Definición de AUTORIDAD CONVOCANTE

AUTORIDAD CONVOCANTE. Significa el MINISTERIO DE TRANSPORTE, o la repartición gubernamental o entidad que lo sustituya en el desempeño de sus funciones.
AUTORIDAD CONVOCANTE en el caso de la Administración Pública Nacional es el Ministro a cuya jurisdicción corresponde el Proyecto y, en el caso de los demás entes del Sector Público Nacional, es la Autoridad Superior del ente que actuará como Ente Contratante.
AUTORIDAD CONVOCANTE. Significa la SECRETARIA DE GOBIERNO DE

Examples of AUTORIDAD CONVOCANTE in a sentence

  • Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones no esenciales contenidos en las ofertas se interpretará en todos los casos en el sentido de brindar a la Autoridad Convocante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles.

  • Cuando la importancia de la contratación así lo justifique, la Autoridad Convocante podrá requerir la presencia de un escribano de la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

  • La Autoridad Convocante deberá dar traslado por un plazo de CINCO (5) días de la impugnación al Oferente cuya oferta fuera impugnada.

  • Los Pliegos serán elaborados y aprobados por la Autoridad Convocante y regirán las contrataciones que celebre dicha autoridad al amparo de la Ley.

  • Previo al acto de adjudicación, la Autoridad Convocante deberá solicitar la intervención de la UNIDAD DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA para que dictamine acerca del procedimiento de selección desarrollado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley.

  • El acto de adjudicación deberá ser dictado por la Autoridad Convocante y será notificado al adjudicatario o adjudicatarios y al resto de los Oferentes, dentro de los TRES (3) días de dictado.

  • En aquellos casos en que la Autoridad Convocante entregue copias xxx Xxxxxx, sólo se podrá establecer para su entrega el pago de una suma equivalente al costo de reproducción de los mismos, la que deberá ser establecida en la convocatoria.

  • Las ofertas se deberán presentar en el lugar y hasta el día y hora que determine la Autoridad Convocante en la convocatoria.

  • Además, en todos los casos, la convocatoria se difundirá en el sitio web de la UNIDAD DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA y en el sitio web de la Autoridad Convocante, desde el día en que se le comience a dar publicidad en el órgano oficial de publicación de los actos de gobierno.

  • Según la naturaleza del Proyecto, y de modo adicional, la Autoridad Convocante podrá disponer la publicación de la convocatoria en medios de circulación masiva en el país o en el extranjero.


More Definitions of AUTORIDAD CONVOCANTE

AUTORIDAD CONVOCANTE. Significa la Agencia de Administración de Bienes del Estado, o la repartición gubernamental o entidad que actúe en tal carácter por delegación o la sustituya en el desempeño de sus funciones.
AUTORIDAD CONVOCANTE. Es la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
AUTORIDAD CONVOCANTE. Significa la SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGÍA,
AUTORIDAD CONVOCANTE. Es la MUNICIPALIDAD, representada a través del organismo que designe el Departamento Ejecutivo Municipal, o la entidad que actúe en tal carácter por delegación o la sustituya en el desempeño de sus funciones.
AUTORIDAD CONVOCANTE. Es la MUNICIPALIDAD, representada a través del organismo que designe el Departamento Ejecutivo Municipal, o la entidad que actúe en tal carácter por delegación o la sustituya en el desempeño de sus funciones.  Comisión Evaluadora se refiere a la comisión designada a los efectos de evaluar la documentación presentada por los oferentes, y realizar las demás funciones y atribuciones dispuestas en los PLIEGOS y en la legislación aplicable.  Contraprestación hace referencia al pago que efectuará a la Contratista la Contratante, sea por inversión y/o por operación del servicio, según corresponda.  Contratante (CONTRATANTE, en adelante) es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de las obras y servicios comprendidos por el PROYECTO: la Municipalidad de San Xxxxxx de los Andes.  Contratista (CONTRATISTA, en adelante) es el oferente cuya oferta para la ejecución de las obras y/u operación de un servicio de RSU ha sido aceptada por la Contratante y, consecuentemente, como Adjudicatario, suscribe con aquélla un contrato.  Contrato se refiere al Contrato de Asociación Público-Privada (CONTRATO, en adelante) sujeto al régimen de la Ley Nº 3.074, de APP, la Ordenanza Nº 12.477/19 y las correspondientes normas reglamentarias y complementarias, que suscriben la CONTRATANTE y el Adjudicatario en relación a la ejecución de las obras y/o la operación de uno o más de los servicios de RSU comprendidos por el presente CONCEJO DELIBERANTE SAN XXXXXX DE LOS ANDES PROYECTO, con más los cambios que resulten de las circulares aclaratorias y modificatorias. Serán considerados como integrantes de dicho CONTRATO, además de todos sus Anexos, los PLIEGOS, la oferta adjudicada y todos aquellos documentos que se indiquen en aquél.

Related to AUTORIDAD CONVOCANTE

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.