Definición de Mayoría de Beneficiarios

Mayoría de Beneficiarios cuando la decisión se adopte en una Asamblea de Beneficiarios, para su aprobación se requerirá la mayoría absoluta del valor nominal de los Valores de Deuda Fiduciaria correspondientes a Beneficiarios presentes y habilitados a votar. A los efectos de su cómputo no se tendrán en cuenta las abstenciones voluntarias. Cuando la decisión se exprese a través del procedimiento alternativo contemplado en el artículo 9.4 del Contrato Marco4, se requerirá la mayoría absoluta del valor nominal de los VDF en circulación del Fideicomiso, correspondiente a Beneficiarios habilitados a votar.
Mayoría de Beneficiarios. El conjunto de los Beneficiarios que representa: (a) Cuando la decisión afecta a todos los Beneficiarios, a la mayoría absoluta del capital del Fideicomiso correspondiente a todos los Beneficiarios. (b) Cuando la decisión afecta exclusivamente a una clase de Beneficiarios, la mayoría absoluta del capital del Fideicomiso correspondiente a los Beneficiarios de la clase que corresponda. Por cada peso de capital integrado corresponderá un voto.
Mayoría de Beneficiarios significa la mayoría absoluta de valor nominal de los Valores Fiduciarios del Fideicomiso en circulación.

Examples of Mayoría de Beneficiarios in a sentence

  • No puede asegurarse que cualquier decisión adoptada por la Mayoría de Beneficiarios no tendrá un efecto adverso significativo respecto de los pagos adeudados a cualquier Beneficiario de los Valores Fiduciarios, ya sea que dicho Beneficiario hubiera votado en dicha Asamblea de Beneficiarios a favor o en contra de la resolución de que se trate.

  • Si el Fiduciario lo considera conveniente, podrá someter las modificaciones indicadas en la presente cláusula a la aprobación de la Mayoría de Beneficiarios.

  • Cuando el Fiduciario lo considere necesario, el Fiduciario convocará a una asamblea de Beneficiarios en cualquier momento, para dar o recibir cualquier solicitud, autorización, notificación, consentimiento, renuncia u otra acción, conforme a resolución de una Mayoría de Beneficiarios.

  • Toda modificación del presente Contrato destinada a tener efecto respecto de los Fiduciantes/Beneficiarios, que no encuadre dentro de las previsiones de los dos artículos siguientes deberá ser decidida por Mayoría de Beneficiarios.

  • En ningún caso se considerará que, en virtud de tal recomendación, el Fiduciario y/o los Beneficiarios/Fiduciantes de que se trate serán responsables por las consecuencias que deriven del curso de acción resuelto por la Mayoría de Beneficiarios.

  • En todo otro supuesto se requerirá el consentimiento de la Mayoría de Beneficiarios.

  • El Fiduciante, o en su defecto el Fiduciario, podrán designar un fiduciario sustituto interino, hasta tanto se expida la Mayoría de Beneficiarios si la Asamblea de Beneficiarios así los instruyera.

  • Las resoluciones deberán ser aprobadas por Mayoría de Beneficiarios.

  • Sin perjuicio de la facultad del Fiduciario de disponer a su sólo criterio la remoción del Administrador ante la ocurrencia de un incumplimiento por parte del Administrador, el Fiduciario podrá requerir el consentimiento de los Beneficiarios a través de una Asamblea de Beneficiarios, a cuyo fin se requerirá el consentimiento de una Mayoría de Beneficiarios.

  • El Fiduciario removido deberá permanecer en funciones – en su caso, con las limitaciones que indique una Mayoría de Beneficiarios - hasta la designación de un fiduciario sustituto y la aceptación por parte de éste.


More Definitions of Mayoría de Beneficiarios

Mayoría de Beneficiarios cuando la decisión se adopte en una Asamblea de Beneficiarios, para su aprobación se requerirá la mayoría absoluta (más del 50%) del valor nominal de los Valores Fiduciarios correspondientes a Beneficiarios presentes habilitados a votar. Cuando la decisión se exprese a través del procedimiento alternativo contemplado en el artículo 30.2 del presente, se requerirá la mayoría absoluta (más del 50% ) del valor nominal de los Valores Fiduciarios en circulación del Fideicomiso, o los de una Clase o Serie determinada, según se trate, correspondientes a Beneficiarios habilitados a votar.

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  • Beneficiarios El Conductor y/o los ocupantes del Automóvil/Pick-up de uso personal.

  • Beneficiario Es la persona física o moral que al momento de un siniestro que amerite indemnización, según lo establecido en la póliza, tiene derecho al pago o servicio correspondiente.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

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  • Fideicomiso significa el contrato de fideicomiso maestro, irrevocable, de administración y fuente de pago, de fecha [●] de [●] de [●], celebrado entre el Estado, en calidad de fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar, y [●] como fiduciario, para que sirva como fuente de pago de los financiamientos o créditos, las garantías de pago oportuno y/o los instrumentos de intercambio de flujos que celebre, en su caso, el Estado, según el mismo sea modificado, de tiempo en tiempo, e inclusive reexpresado en su totalidad.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Cumplimiento significa que el Proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Fiduciario Banco Nacional xx Xxxxx Rica (BNCR).

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.