ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.
COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Cinco de agosto de dos mil dieciséis (05/06/2016).
Legislación Aplicable significa las leyes y cualquier otro instrumento que tenga fuerza xx xxx en el país del Cliente, o en el país que se indique en la Hoja de Datos, que sean expedidas y se encuentren vigentes de cuando en cuando.
Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.
Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.
Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.
Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.
Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.
Seguro X Marque si NO SE APLICA
COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.
Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).
Impuestos Significa cualquier forma o tipo de impuesto, carga, gravamen, tasa o arancel impuesto por cualquier autoridad gubernamental, nacional o extranjera, así como cualquier interés, recargos x xxxxx que se generen en relación con los mismos.
Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.
Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.
Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.
Terceros Cualquier persona física o jurídica distinta de:
Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.
Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.
Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.
Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.
Sistema Sistema electrónico de información del Banco que controla el proceso de autorización, otorgamiento y disposición del crédito.
Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.
LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.
Respuesta Se aclara que la cobertura se otorga siempre y cuando los hechos correspondan a una cobertura amparada por la p xxxx todo riesgo daæos materiales. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Dentro de dicha cobertura se encuentran amparadas toda la maquinaria y equipo como: motores, transformadores, plantas elØctricas, ascensores, etc. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : No se acepta su solicitud, toda vez, que desmejora las condiciones tØcnicas actuales de aseguramiento del C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Respuesta : Se aclara que en el ANEXO 11 E–SPECIFICACIONES T CNICAS se indica que la Respuesta : El presupuesto asignado para la presente invitaci n es de Seiscientos nueve millones de pesos (COP$609.000.000) y corresponde para todo el programa de seguros y no se encuentra discriminado por xxxxx. Respuesta : Se aclara que se evaluarÆn los indicadores de Nivel de endeudamiento, ˝ndice de liquidez, Capital de trabajo y patrimonio y se asignarÆ puntaje de conformidad con el anexo 6 Respuesta : No se acepta Xxxxxx n Suscrita bajo la gravedad del juramento por el representante legal del proponente, toda vez, que para el C rculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares es muy importante conocer la informaci n suministrada directamente por los clientes.
Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.
Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------