ADQUISICIÓN DE PREDIOS Y SERVIDUMBRES Cláusulas de Ejemplo

ADQUISICIÓN DE PREDIOS Y SERVIDUMBRES. La gestión para la adquisición de los predios requeridos para ejecutar la construcción de las obras e inversiones requeridas para el desarrollo del objeto del Contrato, está a cargo del Operador, labor que será realizada a favor de la E.I.S. quien será la dueña de tales predios y suscribirá los respectivos contratos. El Operador mantendrá indemne a la E.I.S. por cualquier reclamación o acción de terceros con ocasión de la gestión predial que asume, en especial en lo que tiene que ver con la valoración, pago de los predios y/o mejoras. Esta indemnidad incluye las reclamaciones o demandas que se interpongan contra la E.I.S., durante todo el período de vigencia del Contrato de Operación por hechos u omisiones del Operador en su gestión predial a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio de Ejecución del Contrato. Así mismo, cualquier error en la identificación del beneficiario de los pagos por compra de predios y/o mejoras o constitución de servidumbres, así como cualquier pago de este tipo realizado en exceso, será por cuenta del Operador. El Operador deberá adelantar la gestión predial necesaria para la adquisición de la totalidad de los predios requeridos para la ejecución del objeto del Contrato. Si tuviere dificultades y requiriere del trámite legal para realizar la expropiación de alguno o algunos predios, deberá informar a la E.I.S. a fin de que ésta utilice sus facultades legales al efecto. Con esta información deberá entregar debidamente preparados todos los documentos legales que deba firmar el representante legal de la E.I.S. La E.I.S. será responsable de suscribir las escrituras de compraventa de los predios y/o los contratos correspondientes y de suscribir los documentos preparados por el Operador, una vez aprobados por la E.I.S., para adelantar los procesos de expropiación que sean del caso para poder empezar y culminar todas las obras requeridas. El Operador será el responsable de elaborar todos los documentos necesarios para adelantar, bajo su responsabilidad, los procesos de expropiación, así como de contratar los profesionales requeridos para el efecto. Los pagos correspondientes a la adquisición de los predios y servidumbres necesarios para la ejecución del contrato, estarán a cargo del Operador quien los asumirá como una de sus obligaciones dentro del contrato de operación.
ADQUISICIÓN DE PREDIOS Y SERVIDUMBRES. En caso de que se requiera, la gestión para la adquisición de predios necesarios para ejecutar la construcción de las obras e inversiones requeridas para el desarrollo del objeto del Contrato estará a cargo del Aliado Estratégico. El Aliado Estratégico mantendrá indemne a Emdupar por cualquier reclamación o acción de terceros con ocasión de la gestión predial que asume, en especial en lo que tiene que ver con la valoración, pago de los predios y/o mejoras. Esta indemnidad incluye las reclamaciones o demandas que se interpongan contra Emdupar durante todo el período de vigencia del Contrato de Alianza Estratégica, por hechos u omisiones del Aliado Estratégico en su gestión predial, a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio de Ejecución del Contrato. Así mismo, cualquier error en la identificación del beneficiario de los pagos por compra de predios y/o mejoras o constitución de servidumbres, así como cualquier pago de este tipo realizado en exceso, será por cuenta y riesgo del Aliado Estratégico. Si tuviere dificultades para adelantar las actividades de gestión predial y requiriere del trámite legal para realizar la expropiación de alguno o algunos predios, deberá informar a Emdupar a fin de que ésta utilice sus facultades legales al efecto. Con esta información deberá entregar debidamente preparados todos los documentos legales que deba firmar el representante legal de Emdupar. El Representante Legal de Emdupar será responsable de suscribir las escrituras de compraventa de los predios y/o los contratos correspondientes y de suscribir los documentos preparados por el Aliado Estratégico, una vez aprobados por Emdupar para adelantar los procesos de expropiación que sean del caso y para empezar y culminar todas las obras requeridas. El Aliado Estratégico será el responsable de elaborar todos los documentos necesarios para adelantar, bajo su responsabilidad, los procesos de expropiación, así como de contratar los profesionales requeridos para el efecto. Los pagos correspondientes a la adquisición de los predios y servidumbres necesarios para la ejecución del contrato estarán a cargo del Aliado Estratégico, quien los asumirá como una de sus obligaciones dentro del Contrato de Alianza Estratégica. PARÁGRAFO: En virtud de lo consagrado en este Contrato, el Aliado Estratégico queda facultado para que, en caso de requerirse, en nombre de Emdupar, inicie oficialmente el procedimiento de enajenación voluntaria establecido en la Ley 388 de 1997, la Ley 1742...

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