Definición de Revisión salarial

Revisión salarial. Se garantiza un incremento salarial para el año 1999 de cuando menos el I.P.C. real nacional de dicho año. Por este motivo, y con el fin de dar cumplimiento a tal garantía, se establece que tan pronto se conozca la cifra de I.P.C. real nacional correspondiente a 1999, si se constata que el incremento inicial (2,7 por ciento) resulta insuficiente para cubrir la garantía de I.P.C. real nacional, se procederá a incrementar los salarios en la cuantía matemática precisa para alcanzar la mencionada garantía de I.P.C. real nacional del año 1999. Esta revisión salarial se practicará con efectos retroactivos al 1 de enero de 1999 y se calculará tomando como base los cuantías salariales sobre las que se practicó el incremento inicial. Incremento salarial año 2000 Incremento inicial: A 1 de enero del año 2000 se actualizarán los salarios vigentes a 31 de diciembre de 1999, una vez efectuada la revisión salarial descrita en el apartado anterior si procediera, en el porcentaje de I.P.C. (2 por ciento) previsto por el Gobierno para ese año 2000. En defecto de esta previsión, será la Comisión Mixta de Interpretación la que determine la cifra que deba utilizarse en su sustitución. Revisión salarial: Se garantiza un incremento salarial para el año 2000 de cuando menos el I.P.C. real de dicho año. Esta revisión salarial se practicará con efectos retroactivos al 1 de enero del año 2000 y se calculará tomando como base los cuantías salariales sobre las que se practicó el incremento inicial. DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA

Examples of Revisión salarial in a sentence

  • Para el tercer año de la vigencia (2007), una vez se conozca el IPC previsto por el Gobierno para dicho año, se confeccionarán las tablas salariales correspondientes, con un incremento del IPC previsto más un 0,4 %, que será adicionado a las tablas salariales vigentes a 31 de diciembre del 2006, incluida la Revisión salarial de este último año, si procediese.

  • Para el segundo año de la vigencia (2006), una vez se conozca el IPC previsto por el Gobierno para dicho año, se confeccionarán las tablas salariales correspondientes, con un incremento del IPC previsto más un 0,4 %, que será adicionado a las tablas salariales vigentes a 31 de diciembre del 2005, incluida la Revisión salarial de este último año, si procediese.

  • Revisión salarial: Durante el año 2017 no habrá revisión salarial.

  • Las retribuciones salariales se verán incrementadas de la siguiente forma: Año 2018: 2,20% sobre las tablas de 2017 Año 2019: 1,75% sobre las tablas de 2018 Año 2020: 1,85% sobre las tablas de 2019 Año 2021: 1,95% sobre las tablas de 2020 La empresa abanará los atrasos correspondientes al 2018 en el plazo de un mes desde la publicación oficial del presente convenio Revisión salarial.

  • Para el segundo año de la vigencia (2006), una vez se conozca el IPC previsto por el Gobierno para dicho año, se confeccionarán las tablas salariales correspon- dientes, con un incremento del IPC previsto más un 0,4 %, que será adicionado a las tablas salariales vigentes a 31 de diciembre del 2005, incluida la Revisión salarial de este último año, si procediese.

  • Revisión salarial: En el caso de que el índice de Precios al Consumo (¡PC) publicado por el INE, registrara a 31 de diciembre de 2014 un aumento superior al 1,5%, se efectuará una revisión sa- larial de todos los conceptos económicos del Convenio Colectivo en el exceso sobre la cifra in- dicada (1,5%), tan pronto se constate dicha circunstancia.

  • Para el tercer año de la vigencia (2007), una vez se conozca el IPC previsto por el Gobierno para dicho año, se confeccionarán las tablas salariales correspon- dientes, con un incremento del IPC previsto más un 0,4 %, que será adicionado a las tablas salariales vigentes a 31 de diciembre del 2006, incluida la Revisión salarial de este último año, si procediese.

  • Revisión salarial del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid n.º 102, de 30 xx xxxxx de 2004.

  • La Revisión salarial se abonará en una sola paga durante el primer trimestre de 2005.

  • Revisión salarial del Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx n.º 215, de 16 de septiembre de 2010.

Related to Revisión salarial

  • Directorio significa el Directorio Ejecutivo del Banco.

  • Concepto Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio (estudio, supervisión, asesoramiento, etc.), demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos.

  • Salud – Calidad – Humanización prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres a tres (3) meses.  El retiro de la oferta después de vencido el plazo para la presentación de las ofertas.  La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.  La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando la propuesta la presente un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la Garantía de Seriedad debe ser otorgada por todos sus integrantes y especificando el nombre del proponente plural (NO A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL). Artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor del HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de acuerdo con lo establecido a continuación: El proponente acepta que el HOSPITAL MILITAR CENTRAL le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, en caso de resultar este insuficiente. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: "La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente".

  • Programa significa el proyecto o programa que se identifica en las Estipulaciones Especiales y consiste en el conjunto de actividades con un objetivo de desarrollo a cuya financiación contribuyen los recursos xxx Xxxxxxxx.

  • COMPRANET El sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios.

  • Proyecto significa el Programa o Proyecto para el cual se otorga el Financiamiento.

  • Tarifa es el precio que paga el Pasajero por el servicio de transporte y las condiciones de aplicación de la misma. Las tarifas están sujetas a condiciones de utilización que se refieren entre otros a periodos de validez en el tiempo, condiciones de pago, restricciones de endosos, estipulaciones sobre reembolsos, utilización en determinados vuelos, tiempo mínimo o máximo de estadía en el lugar de destino, días específicos de viajes, penalidades, reglas de equipaje permitido y otras condiciones aplicables.

  • Consulta Comunicación escrita, remitida por un Oferente/Proponente conforme al procedimiento establecido y recibida por el Comité de Compras y Contrataciones, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones Específica.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Consultor es el oferente adjudicatario.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Concesionario Es la persona jurídica preexistente o una nueva constituida por el Adjudicatario bajo las Leyes y Disposiciones Aplicables que suscribe el Contrato con el CONCEDENTE. En cualquiera de los casos, el objeto social del CONCESIONARIO será desarrollar actividades de transmisión eléctrica y en la que el Operador Calificado es titular de la Participación Mínima.

  • Legislación Aplicable significa las leyes y cualquier otro instrumento que tenga fuerza xx xxx en el país del Cliente, o en el país que se indique en la Hoja de Datos, que sean expedidas y se encuentren vigentes de cuando en cuando.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • FUENTE FORMAL LEY 80 DE 1993 – ARTÍCULO 60 / LEY 80 DE 1993 – ARTÍCULO 61

  • Ley Aplicable significa respecto de cualquier Persona, (i) cualquier estatuto, ley, reglamento, ordenanza, regla, sentencia, orden, decreto, permiso, concesión, otorgamiento, franquicia u otra disposición o restricción gubernamental o cualquier interpretación o administración de cualesquiera de los anteriores por cualquier Autoridad Gubernamental (incluyendo, sin limitar, las Autorizaciones Gubernamentales) y (ii) cualquier directriz, lineamiento, política, requisito o cualquier forma de decisión o determinación similar por cualquier Autoridad Gubernamental que sea obligatoria para dicha Persona, en cada caso, vigente actualmente o en el futuro.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Usuarios significa, respecto de los Servicios, aquellos empleados, contratistas y usuarios finales, según corresponda, autorizados por Usted o en Su nombre para utilizar los Servicios de conformidad con este Contrato y Su orden. Respecto de aquellos Servicios que están específicamente diseñados para permitir que Sus clientes, agentes, proveedores u otros terceros accedan a los Servicios a fin de interactuar con Usted, dichos terceros se considerarán “Usuarios” sujetos a los términos de este Contrato y Su orden.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Partes Son, conjuntamente, el CONCEDENTE y el CONCESIONARIO.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • LOSNCP Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

  • Precio Significa el importe consignado en la oferta.

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.