Definición de Tenedor Adicional

Tenedor Adicional. Titular de una Tarjeta Adicional, accesoria a la Cuenta del Titular que haya sido emitida por OCA a solicitud del Tenedor Titular. Si el Tenedor Adicional firmase el presente contrato, se considerará Titular a todos los efectos del mismo. En las Condiciones Particulares del presente, se indican cada uno de los Tenedores Adicionales para quienes el Titular solicita, mediante la suscripción del presente, una Tarjeta Adicional.
Tenedor Adicional. Solicitante a quien el Banco haya emitido a pedido del Tenedor Titular una Tarjeta Adicional accesoria a la cuenta del Tenedor Titular. Tenedor/Usuario: Indistintamente Tenedores Titulares y Tenedores Adicionales. Tarjeta(s)/ Tarjeta(s) de Crédito: Indistintamente todas las tarjetas de crédito de las distintas marcas comerciales emitidas por el HSBC Bank (Uruguay) S.A.
Tenedor Adicional. Solicitante a quien el Banco haya emitido a pedido del Tenedor Titular una Tarjeta Adicional accesoria a la Cuenta del Tenedor Titular. Tenedor Titular / Titular: Solicitante a quien el Banco haya emitido una Tarjeta de Crédito.

Examples of Tenedor Adicional in a sentence

  • A solicitud del Titular, OCA podrá emitir Tarjetas Adicionales, las que serán entregadas por OCA al Tenedor Adicional a cuyo nombre se emitió la Tarjeta Adicional o directamente al Titular quien la entregará al Tenedor Adicional de acuerdo a lo previsto en la cláusula segundo del presente.

  • A los efectos del presente contrato, se considerará Tenedor Titular la persona jurídica solicitante y Tenedor Adicional las personas físicas que la empresa designe.

  • A los efectos de este contrato, será considerado Titular la persona jurídica firmante del presente contrato y Tenedor Adicional las personas físicas a cuyo nombre se hayan emitido Tarjetas Adicionales a solicitud de la persona jurídica.

  • A solicitud del Titular, OCA podrá emitir Tarjetas Adicionales, las que serán entregadas por OCA al Tenedor Adicional a cuyo nombre se emitió la Tarjeta Adicional o directamente al Titular quien la entregará al Tenedor Adicional de acuerdo con lo previsto en la cláusula segundo del presente.

  • A los efectos de este contrato, será considerado Titular la persona jurídica firmante del presente contrato y Tenedor Adicional, las personas físicas a cuyo nombre se hayan emitido Tarjetas Adicionales a solicitud de la persona jurídica.


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Tenedor Adicional. Titular de una Tarjeta Adicional, accesoria a la Cuenta del Titular que haya sido emitida por el Banco a solicitud del Tenedor Titular. Si el Tenedor Adicional firmase el presente contrato, se considerará Titular a todos los efectos del mismo.

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