Common use of ABONOS AL ADJUDICATARIO Clause in Contracts

ABONOS AL ADJUDICATARIO. Sólo se abonarán al adjudicatario los suministros que hayan sido realizados de conformidad, previa presentación de factura reglamentaria, y conforme a los precios convenidos en el contrato, de conformidad con el artículo 216.1 del TRLCSP. En la factura deberán constar identificados el órgano de contratación y el destinatario en cumplimiento DA.33ª TRLCSP. Cuando se trate de suministros para cuya ejecución se hayan establecido plazos parciales el pago se realizará al cumplimiento de los plazos fijados, previa expedición de factura reglamentaria, y certificado de recepción de conformidad emitido por el servicio competente. No obstante, podrán realizarse valoraciones parciales de los suministros efectuados con anterioridad a la finalización de los plazos parciales o, en su caso, del plazo final, cuyo pago estará sujeto a la autorización por el órgano de contratación y a que el adjudicatario haya garantizado su importe mediante la prestación de la garantía correspondiente. Si se trata de entregas de tracto sucesivo, tales como suministro de papel, material fungible de informática, etc., el pago se realizará de forma fraccionada con la periodicidad que se establezca en el apartado 13º del Cuadro de Características. Asimismo, cuando la adjudicación del contrato se realice en base a precios unitarios sin que el volumen global del suministro esté previamente definido por estar subordinado a las necesidades de la Administración, el pago se realizará de forma fraccionada a medida que los suministros hayan sido realizados, y previa expedición de factura y certificación de recepción de conformidad. A efectos de lo previsto en el artículo 216.3 del TRLCSP, en el apartado 14º del Cuadro de Características se establecerán los requisitos y condiciones para que los abonos a cuenta por operaciones preparatorias puedan hacerse efectivos. En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013 de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y del estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, el órgano administrativo competente en materia de contabilidad es el Departamento de Gestión Económica. Asimismo, en la factura deberán constar la identificación del destinatario: Instituto Valenciano de Arte Moderno, NIF Q-9655140-C. En los supuestos de periodo transitorio entre la finalización del contrato y la ejecución de la nueva contratación se producirán los abonos por los suministros prestados en la misma forma y cuantía que se venía realizando.

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ABONOS AL ADJUDICATARIO. Sólo se abonarán El adjudicatario tendrá derecho al adjudicatario abono del precio de los suministros que hayan sido realizados de conformidadServicios efectivamente realizados, previa presentación de factura reglamentaria, y conforme con arreglo a los precios convenidos las condiciones establecidas en el contrato. El Ayuntamiento xx Xxxxx abonará el importe del Servicio al contratista en mensualidades, por medio de conformidad factura con el artículo 216.1 siguiente concepto: “SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DEL PUNTO LIMPIO DEL MUNICIPIO XX XXXXX (VALLADOLID), del TRLCSPmes de En ningún caso el importe de dichas facturas podrá ser superior del valor resultante de dividir el importe del contrato en 12 mensualidades. En Cualquier servicio de carácter público que pueda prestarse al Ayuntamiento y no se encuentre incluido en el presente pliego de condiciones deberá hacerse mediante presentación previa de presupuesto, justificación de la factura deberán constar identificados el órgano no inclusión dentro del Contrato de contratación Servicios, y el destinatario en cumplimiento DA.33ª TRLCSPdocumento de aceptación del presupuesto por parte del Ayuntamiento. Cuando se trate Antes de suministros para cuya ejecución se hayan establecido plazos parciales efectuar el pago se realizará al cumplimiento Contratista, éste deberá estar al corriente de sus obligaciones Fiscales y de Seguridad Social. Por ello, juntamente con la factura, deberá presentar certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones Fiscales y de Seguridad Social. El contratista o subcontratista deberá aportar al pagador (El Ayuntamiento) un certificado especifico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias emitido, a estos efectos, por la Administración Tributaria durante los plazos fijados, previa expedición 6 meses anteriores al pago de cada factura reglamentaria, y certificado de recepción de conformidad emitido por el servicio competente. No obstante, podrán realizarse valoraciones parciales de los suministros efectuados con anterioridad correspondiente a la finalización de los plazos parciales o, contratación o subcontratación en su caso, del plazo final, cuyo pago estará sujeto a la autorización por el órgano de contratación y a que el adjudicatario haya garantizado su importe mediante la prestación de la garantía correspondiente. Si se trata de entregas de tracto sucesivo, tales como suministro de papel, material fungible de informática, etc., el pago se realizará de forma fraccionada con la periodicidad que se establezca en el apartado 13º del Cuadro de Características. Asimismo, cuando la adjudicación del contrato se realice en base a precios unitarios sin que el volumen global del suministro esté previamente definido por estar subordinado a las necesidades de la Administración, el pago se realizará de forma fraccionada a medida que los suministros hayan sido realizados, y previa expedición de factura y certificación de recepción de conformidad. A efectos de lo previsto en el artículo 216.3 del TRLCSP, en el apartado 14º del Cuadro de Características se establecerán los requisitos y condiciones para que los abonos a cuenta por operaciones preparatorias puedan hacerse efectivos. En cumplimiento de lo dispuesto recogido en el Real Decreto-Ley 4/2013 de 22 de febreroart, de medidas de apoyo al emprendedor y del estímulo del crecimiento y 43 f) de la creación de empleoLey General Tributaria. La ejecución del contrato, se realizará por el órgano administrativo competente Contratista con las responsabilidades establecidas en materia de contabilidad es el Departamento de Gestión Económicaart. Asimismo, en la factura deberán constar la identificación del destinatario: Instituto Valenciano de Arte Moderno, NIF Q-9655140-C. En los supuestos de periodo transitorio entre la finalización del contrato y la ejecución de la nueva contratación se producirán los abonos por los suministros prestados en la misma forma y cuantía que se venía realizando305 TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación a Traves De Contrato De Servicio Público en La Modalidad De Concesión Administrativa De Los Trabajos De Mantenimiento Y Explotación Del Punto Limpio Del Municipio De Íscar

ABONOS AL ADJUDICATARIO. Sólo Pago del Precio.- El contratista tiene derecho al abono del precio de los trabajos efectivamente realizados y formalmente recibidos por la esta Administración. El abono de los trabajos se abonarán al adjudicatario realizará, una vez recibidos de conformidad la totalidad de los suministros trabajos contratados, contra factura emitida electrónicamente en legal forma, que hayan sido realizados se presentarán para su tramitación y pago en los plazos regulados en la normativa vigente (arts. 216 y siguientes TRLCSP). Para la tramitación de conformidad, previa las mismas el Ayuntamiento ha personalizado y registrado un subdominio para la presentación de factura reglamentariafacturas a través de FACe., cuya dirección es xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx Finalmente para que el envío de las facturas sea correcto las relaciones de OC, OG u UT son: L01130874 XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX X00000000 AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX L01130874 AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX Pagos a subcontratistas y conforme a los precios convenidos en el contrato, de conformidad con el artículo 216.1 del TRLCSPsuministradores. En la factura deberán constar identificados el órgano de contratación y el destinatario en cumplimiento DA.33ª TRLCSP. Cuando se trate de suministros para cuya ejecución se hayan establecido plazos parciales el pago se realizará Los adjudicatarios vienen obligados al cumplimiento de los plazos fijados, previa expedición de factura reglamentaria, y certificado de recepción de conformidad emitido lo preceptuado en la materia por el servicio competenteartículo 228 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstanteExp: 2018CON00023 Estas obligaciones, podrán realizarse valoraciones parciales conforme a lo preceptuado por el artículo 228 bis del mismo texto legal, se consideran condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en los pliegos. La supervisión e inspección de los suministros efectuados con anterioridad trabajos objeto de la contrata corresponderá a la finalización de los plazos parciales o, en su caso, del plazo final, cuyo pago estará sujeto a la autorización por el órgano de contratación y a Técnicos que el adjudicatario haya garantizado su importe mediante Ayuntamiento designe, los cuales dictarán al contratista las instrucciones necesarias para la prestación normal y eficaz realización de la garantía correspondiente. Si se trata de entregas de tracto sucesivo, tales como suministro de papel, material fungible de informática, etcaquéllos., el pago se realizará de forma fraccionada con la periodicidad que se establezca en el apartado 13º del Cuadro de Características. Asimismo, cuando la adjudicación del contrato se realice en base a precios unitarios sin que el volumen global del suministro esté previamente definido por estar subordinado a las necesidades de la Administración, el pago se realizará de forma fraccionada a medida que los suministros hayan sido realizados, y previa expedición de factura y certificación de recepción de conformidad. A efectos de lo previsto en el artículo 216.3 del TRLCSP, en el apartado 14º del Cuadro de Características se establecerán los requisitos y condiciones para que los abonos a cuenta por operaciones preparatorias puedan hacerse efectivos. En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013 de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y del estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, el órgano administrativo competente en materia de contabilidad es el Departamento de Gestión Económica. Asimismo, en la factura deberán constar la identificación del destinatario: Instituto Valenciano de Arte Moderno, NIF Q-9655140-C. En los supuestos de periodo transitorio entre la finalización del contrato y la ejecución de la nueva contratación se producirán los abonos por los suministros prestados en la misma forma y cuantía que se venía realizando.

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ABONOS AL ADJUDICATARIO. Sólo se abonarán El adjudicatario tiene derecho al adjudicatario abono del precio convenido, correspondiente a los suministros que hayan sido efectivamente realizados y formalmente recibidos. Dentro del mes siguiente de conformidadhaberse realizado los suministros, previa presentación se presentará a la Dirección de la Delegación de Infraestructura y Viviendas del Ayuntamiento, la factura reglamentaria, para extender la correspondiente certificación mensual. El Impuesto sobre el Valor Añadido deberá ser repercutido como partida independiente. El órgano de contratación determinará si el suministro efectuado por el contratista se ajusta a lo establecido para su ejecución y conforme a los precios convenidos en el contrato, de cumplimiento. De conformidad con el artículo 216.1 200.4 de la LCSP, la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de la expedición y si se demorase, deberá abonar, a partir del TRLCSP. En la factura deberán constar identificados el órgano de contratación y el destinatario en cumplimiento DA.33ª TRLCSP. Cuando se trate de suministros para cuya ejecución se hayan establecido plazos parciales el pago se realizará al cumplimiento de los plazos fijados, previa expedición de factura reglamentaria, y certificado de recepción de conformidad emitido por el servicio competente. No obstante, podrán realizarse valoraciones parciales de los suministros efectuados con anterioridad a la finalización de los plazos parciales o, en su caso, del plazo final, cuyo pago estará sujeto a la autorización por el órgano de contratación y a que el adjudicatario haya garantizado su importe mediante la prestación de la garantía correspondiente. Si se trata de entregas de tracto sucesivo, tales como suministro de papel, material fungible de informática, etc.dicho plazo, el pago interés legal del dinero incrementado en 1,5 puntos y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, por la que se realizará establecen medidas de forma fraccionada lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. La situación de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la periodicidad que se establezca en Seguridad Social será exigible para el apartado 13º cobro total o parcial del Cuadro de Características. Asimismo, cuando la adjudicación del contrato se realice en base a precios unitarios sin que el volumen global del suministro esté previamente definido por estar subordinado a las necesidades de la Administración, el pago se realizará de forma fraccionada a medida que los suministros hayan sido realizados, y previa expedición de factura y certificación de recepción de conformidad. A efectos de lo previsto en el artículo 216.3 del TRLCSP, en el apartado 14º del Cuadro de Características se establecerán los requisitos y condiciones para que los abonos a cuenta por operaciones preparatorias puedan hacerse efectivos. En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013 de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y del estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, el órgano administrativo competente en materia de contabilidad es el Departamento de Gestión Económica. Asimismo, en la factura deberán constar la identificación del destinatario: Instituto Valenciano de Arte Moderno, NIF Q-9655140-C. En los supuestos de periodo transitorio entre la finalización precio del contrato y la ejecución de la nueva contratación se producirán deberá ser acreditada con los abonos por los suministros prestados en la misma forma y cuantía mismos documentos que se venía realizandoestablecen en este Pliego al presentar la factura. Pliegos Administrativos. Suministro de Material para el Área de Infraestructura por Lotes 15 Contratación La recepción se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los apartados 1, 2 y 4 del art. 205 y en el art. 268 LCSP. . En el plazo máximo de un mes desde la entrega, la Administración emitirá un acta de recepción. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

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ABONOS AL ADJUDICATARIO. Sólo se abonarán al adjudicatario Para la materialización de los suministros que hayan sido realizados de conformidad, previa presentación de factura reglamentaria, pagos y conforme a los precios convenidos en el contratoefectos de la justificación, la entidad adjudicataria presentará informes técnicos de conformidad con el artículo 216.1 del TRLCSP. En la factura deberán constar identificados el órgano de contratación y el destinatario en cumplimiento DA.33ª TRLCSP. Cuando se trate de suministros para cuya ejecución se hayan establecido plazos parciales el pago se realizará al cumplimiento realización de los plazos fijados, previa expedición de factura reglamentaria, y certificado de recepción de conformidad emitido por el servicio competentetrabajos. No obstante, podrán realizarse valoraciones parciales de los suministros efectuados con anterioridad a la finalización de los plazos parciales o, en su caso, del plazo final, cuyo pago estará sujeto a la autorización por el órgano de contratación y a que el adjudicatario haya garantizado su importe mediante la prestación de la garantía correspondiente. Si se trata de entregas de tracto sucesivo, tales como suministro de papel, material fungible de informática, etc., el pago se realizará de forma fraccionada con la periodicidad que se establezca en el apartado 13º del Cuadro de Características. Asimismo, cuando la adjudicación del contrato se realice en base a precios unitarios sin que el volumen global del suministro esté previamente definido por estar subordinado a las necesidades de la Administración, el pago se realizará de forma fraccionada a medida que los suministros hayan sido realizados, y previa expedición de factura y certificación de recepción de conformidad. A efectos de lo previsto en el artículo 216.3 del TRLCSP, en el apartado 14º del Cuadro de Características se establecerán los requisitos y condiciones para que los abonos a cuenta por operaciones preparatorias puedan hacerse efectivos. En cumplimiento Además de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013 de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y del estímulo del crecimiento y de la creación de empleopunto anterior, el órgano administrativo competente Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx podrá solicitar cuanta información y documentación considere necesaria para realizar el correcto seguimiento y evaluación del trabajo. La situación de estar al corriente en materia el cumplimiento de contabilidad es obligaciones con la Seguridad Social será exigible para el Departamento de Gestión Económica. Asimismo, en la factura deberán constar la identificación cobro total o parcial del destinatario: Instituto Valenciano de Arte Moderno, NIF Q-9655140-C. En los supuestos de periodo transitorio entre la finalización precio del contrato y deberá ser acreditada con los mismos documentos que se establecen en este Pliego al presentar la ejecución factura. El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio del servicio efectivamente recibido por la Administración con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato. El pago del precio se efectuará contra facturas que deben de ser expedidas por aplicación presupuestaria, no debiendo superar las consignaciones reservadas al efecto. y por lotes diferenciados. Para la conformidad de las facturas y a los efectos de la nueva contratación justificación, la entidad adjudicataria presentará, junto con las facturas informe de las actuaciones realizadas dentro del objeto del contrato. Una vez conformada por el Servicio receptor, se producirán procederá al trámite administrativo de aprobación , si procede, por parte del Órgano Competente . En el caso del contrato actual los abonos códigos Dir , para su registro mediante la plataforma FACE de registro electrónico de factura sería la siguiente : De acuerdo a lo establecido en el artículo 216.4 del TRLCSP, la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, sin perjuicio del plazo especial establecido en el artículo 222.4, y, si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los suministros prestados costes de cobro en los términos previstos en la misma forma y cuantía Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se venía realizandoestablecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Cuando no proceda la expedición de certificación de obra y la fecha de recibo de la factura o solicitud de pago equivalente se preste a duda o sea anterior a la recepción de las mercancías o a la prestación de los servicios, el plazo de treinta días se contará desde dicha fecha de recepción o prestación.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Regulador De La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Del Excmo. Ayuntamiento De Jerez De La Frontera

ABONOS AL ADJUDICATARIO. Sólo se abonarán Pliegos Administrativos. Arrendamiento de maquinaria para el Área de Infraestructura 2009 14 Contratación El adjudicatario tiene derecho al adjudicatario abono del precio convenido, correspondiente a los suministros que hayan sido efectivamente realizados y formalmente recibidos. Dentro del mes siguiente de conformidadhaberse realizado los suministros, previa presentación se presentará a la Dirección de la Delegación de Infraestructura y Viviendas del Ayuntamiento, la factura reglamentaria, para extender la correspondiente certificación mensual. El Impuesto sobre el Valor Añadido deberá ser repercutido como partida independiente. El órgano de contratación determinará si el suministro efectuado por el contratista se ajusta a lo establecido para su ejecución y conforme a los precios convenidos en el contrato, de cumplimiento. De conformidad con el artículo 216.1 200.4 de la LCSP, la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de la expedición y si se demorase, deberá abonar, a partir del TRLCSP. En la factura deberán constar identificados el órgano de contratación y el destinatario en cumplimiento DA.33ª TRLCSP. Cuando se trate de suministros para cuya ejecución se hayan establecido plazos parciales el pago se realizará al cumplimiento de los plazos fijados, previa expedición de factura reglamentaria, y certificado de recepción de conformidad emitido por el servicio competente. No obstante, podrán realizarse valoraciones parciales de los suministros efectuados con anterioridad a la finalización de los plazos parciales o, en su caso, del plazo final, cuyo pago estará sujeto a la autorización por el órgano de contratación y a que el adjudicatario haya garantizado su importe mediante la prestación de la garantía correspondiente. Si se trata de entregas de tracto sucesivo, tales como suministro de papel, material fungible de informática, etc.dicho plazo, el pago interés legal del dinero incrementado en 1,5 puntos y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, por la que se realizará establecen medidas de forma fraccionada lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. La situación de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la periodicidad que se establezca en Seguridad Social será exigible para el apartado 13º cobro total o parcial del Cuadro de Características. Asimismo, cuando la adjudicación del contrato se realice en base a precios unitarios sin que el volumen global del suministro esté previamente definido por estar subordinado a las necesidades de la Administración, el pago se realizará de forma fraccionada a medida que los suministros hayan sido realizados, y previa expedición de factura y certificación de recepción de conformidad. A efectos de lo previsto en el artículo 216.3 del TRLCSP, en el apartado 14º del Cuadro de Características se establecerán los requisitos y condiciones para que los abonos a cuenta por operaciones preparatorias puedan hacerse efectivos. En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013 de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y del estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, el órgano administrativo competente en materia de contabilidad es el Departamento de Gestión Económica. Asimismo, en la factura deberán constar la identificación del destinatario: Instituto Valenciano de Arte Moderno, NIF Q-9655140-C. En los supuestos de periodo transitorio entre la finalización precio del contrato y la ejecución de la nueva contratación se producirán deberá ser acreditada con los abonos por los suministros prestados en la misma forma y cuantía mismos documentos que se venía realizandoestablecen en este Pliego al presentar la factura. La recepción se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los apartados 1, 2 y 4 del art. 205 y en el art. 268 LCSP. En el plazo máximo de un mes desde la entrega, la Administración emitirá un acta de recepción. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

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ABONOS AL ADJUDICATARIO. Sólo se abonarán El adjudicatario tiene derecho al adjudicatario abono del precio convenido, correspondiente a los suministros que hayan sido efectivamente realizados y formalmente recibidos. El pago del precio se efectuará contra facturas mensuales expedidas por el adjudicatario y conformadas por el servicio correspondiente. El importe de conformidad, las facturas será una cuantía fija cada mes resultante del prorrateo entre doce meses de la cantidad anual ofertada por el adjudicatario del contrato. El Impuesto sobre el Valor Añadido deberá ser repercutido como partida independiente. El pago del precio se efectuará previa presentación de factura reglamentariaelectrónica en los términos establecidos en la presenta cláusula, y conforme a los precios convenidos debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el valor añadido en el contratodocumento que se presente al cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno. En el caso del contrato actual los códigos Dir, para su registro mediante la plataforma FACE de registro electrónico de factura sería la siguiente: La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP y su devolución y cancelación se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el art. 102 del mismo texto legal. Tal y como pone de manifiesto el artículo 216.1 298.1 del TRLCSP, si durante el plazo de garantía, que empezará a contar desde el acta de recepción, se acreditara la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuera suficiente. En Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la factura deberán constar identificados aplicación de los bienes suministrados. El apartado tres del mencionado artículo 298 dispone que si el órgano de contratación y estimase, durante el destinatario en cumplimiento DA.33ª TRLCSP. Cuando se trate plazo de suministros garantía, que los bienes suministrados no son aptos para cuya ejecución se hayan establecido plazos parciales el pago se realizará al cumplimiento fin pretendido, como consecuencia de los plazos fijadosvicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, previa expedición podrá, antes de factura reglamentariaexpirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y certificado quedando exento de recepción la obligación de conformidad emitido por el servicio competente. No obstante, podrán realizarse valoraciones parciales de los suministros efectuados con anterioridad a la finalización de los plazos parciales opago o teniendo derecho, en su caso, del plazo final, cuyo pago estará sujeto a la autorización por recuperación del precio satisfecho. Terminado el órgano plazo de contratación y a que el adjudicatario haya garantizado su importe mediante la prestación de la garantía correspondiente. Si se trata de entregas de tracto sucesivo, tales como suministro de papel, material fungible de informática, etc., el pago se realizará de forma fraccionada con la periodicidad que se establezca en el apartado 13º del Cuadro de Características. Asimismo, cuando la adjudicación del contrato se realice en base a precios unitarios sin que el volumen global Ayuntamiento haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refiere los apartados 1 y 3 del suministro esté previamente definido art. 298, el adjudicatario quedará exento de responsabilidad por estar subordinado razón del bien suministrado y se procederá a las necesidades la devolución de la Administración, el pago se realizará garantía. El acuerdo de forma fraccionada a medida que los suministros hayan sido realizados, devolución deberá adoptarse y previa expedición de factura y certificación de recepción de conformidad. A efectos de lo previsto notificarse al interesado en el artículo 216.3 del TRLCSP, en el apartado 14º del Cuadro plazo de Características se establecerán los requisitos y condiciones para que los abonos a cuenta por operaciones preparatorias puedan hacerse efectivos. En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 4/2013 de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y del estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, el órgano administrativo competente en materia de contabilidad es el Departamento de Gestión Económica. Asimismo, en la factura deberán constar la identificación del destinatario: Instituto Valenciano de Arte Moderno, NIF Q-9655140-C. En los supuestos de periodo transitorio entre dos meses desde la finalización del contrato y plazo de garantía. Transcurrido el mismo, la ejecución Administración deberá abonar al adjudicatario la cantidad adeudada incrementada con el interés legal del dinero correspondiente al período transcurrido desde el vencimiento del citado plazo hasta la fecha de la nueva contratación devolución de garantía, si ésta no se producirán los abonos hubiera hecho efectiva por los suministros prestados en causa imputable a la misma forma y cuantía Administración. Cumplido este plazo sin que se venía realizandohaya manifestado ningún daño o perjuicio quedará totalmente extinguida la responsabilidad del adjudicatario.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Regirá La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicación, Sujeto a Regulación Armonizada Y Tramitación Ordinaria Del "Suministro