Definición de Consumidor Regulado

Consumidor Regulado. Término definido en el numeral 2.8 del Artículo 2 del Reglamento de Distribución.
Consumidor Regulado. Término definido en el numeral 2.8 del artículo 2 del Reglamento de Distribución o el que lo modifique o sustituya. Por consiguiente, es el Consumidor que adquiere Gas Natural por un volumen igual o menor a treinta mil metros cúbicos estándar por día (30 000 m3/día).
Consumidor Regulado. Es el Consumidor que adquiere Gas de la Sociedad Concesionaria o del Comercializador por un volumen igual o menor al indicado en el Artículo 2.9 del Reglamento. Contrato Es el presente contrato, incluyendo sus Anexos y las Bases, celebrado entre el Concedente y la Sociedad Concesionaria al amparo del TUO y del Reglamento, en el cual interviene el Operador Estratégico Precalificado de Distribución, que define derechos y obligaciones de las Partes y regula la Concesión. Control Efectivo Se denomina Control Efectivo a la influencia preponderante y contínua sobre las decisiones de los órganos de decisión de una persona jurídica. Se presume que existe Control Efectivo, a menos que se demuestre lo contrario a juicio del Organo Supervisor, en los siguientes casos: a) Cuando una persona natural o jurídica ejerce más de la mitad del poder de voto de la junta general de accionistas o de socios de una persona jurídica a través de la propiedad directa o indirecta, contratos de usufructo, prenda, fideicomiso, sindicación o similares; y,

Examples of Consumidor Regulado in a sentence

  • El Concesionario al momento de la celebración del Contrato de Suministro con el Consumidor Regulado, deberá entregarle una copia firmada del mismo.

  • Por el presente contrato, el Consumidor Regulado adquiere del Concesionario el gas natural, el transporte hasta el City Gate del distribuidor y el servicio de distribución de gas natural.

  • El Contrato de Suministro debe especificar el nombre o la razón social del Concesionario y del Consumidor Regulado, conforme a lo previsto en los incisos a) y b) del Artículo 65º del Reglamento de Distribución.

  • El Contrato de Suministro debe especificar el nombre o la razón social del Concesionario y del Consumidor Regulado.

  • Celebración del Contrato Previo al inicio de la prestación del servicio de distribución el Consumidor Regulado debe suscribir por adhesión un Contrato de Suministro con el Concesionario.

  • De acuerdo con el numeral 2.8 del artículo 2 del Reglamento de Distribución, el Consumidor Regulado es el que adquiere gas natural por un volumen igual o menor a treinta mil metros cúbicos estándar por día (30 000 m3/día).

  • El Contrato de Suministro recoge las cláusulas generales para el Consumidor Regulado conforme con lo indicado en el Anexo 2.

  • El Contrato de Suministro debe especificar el nombre o la razón social del Concesionario y del Consumidor Regulado, conforme a lo previsto en los incisos a) y b) del Artículo 65 del Reglamento de Distribución.

  • De acuerdo con el numeral 2.8 del artículo 2 del Reglamento de Distribución, el Consumidor Regulado es el que adquiere gas natural por un volumen igual o menor a treinta mil metros cúbicos estándar por día (30 000 m3 /día).

Related to Consumidor Regulado

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • PUBLICIDAD Con respeto a las normas de Protección de Datos, todo el procedimiento de arrendamiento será publicado por los medios más adecuados y que cuenten con la seguridad suficiente para obtener su máxima difusión dentro del ámbito profesional que se trate en cada caso.

  • Tercero significa cualquier persona o entidad, excepto el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Reglamento Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • Cumplimiento significa que el Proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Pedido significa la orden de compra emitida por Cargill que contiene las condiciones específicas de la venta y la compra de las Mercancías que allí se especifican.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.