ADQUISICIÓN DE LAS BASES Cláusulas de Ejemplo

ADQUISICIÓN DE LAS BASES. Podrán adquirir las Bases para participar en la Licitación, personas jurídicas chilenas o extranjeras, ya sea en forma individual o como parte de un Consorcio. Las Licitantes llevarán un registro de las personas jurídicas que adquieran las Bases, debidamente individualizadas, siendo las únicas que tendrán acceso a toda la Licitación, en las etapas que corresponda. Las Licitantes entregarán un comprobante de la venta y del registro a la persona jurídica respectiva. Dicho registro será público a más tardar 48 horas posteriores a la Fecha de Presentación de las Propuestas, en los sitios web señalados en el numeral 6 del Capítulo 2 de las presentes Bases. El valor de adquisición de las Bases se encuentra establecido en el numeral 1 del Capítulo 2 de las presentes Bases.
ADQUISICIÓN DE LAS BASES. La convocatoria a la licitación se encuentra disponible en las oficinas de la JAPAMA, ubicadas en Xxxxx Xxxxxx x Xxxxxx X/X, Xxx. Xxxxxx X.X. 00000, Xxx Xxxxxx, Xxxxxxx, desde el día de la publicación de la convocatoria y hasta el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, de Lunes a Viernes en horario de 8:00 a 15:00 horas y Sábados de 8:00 a 13:00 horas. Es requisito indispensable la inscripción a la convocatoria a la licitación y para ello presentar en desde el día de la convocatoria hasta el día junta de aclaraciones escrito libre, en el que se exprese el interés para participar en la licitación por si o a través de un tercero dirigido a el Subgerente de Recursos Materiales de La Junta de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Ahome, C. Lic. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante legal. No se aceptarán propuestas a través de medios remotos la licitación será presencial debiéndose entregar de manera impresa y digital la propuesta del licitante debidamente foliada y firmada por el representante legal todas las hojas de la propuesta a presentar el día de la apertura. El licitante sufragará todos los costos relacionados con la preparación de su proposición y La JAPAMA no asumirá en ningún caso dichos costos, cualquiera que sea la forma en que se realice la licitación o el resultado de ésta salvo los casos previstos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de bienes y muebles para el Estado de Sinaloa. La JAPAMA conservará, invariablemente la documentación recibida.
ADQUISICIÓN DE LAS BASES. Los interesados en participar en la presente licitación, deberán formalizar su interés mediante la adquisición de las presentes Bases. Las Bases podrán ser adquiridas en la suma de CH$1.000.000 más IVA, en el Domicilio de la Licitación en los horarios y fechas establecidas en el Programa de la Licitación. A este efecto, conforme a lo establecido en el artículo 19° de la Resolución N° 215, el Encargado del Proceso deberá abrir un registro que contenga la individualización de las personas jurídicas que hayan adquirido las Bases especificando a lo menos el correo o dirección electrónica para las diversas comunicaciones de la Licitación y permitiéndole acceso al Data Room.
ADQUISICIÓN DE LAS BASES. Las Bases se adquirirán en la Oficina de Tesorería de OSITRAN, ubicada en Av. República de Panamá Nº 3659 -3663, Urbanización El Palomar – San Xxxxxx, Xxxx 00 - Xxxx, de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 13:0 horas y de 14:00 a 17:00 horas, a partir del día siguiente a la convocatoria y hasta un (01) día después de la integración de las bases señalada en el Aviso de Convocatoria.
ADQUISICIÓN DE LAS BASES. Podrán adquirir las Bases para participar en el Proceso, personas jurídicas chilenas o extranjeras, ya sea en forma individual o como parte de un Consorcio. Las Licitantes llevarán un registro de las personas jurídicas que adquieran las Bases, debidamente individualizadas, siendo las únicas que tendrán acceso a todo el Proceso, en las etapas que corresponda. Las Licitantes entregarán un comprobante de la venta y del registro a la persona jurídica respectiva. Dicho registro será público a más tardar 48 horas posteriores a la Fecha de Presentación de las Propuestas, en los sitios web señalados en el numeral 6 del Capítulo 2 de las presentes Bases. El valor de adquisición de las Bases se encuentra establecido en el numeral 1 del Capítulo 2 de las presentes Bases. Por estar la presente licitación destinada a cubrir energía no adjudicada en el proceso anterior (“Licitación Suministro SIC 2013/03”) y suministro incorporado a partir del proceso “Licitación Suministro SIC 2013/02”, los interesados que adquirieron Bases en dichos procesos no requieren comprar las Bases para participar en las etapas de este nuevo proceso. La participación de estos interesados solo amerita una declaración de interés comunicada por escrito al Responsable del Proceso.
ADQUISICIÓN DE LAS BASES. Los interesados en participar en la presente licitación, deberán formalizar su interés mediante la adquisición de las presentes Bases e inscripción en el registro de interesados correspondiente. Las Bases podrán ser adquiridas en la suma de CH$1.000.000 más IVA, en el Domicilio del Proceso en los horarios y fechas establecidas en el Programa de la Licitación.
ADQUISICIÓN DE LAS BASES. Estas Bases tienen un costo de $100,000.00 (Cien Mil Pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A., y estarán a disposición de los interesados para consulta y venta a partir del día en que se publique la convocatoria y hasta, inclusive, el día hábil inmediato anterior a la fecha de presentación y apertura de Proposiciones mediante el sistema electrónico de contrataciones gubernamentales CompraNET en la dirección electrónica: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. El pago deberá realizarse a través del sistema de pago en banco, utilizando los recibos generados para el efecto por CompraNET. La adquisición de las Bases será requisito indispensable para presentar las Propuestas. Los Concursantes deberán incluir en su Proposición copia simple y legible del recibo de la adquisición de las Bases. El pago por las Bases no será devuelto en caso de no participar en el presente Concurso.
ADQUISICIÓN DE LAS BASES. Podrán adquirir un ejemplar de las Bases para participar en el proceso personas jurídicas chilenas o extranjeras, ya sea en forma individual o como parte de un Consorcio, en la suma de CH$ 1.000.000 más IVA, en el Domicilio del Proceso en los horarios y fechas establecidas en el Programa de la Licitación.

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.