ADQUISICIÓN DE PREDIOS Y SERVIDUMBRES Cláusulas de Ejemplo

ADQUISICIÓN DE PREDIOS Y SERVIDUMBRES. En caso de que se requiera, la gestión para la adquisición de predios necesarios para ejecutar la construcción de las obras e inversiones requeridas para el desarrollo del objeto del Contrato estará a cargo del Aliado Estratégico. El Aliado Estratégico mantendrá indemne a Emdupar por cualquier reclamación o acción de terceros con ocasión de la gestión predial que asume, en especial en lo que tiene que ver con la valoración, pago de los predios y/o mejoras. Esta indemnidad incluye las reclamaciones o demandas que se interpongan contra Emdupar durante todo el período de vigencia del Contrato de Alianza Estratégica, por hechos u omisiones del Aliado Estratégico en su gestión predial, a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio de Ejecución del Contrato. Así mismo, cualquier error en la identificación del beneficiario de los pagos por compra de predios y/o mejoras o constitución de servidumbres, así como cualquier pago de este tipo realizado en exceso, será por cuenta y riesgo del Aliado Estratégico. Si tuviere dificultades para adelantar las actividades de gestión predial y requiriere del trámite legal para realizar la expropiación de alguno o algunos predios, deberá informar a Emdupar a fin de que ésta utilice sus facultades legales al efecto. Con esta información deberá entregar debidamente preparados todos los documentos legales que deba firmar el representante legal de Emdupar. El Representante Legal de Emdupar será responsable de suscribir las escrituras de compraventa de los predios y/o los contratos correspondientes y de suscribir los documentos preparados por el Aliado Estratégico, una vez aprobados por Emdupar para adelantar los procesos de expropiación que sean del caso y para empezar y culminar todas las obras requeridas. El Aliado Estratégico será el responsable de elaborar todos los documentos necesarios para adelantar, bajo su responsabilidad, los procesos de expropiación, así como de contratar los profesionales requeridos para el efecto. Los pagos correspondientes a la adquisición de los predios y servidumbres necesarios para la ejecución del contrato estarán a cargo del Aliado Estratégico, quien los asumirá como una de sus obligaciones dentro del Contrato de Alianza Estratégica. PARÁGRAFO: En virtud de lo consagrado en este Contrato, el Aliado Estratégico queda facultado para que, en caso de requerirse, en nombre de Emdupar, inicie oficialmente el procedimiento de enajenación voluntaria establecido en la Ley 388 de 1997, la Ley 1742...
ADQUISICIÓN DE PREDIOS Y SERVIDUMBRES. La gestión para la adquisición de los predios requeridos para ejecutar la construcción de las obras e inversiones requeridas para el desarrollo del objeto del Contrato, está a cargo del Operador, labor que será realizada a favor de la E.I.S. quien será la dueña de tales predios y suscribirá los respectivos contratos. El Operador mantendrá indemne a la E.I.S. por cualquier reclamación o acción de terceros con ocasión de la gestión predial que asume, en especial en lo que tiene que ver con la valoración, pago de los predios y/o mejoras. Esta indemnidad incluye las reclamaciones o demandas que se interpongan contra la E.I.S., durante todo el período de vigencia del Contrato de Operación por hechos u omisiones del Operador en su gestión predial a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio de Ejecución del Contrato. Así mismo, cualquier error en la identificación del beneficiario de los pagos por compra de predios y/o mejoras o constitución de servidumbres, así como cualquier pago de este tipo realizado en exceso, será por cuenta del Operador. El Operador deberá adelantar la gestión predial necesaria para la adquisición de la totalidad de los predios requeridos para la ejecución del objeto del Contrato. Si tuviere dificultades y requiriere del trámite legal para realizar la expropiación de alguno o algunos predios, deberá informar a la E.I.S. a fin de que ésta utilice sus facultades legales al efecto. Con esta información deberá entregar debidamente preparados todos los documentos legales que deba firmar el representante legal de la E.I.S. La E.I.S. será responsable de suscribir las escrituras de compraventa de los predios y/o los contratos correspondientes y de suscribir los documentos preparados por el Operador, una vez aprobados por la E.I.S., para adelantar los procesos de expropiación que sean del caso para poder empezar y culminar todas las obras requeridas. El Operador será el responsable de elaborar todos los documentos necesarios para adelantar, bajo su responsabilidad, los procesos de expropiación, así como de contratar los profesionales requeridos para el efecto. Los pagos correspondientes a la adquisición de los predios y servidumbres necesarios para la ejecución del contrato, estarán a cargo del Operador quien los asumirá como una de sus obligaciones dentro del contrato de operación.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.