Adjudicación por incumplimiento. Si el licitante adjudicado no firmare el contrato o se hubiere rescindido por casusa imputables a el mismo, el contratante podrá adjudicarlo al licitante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora no sea superior al diez por ciento (10%).
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública, Licitación Pública
Adjudicación por incumplimiento. Si el licitante Participante adjudicado no firmare el contrato o se hubiere rescindido por casusa causas imputables a el él mismo, el contratante podrá adjudicarlo al licitante Participante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora no sea superior al diez por ciento (10%).
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Samples: Servicios De Asesoría, Servicios De Asesoría
Adjudicación por incumplimiento. Si el licitante Licitante adjudicado no firmare el contrato o se hubiere rescindido por casusa causas imputables a el él mismo, el contratante la Contratante podrá adjudicarlo al licitante Licitante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora no sea superior al diez por ciento (10%).
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Samples: Contratación De Seguros De Vida
Adjudicación por incumplimiento. Si el licitante Licitante adjudicado no firmare el contrato o se hubiere rescindido por casusa causas imputables a el él mismo, el contratante podrá adjudicarlo al licitante Licitante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora no sea superior al diez por ciento (10%).
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Samples: Licitación Pública Nacional