We use cookies on our site to analyze traffic, enhance your experience, and provide you with tailored content.

For more information visit our privacy policy.

Definición de TESTIGO SOCIAL

TESTIGO SOCIAL. La persona física o jurídica que participa con voz en los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios y que emite un testimonio final de conformidad con esta Ley; y “UNIDAD CENTRALIZADA DE COMPRAS”: El Departamento de Adquisiciones y Almacen deL Sistema de los Servicios de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Puerto Vallarta.
TESTIGO SOCIAL. Persona que cuenta con el registro correspondiente en el padrón público de testigos sociales, el cual está a cargo de la Secretaría de la Función Pública.
TESTIGO SOCIAL. La persona física o jurídica que participa con voz en los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios y que emite un testimonio final de conformidad con esta Ley; y “UNIDAD CENTRALIZADA DE COMPRAS”:El area administrativa del Fideicomiso de Turismo de Puerto Vallarta.

Examples of TESTIGO SOCIAL in a sentence

  • PARTICIPACIÓN DE TESTIGO SOCIAL (ART.37,LEY) NO 11.-CRITERIO DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS CONFORME CON ART.66, LEY Y A LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO 1.

  • NO OBSTANTE, LA CONVOCANTE INTENTARÁ ABRIR LOS ARCHIVOS MÁS DE UNA VEZ EN PRESENCIA DEL REPRESENTANTE DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL Y, EN SU CASO, DEL TESTIGO SOCIAL, CON LOS PROGRAMAS WORD, EXCEL Y PDF, EN CASO DE QUE SE CONFIRME QUE EL ARCHIVO CONTIENE ALGÚN VIRUS INFORMÁTICO, O ESTÁ ALTERADO POR CAUSAS AJENAS A LA CONVOCANTE O A COMPRANET, LA PROPOSICIÓN SE TENDRÁ POR NO PRESENTADA.

  • PARTICIPACIÓN DE TESTIGO SOCIAL (ART.37,LEY) SI 11.-CRITERIO DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS CONFORME CON ART.66, LEY Y A LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO 1.

  • TESTIGO SOCIAL: Mecanismo de participación ciudadana, por medio del cual se involucra a la sociedad civil en los procedimientos de contratación pública relevantes; procedimientos en los que, por su complejidad, impacto o monto de recursos requieren una atención especial, para minimizar riesgos de opacidad y corrupción.

  • TESTIGO SOCIAL: Figura de participación ciudadana, por medio del cual se involucra a la Sociedad Civil en los procedimientos de contratación pública, mismos que por su complejidad, impacto o monto de recursos, requieren particular atención para garantizar su transparencia y apego a la cultura de legalidad.

  • El acta será firmada por los servidores públicos y en su caso, por el TESTIGO SOCIAL y los observadores, asimismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.

  • De conformidad con el artículo 26 Ter de la LAASSP se hace del conocimiento de los interesados en participar en esta Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica que cuenta con la participación del TESTIGO SOCIAL designado por la SFP mediante oficio número UACP/DPFCP/155/2023 de fecha 25 xx xxxxxx de 2023, quien para el presente procedimiento es Xxxxxxxxxx, Desarrollo y Transparencia Institucional, A.C. Convocatoria / NO.

  • El acta será firmada por los servidores públicos, el TESTIGO SOCIAL y en su caso por los observadores, asimismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes.


More Definitions of TESTIGO SOCIAL

TESTIGO SOCIAL. Persona asignada por la Contraloría del Estado a efecto de observar y vigilar el “PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN”.
TESTIGO SOCIAL. La persona física o moral que cuenta con el registro correspondiente en el padrón público de testigos sociales de la Secretaría de la Función Pública y participa de oficio o a petición de parte en aquel procedimiento de adquisición que determine la SFP o cuando el importe del mismo rebase el equivalente a cinco millones de xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal (5,000,000 DSMGVDF). TRATADOS: Convenios regidos por el Derecho Internacional Público, celebrado entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de Derecho Internacional Público, ya sea que para su aplicación requiera o no la celebración de acuerdos en materias específicas, cualquiera que sea su denominación, mediante los cuales los Estados Unidos Mexicanos asumen compromisos. Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx

Related to TESTIGO SOCIAL

  • MIPYMES Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

  • Cronograma Es el calendario de ejecución de obras del Proyecto, que incluyen los hitos detallados en el Anexo 7, el cual deberá elaborar y presentar el CONCESIONARIO conforme a lo dispuesto en la Cláusula 4.8.

  • Supervisor Persona natural o jurídica, competente responsable de dirigir o supervisar la ejecución de acuerdo con el diseño, planos, tiempo de ejecución, presupuestos y especificaciones técnicas y de construcción del Contrato de Obra.

  • Salud – Calidad – Humanización FORMULARIO No.10

  • INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.

  • Consultor es el oferente adjudicatario.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Hace saber Que intentada la notificación de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes, en el domicilio especificado en dicho Registro, ha sido imposible la misma a: - DOUDOU SOW. - XXXXXX XXXXX. - XXXXXX XXXXX. Por lo que mediante el presente anuncio se le emplaza para que en virtud de lo establecido en el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, se persone en este Ayuntamiento a los efectos de examen del expediente referido en un plazo máximo de quince días, desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia xx Xxxx. Los Xxxxxxxx, a 16 de Diciembre de 2013.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXX XXXXXXXX XXXX. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Mancha Real (Jaén) Que por esta Alcaldía se ha dictado resolución aprobando el siguiente padrón: 02/12/2013 TASAS GUARDERÍA MUNICIPAL PERMANENTE NOVIEMBRE 2013 3.618,47 € El periodo voluntario de cobro será de dos meses contados a partir de la fecha de publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. El cobro se realizará en las dependencias del Servicio de Recaudación Tributaria de este Ayuntamiento, en horario de oficina de lunes a viernes de 7,45 a 15,15 horas. El padrón se encuentra en el Negociado de Tesorería de este Ayuntamiento por plazo de un mes, durante el cual los interesados podrán examinarlo. Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. De conformidad con el Art. 102.3) de la Ley General Tributaria, el presente Edicto tendrá carácter de notificación colectiva de las liquidaciones comprendidas en los citados padrones. Los recibos cuyos titulares tengan realizada domiciliación bancaria se cargarán directamente en la cuenta corriente o de ahorro designada por el contribuyente. Contra el mismo, los interesados podrán interponer Recurso de Reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 14.2) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, como previo al Contencioso-Administrativo. Mancha Real, a 02 de Diciembre de 2013.- La Alcaldesa, XXXXXXX XXXXXXXX XXXX. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Alcalde-Presidente de este Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.4) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación a xxx XXXXX XXXXXXXXX XXXX, cuyo último domicilio conocido es XXXXX XXXXXX XXXXX, 00, xx XXXXXXXXXXXXX (JAÉN). Para su conocimiento y efectos oportunos, le comunico que el Alcalde-Presidente de este Excmo. Ayuntamiento, ha dictado la Resolución núm. 1339/2013, de fecha 28/10/2013. Acordando Resolución de Expediente Sancionador como responsable de una infracción administrativa a la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, por la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas careciendo de autorización para ello. Que en la Resolución de Expediente Sancionador JEFXC019 al que se hace referencia, el cual podrá ser examinado en la oficina de Sanciones de este Ayuntamiento, constan los hechos que se imputan, así como las consideraciones fácticas y de derecho que han determinado adoptar dicha resolución, acordando imponerle una sanción de 350,00 Euros, concediéndole un plazo de 1 mes, a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó. Con la publicación del presente edicto, esta Administración le considera a xxx XXXXX XXXXXXXXX XXXX notificado. Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa legal vigente antes citada. Martos, a 02 de Diciembre de 2013.- El Alcalde-Presidente, XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX.

  • Consumo Cantidad de metros cúbicos de gas, recibidos por el suscriptor o usuario en un período determinado, leídos en los equipos de medición respectivos, o calculados mediante la metodología establecida por la autoridad regulatoria.

  • Queja Medio por el cual el suscriptor o usuario pone de manifiesto su inconformidad con la actuación de determinado funcionario, o con la forma y condiciones en que se ha prestado el servicio.

  • Evaluación significa todas las actividades y operaciones llevadas a cabo por el Contratista después de un Descubrimiento para determinar los límites, caracterización y capacidad de producción de algún Descubrimiento, así como para determinar si el Descubrimiento en cuestión es un Descubrimiento Comercial, incluyendo, sin limitación: (i) actividades adicionales de Reconocimiento y Exploración Superficial y de Exploración; (ii) estudios geológicos y geofísicos; (iii) perforación xx Xxxxx de prueba; (iv) estudios de Reservas y similares, y (v) todas las operaciones auxiliares y actividades requeridas para optimizar las actividades anteriormente indicadas o las que sean resultado de éstas.

  • Hospital Establecimiento destinado al cuidado y tratamiento de personas enfermas o lesionadas, con facilidades organizadas para diagnóstico, cirugía mayor, servicio médico con profesionales legalmente titulados y servicio de enfermeras o enfermeros graduados. Todo ello operando legalmente de acuerdo con las normas legales vigentes aplicables.

  • Franquicia aquella suma de dinero, expresada en términos fijos o porcentuales, que en el momento de los desembolsos correspondientes a una Reclamación, corresponde al Asegurado, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del presente seguro, y cuya cuantía se determina en las Condiciones Particulares del mismo.

  • Vehículo Medio de transporte terrestre impulsado o no por su propio motor, provisto o no de remolque, destinado al transporte de personas, materiales o equipos utilizados para labores agrícolas, o de construcción, etc.

  • Cobertura Es la prestación que se ofrece en los términos establecidos en la póliza, cuando se produce un siniestro que afecte a cualquiera de las garantías contratadas.

  • Duración El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016.

  • Consulta Comunicación escrita, remitida por un Oferente/Proponente conforme al procedimiento establecido y recibida por el Comité de Compras y Contrataciones, solicitando aclaración, interpretación o modificación sobre aspectos relacionados exclusivamente con el Pliego de Condiciones Específicas.

  • Prácticas Coercitivas Es dañar o perjudicar, o amenazar con dañar o perjudicar directa o indirectamente a cualquier parte, o a sus propiedades para influenciar inapropiadamente la actuación de una parte.

  • Legislación Aplicable significa las leyes y cualquier otro instrumento que tenga fuerza xx xxx en el país del Cliente, o en el país que se indique en la Hoja de Datos, que sean expedidas y se encuentren vigentes de cuando en cuando.

  • Daño material La pérdida o deterioro de las cosas o de los animales.

  • ACCESORIOS Componentes o partes, tales como cables, microfiltros u otros, que se incluyen dentro del KIT DE CONEXIÓN, necesarias para llevar a cabo la conexión del EQUIPO TERMINAL con el EQUIPO DE CÓMPUTO.

  • Trimestre significa cada uno de los siguientes períodos de tres (3) meses del año calendario: el período que comienza el 1 de enero y termina el 31 xx xxxxx; el período que comienza el 0 xx xxxxx x termina el 30 xx xxxxx; el período que comienza el 0 xx xxxxx x xxxxxxx xx 00 xx xxxxxxxxxx; y el período que comienza el 1 de octubre y termina el 31 de diciembre.

  • Medio de verificación Copia física o digital de los documentos descritos en la acción; y registros de implementación cuando corresponda. Plazo: mes 6. desde la aprobación de la adhesión

  • Asegurado La persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.

  • Inspección Es un análisis o evaluación más detallada de los riesgos que el departamento o unidad de Ingeniería de la Compañía considere más relevantes.