Definición de Estado miembro de origen

Estado miembro de origen el Estado miembro en el que el administrador de créditos esté domiciliado o establecido.
Estado miembro de origen a) cuando el prestamista o el intermediario de crédito sea una persona física, el Estado miembro en el que esté situada su oficina principal;
Estado miembro de origen un Estado miembro de origen tal como se define en el artículo 4, apartado 1, punto 43, del Reglamento (UE) no 575/2013.

Examples of Estado miembro de origen in a sentence

  • Las entidades aseguradoras domiciliadas en países miembros del Espacio Económico Europeo distinto de España que hayan obtenido la autorización para operar en el Estado miembro de origen deberán presentar certificación de la toma de razón de la entidad en el registro administrativo a que hace referencia el párrafo anterior.

  • Si, a pesar de las medidas adoptadas por el Banco de España, el intermediario de crédito inmobiliario continúa infringiendo las medidas a que se refiere el apartado anterior, el Banco de España podrá, tras informar a las autoridades supervisoras competentes del Estado miembro de origen, tomar las medidas oportunas a fin de evitar nuevas irregularidades o sancionarlas y, en la medida en que sea necesario, prohibir al intermediario de crédito inmobiliario efectuar nuevas operaciones en España.

  • Los Estados miembros velarán por que las autoridades competentes del Estado miembro de origen estén facultadas para supervisar, investigar e imponer sanciones administrativas y medidas correctoras a los administradores de créditos en relación con sus actividades en un Estado miembro de acogida.

  • Los Estados miembros velarán por que, cuando las autoridades competentes del Estado miembro de acogida tengan pruebas de que un administrador de créditos que preste servicios en su territorio, de conformidad con el artículo 11, incumple las obligaciones derivadas de las disposiciones nacionales de transposición de la presente Directiva, transmitan dichas pruebas a las autoridades competentes del Estado miembro de origen y soliciten que estas adopten las medidas oportunas.

  • Cuando las autoridades competentes del Estado miembro de acogida decidan llevar a cabo inspecciones in situ por cuenta de las autoridades competentes del Estado miembro de origen, informarán a estas últimas de los resultados sin demora.

  • Cuando se haya iniciado un procedimiento, las autoridades competentes del Estado miembro de origen informarán con regularidad de su situación a las del Estado miembro de acogida.

  • Los Estados miembros velarán por que las autoridades competentes del Estado miembro de origen comuniquen las medidas adoptadas en relación con el administrador de créditos a las autoridades competentes de los Estados miembros de acogida.

  • Los Estados miembros velarán por que las autoridades competentes del Estado miembro de origen comprueben y evalúen el cumplimiento permanente de los requisitos de la presente Directiva por parte de los administradores de créditos que presten servicios en un Estado miembro de acogida.

  • Las autoridades competentes del Estado miembro de acogida, por propia iniciativa, podrán realizar comprobaciones, inspecciones e investigaciones en relación con las actividades de administración de créditos realizadas dentro de su territorio por un administrador de créditos autorizado en su Estado miembro de origen.

  • Los Estados miembros velarán por que las autoridades competentes del Estado miembro de origen, en el desempeño de las funciones y cometidos que les atribuye la presente Directiva, soliciten asistencia a las autoridades competentes del Estado miembro de acogida para realizar una inspección in situ de una sucursal establecida o un agente nombrado en un Estado miembro de acogida.


More Definitions of Estado miembro de origen

Estado miembro de origen el Estado miembro a partir del cual se despliega a un miembro del personal o se le destina en comisión de servicios al cuerpo permanente de la Guardia Europea de Fronteras y Costas;
Estado miembro de origen el Estado miembro del que es guardia de fronteras o miembro de otro personal pertinente el miembro de un equipo;

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