Intervenciones quirúrgicas Cláusulas de Ejemplo

Intervenciones quirúrgicas. Cualquier tipo de intervención quirúrgica a la cual se somete el Asegurado, relacionada o no con las enfermedades graves indicadas en este punto 4.
Intervenciones quirúrgicas. Se procederá a realizar las intervenciones quirúrgicas al Titular en los casos de emergencia que requieran urgentemente ese tratamiento y exclusivamente cuando el Departamento Médico y la correspondiente central ASSIST CARD lo autoricen (salvo las excepciones previstas en la Cláusula A.2.3). Aquellas intervenciones quirúrgicas que encuadren como procedimiento "electivo" (ver definición en Cláusula C.2) y no impidan la normal continuación del viaje, pudiendo por tanto ser realizadas al regreso del Titular a su país de origen, no estarán incluidas en este beneficio.
Intervenciones quirúrgicas. En caso de que la intervención quirúrgica requerida por el BENEFICIARIO sea inminente o urgente, la Central de Asistencia procederá conforme a la naturaleza de la lesión o enfermedad, cuando sean autorizadas por el Departamento Médico de la Central de Asistencias y en los casos de emergencia que requieran de forma inmediata este tratamiento, y que no puedan ser diferidas o postergadas hasta el retorno del BENEFICIARIO a su país de origen. Si a juicio de los médicos reguladores de la Central de Asistencias fuese posible el regreso al lugar de origen para recibir en él el tratamiento quirúrgico necesario, se procederá a la repatriación del BENEFICIARIO, quien está obligado a aceptar tal solución, perdiendo en caso de rechazo todos los beneficios otorgados por su PLAN de asistencia, eximiendo a TRANKI ASISTENCIA de toda responsabilidad. Aquellas intervenciones quirúrgicas que encuadren como procedimiento electivo y no impidan la continuación normal del viaje, pudiendo por tanto realizarla el BENEFICIARIO al regreso a su país de origen, no estarán incluidos en este beneficio.
Intervenciones quirúrgicas. El centro deberá contar como mínimo las siguientes unidades médico-quirúrgicas: - Cirugía Ortopédica y Traumatología. - Cirugía General y Digestivo. - Cirugía Plástica y Reparadora. - Neurocirugía. - Anestesiología y reanimación.
Intervenciones quirúrgicas. Se procederá a realizar las intervenciones quirúrgicas al Titular en los casos de emergencia que requieran urgentemente ese tratamiento en el marco de la primera atención del cuadro clínico y exclusivamente cuando el Departamento Médico de su Operador de Asistencia y la correspondiente central de Asistencia SEGURVIAJE lo autoricen. Se excluyen de cobertura los procedimientos quirúrgicos programados y que no se enmarcan en la primera asistencia de urgencia.
Intervenciones quirúrgicas. CUANDO SEAN AUTORIZADAS POR EL DEPARTAMENTO MÉDICO DEL OPERADOR O RED AUTORIZADA; Y EN LOS CASOS DE EMERGENCIA QUE REQUIERAN EN FORMA INMEDIATA ESTE TRATAMIENTO Y QUE NO PUEDAN SER DIFERIDAS HASTA EL RETORNO DEL PASAJERO A SU PAÍS DE ORIGEN. LOS GASTOS POR ASISTENCIA MÉDICA NO EXCEDERÁN EN NINGÚN CASO DEL VALOR MÁXIMO PACTADO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA O SUS ANEXOS; NI LOS DÍAS DE ASISTENCIA PACTADOS EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y A CARGO DEL ASEGURADO SIEMPRE EXISTIRÁ LA OBLIGACIÓN DE ASUMIR EL VALOR DEL DEDUCIBLE MÍNIMO PACTADO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA O SUS ANEXOS.
Intervenciones quirúrgicas. Se podrán proceder con las mismas cuando sean autorizadas por el Departamento Médico de la Central de Asistencias médica en viajes y en los casos de emergencia que requieran en forma inmediata este tratamiento, y que no puedan ser diferidas o postergadas hasta el retorno del Asegurado a su país de origen. Si a juicio de los médicos reguladores de la Central de Asistencias fuese posible el regreso al lugar de origen para recibir en él el tratamiento quirúrgico necesario, se procederá a la repatriación del Asegurado, quien está obligado a aceptar tal solución, perdiendo en caso de rechazo todos los beneficios otorgados por el Plan.
Intervenciones quirúrgicas. 1. En caso de bajas con intervención quirúrgica la empresa abonará al trabajador/a un suplemento económico hasta completar el 100% de su salario base día, más antigüedad, desde el momento de la intervención quirúrgica hasta el día de su alta hospitalaria.
Intervenciones quirúrgicas. Se procederá a realizar las intervenciones quirúrgicas al Titular en los casos de emergencia que requieran urgentemente ese tratamiento y exclusivamente cuando el Departamento Médico y la correspondiente central ASSIST CARD lo autoricen (salvo las excepciones previstas en la Cláusula A.2.3). Cuando la naturaleza de la enfermedad o lesiones del Titular así lo requieran, se procederá a tratamientos de terapia intensiva y unidad coronaria. En todos los casos deberá existir autorización del Departamento Médico de ASSIST CARD como requisito indispensable para que ASSIST CARD asuma la responsabilidad económica por dichos tratamientos (salvo las excepciones previstas en la Cláusula A.2.3). El costo total de todos los servicios detallados en la Cláusula C.4. no podrá exceder el "Monto Máximo Global" indicado en su voucher. A fines interpretativos, se aclara que en los productos donde el Monto Máximo Global este expresado en más de una moneda y difieran uno del otro, los referidos Montos no serán complementarios entre sí, por lo que las sumas computadas como gastos en asistencias brindadas para cualquiera de dichos Montos serán deducibles entre si. En su voucher encontrará el valor de cada Monto Máximo Específico aplicable a: Los límites de gastos de asistencia médica por enfermedad o accidente indicados en los puntos inmediatos anteriores no son acumulativos, aplicando en forma excluyente sólo uno de los mismos de acuerdo a la causa de la Asistencia. El Monto fijo deducible será aplicable a los gastos médicos del Titular y a aquellos productos ASSIST CARD que tengan incluido este concepto en su voucher. Si Ud. ha sido atendido por un profesional, Hospital o Emergency Room en los Estados Unidos de Norteamérica, no debe sorprenderse si al regresar a su país recibe las facturas por cargos de la sala de emergencia, radiografías, estudios especializados, etc. Según el criterio administrativo del sistema de salud en Estados Unidos, primero recibe las facturas el paciente y luego la empresa prestadora de asistencia en viaje, como ser en este caso ASSIST CARD. Toda esta rutina administrativa puede tomar un mes o más hasta que el hospital envíe las facturas a nuestra Central Operativa. Si en el ínterin Ud. ha recibido dichas facturas, le rogamos hacer llegar las mismas a nuestras oficinas de representación local para verificar el estado de las mismas en nuestros registros, procesarlas y pagarlas – si así correspondiere – a la mayor brevedad.
Intervenciones quirúrgicas. 5. Partos El Asegurado al que un facultativo haya prescrito uno de los servicios anteriormente señalados, se pondrá en contacto con la Compañía, con antelación suficiente para poder recabar informes médicos si fuera preciso, a través del número 000 000 000, o por fax, en el número 93.228.82.50 y Allianz remitirá, en su caso, la autorización directamente al facultativo o centro que haya de realizar la prueba, tratamiento o ingreso. El Asegurado deberá entregar la receta al facultativo o centro que haya de realizar la prueba, tratamiento o ingreso cuando se proceda al mismo.