Definición de Base Tarifaria

Base Tarifaria. Monto Anual definido en el artículo 1 de la Ley Nro. 28832, a reconocer por la prestación del Servicio y determinado conforme a la presente Cláusula 8.
Base Tarifaria. Es la señalada en la Cláusula 8.
Base Tarifaria. Tiene el significado establecido en la Ley N° 28832 o la que haga sus veces.

Examples of Base Tarifaria in a sentence

  • Si además de dichos costos, el tercero pagara al CONCESIONARIO compensaciones u otros conceptos por el uso de las instalaciones, tales montos serán descontados de la Base Tarifaria en el proceso de liquidación correspondiente.

  • Desde la invocación de terminación del Contrato hasta la terminación efectiva del Contrato conforme a la Cláusula 13.31, el CONCESIONARIO seguirá prestando el Servicio en las mismas condiciones establecidas en el Contrato y seguirá recibiendo la Base Tarifaria siempre y cuando preste efectivamente el Servicio.

  • La sanción con multas administrativas no tributarias emitidas por el CONCEDENTE o el OSINERGMIN respecto de la Concesión, que en un (1) año calendario (entendiéndose año calendario como cada periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre) superen el diez por ciento (10%) de la Base Tarifaria del año anterior, siempre que dichas multas hubiesen quedado firmes en sede administrativa o judicial.

  • La Base Tarifaria incorpora los conceptos señalados en la Cláusula 8.1, así como las labores del Operador Calificado, por lo que en ningún caso se le adicionará otra contraprestación o compensación que pudiera haber convenido o convenga el CONCESIONARIO con el futuro Operador Calificado.

  • Por no extinguir y/o levantar todas y cada una de las garantías, cargas y gravámenes que pudieran existir sobre los Bienes de la Concesión o sobre el derecho de Concesión según lo indicado en el Literal d) de la Cláusula 9.8, el CONCESIONARIO deberá pagar una penalidad equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la Base Tarifaria vigente por cada día calendario de atraso hasta el día efectivo en que se hubiera subsanado el incumplimiento.

  • En caso de discrepancia en los alcances técnicos entre el Anexo 1 y el EPO aprobado por el COES, prevalecerá este último en el ámbito de su competencia, en el marco del Procedimiento Técnico COES PR-20 y sin que ello implique modificar la configuración básica establecida en el Anexo 1, ni ocasione alguna variación de la Base Tarifaria.

  • En caso de discrepancia en los alcances técnicos entre el Anexo 1 y el EPO aprobado por el COES, prevalecerá este último en el ámbito de su competencia, en el marco del Procedimiento PR-20 del COES y sin que ello implique modificar la configuración básica establecida en el Anexo 1, ni ocasione alguna variación de la Base Tarifaria.

  • La Sociedad Concesionaria no tiene derecho a cuestionar en modo o fuero alguno, el Refuerzo a ejecutarse de conformidad con el Artículo 22º, numeral 22.2, literal b) de la Ley Nº 28832, ni la Base Tarifaria que el OSINERGMIN hubiese aprobado para el Refuerzo.

  • Por el incumplimiento o el cumplimiento parcial, tardío o defectuoso, de lo dispuesto en el laudo que se emite como consecuencia de la controversia a que se refiere la Cláusula 11.3 o en la comunicación a la que se refiere el primer párrafo del literal a) de la misma cláusula, según corresponda, el CONCESIONARIO pagará el monto equivalente al quince por ciento (15%) de la Base Tarifaria vigente, sin perjuicio del deber de cumplir el laudo en sus propios términos.

  • Fuera sancionada con multas administrativas no tributarias emitidas por el Concedente u Osinergmin, que en un (1) año calendario -entendiéndose año calendario como cada periodo comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre- superen el diez por ciento (10%) de la Base Tarifaria del año anterior, siempre que dichas multas hubiesen quedado firmes en sede administrativa, y en sede judicial si se hubiese interpuesto el contencioso respectivo.


More Definitions of Base Tarifaria

Base Tarifaria. Monto Anual definido en el Artículo 1 de la Ley Nº 28832, a reconocer por la prestación del Servicio.
Base Tarifaria. Cobro equivalente en quetzales por contenedor de cualquier dimensión, llenos o vacíos, según el Artículo 3 "Servicios a la carga", numeral 725, subnumeral 726, 727, 728, 729 y 731 xxx Xxxxxx Tarifario de Servicios Portuarios de Puerto Quetzal.
Base Tarifaria. Es la señalada en la Cláusula 8. 4. Bienes de la Concesión:

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  • Queja Medio por el cual el suscriptor o usuario pone de manifiesto su inconformidad con la actuación de determinado funcionario, o con la forma y condiciones en que se ha prestado el servicio.

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  • SUSCRIPTOR POTENCIAL Persona que ha iniciado consultas para convertirse en suscriptor y/o usuario del servicio público ofrecido por la persona prestadora.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Soles).

  • Objetivo General Prevenir y eliminar las situaciones de desigualdad entre hombres y mujeres que pudiera haber en la empresa. • Objetivos específicos: - Equilibrar el número de mujeres y hombres que componen la plantilla de la empresa. - Equilibrar la presencia femenina o masculina en aquellos puestos o categorías donde exista una menor representatividad. - Garantizar la igualdad de posibilidades en el desarrollo profesional de mujeres y hombres. - Favorecer el acceso a la formación de toda la plantilla y fundamentalmente de quienes se incorporen de permisos o suspensiones de trabajo. - Garantizar un sistema retributivo, por todos los conceptos, que no genere discriminación por razón de sexo. - Conciliar la ordenación del tiempo de trabajo para el personal con puestos de responsabilidad, mediante la adopción de medidas que hagan compatible la vida personal, familiar y laboral. - Prevención del acoso. - Introducción de la perspectiva de género en la comunicación interna y externa de la empresa. El plan afectará, al menos, a los siguientes ámbitos de aplicación:

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.