XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX Cláusulas de Ejemplo

XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX. Matrícula: 5023 C.E.C.B.A. CONSTITUCION: Escritura 28/10/2021. 1.- Xxxxxxxx XXXXXXX, xxxxxxxxx, 46 años, DNI 00.000.000, CUIT 20- 00000000-6, casado en 1ras nupcias con Xxxxx Xxxxx Xxxxx, comerciante, domicilio Xxxxxxx 000, Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxx, Tigre, Pcia. Bs. As.; Xxxx Xxxxx XXXXXXX, argentino, 49 años, DNI 00.000.000, CUIT 20-00000000-2, casado en 1ras nupcias con Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Ingeniero Agrónomo, xxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx 0000, Xxxx 0x, XXXX; Xxxxx Xxxxxxx XXXXXXX, argentino, 42 años, DNI 00.000.000, CUIT: 20-00000000-1, casado en 1ras nupcias con Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, comerciante, domicilio Xx. Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx 2910, Piso 3º, CABA; Xxxxxxxx XXXXXXX, argentina, 51 años, DNI 00.000.000, CUIT: 27-00000000-7, soltera, comerciante, domicilio Xxxxxx 0000, Xxxx 0x, Xxx 00, XXXX.- Xxxxx XXXXXXX, argentino, 81 años, DNI 4.307.674, CUIT 20-00000000-5, casado en 1ras nupcias con Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, comerciante, xxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx 0000, Xxxx 0x, XXXX 2.- PICHI CARILOO S.A. 3.- Xxxxxxx xx Xxxx 000, Piso 3º, Oficina 3, CABA.- 4.- Realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros sobre inmuebles rurales propios o de terceros, en cualquier punto de la República Argentina o del extranjero todo tipo de explotación Agrícola y Ganadera, pudiendo establecer sucursales, filiales y agencias en el país y en el extranjero. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, ejercer los actos y realizar los contratos que no sean prohibidos por las leyes o por el estatuto.- 5.- 99 años.- 6.- $ 1.500.000.-; Xxxxxxxx Xxxxxxx $ 450.000.-, Xxxx Xxxxx Xxxxxxx $ 350.000.-, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx $ 350.000.- y Xxxxxxxx Xxxxxxx $ 350.000.-; representado por acciones ordinarias, nominativas, no endosables de $ 10.- valor nominal cada una y de un voto por acción; El capital social podrá elevarse hasta el quintuplo de acuerdo al art. 188 de la ley 19.550.- Los socios suscriben el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: Xxxxxxxx XXXXXXX, suscribe la cantidad de 45.000 acciones ordinarias, de $ 10 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción; Xxxx Xxxxx XXXXXXX, suscribe la cantidad de 35.000 acciones ordinarias, de $ 10 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción; Xxxxx Xxxxxxx XXXXXXX, suscribe la cantidad de 35.000 acciones ordinarias, de $ 10 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción y Xxxxxxxx XXXXXXX, suscribe la cantidad de 35.000 acci...
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX. Rectora de la Universitat de València-Estudi General · D.S. València– Fe · D.S. València– Doctor Xxxxx · D.S. València-Clínic/ Malva-rosa · D.S. València-Hospital General · D.S. Gandia (només Infermeria) · D.S. Xàtiva-Ontinyent (només Infermeria) · Direcció General de Salut Pública · Serveis d’Emergències Sanitàries · Centres de Transfusions · Centres de Salut Pública
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX. Cargo: Documento firmado por: La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Real Decreto (CE) 213/2008, de 28 de noviembre de 2007, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas es: 71311000-1 - Servicios de consultoría en ingeniería civil 71311100-2 - Servicios de asistencia en ingeniería civil 71311300-4 - Servicios de consultoría en infraestructura 71318000-0 - Servicios de asesoramiento y consultoría en ingeniería 71319000-7 - Servicios de peritaje 71350000-6 - Servicios científicos y técnicos relacionados con la ingeniería JUSTIFICACIÓN DE AUSENCIA DE FRACCIONAMIENTO Y LA NO DIVISIÓN EN LOTES
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX. Cargo: Documento firmado por:
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX. Cargo: Documento firmado por: - La Empresa adjudicataria, responderá de todos los daños que ocasione con motivo de una defectuosa ejecución de sus tareas y funciones en la actividad a realizar. Los daños y perjuicios ocasionados en cualquiera de los elementos de propiedad municipal, serán responsabilidad de la Empresa adjudicataria cuando se deban a negligencia, culpa o incumplimiento de la presente memoria técnica, así como por una inadecuada ejecución de las labores. - La Empresa adjudicataria estará obligada al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a él y a las órdenes que a través de cualquier medio (escrito, verbal o digital-email) procedan de los Servicios Técnicos Municipales o del responsable del contrato. - El adjudicatario designará un encargado debidamente capacitado que será el interlocutor directo con el personal del Ayuntamiento y que resolverá todas las quejas en el periodo de duración del contrato. - En los servicios quedan incluidos tanto los honorarios por prestación de servicios, como los gastos de desplazamiento y dietas que se puedan llegar a generarse en las visitas y ratificaciones incluidas.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX. Matrícula: 5023 C.E.C.B.A. Esc. 35.15/3/22, reg. 621.1) Xxxxx Xxxxxxx XXXXXXXX, 3/12/79, casado, comerciante, DNI 00000000, Chanas 750, El palomar, Xxxx.Xx.Xx, 6000 acciones y Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx XXXXX, 24/9/57, jubilada, viuda, DNI 00000000, Xxxxxxxxxx 2260, dpto 3, Xxxxx Xxxx, Xxxx.Xx.Xx, 34000 acciones; ambos argentinos. 2) 30 años. 3) mediante la administración y realización de obras de cualquier naturaleza, refacciones, incluyendo entre otros en este concepto a las ferroviarias, hidráulicas, portuarias, mecánicas, sanitarias, eléctricas y edificios, barrios, caminos, pavimentaciones, urbanizaciones, sean públicas o privadas.b) compra y venta de materiales y materias primas de todo tipo relacionados con la construcción en el mercado local y/o a traves de exportación e importación.A estos efectos la sociedad utilizará los servicios de profesionales debidamente habilitados en la materia que se trate.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX. Matrícula: 5023 C.E.C.B.A.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX. 21. XXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX. EL METRO EL CONTRATISTA
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX. El presidente me instruyó para que entremos en contacto primero con el consejero jurídico y a partir del consejero jurídico con la fiscalía para que esos recursos, en caso de ingresar a la hacienda pública, ingrese a la fiscalía como un resarcimiento de datos de acuerdo con el procedimiento jurídico.