Adjudicación provisional y definitiva. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato y se publicará conforme a lo establecido en los artículos 42 y 135.3 de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, la adjudicación provisional de los correspondientes contratos deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días naturales, contados desde aquel en que se soliciten las ofertas. Para que la adjudicación provisional sea elevada a definitiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación: • Certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en caso que éste no se haya presentado en el sobre 1. • Resguardo de la garantía definitiva. La constitución de estas garantía podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva mediante resolución motivada dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo establecido en el artículo 17.1.b) del Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de Octubre. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. Igualmente, cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de seguro, antes de la formalización del contrato, deberá aportarse la póliza correspondiente.
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Samples: Contrato De Servicios
Adjudicación provisional y definitiva. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato y se publicará conforme a lo establecido en los artículos 42 y 135.3 de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, la adjudicación provisional de los correspondientes contratos deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días naturales, contados desde aquel en que se soliciten las ofertas. Para que la adjudicación provisional sea elevada a definitiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación: • Certificación Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá además la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en caso que éste no se haya presentado en el sobre 1. • Resguardo de la garantía definitiva. La Cuando así se admita, la constitución de estas garantía garantías podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva mediante resolución motivada dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo establecido en el artículo 17.1.b) del Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de Octubre. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. Igualmente, cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de seguro, antes de la formalización del contrato, deberá aportarse la póliza correspondiente.
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Samples: Contract for Services
Adjudicación provisional y definitiva. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato y se publicará conforme a lo establecido en los artículos 42 y 135.3 de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, la adjudicación provisional de los correspondientes contratos deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días naturales, contados desde aquel en que se soliciten las ofertas. Para que la adjudicación provisional sea elevada a definitiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación: • Certificación Txiki Xxxxxx xxxxx 0 00000 Xxxxxxxxx (Xxxxxxx) IFK/CIF. X0000000X - Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá además la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en caso que éste no se haya presentado en el sobre 1. • - Resguardo de la garantía definitiva. La constitución de estas garantía podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticosdefinitiva exigida. La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva mediante resolución motivada dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo establecido en el artículo 17.1.b17.1 b) del Real Decreto Decreto-Ley 13/2009, de 26 de Octubreoctubre. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. Igualmente, cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de seguro, antes de la formalización del contrato, deberá aportarse la póliza correspondiente.
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Samples: Construction Contract
Adjudicación provisional y definitiva. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato y se publicará conforme a lo establecido en los artículos 42 y 135.3 de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, la adjudicación provisional de los correspondientes contratos deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días naturales, contados desde aquel en que se soliciten las ofertas. Para que la adjudicación provisional sea elevada a definitiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación: • Certificación — Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá además la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en caso que éste no se haya presentado en el sobre 1. • — Resguardo de la garantía definitivadefinitiva y, en su caso, de la garantía complementaria exigida. La Cuando así se admita en dicho Cuadro de características, la constitución de estas garantía garantías podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva mediante resolución motivada dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo establecido en el artículo 17.1.b) del Real Decreto Ley 13/2009135.4, de 26 de Octubre. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. Igualmente, cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de seguro, antes de la formalización del contrato, deberá aportarse la póliza correspondiente.párrafo primero
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Adjudicación provisional y definitiva. La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato y se publicará conforme a lo establecido en los artículos 42 y 135.3 de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, la adjudicación provisional de los correspondientes contratos deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días naturales, contados desde aquel en que se soliciten las ofertas. Para que la adjudicación provisional sea elevada a definitiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación: • Certificación — Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá además la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en caso que éste no se haya presentado en el sobre 1. • — Resguardo de la garantía definitiva. La constitución definitiva y, en su caso, de estas la garantía podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticoscomplementaria exigida. La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva mediante resolución motivada dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo establecido en el artículo 17.1.b) 17.1.b del Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de Octubre. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. Igualmente, cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de seguro, antes de la formalización del contrato, deberá aportarse la póliza correspondiente.
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Samples: Contract for the Supply of Elevators