9 |
||
406 |
Cardiobron 500 mcg/ml amp. |
||
407 |
Dixidrol Sales de hidratación frasco x 500 ml |
||
408 |
Eritromicina 200 mg susp x 5 ml |
||
409 |
Ibuprofeno 2% susp/ 90 ml |
||
410 |
Kit de Resucitador pediátrico |
||
411 |
kit pediátrico chico (garganta) |
||
412 |
kit pediátrico grande (garganta) |
||
413 |
Labetalol comp. 200 mg |
||
414 |
Labetalol Iny. 4 ml |
||
415 |
Misoprostol 200 mg |
||
416 |
Palivizumab 100 mg frasco ampolla |
||
417 |
salbutamol 100 mcg+ aeromed |
||
418 |
Solución de Hidratación Oral (Dixidrol) Dextrosa + Potasio cloruro + Sodio citrato + Sodio cloruro |
||
419 |
Solución Polielectrolítica (coronar) Dextrosa al 2% |
||
420 |
Sulfato de Magnesio 25% amp x 5ml |
||
421 |
Sulfato Ferroso + Acido Fólico comp |
||
422 |
Surfactante B susp. 120 mg intrat. FA |
||
423 |
Surfactante B susp. 240 mg intrat. FA |
||
424 |
Aerocamaras |
||
425 |
Salmeterol + Fluticasona 250/25 x 120 dosis |
||
426 |
Salmeterol + Fluticasona 125/25 x 120 dosis |
||
427 |
Meprednisona 8mg comp |
||
428 |
Acetato de butilo eosina |
||
429 |
Acido acético puro |
||
430 |
Acido tricloroacético |
||
431 |
Agujas biopsia 10 cm |
||
432 |
Agujas biopsia 15 cm |
||
433 |
Alcohol absoluto 100% |
||
434 |
Bálsamo de Canada |
||
435 |
Carbón activado ampollas |
||
436 |
cepillo medibrush vaginal |
||
437 |
Colectores endocervicales |
||
438 |
Cubreobjetos |
||
439 |
EA 36 |
||
440 |
Espátulas xx xxxx |
||
441 |
Espéculos chicos |
||
442 |
Espéculos grandes |
||
443 |
Espéculos medianos |
||
444 |
Formol |
||
445 |
Hematoxdicilina |
||
446 |
Hisopos no estériles |
||
447 |
Lápiz demográfico |
||
448 |
|||
000 |
Xxxxxx |
||
000 |
Loción Escabicida |
||
451 |
Lupa |
||
452 |
Marcadores pre quirúrgicos |
||
453 |
Orange G-6 |
||
454 |
Parafina |
||
455 |
Percloruro férrico |
||
456 |
|||
457 |
Portaobjetos |
||
458 |
Solución de lugol |
||
459 |
albendazol |
||
460 |
Doxicilina 100 mg comp |
||
461 |
Mebendazol |
||
462 |
Oseltamivir 75 mg |
||
463 |
Oseltamivir 30 mg polvo |
||
464 |
pastillas potabilizadoras xxxxxx |
||
000 |
XXXXXXXXXXX JBE X 60 ML. |
||
466 |
Zanamivir polvo 75 mg |
||
467 |
Acido paraminosalicilico Pas 4gr. (frío) |
||
468 |
Acido paraminosalicilico Pas 4gr. (t ambte) |
||
469 |
Capreomicina 1gr. Comp. |
||
470 |
Cicloserina 250 mg. Comp. |
||
471 |
Ciprofloxacina 500 mg. Comp. |
||
472 |
Cuadruple: Rifampicina 150 mg. + Isoniacida 75 mg. + Pirazinamida 400 mg.+Etambutol 275 mg. |
||
473 |
Dapsona 100mg (HIV-TBC) |
||
474 |
Doble: Isoniacida 150 mg. + Rifampicina 300 mg. Comp. |
||
475 |
Estreptomicina ampollas 1gr. |
||
476 |
Etambutol 400 mg. Comp. |
||
477 |
Etionamida 250 mg. Comp. |
||
478 |
Isoniacida 100 mg. Comp. |
||
479 |
Isoniacida 300 mg. Comp. |
||
480 |
Kanamicina 1gr. xxx xxx. |
||
000 |
Xxxxxxxxxxxxx 000 mg Comp. |
||
482 |
Linezolid 500 mg comp |
||
483 |
Moxifloxacina 400 mg. Comp. |
||
484 |
Ofloxacina 200 mg. Comp. |
||
485 |
Pirazinamida 250 mg. Comp. |
||
486 |
Pirazinamida 400 mg. Comp. |
||
487 |
Protionamida 250 mg. Comp. |
||
488 |
Rifabutina 150mg x 30 comp |
||
489 |
Rifampicina 300mg. Comp. |
||
490 |
Rifampicina Jarabe |
||
491 |
Triple: Rifampicina 150 + Isoniacida 75 mg.+ Pirazinamida 400 mg. Comp. |
||
492 |
Aceite de Inmersión |
||
493 |
Acido Clorhidrico 37% |
||
494 |
Acido Fenico |
||
495 |
Ansas de Plástico Descartables |
||
496 |
Azul de Metileno |
||
497 |
Barbijos Descartables |
||
498 |
Fucsina Básica |
||
499 |
Pipetas Pasteur U |
||
500 |
Potes para Esputo |
||
501 |
Tubos de Ensayo xx xxxxxx con tapa a rosca |
||
502 |
Tubos para centrifuga plásticos con tapa a rosca |
||
503 |
alcohol en gel |
||
504 |
Amoxicilina 500 mg |
||
505 |
atenolol 50 mg |
||
506 |
Cefalexina 250 mg |
||
507 |
Cefalexina 500 mg |
||
508 |
cefalexina susp |
||
509 |
Diclofenac 50 mg |
||
510 |
Difenhidramina 12,50 grs |
||
511 |
Difenhidramina 50 mg |
||
512 |
Enalapril 10 mg |
||
513 |
Homatropina Metilbromuro 4 mg |
||
|
|
|
ANEXO II
Orden |
Lugar de destino |
Localidad |
1 |
Sede R.S. I. |
Bahia Blanca |
2 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos Xx.Xxxx Xxxxx |
Bahia Blanca |
3 |
Hosp.Subzonal Especializado de Medanos |
Medanos |
4 |
Sede R.S. I.I |
Pehuajó |
5 |
Hosp.Subzonal Xxxx.xx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxx |
0 xx Xxxxx |
0 |
Sede R.S. I.I.I |
Junin |
7 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos Xxxxxxx Xxxxxxx |
Xxxxx |
8 |
Sede R.S. I.V |
Pergamino |
9 |
Hosp.Nuestra Señora del Xxxxxx |
Xxxxxx xx Xxxxx |
10 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx "San Xxxx" |
Pergamino |
11 |
Hosp,Zonal de Agudos "San Xxxxxx" |
San Xxxxxxx |
12 |
Sede R.S. X |
Xxxxxxxx |
00 |
Xxxx,Xxxxx "Xx.Xxxxxxx Xxxxx" |
Xxxxxxx |
14 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos "Xxx Xxxxx" |
San Xxxxxx |
15 |
Hosp.Zonal Gral."Xxxxxx Xxxxxxxx" |
San Xxxxxx |
16 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos "Gdor.Xxxxxxx Xxxxxxxx" |
Xxxx X. Xxx |
17 |
Hosp.Zonal de Agudos y Cronicos "Xx.X.Xxxxxxxxxx" |
Florida |
18 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos "Xxxxxxxxx X.xx Xxxxxxxx" |
General Xxxxxxx |
19 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos "Xxxxxxx X.xx Xxxxxxx" |
San Xxxxxxxx |
20 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos "Xxxxxx xxx Xxxxxx" |
Xxxxxx |
21 |
Hosp.Zonal Gral. "Xxxxxxx y Xxxxxxx de la Xxxx" |
Moreno |
22 |
Hosp.Zonal Esp.Odontologia y Ortodoncia "Xx.X.X.Xxxxxxx" |
Olivos |
23 |
Sede R.S. V I |
Xxxxx xx Xxxxxx |
24 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos "Xxxxx X.Xxxxxxxx" |
Adrogué |
25 |
Hosp.Subzonal Especializado R."Xx.Xxxx Xxxxx" |
Xxxxxxx |
26 |
Hosp.Subzonal Esp.Materno Infantil "Xxx Xxxxxx" |
Xxxxxxxxxx |
00 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Xxxxxx "Xxxxx Xxxxxxx" |
Xxxxxxxxxx |
28 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos "Pte. Xxxxx" |
Avellaneda |
29 |
Hosp.Zonal de Agudos "Madre Xxxxxx xx Xxxxxxx" |
Ezeiza |
30 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos "Evita" |
Xxxxx |
00 |
Xxxx.Xxxxx Xxxx.xx Xxxxxx "Xx.Xxxxxxx Xxxxx" |
Xxxxx |
00 |
Hosp.Local Xxxx.xx Agudos "Xx.Xxxxxx Xxxx" |
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
33 |
Servicio Zonal de Oncologia xx Xxxxx |
Lanús |
34 |
Hosp.Interz.Espec."Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx" |
Xxxxxxxxx |
35 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos "Xxxxx X.xx Xxxxxxxx" |
Xxxxx xx xxxxxx |
36 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos "Xx.Xxxxxxx Xxxxxxx" |
Quilmes |
37 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos "Evita Pueblo" |
Berazategui |
38 |
Hosp.Zonal Gral."Xx.Xxxxxx Xxxxxxxx" |
Xxxxxx Xxxxxxx |
39 |
Sede R.S. V I I A |
San Justo |
40 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos "Xx.Xxxxx Xxxxxxxxxx" |
San Justo |
41 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos "Prof.Xx.Xxxx X.Xxxxxx" |
Xxxxx |
42 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos "Xx.Xxxxxx Xxxxxxxxxx" |
Loma Hermosa |
43 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos "Xx.Xxxxx Xxxxxxxx" |
Ciudadela |
44 |
X.Xxxxxxxx Xxxxx |
Xxxxxxxx Xxxxx |
45 |
Sede R.S. X X X X |
Xxxxx |
00 |
Hosp."Xxxxxxx Xxxxx y Planes" |
Gral. Xxxxxxxxx |
47 |
Hosp.Interz.Espec."Colonia Xx. X.Xxxxxx" |
Open Door |
48 |
Hosp.Zonal Gral. "Heroes de Malvinas" |
Merlo |
49 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos "Xxxxx Xxxxxx" |
Xxx xxx Xxxxx |
00 |
Hosp.Interz. Esp.Materno Infantil "Xxxxxxxx Xxxxxxxxx" |
Xxx xxx Xxxxx |
52 |
Hosp.Subzonal Esp.Neuropsiquiatrico "Xx.X.Xxxxxxxxxxx" |
Xxxxxxxx |
53 |
Sede R.S. I X |
Azul |
54 |
Hosp.Zonal Esp.Materno Infantil "Argentina Xxxxx" |
Xxxx |
00 |
Xxxx.Xxxxx Xxxx. Xx Xxx Xxxxxx |
Xxx Xxxxxx |
56 |
Hosp.Zonal Xxx.xx Oncologia "Xxxxxxx Xxxxxxxx" |
Xxxxxxxxx |
57 |
Hosp.Local Esp. En Salud Mental xx Xxxxxx |
Hinojo |
58 |
Hosp.Geriatrico de Cronicos "Cardenal Xxxxxxx Xxxxxxx" |
Xxxxx |
59 |
Servicio de Psiquiatria de Azul |
Azul |
60 |
X.X.X.X. Xxxxx |
La Colina |
61 |
Sede R.S. X |
Chivilcoy |
62 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos xx Xxxxx |
Lobos |
63 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos "Xxxx Xxxxxxx" |
Mercedes |
64 |
Hosp.Zonal Gral. "Xx.Xxxxxxx" |
Saladillo |
65 |
Sede R.S. X I |
Ensenada |
66 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos "Xx.Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx" |
Xxxxxxx |
00 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxx.xx Xxxxxx x Xxxxxxxx"Xx.Xxxxxxxxx Xxxx" |
Xxxxxxx Xxxxxx |
68 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos "Gral.Xxxx de San Xxxxxx" |
La Plata |
69 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxx.xx Agudos "Sup.Sor Xxxxx Xxxxxxxx" |
La Plata |
70 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxxx.xx Agudos "Prof.Xx.Xxxxxxx Xxxxx" |
La Plata |
71 |
Xxxx.Xxxxxx.Xxx.xx Agudos y Cronicos"San Xxxx xx Xxxx" |
La Plata |
72 |
Hosp.Zonal Especializado "Xx.Xxxx Xxxxxx" |
La Plata |
73 |
H.S.E.E- De la Xxxxx xx Xxxxxx de Oca |
La Plata |
74 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos "San Xxxxx" |
Gonnet |
75 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Xxxxxx "Xx.Xxxxxxx Xxxxxxxxx" |
Xx Xxxxx |
00 |
Xxxx.Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx "Xx.Xxxxxx Xxxxxxx" |
La Plata |
77 |
Instituto de Hemoterapia |
Xx Xxxxx |
00 |
Xxxx.Xxxxx Xxxx.xx Xxxxxx "Dra.Xxxxxxx Xxxxxxxx" |
Guernica |
79 |
Hosp.Zonal Especializado "Reencuentro" |
Xx Xxxxx |
00 |
Hosp. "Xxxxx Xxxxxx Xxxxx" |
San Xxxxxx xxx Xxxxx |
81 |
Hosp.Subzonal Especializado "San Xxxxx" |
Xxxxxxxx Xxxxx |
00 |
Hosp.Subzonal Especializado "X.Xxxxxxxxxx" |
Xxxxxxx Xxxxxx |
83 |
Hosp.Subzonal Especializado "Xxxxx Xxxxx" |
Uribelarrea |
84 |
Hosp.Subzonal Especializado "Xx.Xxxxx Xxxxx" |
La Plata |
85 |
Hosp.Zonal Campo de la Salud 29 de |
Ensenada |
86 |
Hosp.Zonal Xxxx.xx Agudos "Xxxxxxx Xxxxxxx" |
Ensenada |
87 |
H.Mi Pueblo |
Xxxxxxxxx Xxxxxx |
88 |
Depósito Central Dirección Provincial de Hospitales |
Ensenada |
89 |
Direccion de Salud Mental |
Ensenada |
90 |
Sede R.S. V I I I |
Xxx xxx Xxxxx |
91 |
Servicio de Xxxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxx |
Xxxxxx |
00 |
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx |
Xxxxxxx Xxxxxxx |
94 |
Servicio Penitenciario |
La Plata |
96 |
Us Vias Respiratorias Xxxxx |
Xxxxx |
00 |
Progema |
Ensenada |
100 |
Cucaiba Dt |
Ensenada |
101 |
Servicio Hemoterapia Xxx Xxx Xxxxx |
Xxx xxx Xxxxx |
000 |
Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx |
Xxxxxxx Xxxxxxx |
106 |
Dir.Atencion Primaria |
Xx Xxxxx |
000 |
Xxxx.Xxxxx.Xxxxxxxx |
Xxxxxxxx |
122 |
Servicio de Hemoterapia |
Xx Xxxxx |
000 |
Xxxxx Xxxxxxxxxx |
Xxxxx Xxxxxx |
125 |
Hematologia Hospital de Niños |
La Plata |
127 |
Hospital Xxxxxxxx de San Xxxxxxx |
San Xxxxxxx |
129 |
Direccion Central de Vacunas |
Xxxxxxx Xxxxxx |
000 |
Xxxxxxxxx xx Xxxx X.Xxx |
Xxxx X. Xxx |
149 |
Xx. Xxxx Xxxxxxx |
San Xxxxxx |
151 |
Xx.Xxxxxxx Xxxxx |
Xxxxx |
156 |
Xxxx.xx Niños San Justo |
San Jsuto |
160 |
Xx.Xxxxx Xxxxxxxx |
Xxxxxxxx |
161 |
Hospital Xxxxxxxx de la localidad de Xxxxxxxx |
Xxxxxxxx |
000 |
Xx. Xxxxx Xxxxxxxx |
Ciudadela |
164 |
Dirección Provincial de Hospitales |
La Plata |
165 |
Municipio de Azul |
Azul |
166 |
Hospital Xx.Xxxxx |
Xxxxxxx |
000 |
Xxxxx xx Xxxxxx |
Xxxxxxx Xxxxxxx |
168 |
Hospital Xxxxxxx |
Xxx Xxxxxx |
000 |
Xxxxxxxx xx Xxxxx xx Xxx Xxxxx |
Xxx Xxxxx |
190 |
Sub. De Salud y Desarrollo Social Mun.X.Xxxxxx |
Xxxxx xx Xxxxxx |
200 |
Sec.Des.Soc.Munic.X.Xxxxxx |
Xxxxxxxxx Xxxxxx |
201 |
Deposito Cámara de vacunas |
La Plata (Xxxxxxx Xxxxxx) |
211 |
Hospital Materno Infantil Xx. Xxxxxxx Xxxxx |
San Xxxxxxxxx Xxxxxx |
230 |
Hospital Municipal Xxxxxxx de la localidad de Xxxxx xx Xxxxxx |
Xxxxx xx Xxxxxx |
231 |
Laboratorio central Instituto Biológico: Xxxxxxxxx xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx x/ 000 x 000 |
Xx Xxxxx |
232 |
Laboratorio Solidaridad: 000 x/ 00 x 00- |
Xxxxxxxxxxx |
000 |
X.X.X.X Nº3: xxxxx Xxxxxx 0000/ |
Xxxxx Xxxxxx |
234 |
Laboratorio Irurzun: Calle 541 nº 3550 |
Quequen / Xxxxxxxx |
ANEXO III
Acta de recepción de medicamentos, insumos hospitalarios y
productos médicos por parte de los proveedores.
Acta Nº…..
Fecha de recepción:
Nº de O/C:
Remito Nº:
Proveedor:
En el día de la fecha, se verifica que los medicamentos, insumos hospitalarios y/o productos médicos detallados en el remito entregado por parte del proveedor coinciden con los datos de la Orden de Compra informada por el Ministerio de Salud (plazo de entregas y cantidades, en unidades, a entregar).
Firma:
Aclaración:
ANEXO D
PLANILLA DE OFERTA ECONÓMICA
Datos de la Licitación Pública |
Número: 146/16
Ejercicio: 2016
Expediente N°: 2900-14039/15.
Datos del Organismo Contratante
Denominación: Xxxxxxxxxx xx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Domicilio: Xxxxx 00 Xx 0000, Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxx, Xx Xxxxx.
Datos del Oferente
Nombre o Razón Social:
C.U.I.T.:
Número Proveedor del Estado:
Domicilio Comercial:
Domicilio Legal:
Ren-glón |
cantidad |
Descripción |
P.U. NETO |
P.T. NETO |
1 |
6 meses |
Abono mensual por 850 posiciones. Según punto B de las Especificaciones Técnicas Básicas.- |
|
|
2 |
50 adicionales |
El precio unitario por el almacenamiento de cada pallets adicional al abono mensual, conteniendo medicamentos e insumos médicos, con temperatura controlada (+15ºC - +25 °C) |
|
|
3 |
40 adicionales |
El precio unitario por el almacenamiento de cada pallets adicional al abono mensual, conteniendo medicamentos e insumos médicos, cámara de frío (+2ºC +8ºC) |
|
|
4 |
6 meses |
El precio de un abono mensual por el servicio de Preparación, Provisión de Insumos (packaging) y Distribución de hasta 100 pedidos, los cuales no superarán los 100 m3 de medicamentos e insumos médicos, a cualquiera de los destinos detallados en el Anexo II. |
|
|
5 |
25 adicionales |
El precio unitario del m3 excedente del abono detallado en el punto anterior, por el servicio de Preparación, Provisión de Insumos (packaging) y Distribución de medicamentos e insumos médicos, a cualquiera de los destinos detallados en el Anexo II. |
|
|
|
|
|
|
Importe Total de la Propuesta, son PESOS (en números y letras) …………………..…….…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
Garantía de Mantenimiento de Oferta |
|
||||||
Tipo: |
|
|
|
||||
Importe: |
|
$ ……………………………………………………………………………………………………… |
|||||
|
|
|
Importe de la Garantía de Oferta, son PESOS ….……………………………………………… |
||||
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Firma y Sello del Oferente |
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