Definición de CARGO FIJO

CARGO FIJO. Es el valor mensual que se cobra a todo usuario, el cual refleja los costos económicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente del servicio para el usuario, independientemente del nivel de uso.
CARGO FIJO. Es el valor fijo de la tarifa regulada por la CREG que se cobra al/la suscriptor/a o usuario/a en cada factura, y que refleja los costos económicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente y continua del servicio para el/la usuario/a, lo haya o no utilizado. Su cobro se efectúa a partir del periodo de facturación siguiente a la fecha en la que haya sido instalado el medidor.
CARGO FIJO. Es el valor mensual que se cobra a todo SUSCRIPTOR y/o usuario, el cual refleja los costos económicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente del servicio para el usuario, independientemente del nivel de uso, haya o no utilizado el servicio de gas combustible. Este concepto se cobrará desde el momento en que se den las condiciones necesarias que garanticen la disponibilidad del servicio.

Examples of CARGO FIJO in a sentence

  • SI EL CLIENTE HA CONTRATADO ALGÚN PLAN ESPECIAL DE MINUTOS TENDRÁ DERECHO A USAR Y DEBERÁ PAGAR EN FORMA PROPORCIONAL LOS MINUTOS Y EL CARGO FIJO, ASOCIADOS AL DOMICILIO EN QUE SE HAYAN INSTALADOS LOS SERVICIOS.

  • CARGO FIJO: Valor unitario por suscriptor o usuario que refleja los costos económicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente del servicio, independientemente del nivel de consumo.

  • SERVICIO CARGO FIJO (ESTRATO 4) CARGO POR CONSUMO BASICO (ESTRATO 4) Acueducto $ 2.726 $ 856,9 Alcantarillado $1.165 $554,99 TARIFARIO.

  • SI EL CLIENTE DESEA PONER TÉRMINO A CUALQUIERA DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS O AL CONTRATO, ANTES DE CUMPLIRSE EL PERÍODO DE VIGENCIA ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA ANTERIOR DEBERÁ PAGAR A ENTEL A TÍTULO DE INDEMNIZACIÓN UNA SUMA EQUIVALENTE AL TOTAL DEL CARGO FIJO CORRESPONDIENTE AL VALOR DE INSTALACIONES E INFRAESTRUCTURA, MULTIPLICADA POR EL NÚMERO DE MESES FALTANTES PARA CUMPLIR EL PERÍODO DE VIGENCIA PACTADO.

  • EL CLIENTE RECONOCE EN ESTE ACTO SU OBLIGACIÓN DE PAGAR A ENTEL PCS EL CARGO FIJO DURANTE LA SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.

  • EL PLAN XXXXXXXXX CONTRATADO CONSIDERA UN CARGO FIJO MENSUAL, SEGUN LAS CARACTERISTICAS QUE EN EL SE SEÑALAN.

  • CON TODO, EN NINGÚN CASO EL USO ANTICIPADO DE LOS SERVICIOS Y PAGO TOTAL O PROPORCIONAL DEL CARGO FIJO O DE LOS MINUTOS CURSADOS, SE IMPUTARÁ AL PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO, EL CUAL SÓLO SE CONTABILIZARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE INSTALACIÓN TOTAL DE LOS SERVICIOS, OPORTUNIDAD QUE DARÁ ORIGEN AL COBRO TOTAL DEL PRECIO PACTADO POR EL PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO.

  • Son aplicables a todos los grupos de la siguiente manera: Tabla 4 - Cargos fijos mensuales por punto para año regulatorio 2021 – 2022 GRUPO CARGO FIJO MENSUAL POR PUNTO (COP/MSMS5)6 Doméstico No - Doméstico G1 4.775 4.775 G2 780 780 G3 3.600 3.600 G4 565 565 G5 0 0 Fuente: Elaboración propia a partir de (Data Communications Company, 2021).


More Definitions of CARGO FIJO

CARGO FIJO. Es el valor fijo de la tarifa autorizada por la CREG que se cobra a todo USUARIO en la facturación y refleja los costos económicos del servicio, lo haya o no utilizado. Su cobro se realiza posterior a la fecha de la instalación del medidor. Cargo por Conexión: Para los usuarios residenciales aquellos previstos por la regulación de la CREG, este incluye la acometida, el medidor y los costos de certificación del servicio.
CARGO FIJO. Es el valor fijo de la tarifa re- gulada por la CREG que se cobra al sus- criptor o usuario en cada factura, y que refleja los costos económicos involucra- dos en garantizar la disponibilidad per- xxxxxxx y continua del servicio para el usuario, lo haya o no utilizado. Su cobro se efectúa a partir del periodo de factu- ración siguiente a la fecha en la que haya sido instalado el medidor.
CARGO FIJO. Es el valor mensual que se cobra a todo usuario, el cual refleja los costos económicos involucrados en garantizar la disponibilidad permanente del servicio para el usuario, independientemente del nivel de uso, y que se haya utilizado o no el servicio. Este cargo se cobra desde el momento en que se encuentre disponible el servicio de acuerdo con las normas vigentes. CARGO POR CONEXIÓN: Es aquel cargo que se cobra al suscriptor por una sola vez para comenzar a cumplir el contrato, el cual cubre los costos involucrados en la conexión del inmueble al servicio, y cubre los costos de acometida y medidor, cuando corresponda.
CARGO FIJO. Es el valor mensual que se lectura a todo SUSCRIPTOR y/o usuario haya o no utilizado el servicio de gas domiciliario por redes, por poner a su disposición de manera permanente y continua el servicio de distribución de gas, y no depende del consumo El cargo fijo refleja los costos económicos en que incurre PROVISERVICIOS por garantizar la disponibilidad permanente del servicio, por lo tanto, su facturación se realiza a partir de la instalación del medidor.
CARGO FIJO significa el monto independiente del volumen de Gas consumido por el cliente que la Sociedad Concesionaria está autorizada a incluir en cada factura correspondiente al servicio de Gas por redes, según lo previsto en el cuadro tarifario aprobado por el Poder Ejecutivo. “Cargo por metro cúbico consumido” significa la suma a ser cobrada por la Sociedad Concesionaria por metro cúbico de Gas efectivamente entregado a través de un Sistema de Distribución por Redes.

Related to CARGO FIJO

  • Transporte significa la transportación de Pasajeros y/o Equipaje vía aérea, a título gratuito u oneroso, y todos los servicios conexos del Transportista.

  • Cargo Cargo: Fecha:

  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 10

  • País Origen Producto o Servicio España Importes de Adjudicación Importe total ofertado (sin impuestos) 1.650 EUR. Importe total ofertado (con impuestos) 1.996,5 EUR.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Prácticas Coercitivas Es dañar o perjudicar, o amenazar con dañar o perjudicar directa o indirectamente a cualquier parte, o a sus propiedades para influenciar inapropiadamente la actuación de una parte.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Hace saber Que intentada la notificación de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes, en el domicilio especificado en dicho Registro, ha sido imposible la misma a: - DOUDOU SOW. - XXXXXX XXXXX. - XXXXXX XXXXX. Por lo que mediante el presente anuncio se le emplaza para que en virtud de lo establecido en el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, se persone en este Ayuntamiento a los efectos de examen del expediente referido en un plazo máximo de quince días, desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia xx Xxxx. Los Xxxxxxxx, a 16 de Diciembre de 2013.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXX XXXXXXXX XXXX. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Mancha Real (Jaén) Que por esta Alcaldía se ha dictado resolución aprobando el siguiente padrón: 02/12/2013 TASAS GUARDERÍA MUNICIPAL PERMANENTE NOVIEMBRE 2013 3.618,47 € El periodo voluntario de cobro será de dos meses contados a partir de la fecha de publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. El cobro se realizará en las dependencias del Servicio de Recaudación Tributaria de este Ayuntamiento, en horario de oficina de lunes a viernes de 7,45 a 15,15 horas. El padrón se encuentra en el Negociado de Tesorería de este Ayuntamiento por plazo de un mes, durante el cual los interesados podrán examinarlo. Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. De conformidad con el Art. 102.3) de la Ley General Tributaria, el presente Edicto tendrá carácter de notificación colectiva de las liquidaciones comprendidas en los citados padrones. Los recibos cuyos titulares tengan realizada domiciliación bancaria se cargarán directamente en la cuenta corriente o de ahorro designada por el contribuyente. Contra el mismo, los interesados podrán interponer Recurso de Reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 14.2) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, como previo al Contencioso-Administrativo. Mancha Real, a 02 de Diciembre de 2013.- La Alcaldesa, XXXXXXX XXXXXXXX XXXX. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Alcalde-Presidente de este Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.4) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación a xxx XXXXX XXXXXXXXX XXXX, cuyo último domicilio conocido es XXXXX XXXXXX XXXXX, 00, xx XXXXXXXXXXXXX (JAÉN). Para su conocimiento y efectos oportunos, le comunico que el Alcalde-Presidente de este Excmo. Ayuntamiento, ha dictado la Resolución núm. 1339/2013, de fecha 28/10/2013. Acordando Resolución de Expediente Sancionador como responsable de una infracción administrativa a la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, por la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas careciendo de autorización para ello. Que en la Resolución de Expediente Sancionador JEFXC019 al que se hace referencia, el cual podrá ser examinado en la oficina de Sanciones de este Ayuntamiento, constan los hechos que se imputan, así como las consideraciones fácticas y de derecho que han determinado adoptar dicha resolución, acordando imponerle una sanción de 350,00 Euros, concediéndole un plazo de 1 mes, a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó. Con la publicación del presente edicto, esta Administración le considera a xxx XXXXX XXXXXXXXX XXXX notificado. Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa legal vigente antes citada. Martos, a 02 de Diciembre de 2013.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, y a la que corresponden las obligaciones que del mismo deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Veintitrés de junio de dos mil dieciséis (23/06/2016).

  • Límite de cobertura Hasta USD $150 (ciento cincuenta dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 3 eventos por póliza y casa de habitación o condominio asegurado individualmente y por año póliza.

  • SERCOP Servicio Nacional de Contratación Pública.

  • Objetivo General Prevenir y eliminar las situaciones de desigualdad entre hombres y mujeres que pudiera haber en la empresa. • Objetivos específicos: - Equilibrar el número de mujeres y hombres que componen la plantilla de la empresa. - Equilibrar la presencia femenina o masculina en aquellos puestos o categorías donde exista una menor representatividad. - Garantizar la igualdad de posibilidades en el desarrollo profesional de mujeres y hombres. - Favorecer el acceso a la formación de toda la plantilla y fundamentalmente de quienes se incorporen de permisos o suspensiones de trabajo. - Garantizar un sistema retributivo, por todos los conceptos, que no genere discriminación por razón de sexo. - Conciliar la ordenación del tiempo de trabajo para el personal con puestos de responsabilidad, mediante la adopción de medidas que hagan compatible la vida personal, familiar y laboral. - Prevención del acoso. - Introducción de la perspectiva de género en la comunicación interna y externa de la empresa. El plan afectará, al menos, a los siguientes ámbitos de aplicación:

  • POBALINES POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE CORPORACIÓN MEXICANA DE INVESTIGACIÓN EN MATERIALES, S.A. DE C.V.

  • Salud – Calidad – Humanización FORMULARIO No.10

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Enmienda Comunicación escrita, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • Viaje Se entiende por viaje aquel desplazamiento que efectúe el asegurado fuera de su residencia habitual, desde el momento que sale de la misma, hasta su regreso, una vez finalizado dicho desplazamiento. La duración del viaje no podrá ser superior a la indicada en el certificado del seguro.

  • Tarifa es el precio que paga el Pasajero por el servicio de transporte y las condiciones de aplicación de la misma. Las tarifas están sujetas a condiciones de utilización que se refieren entre otros a periodos de validez en el tiempo, condiciones de pago, restricciones de endosos, estipulaciones sobre reembolsos, utilización en determinados vuelos, tiempo mínimo o máximo de estadía en el lugar de destino, días específicos de viajes, penalidades, reglas de equipaje permitido y otras condiciones aplicables.

  • Ubicación Las coordenadas de los límites principales del Proyecto, son las siguientes: Extremo Sur: 000000 X/ 0000000 S 000000 X/ 0000000 S Extremo Norte: 000000 X/ 0000000 S 000000 X/ 0000000 S Datum: PSAD 56 Zona: 17 Sur Hidrografía y Clima En el Proyecto se involucran cinco cuencas: Santa, Chao, Virú, Moche y Chicama cuyas características se describen a continuación: La cuenca del río Santa es una de las mayores de la xxxxx peruana. Nace en la laguna Conococha a 4,400 msnm y discurre en dirección SE-NO hasta la confluencia con el río Tablachaca, a partir de la cual cambia su dirección hacia el oeste para desembocar en el Océano Pacífico. El área de la cuenca es de 11,000 km2 hasta la ubicación de la bocatoma Chavimochic, y 12,200 km2 hasta su desembocadura al Océano Pacífico. El xxxxx del río Santa, en su sector medio, se denomina Callejón de Huaylas. El xxxxx limita en su margen derecha con la Cordillera Blanca, de donde provienen prácticamente todos los afluentes que contribuyen a formar la escorrentía del río, y por la margen izquierda con la Cordillera Negra, que contribuye poco a la escorrentía de la cuenca. El Callejón de Huaylas termina en un cañón profundo y estrecho denominado Cañón del Pato, constituido geológicamente por rocas pizarrosas graníticas. La Cordillera Blanca es un macizo rocoso con una longitud de 180 km que contiene los picos más altos del Perú. Sus deshielos contribuyen a regular los caudales del río Santa, provocando que en época de estiaje, sea uno de los pocos xxxx de la xxxxx con un caudal significativo. Por otro lado, la presencia xx xxxxxxx y la actividad sísmica de la región, constituyen un peligro potencial de aluviones sobre las poblaciones xxx xxxxxxxx de Huaylas, tal como el de Yungay ocurrido en el año 1970. En esta cuenca se encuentra ubicada la Bocatoma Chavimochic (a 420msnm) y la proyectada Presa Palo Redondo (a 250msnm). El área beneficiada por el Proyecto se encuentra ubicada en las partes bajas de las cuencas de los xxxx Xxxx, Virú, Moche y Chicama, entre los 300msnm y el nivel del mar. De acuerdo a la clasificación xx Xxxxxxxxxxxx el clima de las cuencas bajas de estos xxxx es árido a semiseco, con escasa o nula precipitación, temperatura templada y humedad media .Sin embargo, no pueden descartarse eventos extraordinarios con grandes precipitaciones que provocarían caudales significativos de avenida, cuando suceden los eventos ENSO (Fenómeno El Niño), que tienen recurrencia variable. Los de mayor envergadura del Siglo XX, fueron los ocurridos en 1925, 1983 y 1998. Precipitación Anual Se aprecia que las eventuales lluvias que ocurren todos los años en las partes bajas de las cuencas, con un total anual de hasta 50mm, son precipitaciones que se presentan en los meses xx Xxxxx a Setiembre, las que se originan mayormente por las nieblas provenientes desde el litoral.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Duración El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016.

  • Usuario Final Usuario que recibe un servicio de telecomunicaciones, sin explotar redes públicas de telecomunicaciones y sin prestar servicios de telecomunicaciones disponibles al público.

  • Cronograma Es el calendario de ejecución de obras del Proyecto, que incluyen los hitos detallados en el Anexo 7, el cual deberá elaborar y presentar el CONCESIONARIO conforme a lo dispuesto en la Cláusula 4.8.