ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX Cláusulas de Ejemplo

ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX. El Órgano de contratación, mediante resolución motivada, adjudicará el Acuerdo marco a los licitadores seleccionados para cada uno de los Lotes (hasta un máximo de tres), lo que se notificará a los participantes en la licitación y se publicará simultáneamente en el Perfil del Contratante de la Central de Contratación de la FEMP alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, indicando el plazo de formalización del Acuerdo marco, según lo dispuesto en el artículo 151 de la LCSP. La notificación de la adjudicación, se realizará por medios electrónicos, de acuerdo con la Disposición Adicional Decimoquinta de la LCSP, además de comunicarse por correo electrónico a las direcciones de e-mail indicadas en las proposiciones. No podrá declararse desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible, de acuerdo con los criterios que figuran en el PCA, y siempre y cuando no se dieran los supuestos previstos en la LCSP. Las personas físicas o jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan estar afectados por las decisiones de la Mesa de Contratación o del Órgano de contratación podrán solicitar, ante el órgano competente para resolver el recurso especial en materia de contratación, la adopción de medidas provisionales para corregir infracciones de procedimiento o para impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas las medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del Acuerdo marco o la ejecución de cualquier decisión adoptada por la Mesa de Contratación o el Órgano de contratación. Esta solicitud podrá formularse antes de presentar el recurso especial en materia de contratación que regula el artículo 44 y siguientes de la LCSP.
ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX. El órgano de contratación adjudicará el Acuerdo Xxxxx a los licitadores que hayan realizado las proposiciones económicamente más ventajosas mediante la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación establecidos en la cláusula 9. El Acuerdo Xxxxx se adjudicará a un máximo de cuatro licitadores. Podrá extenderse a un quinto licitador en el caso en el que, una vez aplicada la puntuación derivada de los criterios de selección recogidos en la cláusula 9, la diferencia entre el cuarto y el quinto licitador fuera inferior a un punto. El Acuerdo Xxxxx se adjudicará en el plazo máximo de 2 meses a contar desde la apertura de las proposiciones. En el supuesto de que resultase adjudicataria una unión temporal de empresas, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del Acuerdo Marco hasta su extinción. Los licitadores que hayan presentado las ofertas económicamente más ventajosas deberán acreditar, a requerimiento del órgano de contratación hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, sus obligaciones con la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social, a cuyo efecto se les otorgará un plazo xx xxxx días hábiles. Dicha acreditación se efectuará mediante los siguientes documentos: - Obligaciones tributarias:
ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX. 19.1.- Requerimiento de la documentación justificativa (Art. 150). Aceptada la propuesta de adjudicación por el órgano de contratación, se requerirá a los licitadores propuestos para que, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, presenten, si no la hubiera aportado con anterioridad, la documentación justificativa que luego se relaciona, tanto del licitador como, en su caso, de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra. Quienes estuvieran inscritos en el Registro de Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECSP) o en el Registro de Licitadores de Castilla y León, solo tendrán que presentar, en su caso, los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos que no estén inscritos en cualquiera de esos registros. Las comunicaciones se realizarán a través de la Plataforma Duero de Contratación y la contestación al requerimiento de documentación se realizará a través del registro electrónico, según se establece en la cláusula 46 de este pliego. Cuando la empresa tenga que aportar documentos públicos notariales o registrales presentará directamente las copias auténticas de estos documentos en la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda.
ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX. La adjudicación del presente acuerdo marco se realizará aplicando los siguientes criterios: Criterios evaluables de forma automática. Ponderación mediante aplicación de fórmula Hasta 40 puntos.
ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX. 1.- El Comité de Evaluación elaborará un acta en que se reflejará en forma motivada la puntuación obtenida por cada concursante por cada uno de los criterios de valoración y el total, ordenando a los concursantes de mayor a menor puntuación. El acta con la propuesta de adjudicación se remitirá al Consejo de Administración de la Sociedad del Festival para su aprobación.
ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX. 11.1.- La Comisión de contratación, clasificará, por orden decreciente y en base a los criterios de valoración establecidos en este Pliego, las proposiciones presentadas para la adjudicación de cada uno de los Lotes del Acuerdo Xxxxx a los licitadores que hayan presentado las ofertas que cumplan los requisitos exigidos, no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX. Una vez realizada la valoración de las ofertas los servicios correspondientes requerirán por medios electrónicos al licitador/es que haya/n presentado la/s con mayor puntuación, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, para que presente a través de SiREC-Portal de licitación electrónica la siguiente documentación:
ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX. 14.1.- El órgano de contratación dictará acuerdo de adjudicación del acuerdo marco en un plazo máximo de 5 días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado en la cláusula 12.6 para presentar la documentación requerida. En todo caso, el acuerdo de adjudicación se dictará en un plazo máximo de 9 meses desde la apertura de las proposiciones.
ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO XXXXX. 11.1. El órgano de contratación considerará para cada uno de los lotes, todas las soluciones incluidas en las proposiciones recibidas cuyo precio sea igual o inferior al de licitación, que acrediten el cumplimiento de todos los requisitos relativos a la personalidad, capacidad y solvencia económico-financiera y técnica o profesional, así como los correspondientes al cumplimiento de las características técnicas exigibles para cada suministro en los pliegos.