Common use of ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS Clause in Contracts

ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS. El “Organismo Ejecutor” deberá convocar a una licitación pública internacional para la adquisición de bienes por montos superiores a quinientos mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 500.000,00) y para la contratación de obras y de servicios por montos superiores a dos millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2.000.000,00), con una amplia difusión de los avisos de licitación, evitando restricciones particularmente en lo referente al origen de los bienes u otros que impidan o dificulten que el proceso de licitación sea transparente y competitivo. Para montos de hasta US$ 500.000,00 en el caso de adquisición de bienes y de hasta US$ 2.000.000,00 en el caso de contratación de obras y de servicios, el “Organismo Ejecutor” aplicará procedimientos previamente autorizados por “La Corporación”. El “Organismo Ejecutor” deberá convocar a un concurso público internacional para la contratación de consultorías por montos superiores a doscientos cincuenta mil Dólares de los Estados Unidos de América (US $ 250.000,00). Para montos de hasta doscientos cincuenta mil Dólares de los Estados Unidos de América (US $ 250.000,00), el “Organismo Ejecutor” aplicará procedimientos previamente autorizados por “La Corporación”. El “Organismo Ejecutor” deberá dar amplia difusión a los avisos de licitación y concurso público internacional, evitando restricciones particularmente en lo referente al origen de los bienes o servicios u otras que impidan o dificulten que el proceso de licitación o concurso sea transparente y competitivo. El “Organismo Ejecutor” deberá informar oportunamente a “La Corporación” sobre: a) las fechas en que se convocará la licitación o concurso para la adquisición de bienes, la contratación de obras y servicios o la contratación de consultorías.

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Samples: Loan Agreement, Loan Agreement

ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS. Sin perjuicio del cumplimiento de los demás procedimientos establecidos en la legislación aplicable al “Organismo Ejecutor” o a “El Prestatario”, según sea el caso, el “Organismo Ejecutor” deberá convocar a una licitación pública internacional para la adquisición de bienes por montos superiores a quinientos mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 500.000,00) y para la contratación de obras y de servicios por montos superiores a dos millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2.000.000,00), con una amplia difusión de los avisos de licitación, evitando restricciones particularmente en lo referente al origen de los bienes u otros que impidan o dificulten que el proceso de licitación sea transparente y competitivo. Para montos de hasta US$ 500.000,00 en el caso de adquisición de bienes y de hasta US$ 2.000.000,00 en el caso de contratación de obras y de servicios, el “Organismo Ejecutor” aplicará procedimientos previamente autorizados por “La Corporación”CAF. El “Organismo Ejecutor” deberá convocar a un concurso público internacional para la contratación de consultorías por montos superiores a doscientos cincuenta mil Dólares de los Estados Unidos de América (US $ US$ 250.000,00). Para montos de hasta doscientos cincuenta mil Dólares de los Estados Unidos de América (US $ US$ 250.000,00), el “Organismo Ejecutor” aplicará procedimientos previamente autorizados por “La Corporación”. El “Organismo Ejecutor” deberá dar amplia difusión a los avisos de licitación y concurso público internacional, evitando restricciones particularmente en lo referente al origen de los bienes o servicios u otras que impidan o dificulten que el proceso de licitación o concurso sea transparente y competitivoCAF. El “Organismo Ejecutor” deberá informar oportunamente a “La Corporación” CAF sobre: a: (i) las fechas en que se convocará la licitación o concurso para la adquisición de bienes, la contratación de obras y servicios o la contratación de consultorías; (ii) las adjudicaciones que se vayan a realizar como resultado de la licitación o concurso, (iii) los contratos que se vayan a suscribir con las personas naturales o jurídicas ganadoras de la licitación o concurso; (iv) la procedencia de los bienes que vayan a ser suministrados por las empresas ganadoras de la licitación o concurso. Se podrá prescindir de licitación pública internacional solamente en casos especiales que por motivos de orden técnico sean sustentados y debidamente justificados por el “Organismo Ejecutor” y autorizados previamente por CAF.

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Samples: Loan Agreement

ADQUISICION DE BIENES Y CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS. El “Organismo Ejecutor” deberá convocar a una licitación pública internacional para la adquisición de bienes por montos superiores a quinientos mil US$ 500.000 (Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 500.000,00quinientos mil) y para la contratación de obras y de servicios por montos superiores a dos millones de US$ 2.000.000 (Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2.000.000,00dos millones), con una amplia difusión de los avisos de licitación, evitando restricciones particularmente en lo referente al origen de los bienes u otros que impidan o dificulten que el proceso de licitación sea transparente y competitivo. Para montos de hasta US$ 500.000,00 500.000 (Dólares de los Estados Unidos de América quinientos mil) en el caso de adquisición de bienes y de hasta US$ 2.000.000,00 2.000.000 (Dólares de los Estados Unidos de América dos millones), en el caso de contratación de obras y de servicios, el “Organismo Ejecutor” aplicará procedimientos previamente autorizados por “La Corporación”. El “Organismo Ejecutor” deberá convocar a un concurso público internacional para la contratación de consultorías por montos superiores a doscientos cincuenta mil US$ 250.000 (Dólares de los Estados Unidos de América (US $ 250.000,00doscientos cincuenta mil). Para montos de hasta doscientos cincuenta mil US$ 250.000 (Dólares de los Estados Unidos de América (US $ 250.000,00doscientos cincuenta mil), el “Organismo Ejecutor” aplicará procedimientos previamente autorizados por “La Corporación”. El “Organismo Ejecutor” deberá dar amplia difusión a los avisos de licitación y concurso público internacional, evitando restricciones particularmente en lo referente al origen de los bienes o servicios u otras que impidan o dificulten que el proceso de licitación o concurso sea transparente y competitivo. El “Organismo Ejecutor” deberá informar oportunamente a “La Corporación” sobre: a) : las fechas en que se convocará la licitación o concurso para la adquisición de bienes, la contratación de obras y servicios o la contratación de consultorías. las adjudicaciones que se vayan a realizar como resultado de la licitación o concurso. los contratos que se vayan a suscribir con las personas naturales o jurídicas ganadoras de la licitación o concurso. la procedencia de los bienes que vayan a ser suministrados por las empresas ganadoras de la licitación o concurso. Se podrá prescindir de licitación pública internacional solamente en casos especiales que por motivos de orden técnico sean sustentados y debidamente justificados por el “Organismo Ejecutor” y autorizados previamente por “La Corporación”.

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Samples: Loan Agreement