Common use of Adjudicación del acuerdo marco Clause in Contracts

Adjudicación del acuerdo marco. La adjudicación se acordará en resolución motivada en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, y en el plazo máximo de quince días, a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando el único criterio de valoración sea el precio. Estos plazos se ampliarán en quince días hábiles en el supuesto de que haya que seguir los trámites señalados en los artículos 152.3 del TRLCSP y 22 f) del R.D 817/2009, para las proposiciones desproporcionadas o anormalmente bajas. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. El órgano de contratación deberá adjudicar el acuerdo marco dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 151.2 del TRLCSP, subordinándose al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos si el contrato es plurianual, y si el expediente es de gestión anticipada, quedando sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente. La adjudicación se notificará a los licitadores al fax que hubieran indicado a efectos de notificaciones y, simultáneamente, se publicará en el Perfil de Contratante del Órgano de Contratación, indicándose el plazo en que debe procederse a su formalización. La adjudicación se notificará y publicará en los términos establecidos en el artículo 151 del TRLCSP.

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Adjudicación del acuerdo marco. La adjudicación se acordará Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el apartado anterior el órgano de contratación dictará resolución motivada en de adjudicación del Acuerdo Marco concretando y fijando los términos definitivos del mismo. El órgano de contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el plazo máximo de dos mesesAcuerdo Xxxxx o, a contar desde declarar desierta la apertura de las proposicioneslicitación, cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, y en el plazo máximo de quince días, a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando el único criterio de valoración sea el precio. Estos plazos se ampliarán en quince días hábiles en el supuesto de que haya que seguir los trámites señalados en los artículos 152.3 del TRLCSP y 22 f) del R.D 817/2009, para las proposiciones desproporcionadas o anormalmente bajas. No podrá declararse desierta una licitación cuando no exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren figuran en el pliegoeste pliego ya sea por no reunir los licitadores los requisitos exigidos para contratar con la Administración o ser inaceptables las ofertas presentadas. El órgano de contratación deberá adjudicar contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, podrá renunciar a celebrar el acuerdo marco dentro Acuerdo Xxxxx antes de su adjudicación. También podrá desistir del procedimiento antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del Acuerdo Marco o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. Adjudicado el Acuerdo Xxxxx por el órgano de contratación, se notificará al adjudicatario, y al resto de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 151.2 del TRLCSP, subordinándose al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos si el contrato es plurianuallicitadores, y si el expediente es de gestión anticipada, quedando sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente. La adjudicación se notificará a los licitadores al fax que hubieran indicado a efectos de notificaciones y, simultáneamente, se publicará en el Perfil de Contratante perfil del Órgano de Contratación, indicándose el plazo en que debe procederse contratante conforme a su formalización. La adjudicación se notificará y publicará en los términos establecidos lo dispuesto en el artículo 151 151.4 del TRLCSP..Asímismo, de conformidad con el art. 154.3, se comunicará a la Comisión Europea, indicando si se estima procedente su publicación. De conformidad con lo previsto en el artículo 161.2 del TRLCSP, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de 3 meses a contar desde la apertura de las proposiciones.

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Samples: hisenda.gva.es

Adjudicación del acuerdo marco. La adjudicación El órgano de contratación adjudicará el acuerdo marco a los licitadores cuyas ofertas se acordará ajusten a los criterios de selección, con el límite mínimo y máximo de empresarios indicados, en resolución motivada su caso, en el apartado 27 de la cláusula 1, siempre que exista un número suficiente de interesados admitidos o de ofertas admisibles que respondan a los criterios de adjudicación, o admisible de acuerdo con los criterios objetivos de adjudicación. En el supuesto de que una empresa adjudicataria fuese una unión temporal de empresas, está obligada a acreditar su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción. El acuerdo marco se adjudicará en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad sin perjuicio de criterios, y lo establecido en el plazo máximo de quince días, a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando el único criterio de valoración sea el precio. Estos plazos se ampliarán en quince días hábiles en el supuesto de que haya que seguir los trámites señalados en los artículos 152.3 artículo 112.2 b) del TRLCSP y 22 f) del R.D 817/2009, para las proposiciones desproporcionadas o anormalmente bajaslos expedientes calificados de urgentes. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible La autenticidad de acuerdo con los criterios que figuren este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el pliego. El órgano siguiente código seguro de contratación deberá adjudicar verificación: 0907584031573231493757 Adjudicado el acuerdo marco dentro y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los cinco días hábiles interesados. Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la recepción fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando, a excepción, en su caso, de los documentos constitutivos de la documentacióngarantía provisional, en los términos establecidos en el artículo 151.2 del TRLCSP, subordinándose al crédito que se conservarán para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos si el contrato es plurianual, y si el expediente es de gestión anticipada, quedando sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente. La adjudicación se notificará su entrega a los licitadores al fax que hubieran indicado a efectos de notificaciones y, simultáneamente, se publicará en el Perfil de Contratante del Órgano de Contratación, indicándose el plazo en que debe procederse a su formalización. La adjudicación se notificará y publicará en los términos establecidos en el artículo 151 del TRLCSPinteresados.

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Samples: www.madrid.org

Adjudicación del acuerdo marco. La adjudicación se acordará Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el apartado anterior el órgano de contratación dictará resolución motivada en de adjudicación del Acuerdo Marco concretando y fijando los términos definitivos del mismo. El órgano de contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el plazo máximo de dos mesesAcuerdo Xxxxx o, a contar desde declarar desierta la apertura de las proposicioneslicitación, cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, y en el plazo máximo de quince días, a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando el único criterio de valoración sea el precio. Estos plazos se ampliarán en quince días hábiles en el supuesto de que haya que seguir los trámites señalados en los artículos 152.3 del TRLCSP y 22 f) del R.D 817/2009, para las proposiciones desproporcionadas o anormalmente bajas. No podrá declararse desierta una licitación cuando no exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren figuran en el pliegoeste pliego ya sea por no reunir los licitadores los requisitos exigidos para contratar con la Administración o ser inaceptables las ofertas presentadas. El órgano de contratación deberá adjudicar contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, podrá renunciar a celebrar el acuerdo marco dentro Acuerdo Xxxxx antes de su adjudicación. También podrá desistir del procedimiento antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del Acuerdo Marco o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. Adjudicado el Acuerdo Xxxxx por el órgano de contratación, se notificará al adjudicatario, y al resto de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 151.2 del TRLCSP, subordinándose al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos si el contrato es plurianuallicitadores, y si el expediente es de gestión anticipada, quedando sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente. La adjudicación se notificará a los licitadores al fax que hubieran indicado a efectos de notificaciones y, simultáneamente, se publicará en el Perfil de Contratante perfil del Órgano de Contratación, indicándose el plazo en que debe procederse contratante conforme a su formalización. La adjudicación se notificará y publicará en los términos establecidos lo dispuesto en el artículo 151 151.4 del TRLCSP. Asímismo, de conformidad con el art. 154.3, se comunicará a la Comisión Europea, indicando si se estima procedente su publicación. De conformidad con lo previsto en el artículo 161.2 del TRLCSP, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de 3 meses a contar desde la apertura de las proposiciones.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Acuerdo Marco Para La Contratación De Los Servicios Postales Y Paquetería De La Administración De La Generalitat, Sus Entidades Autónomas Y Entes Del Sector Público De La Generalitat, a Adjudicar Mediante Procedimiento Abierto Con Pluralidad De Criterios