Adjudicación de contratos basados en el acuerdo marco. Las empresas o entidades adjudicatarias del Acuerdo Marco, deberán comunicar el número de plazas que ponen a disposición de la Consejería para la formalización de los contratos derivados. Esta información se efectuará con las indicaciones y en el soporte que la Consejería determine. El número de plazas concertadas en cada centro en virtud de los contratos basados en el Acuerdo Xxxxx se adjudicará a cada contratista elegido de entre los adjudicatarios del Acuerdo Marco, sin necesidad de convocar nueva licitación. Para ello, se cursarán las adjudicaciones de las plazas que se necesiten en cada uno de los centros ofertados, con arreglo al procedimiento establecido en la siguiente cláusula, quedando los contratistas obligados a la prestación del servicio público correspondiente. Las condiciones de la prestación del servicio público serán las señaladas en el acuerdo marco y el precio unitario de cada uno de los contratos basados en el acuerdo marco será el ofertado por los licitadores para cada uno de los Centros. El número concreto de plazas a adjudicar a cada contratista en cada centro, vendrá determinado por la aplicación de los siguientes criterios: 1. De forma prioritaria se contratarán las plazas teniendo en cuenta los usuarios que ya están siendo atendidos en plaza pública en cada uno de los centros a fin de asegurar la continuidad de la atención. 2. Crecimiento de plazas en caso de disponibilidad presupuestaria. Para la contratación de nuevas plazas, se primará la libertad de elección de los usuarios del servicio público o de sus representantes que soliciten recibir la atención en un centro determinado. Cuando éstos no hayan manifestado su preferencia o no haya oferta suficiente de plazas para atender su preferencia, y con el objeto de asegurar una adecuada proximidad territorial, las plazas se contratarán en el municipio donde radique su domicilio y en caso de que no sea posible en el municipio más cercano. 3. Cuando en el supuesto anterior, exista más de un centro alternativo por proximidad a su domicilio, se adjudicará a aquella entidad que haya obtenido la mejor puntuación. 4. En caso de empate, este se resolverá mediante la aplicación de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas: La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0982664120404392263969 a) Las proposiciones presentadas por entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, siempre que su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y figuren inscritas en el correspondiente registro oficial.
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Samples: Acuerdo Marco De Servicios
Adjudicación de contratos basados en el acuerdo marco. Las empresas o entidades adjudicatarias del Acuerdo Marco, deberán comunicar el número de plazas que ponen a disposición de la Consejería para la formalización de los contratos derivados. Esta información se efectuará con las indicaciones y en el soporte que la Consejería determine. El número de plazas concertadas en cada centro en virtud Los tratamientos objeto de los contratos basados en el Acuerdo Xxxxx se adjudicará a cada contratista elegido adjudicarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 198 del TRLCSP, sin necesidad de convocar una nueva licitación, al proveedor o proveedores que se requiera de entre los adjudicatarios del Acuerdo Marco, sin necesidad Xxxxx acreditados para la realización de convocar nueva licitaciónlos tratamientos a contratar. Para ello, se cursarán las adjudicaciones de las plazas los tratamientos que se necesiten en cada uno de los centros ofertadossean necesarios, con arreglo al procedimiento establecido en la siguiente cláusulacláusula siguiente, al menos a tres de los proveedores de servicios acreditados en el Acuerdo Marco, siempre que sea posible, y a un máximo de cinco proveedores utilizando el modelo de adjudicación que figura como Xxxxx XXX a este pliego, quedando los contratistas proveedores obligados a la prestación ejecución de los mismos. Excepcionalmente y previa autorización de los Servicios Centrales, en aquellos casos en los que el volumen de pacientes a derivar por el hospital a centros concertados o de pacientes Los adjudicatarios no deberán atender las solicitudes que hayan sido efectuadas al margen de este procedimiento. Podrá ser causa de resolución del servicio público correspondienteAcuerdo Marco el incumplimiento de estas prescripciones. Las condiciones de la prestación Los adjudicatarios del servicio público serán las señaladas acuerdo xxxxx están obligados a participar en el acuerdo marco y el precio unitario de cada uno de los contratos en ejecución derivados del mismo. De no poder ejecutar en un momento dado los contratos basados en el acuerdo marco será el ofertado por los licitadores para cada uno de los Centros. El número concreto de plazas a adjudicar a cada contratista en cada centro, vendrá determinado por la aplicación de los siguientes criterios:
1. De forma prioritaria Acuerdo Xxxxx que se contratarán las plazas teniendo en cuenta los usuarios que ya están siendo atendidos en plaza pública en cada uno de los centros a fin de asegurar la continuidad de la atención.
2. Crecimiento de plazas en caso de disponibilidad presupuestaria. Para la contratación de nuevas plazas, se primará la libertad de elección de los usuarios del servicio público o de sus representantes que soliciten recibir la atención en un centro determinado. Cuando éstos no hayan manifestado su preferencia o no haya oferta suficiente de plazas para atender su preferencia, y con el objeto de asegurar una adecuada proximidad territorialle adjudiquen, las plazas se contratarán en empresas deberán presentar un escrito justificativo al Órgano de Contratación, quien adoptará la resolución motivada que proceda. En el municipio donde radique su domicilio y en caso de que la empresa adjudicataria no sea posible tuviera causa justificada para no cumplir con las solicitudes y requisitos de los contratos en ejecución derivados, se entenderá que desiste de su participación en el municipio más cercano.
3Acuerdo Xxxxx, por lo que se procederá a la rescisión del contrato firmado. Cuando Las características de los procedimientos y sus condiciones de ejecución serán los señalados en el supuesto anteriorAcuerdo Xxxxx, exista más ajustados a las ofertas de un centro alternativo por proximidad mejoras en su caso y, en relación a su domiciliolos precios, se adjudicará a aquella entidad éstos serán como máximo aquellos con los que cada una de las empresas haya obtenido la mejor puntuaciónresultado adjudicataria del mismo.
4. En caso de empate, este se resolverá mediante la aplicación de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas: La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0982664120404392263969
a) Las proposiciones presentadas por entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, siempre que su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y figuren inscritas en el correspondiente registro oficial.
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Samples: Public Services Management Agreement
Adjudicación de contratos basados en el acuerdo marco. Las empresas o entidades adjudicatarias del Acuerdo Marco, deberán comunicar el número de plazas que ponen a disposición de la Consejería para la formalización de los contratos derivados. Esta información se efectuará con las indicaciones y en el soporte que la Consejería determine. El número de plazas concertadas en cada centro Residencia para personas con enfermedad mental en virtud de los contratos derivados basados en el Acuerdo Xxxxx acuerdo marco se adjudicará a cada contratista elegido de entre los adjudicatarios del Acuerdo Marcoacuerdo marco, sin necesidad de convocar nueva licitación. Para ello, se cursarán las adjudicaciones de las plazas que se necesiten en cada uno de los centros ofertados, con arreglo al procedimiento establecido en la siguiente cláusulacláusula siguiente, utilizando para ello el modelo de documento de concierto de plazas que figura como anexo IX, quedando los contratistas obligados a la prestación del servicio público correspondiente. Las condiciones de la prestación del servicio público serán las señaladas en el acuerdo marco y el precio unitario de cada uno de los contratos basados en el acuerdo marco será el ofertado por los licitadores para cada uno una de los Centroslas Residencias. Los contratos derivados basados en el acuerdo marco tendrán un plazo de ejecución máximo de 24 meses. El número concreto de plazas a adjudicar a cada contratista y en cada centroResidencia, vendrá determinado así como los concretos adjudicatarios de los contratos derivados que se formalicen por la aplicación duración que se establezca (con un máximo de 24 meses), vendrán determinados por la necesidad de asegurar y preservar los principios esenciales de territorialización y de coordinación sociosanitaria con los Servicios de Salud Mental de cada zona, como ejes para la organización y funcionamiento de los Centros de la Red de Atención Social a personas con enfermedad mental y entre ellos de las Residencias y para asegurar la coordinación con los Servicios de Salud Mental de la zona en la que viven los usuarios y facilitar además una intervención con el usuario en su propio entorno social y familiar para facilitar la mejora de su integración. Por todo ello, se tendrá en cuenta estos principios de territorialización y de coordinación con los Servicios de Salud Mental, en la adjudicación de las plazas de Residencia que los licitadores ofrezcan de modo que se asegure una adecuada distribución territorial de las mismas para promover un atención cercana al entorno donde viven los usuarios y su mayor integración comunitaria y asegurar una adecuada coordinación con los Servicios de Salud Mental de la zona como responsables del tratamiento y seguimiento psiquiátrico de los usuarios y su pertinente derivación a las distintas Residencias. Teniendo en cuenta lo anterior, la adjudicación de los contratos derivados del presente Acuerdo Xxxxx se hará de acuerdo a los siguientes criterios:
1. De forma prioritaria se contratarán las plazas teniendo en cuenta los usuarios que ya están siendo atendidos en plaza pública en cada uno de los centros a fin de asegurar la continuidad de la atención.
2. Crecimiento de plazas en caso de disponibilidad presupuestaria. Para la contratación de nuevas plazas, se primará la libertad de elección de los usuarios del servicio público o de sus representantes que soliciten recibir la atención en un centro determinado. Cuando éstos no hayan manifestado su preferencia o no haya oferta suficiente de plazas para atender su preferencia, y con el objeto de asegurar una adecuada proximidad territorial, las plazas se contratarán en el municipio donde radique su domicilio y en caso de que no sea posible en el municipio más cercano.
3. Cuando en el supuesto anterior, exista más de un centro alternativo por proximidad a su domicilio, se adjudicará a aquella entidad que haya obtenido la mejor puntuación.
4. En caso de empate, este se resolverá mediante la aplicación de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas: La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0982664120404392263969
a) Las proposiciones presentadas 0907584031573231493757 - En primer lugar se adjudicaran las plazas teniendo en cuenta los usuarios que ya están en atención en cada una de las Residencias en las diferentes zonas, todo ello a fin de asegurar la continuidad de los procesos de atención a los usuarios y la coordinación con los Servicios de Salud Mental de referencia responsables de la derivación y seguimiento de los usuarios. - En segundo lugar, se adjudicarán plazas de acuerdo a la lista de espera de usuarios que hayan sido derivados por entidades sin ánimo los Servicios de lucroSalud Mental de cada zona y estén en espera de plaza para poder acceder a la atención de la Residencia de referencia de cada zona y teniendo en cuenta la mejor distribución territorial de las plazas de los centros de acuerdo al principio de territorialización y coordinación con los Servicios de Salud Mental, con personalidad jurídicatodo ello siempre en función de la disponibilidad presupuestaria existente cada anualidad. Teniendo en cuenta lo anterior, siempre que su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto se formalizará un contrato derivado por cada Residencia concertada al amparo del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y figuren inscritas en el correspondiente registro oficialAcuerdo Xxxxx.
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Samples: Acuerdo Marco
Adjudicación de contratos basados en el acuerdo marco. Las empresas o entidades adjudicatarias del Acuerdo Marco, deberán comunicar el número de plazas que ponen a disposición de la Consejería para la formalización de los contratos derivados. Esta información se efectuará con las indicaciones y en el soporte que la Consejería determine. El número de plazas concertadas en cada centro Centro en virtud de los contratos basados en el Acuerdo Xxxxx se adjudicará a cada contratista elegido de entre los adjudicatarios del Acuerdo Marco, sin necesidad de convocar nueva licitación. Para ello, se cursarán las adjudicaciones de las plazas que se necesiten en cada uno de los centros Centros ofertados, con arreglo al procedimiento establecido en la siguiente cláusula, utilizando para ello el modelo de documento de concierto de plazas que figura como anexo en este pliego, quedando los contratistas obligados a la prestación del servicio público correspondiente. Las condiciones de la prestación del servicio público serán las señaladas en el acuerdo marco Acuerdo Marco y el precio unitario de cada uno de los contratos basados en el acuerdo marco Acuerdo Xxxxx será el ofertado por adjudicado a los licitadores para cada uno de los Centros. Los contratos basados en el Acuerdo Xxxxx tendrán un plazo de ejecución máximo de 18 meses. El número concreto de plazas a adjudicar a cada contratista y en cada centroCentro, vendrá determinado por la aplicación así como los concretos adjudicatarios de los contrato derivados, vendrán determinados de acuerdo con los siguientes criterios:
1. De forma prioritaria se contratarán las plazas teniendo en cuenta los usuarios que ya están siendo atendidos en plaza pública en cada uno de los centros a fin de asegurar la continuidad de la atención.
2. Crecimiento de plazas en caso de disponibilidad presupuestaria. Para la contratación de nuevas plazas, se primará la libertad de elección de los usuarios del servicio público o de sus representantes que soliciten recibir la atención en un centro determinado. Cuando éstos no hayan manifestado su preferencia o no haya oferta suficiente de plazas para atender su preferencia, y con el objeto de asegurar una adecuada proximidad territorial, las plazas se contratarán en el municipio donde radique su domicilio y en caso de que no sea posible en el municipio más cercano.
3. Cuando en el supuesto anterior, exista más de un centro alternativo por proximidad a su domicilio, se adjudicará a aquella entidad que haya obtenido la mejor puntuación.
4. En caso de empate, este se resolverá mediante la aplicación de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas: La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 09826641204043922639691019274446923507064637
a) Las proposiciones presentadas 1. De forma prioritaria, la libertad de elección de los usuarios del servicio público o sus representantes, que bien manifiesten su voluntad de seguir recibiendo la atención en el Centro en el que ocupan plaza, o bien soliciten plaza de nuevo ingreso o traslado al mismo desde otra plaza pública.
2. En el supuesto de usuarios de nuevo ingreso que no hayan manifestado su preferencia por entidades sin ánimo un Centro, se adjudicará aquel que le corresponda por proximidad a su domicilio, en función de lucrola demarcación del Centro.
3. Cuando en el supuesto anterior, con personalidad jurídicaexista más de un Centro alternativo por proximidad a su domicilio, siempre que su finalidad o actividad tenga relación directa con el en función de la demarcación, se adjudicará la oferta económica de inferior precio. Con objeto de garantizar la adecuada atención de los usuarios del servicio público objeto del contratopresente Acuerdo Marco, según resulte solamente podrán adjudicarse contratos derivados, en virtud del mismo, cuando la suma total de sus respectivos estatutos las plazas a concertar y las ocupadas por usuarios privados sea igual o reglas fundacionales y figuren inscritas superior al treinta por ciento del número total de las plazas autorizadas en el correspondiente registro oficialcentro correspondiente.
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Samples: Acuerdo Marco Para La Gestión De Servicios Públicos