ANTECEDENTES GENERALES Cláusulas de Ejemplo

ANTECEDENTES GENERALES. La tasa de deforestación promedio en la Amazonia peruana se ha incrementado en los últimos 13 años, a un ritmo promedio de 118.000 ha / año. Frente a esta problemática, el Estado peruano impulsa dos instrumentos clave: la Estrategia Nacional de Bosques y Cambio Climático, por un lado, y por el otro, la Declaración Conjunta de Intención (DCI) firmada por los Gobiernos de la República de Perú, del Reino de Noruega y de la República Federal de Alemania. Utilizando el apoyo financiero y técnico de la DCI, el Gobierno de Perú (GP) está creando las condiciones propicias (instrumentos de política pública y aplicación de políticas) para reducir la deforestación en la Amazonia. Este proyecto apoya la implementación de la segunda fase de la DCI o también llamada fase de "transformación" de la DCI.  El resultado 1 de este proyecto apoyará la planificación de la implementación plena de la Fase II de la DCI (incluye actividades que serán implementadas por el MINAM y otras entidades gubernamentales con el apoyo del PNUD y el BID en un futuro próximo), y un análisis de los impactos de las causas de la deforestación en el Amazonia peruana.  El resultado 2 se centra en la titulación de los territorios indígenas y la zonificación forestal. Sobre titulación, se apoyará el proceso en al menos 383,517.00 hectáreas a favor de 65 comunidades nativas de San Xxxxxx, Ucayali y Loreto. En relación a la zonificación forestal, el resultado consiste en el diseño, planificación y ejecución de acciones de zonificación forestal de más de 3,8 millones de hectáreas en las regiones amazónica de San Xxxxxx y Ucayali.  El resultado 3 apoyará la implementación de incentivos para la conservación de los bosques en al menos 32 comunidades nativas de las regiones de Amazonas, Ucayali, San Xxxxxx, Xxxxx y Madre de Dios, para cubrir al menos 250.000 ha.  Por último, el resultado 4 tiene como objetivo fortalecer la capacidad de controlar el cambio de uso del suelo de tierras de aptitud forestal y protección. En este marco, de la ejecución del segundo resultado el Proyecto desea contratar a un/a candidato/a calificado/a Especialista legal para apoyar en la elaboración de la propuesta de los contratos de cesión en uso para el proceso de titulación de comunidades nativas del departamento, quien coordinará desde la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali (Dirección de gestión forestal y fauna xxxxxxxxx) en estrecha coordinación con las diferentes instituciones y organizaciones involucradas. El perfil ...
ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-18- LR21, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 16, de fecha 00 xx xxxxx xx 2021, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 580, de fecha 00 xx xxxxx xx 2021, de este Servicio, se adjudicó la propuesta pública a Sociedad de Tratamientos y Rehabilitación Cronos Limitada, para la compra de meses de planes de tratamiento, específicamente la(s) línea(s) de servicio N° 14. Las partes mediante este acto manifiestan su acuerdo en contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican:
ANTECEDENTES GENERALES. El fin del Programa de Fortalecimiento xx Xxxxxxx Comerciales es generar acciones asociativas orientadas a mejorar las perspectivas económicas de los empresarios y trabajadores y de la calidad de vida de los habitantes de los barrios. El Programa tiene como objetivo principal apoyar, promover y coordinar la gestión productiva y la mejora del entorno urbano de los barrios, mediante el financiamiento de proyectos asociativos que generen capital social de largo plazo en comunidades de empresarios. Específicamente se quiere lograr: • Revitalización comercial del barrio • Aumento de ventas de las empresas que conforman el barrio. • Aumento o mantención del número de empleos que genera la actividad comercial del barrio. • Mejora de la oferta comercial del barrio • Mejoramiento del espacio público • Poner en valor la identidad del barrio • Mejora de la sustentabilidad comercial y urbana del barrio. • Conformación de un grupo asociativo local • Generación de una estrategia común que fundamente el desarrollo comercial y xxxxxx xxx xxxxxx a largo plazo. El Programa de Fortalecimiento xx Xxxxxxx Comerciales busca generar procesos sostenibles, impulsando un modelo de gestión participativa del barrio comercial, a fin de dar continuidad en el tiempo a las acciones e intervenciones desarrolladas en el marco del Programa. El Programa se lleva a cabo a través de una estrategia de implementación conjunta entre los Ministerios de Economía, Fomento y Turismo y Vivienda y Urbanismo para abordar el desarrollo productivo y urbano. El Programa contempla dos etapas en su desarrollo: una etapa preparatoria general del programa y una etapa de operación, en los barrios, que se subdivide en Primera etapa (pre inversión) y Segunda Etapa (implementación)
ANTECEDENTES GENERALES. En cumplimiento del artículo 131° la Ley General de Servicios Eléctricos, DFL N° 4 de 2006 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N° 1 de 1982 del Ministerio de Minería, en adelante e indistintamente “LGSE”, a la Comisión le corresponde diseñar, coordinar y dirigir el “proceso de licitación pública” del presente año, cuyo objeto es que las concesionarias de distribución dispongan de contratos de suministro de largo plazo para satisfacer los consumos de sus clientes sometidos a regulación de precios. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 131° ter de la LGSE, el proceso de licitación se inicia con un Informe de licitaciones, el cual fue aprobado por Resolución Exenta N° 426, del 19 xx xxxx de 2016, de la Comisión Nacional de Energía. En virtud de lo establecido en el artículo 132° de la LGSE y de los resultados obtenidos en el Capítulo 8 del Informe de Licitaciones, corresponde disponer la convocatoria a una licitación de suministro del servicio público de distribución de energía eléctrica. El objetivo de esta licitación pública es adjudicar el suministro de electricidad a los clientes sometidos a regulación de precios de las empresas concesionarias de distribución que se indican más adelante, y celebrar los respectivos contratos de suministro de energía para servicio público de distribución a que se refiere el inciso primero del artículo 7º de la LGSE, para las empresas concesionarias de servicio público de distribución CGE Distribución S.A., Enel Distribución S.A., Chilquinta Energía S.A., Compañía Eléctrica Osorno S.A., Compañía Eléctrica del Litoral S.A., Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica S.A., Empresa Eléctrica de Arica S.A., Empresa Eléctrica de Iquique S.A., Empresa Eléctrica Atacama S.A., Empresa Eléctrica de Antofagasta S.A., Empresa Eléctrica de Casablanca S.A., Empresa Eléctrica de la Frontera S.A., Empresa Eléctrica Puente Alto Ltda., Energía de Casablanca S.A., Luzlinares S.A., Luzparral S.A., Sociedad Austral de Electricidad S.A., Compañía Distribuidora de Energía Eléctrica CODINER Ltda. y las Cooperativas Eléctricas: Cooperativa Eléctrica Curicó Ltda., Cooperativa de Consumo de Energía Eléctrica de Chillán Ltda., Cooperativa Eléctrica Los Ángeles Ltda., Cooperativa Eléctrica Paillaco Ltda., Cooperativa Rural Eléctrica de Llanquihue Ltda., Cooperativa Rural Eléctrica de Río Bueno Ltda., Sociedad Cooperativa de Consumo de Energía Eléctrica de Charrúa Ltda., en ...
ANTECEDENTES GENERALES. 2. Aspectos Técnicos
ANTECEDENTES GENERALES. INNOVACHILE es el Comité de CORFO que promueve las acciones que debe desarrollar la CORPORACIÓN DE FOMENTO en materia de innovación, emprendimiento innovador y transferencia tecnológica. Entre sus objetivos está el apoyar el desarrollo de negocios que generen un alto impacto económico y social, promover los valores de la innovación y facilitar el acceso a herramientas para que en Chile se conozcan y adopten buenas prácticas en estas materias entre emprendedores, empresas y organizaciones En este contexto INNOVA CHILE , en el 2do semestre 2012, abrió Concurso para el Instrumento de Bienes Públicos para la Competitividad Regional, a través del cual se apoyan proyectos que desarrollen bienes públicos destinados a reducir asimetrías de información, con el propósito de mejorar la competitividad y acelerar el emprendimiento por la vía de disminuir la incertidumbre en la toma de decisiones críticas para el éxito de los participantes y beneficiarios finales del proyecto. Se espera que esta información permita y acelere la creación de nuevos negocios e industrias o la mejora de productividad para, al menos, un sector relevante de la economía. Bajo esta circunstancia, CODESSER postuló en calidad de beneficiaria el proyecto denominado “VALPARAÍSO FILMS AND MEDIA OFFICE- Comisión Fílmica para la región de Valparaíso y sus 38 Comunas”, Código 12BPCR – 16613 . El Subcomité de Entorno para la Innovación , en su sesión Nº 229, celebrada el día 05 de diciembre de 2012, mediante Acuerdo N° 7.1 , puesto en Ejecución por Resolución (E) N° 1438, de 2012, de la Dirección Ejecutiva de InnovaChile de Corfo, resolvió adjudicar para su ejecución el Proyecto, denominado “VALPARAÍSO FILM & MEDIA OFFICE; OFICINA FÍLMICA PARA LA REGIÓN DE VALPARAÍSO Y SUS 38 COMUNAS”, código 12BPCR – 16613 , postulado al Concurso Bienes Públicos para la Competitividad Regional, en la Región de Valparaíso, asignándole financiamiento por un monto de hasta $ 118.600.000 .- (ciento dieciocho millones seiscientos mil pesos).-
ANTECEDENTES GENERALES. VECTOR CAPITAL es un Corredor de Bolsa, regulado por los artículos 24 y siguientes del Título VI de la Ley N°18.045, Xxx xx Xxxxxxx de Valores, inscrito en el Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valores que al efecto lleva la Comisión para el Mercado Financiero (en adelante “CMF”), bajo el número 189 y fiscalizada por ésta, cuyo objeto principal es la intermediación de valores de oferta pública en el país de acuerdo a la normativa vigente, sin perjuicio del ejercicio de las actividades complementarias que al efecto le autorice la CMF. VECTOR CAPITAL dispone de una plataforma (en lo sucesivo también el “Sistema” o la “Plataforma”) que está sustentada en un software debidamente licenciado, y que opera en línea a través de Internet, por medio del cual, el Cliente tiene acceso a la visualización de sus valores y activos financieros, como también del historial de sus movimientos en operaciones bursátiles. Lo anterior se reflejará en la o las cuentas (individualmente una “Cuenta” y conjuntamente las “Cuentas”) que éste mantenga en VECTOR CAPITAL. Las órdenes o instrucciones dadas por el Cliente se considerarán sólo el día en que sean efectivamente recibidas por el Intermediario, mediante alguna de las formas de comunicación señaladas en el punto 5.2. de la Cláusula Quinta del presente instrumento, y dentro de los horarios especificados en la misma Plataforma y la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx. El Cliente declara haber sido debidamente informado que, una vez firmado el presente contrato y sus respectivos anexos, por el sólo hecho que dé una orden o instrucción se entenderá para todos los efectos legales que conoce y acepta las condiciones contractuales de operación, en especial los horarios y condiciones particulares para operar en cada instrumento. El otorgamiento de cualquier orden o instrucción constituirá una expresa manifestación de su voluntad en orden a aceptar las condiciones, características y modalidades bajo las cuales se ejecutan las órdenes y se presta el servicio señalado, como también de las responsabilidades que asume al hacer uso del mismo y de la información contenida en él. Sin perjuicio de que VECTOR CAPITAL y sus empresas y/o personas relacionadas hacen todo lo posible por asegurar la exactitud de la información proporcionada a sus Clientes, VECTOR CAPITAL y sus empresas y/o personas relacionadas no serán responsables ante el Cliente o ante terceros por eventuales errores o inexactitudes que ella contenga derivadas del emisor o pro...
ANTECEDENTES GENERALES. En esta Sección se deberá consignar la siguiente información en los recuadros.
ANTECEDENTES GENERALES. Modificaciones al Contrato: No Hay
ANTECEDENTES GENERALES. 2. Aspectos Técnicos 1 Antecedentes Generales 2 Aspectos Técnicos del Programa