Definición de Hospital o Clínica

Hospital o Clínica. Todo establecimiento, público o privado, legalmente autorizado para el tratamiento de enfermedades, lesiones o accidentes, provisto de presencia médica permanen- te y de los medios necesarios para efectuar diagnósticos e intervenciones quirúrgicas.
Hospital o Clínica todo establecimiento, público o privado, legalmente autorizado para el tra- tamiento de enfermedades, lesiones o accidentes, provisto de presencia médica permanente y de los medios necesarios para efectuar diagnósticos e intervenciones quirúrgicas.
Hospital o Clínica. Es todo establecimiento público o privado legalmente autorizado y en capacidad y funcionamiento para la Hospitalización y el tratamiento médico de personas enfermas o lesionadas, que cuenta con un Médico residente y asistencia de enfermería las veinticuatro (24) horas del día, cuyas instalaciones y facilidades son aptas y aprobadas para efectuar diagnósticos, intervenciones quirúrgicas en su quirófano y con su equipo xx xxxxx X propio. En ningún caso se interpretará que incluye a un hotel, terma, asilo, sanatorio particular, sanatorio de recuperación, instalación o casa de salud para convalecientes, para rehabilitación, de cuidado extendido, instituto hidroterápico, clínica de métodos curativos naturales, o Institución Mental.

Examples of Hospital o Clínica in a sentence

  • Declaran EL O LOS FIRMANTES que autorizan, cuando sea necesario, a EL COLEGIO para que envíe al estudiante al Hospital o Clínica que se establece en el contrato de seguro privado, por accidentes.

  • Certificado del Hospital o Clínica, que indique las fechas de ingreso y alta en los mismos.

  • El Asegurado está en libertad de contratar los servicios profesionales del Médico, Hospital o Clínica de su preferencia, bien sea personalmente o por medio de sus Padres, Representante o Tutor, utilizando o no la Red de Proveedores de servicios médicos y hospitalarios que le ofrece la Compañía; en todo caso, los gastos en que éste incurra serán indemnizados por la Compañía de acuerdo con el Costo Usual, Razonable y Acostumbrado para el servicio en el lugar donde le sea prestado.

  • Cuando el Asegurado, sus Padres, Representante o Tutor determinen contratar directamente los servicios profesionales de un Médico, Hospital o Clínica que no esté afiliado a la Red de Proveedores de la Aseguradora, la Compañía, rembolsará el valor de los Gastos Médicos cancelados por este, en la forma y con las limitaciones que se definen en la presente Póliza y sin exceder las Sumas Aseguradas establecidas en las Condiciones Particulares.

  • Certificado Médico de Defunción (copia legalizada) emite Hospital o Clínica - Forense • Certificado de Defunción (original Registro Civil); si el Asegurado hubiera fallecido fuera del país, el certificado indicado deberá llevar las legalizaciones correspondientes según disposiciones legales, tales como las del Consulado Boliviano en el país de ocurrencia del deceso, Cancillería de la República y otros.

  • Es el internamiento del Asegurado como paciente de cama, ordenado por un Médico en un Hospital o Clínica, por un período continuo mínimo de veinticuatro (24) horas, para el tratamiento de una Enfermedad, condición o Accidente cubierto.

  • Los gastos cubiertos son los siguientes: • Costo de habitación privada o semi‐privada (no una suite) de un Hospital o Clínica en la República de Guatemala.

  • En caso de que el Centro Médico, Hospital o Clínica más cercana a la que se haya trasladado al AFILIADO o BENEFICIARIO, no cuente con los implementos y recursos necesarios para la atención de emergencia (de maquinarias, espacio, personal, etc) y si el AFILIADO lo autoriza, GEA coordinará el traslado del lugar a otro centro Médico más cercano, descontando 1 evento adicional.

  • Para la activación de este Beneficio, el Asegurado presentará el Certificado de Ingreso y su Cédula de Identidad en el Hospital o Clínica designado para tal fin y éste se comunicará con la Empresa de Seguros para efectuar los procedimientos administrativos correspondientes.

  • Se cubrirán los gastos que se realicen por el Donador a causa del Trasplante dentro del Hospital o Clínica, hasta el límite establecido en la Tabla de Beneficios.


More Definitions of Hospital o Clínica

Hospital o Clínica. Todo establecimiento médico asistencial con capacidad y autorización legal para el internamiento de pacientes.
Hospital o Clínica. Todo establecimiento público o privado, legalmente autorizado para el tratamiento de enfermedades, lesiones o accidentes, provisto de presencia médica permanente y de los medios necesarios para efectuar diagnósticos e intervenciones quirúrgicas. Comprende los gastos generados durante el internamiento hospitalario, los honorarios médicos derivados del tratamiento médico-quirúrgico realizado y las prótesis en su caso. Es el ingreso o la prolongación de la estancia en un hospital por causas no relacionadas con patologías médicas objetivas, a juicio de un médico de DKV Seguros, sino por cuestiones de carácter social y/o familiar. Tales casos no quedan cubiertos por la póliza.
Hospital o Clínica. Todo establecimiento público o privado legalmente autorizado para el tratamiento médico de personas enfermas o lesionadas, que proporcione asistencia de enfermería las veinticuatro (24) horas del día y que cuente con instalaciones y facilidades para efectuar diagnóstico e intervenciones quirúrgicas y disponga y utilice regularmente laboratorio, equipo xx xxxxx X y quirófano atendidos por personal profesional especializado. En ningún caso incluye hotel, terma, asilo, sanatorio particular, casa para convalecientes, casa de reposo, o un lugar usado principalmente para la internación o tratamiento de enfermos mentales, adictos a drogas x xxxxxxxxxxx.
Hospital o Clínica es el establecimiento legalmente registrado y autorizado para prestar en él, servicios médicos y quirúrgicos.
Hospital o Clínica. Todo establecimiento en el que puede legalmente realizarse el tratamiento médico o quirúrgico de enfermedades o lesiones corporales, ya sea en régimen ambulatorio o de internamiento. Dicho establecimiento contará con la asistencia permanente de un Médico, y sólo se admitirá el ingreso en el mismo de personas enfermas o lesionadas. No se considerarán hospitales, a efectos de la Póliza, los hoteles, asilos, casas de reposo o de convalecencia, instalaciones dedicadas principalmente al internamiento y/o tratamiento de adicciones e instituciones similares.

Related to Hospital o Clínica

  • Hospitalización Registro de una persona como paciente en un hospital, permaneciendo ingresada un mínimo de 24 horas o que pernocte y realice una comida principal en el centro.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Hospital Establecimiento destinado al cuidado y tratamiento de personas enfermas o lesionadas, con facilidades organizadas para diagnóstico, cirugía mayor, servicio médico con profesionales legalmente titulados y servicio de enfermeras o enfermeros graduados. Todo ello operando legalmente de acuerdo con las normas legales vigentes aplicables.

  • Salud – Calidad – Humanización FORMULARIO No.10

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Tarjeta La credencial que se entrega al Titular antes de su viaje, y que contiene su nombre completo y el número, vigencia y tipo de tarjeta ASSIST CARD contratada.

  • LOSNCP Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

  • Hace saber Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1129/2019 a instancia de Xx XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX contra ALIMENTACION RESTAURACION Y OCIO TENERIFE, S.L. se han dictado la siguiente Resolución: - SENTENCIA de fecha 10-AGOSTO-2021 contra la presente sentencia cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Dicha resolución se encuentra a su disposición en la oficina del Juzgado de lo Social número 1 de Jerez de la Fra, sito en Av. Xxxxxx Xxxxxx, Edif. Alcazaba, pudiendo las partes tener conocimiento del contenido íntegro de la misma. Y para que sirva de notificación a la demandada ALIMENTACION RESTAURACION Y OCIO TENERIFE, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, a fin de que sirva de notificación en forma a mismo conforme a lo previsto en la Instrucción 6/2012 de la Secretaria General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diario y boletines oficiales y la protección de datos, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos En Jerez de la Frontera, a 2/9/21. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. XXXXXX XXXXX XXXXX XXXX. Firmado.

  • Condiciones Particulares Es el conjunto de cláusulas que particularizan un Contrato de Seguro, según aspectos relativos al riesgo individualizado que se asegura, datos del Contratante, Asegurado y beneficiario, vencimiento del contrato, periodicidad del pago xx xxxxxx e importe de las mismas, riesgos cubiertos y deducibles.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el asegurado.

  • Colusión un acuerdo secreto entre dos o más partes realizado con la intención de defraudar o causar daño a una persona o entidad o de obtener un fin ilícito. Si se presenta que se ha cometido un acto de fraude o corrupción vinculado con un proyecto financiado por el FCAS éste podrá: Decidir no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato o de un contrato adjudicado para la adquisición de bienes y/o servicios financiado por el FCAS; suspender en cualquier etapa los desembolsos de la cooperación para el proyecto; cancelar y/o acelerar la devolución de una parte de la donación relacionada inequívocamente con el contrato vinculado; El FCAS establece las siguientes condiciones básicas: El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto exigirán tanto a su plantilla como los organismos ejecutores, contratistas y a todas las firmas, entidades o personas por participar o participando en proyecto financiados con los fondos, que no ofrezcan a terceros o acepten de terceros para ellos mismos o para otros, ningún regalo, remuneración, compensación o beneficio de ningún tipo, ya que podría ser interpretado como un acto/práctica de corrupción. El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto deberán mantener al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, informada sobre cualquier incidente o sospecha que pueda surgir en el transcurso de las operaciones con respecto al uso inadecuado de los fondos. El FCAS o la persona que dicha oficina designe se reserva el derecho de efectuar auditorías, incluidas las auditorías documentales e in situ, sobre la utilización de los fondos por parte del Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto, así como todos los ejecutores, contratistas y subcontratistas que hayan recibido fondos españoles. Además, deberán autorizar explícitamente a las autoridades españolas para realizar controles e inspecciones in situ. Adicionalmente todos los involucrados en el proceso licitatorio, mencionados antes, deberán observar lo dispuesto en la legislación ecuatoriana sobre seguimiento, control y normas de fraude y corrupción en Contratos, para lo cual deberán proporcionar la información necesaria para el adecuado ejercicio de estas actividades y otorgar todas las facilidades para el desarrollo de las mismas. Las sanciones que de eventuales prácticas corruptivas o fraudulentas se deriven, se aplicarán de acuerdo a la legislación ecuatoriana y por las entidades competentes correspondientes. Cualquier evento de esta naturaleza debe ser informado al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, por el Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención o por los demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto.

  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Cobertura Es la prestación que se ofrece en los términos establecidos en la póliza, cuando se produce un siniestro que afecte a cualquiera de las garantías contratadas.

  • VISTA La Ley General de las Telecomunicaciones, No. 153-98, del 27 xx xxxx de 1998, en sus disposiciones citadas;

  • Procesador Intel Core i7 – 10750H 2020 6 Cores 5.0 GHz RAM: 64gb DDR4-2933 Almacenamiento: 1TB M.2 PCIe NVMe GPU: NVIDIA RTX 2060/2070 – 8gb GDDR6 Pantalla: 15.6” 240Hz – 500 nits Modelo: OMEN 15-CE002LA Sistema operativo: Windows 10 Home Procesador: Core i7-7700HQ(2b) Quad-Core Velocidad del procesador: Frecuencia base de 2,8 GHz, hasta 3,8 GHz con Intel® Turbo Boost Memoria: 12 GB DDR4 de SDRAM (2 DIMM) Gráficas: NVIDIA® GeForce® GTX 1050 (4 GB GDDR5 dedicada) Disco duro: 1 TB 7200 RPM Serial ATA Pantalla: 15,6″ de diagonal FHD(39) IPS antirreflejo con luz de fondo WLED (1920 x 1080) Tarjeta de red: LAN 10/100/1000 GbE integrada Conectividad inalámbrica: WLAN 2×2 802.11ac (19a) y Bluetooth® Sonido: Bang & Olufsen con dos altavoces Y Admite DTS Headphone: X Teclado: Tipo isla de tamaño completo con luz de fondo rojo dragón y teclado numérico integrado Puertos externos portátiles: 1 USB 3.1 Type-C (HP Sleep and Charge, datos hasta 5 Gb/s, DisplayPort 1.2)(41)(42) , 3 USB 3.1 Gen 1 (1 HP Sleep and Charge) , 1 Mini DisplayPort , 1 HDMI , 1 RJ-45 , 1 conector combinado de salida de audífonos/entrada de micrófono (Compatible con DTS Headphone:X®(47)(49a)), 1 entrada de micrófono Dimensiones: 2,48 cm (alt) x 38,86 cm (ancho) x 27,56 cm (largo) Peso: 2,62 kg La Contratista tendrá a su cargo la contratación de la cobertura de riesgos para la Inspección de obra designada, debiendo adecuarse a lo estipulado en este Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares y efectivizar su presentación al momento de la firma del Acta de Inicio de la obra. PLIEG-2020-25174118-GDEBA-DPCYCMIYSPG Previo al dictado del Acto Administrativo que aprueba la Contratación, la Empresa Contratista deberá presentar el Certificado de “Libre de deuda registrada” otorgado por el “Registro de Deudores Alimentarios Morosos”. PLIEG-2020-25174118-GDEBA-DPCYCMIYSPG ANEXO Nº I. CÓMPUTO Y PRESUPUESTO Nro. ITEM (1) COD. MED. (2) DESCRIPCION DEL ITEM (3) UNID. MED. (4) CANT.TOT. DE UNID. (5) VALORES EN PESOS SIN GASTOS IMPOSITIVOS INCIDENCIA % A INSTALACIÓN ELECTRICA 1 DESMONTAJE DE EQUIPAMIENTO EXISTENTE 1 RETIRO DE INSTALACIONES GL 1,00 167.862,56 167.862,56 Subtotal Item 167.862,56 1,61% 2 TABLEROS ELECTRICOS 1 AGREGADOS A TABLERO EXISTENTE GL 1,00 111.991,50 111.991,50 2 TGMEL UN 1,00 1.861.663,25 1.861.663,25 3 TSBE1 UN 1,00 912.622,13 912.622,13 4 TSBE2 UN 1,00 1.028.808,58 1.028.808,58 5 TSBE3-4 UN 1,00 1.048.461,34 1.048.461,34 Subtotal Item 4.963.546,80 47,63% 3 CANALIZACIONES 1 BPC 300 ML 167,00 3.275,68 547.038,56 Subtotal Item 547.038,56 5,25% 4 ALIMENTADORES 1 sX 1X185MM2 ml 882,00 3.838,76 3.385.786,32 2 sX 3x95/50MM2 ml 118,00 6.060,77 715.170,86 3 sX 3x50/25MM2 ml 41,00 3.408,59 139.752,19 4 Acometida a Bombas y comando gl 1,00 325.296,23 325.296,23 Subtotal Item 4.566.005,60 43,81% 5 PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS INDIRECTOS 1 INSTALACION DE PAT S/PLIEGO GL 1,00 117.050,27 117.050,27 Subtotal Item 117.050,27 1,12% PLIEG-2020-25174118-GDEBA-DPCYCMIYSPG Nro. ITEM (1) COD. MED. (2) DESCRIPCION DEL ITEM (3) UNID. MED. (4) CANT.TOT. DE UNID. (5) VALORES EN PESOS SIN GASTOS IMPOSITIVOS INCIDENCIA %

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • México significa los Estados Unidos Mexicanos.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 3

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Límite de cobertura Hasta USD $150 (ciento cincuenta dólares exactos) por año póliza, valor, máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 3 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento

  • País Origen Producto o Servicio España Importes de Adjudicación Importe total ofertado (sin impuestos) 19,5 EUR. Importe total ofertado (con impuestos) 20,28 EUR.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Soles).