DE LOS PAGOS. Todo pago deberá efectuarse en el lugar que FONPLATA designe, previa notificación escrita al Prestatario y al Garante en su caso. A todos los efectos de este Contrato se considerará como fecha efectiva de pago aquélla en la que FONPLATA reciba, y tenga a su disposición, los montos correspondientes a intereses, comisiones o amortización, según corresponda.
DE LOS PAGOS. 7.1 Los pagos o reembolsos por el préstamo otorgado al PRESTATARIO, se inician a su retorno definitivo al país luego de concluidos sus estudios y serán cancelados conforme al cronograma de pagos que para tal efecto se le remita al PRESTATARIO dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su retorno al país. El periodo de pago del Crédito – Beca no podrá exceder los ciento veinte (120) meses, contados a partir de la fecha de remisión del cronograma de pagos, el cual contendrá cuotas mensuales iguales, en las fechas y por los importes que este arroje de acuerdo al artículo 1257º del Código Civil. El pago de las cuotas se realizará en la cuenta de ahorros Moneda Nacional Nº 193-25575730- 0-37 del Banco de Crédito a nombre de COFIDE FID CREDITO BECA-RECAUDADORA SECUNDARIA. En el caso de que al PRESTATARIO se le suspenda definitivamente los desembolsos o termine el periodo xx xxxxxx adicional, se traslada la deuda a amortización inmediata, generándose el calendario de pagos correspondiente.
DE LOS PAGOS. 1. Los pagos se realizarán sin deducciones a una de las cuentas bancarias del VENDEDOR, dentro del plazo negociado entre las Partes, luego de emitida y recibida la factura. Se considera que se ha recibido una factura dentro de los 3 (tres) días posteriores al envío, a menos que el Cliente pueda probar lo contrario. El VENDEDOR tiene derecho, incluso en relación con las transacciones en curso, a exigir el pago por adelantado en cualquier momento, total o parcialmente, de cualquier entrega. Este requisito debe ser comunicado por el VENDEDOR al Cliente, a más tardar, en la confirmación del pedido.
DE LOS PAGOS. Artículo 89.- Las facturas serán presentadas en el lugar que indiquen las cláusulas particulares, juntamente con la orden de provisión y la certificación indicada en el artículo 79.
DE LOS PAGOS. Conjuntamente con los pagos que el Asociado deba realizar a PANDERO, deberá también abonar los impuestos que los graven, así se efectúen dentro o fuera de territorio peruano. De este modo, debe asumir cualquier cargo bancario que se produzca en las cuentas de PANDERO, tales como comisiones, gastos, impuestos o cualquier otro concepto vinculado a los pagos de los Asociados.
DE LOS PAGOS. Artículo 58.- Cuando los pagos de la valuaciones o retenciones que hubieren sido reconocidos por el Ente Contratante no se hicieren dentro de los sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha de presentación por parte del Contratista al Ingeniero Inspector, sie mpre que no hubiere sido rechazada por éste o por la oficina administradora del Ente Contratante, éste pagará intereses al Contratista sobre el monto neto a pagar por el tiempo de la xxxx hasta la fecha en la cual el pago se encuentre en caja o tesorería, según sea el caso y a disposición del Contratista. Los intereses se calcularán, utilizando una tasa igual al promedio ponderado, establecido por el Banco Central de Venezuela, de las tasas pasivas que paguen los seis (6) bancos comerciales del país con mayor volumen de depósitos por operaciones de crédito a plazo, no mayores de noventa (90) días calendario, el Ente Contratante sólo le dará curso a la solicitud de pago de intereses xx xxxx, cuando fuere presentado dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha en que el pago de la Valuación que genere los intereses se encuentre en caja. Para que proceda el pago de los intereses aquí estipulados se requerirá, además, que el monto de la valuación que los origina esté debidamente previsto en el presupuesto vigente del Ente Contratante, para el momento de la presentación de dicha valuación. A tales efectos se deberá tomar en cuenta el cronograma de pago vigente elaborado por el Ente Contratante y el Contratista, en el cual se habrán indicado, el o los ejercicios presupuestarios en que se pagará la obra, con señalamiento expreso de la cantidad asignada a ese fin en cada uno de esos ejercicios. El referido cronograma de pago, debidamente firmado por los Contratantes, forma parte del contrato. A los fines de la cancelación de los referidos intereses xx xxxx, el Ente Contratante tomará las previsiones en el presupuesto de o de los ejercicios fiscales siguientes, según el caso. Si al verificarse la revisión de las valuaciones en la forma establecida en el artículo 57 se encontrara que éstas presentan irregularidades o errores, el plazo antes señalado para comenzar a computarse los intereses, no comenzará a correr hasta que hayan sido presentadas nuevamente las valuaciones debidamente corregidas.
DE LOS PAGOS. (Artículos 89 a 92)
DE LOS PAGOS. La Adjudicataria confeccionará mensualmente la correspondiente factura por los servicios efectivamente realizados. A la misma deberá adjuntar una Declaración Jurada Mensual incluyendo el Nombre y Apellido y Número de C.U.I.L. de todos los empleados que hayan prestado el servicio el mes precedente al de los trabajos certificados; detallando para cada uno la cantidad de horas liquidadas, sus remuneraciones brutas y netas, los aportes, contribuciones patronales y seguros de trabajo. Asimismo, conjuntamente con la Declaración mencionada deberán presentar los recibos de haberes de los trabajadores declarados, el F931 y su acuse de recibo del mes indicado en la Declaración Jurada mencionada (el adjudicatario con el último mes de servicio debe demostrar que no posee deuda previsional). Tal Declaración Jurada es requisito indispensable para la conformación de la factura por las autoridades del establecimiento objeto de la presente licitación y posterior pago de la misma. Asimismo, toda la documentación entregada por el Contratista deberá ser firmada por la Autoridad del Hospital. Los pagos de las facturas por los servicios certificados se abonarán a los treinta (30) días de la fecha de recepción y conformación de la factura en la Subsecretaria de Salud. “El medio de pago a utilizar será la Acreditación en cuentas a la vista de los proveedores que deben tener abiertas en el Banco Provincia del Neuquén, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N°367/04. No podrá percibir cobro alguno hasta tanto no cumpla esta condición en el Padrón de Proveedores de la Provincia”.
DE LOS PAGOS. Los pagos correspondientes se efectuarán en un plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles, a partir de la entrega de las facturas correspondiente en la Dirección de Administración y Finanzas, que respalde la prestación de los servicios al “INFO” y una vez que valide la documentación que presente el “LICITANTE” adjudicado, con motivo de la prestación de los servicios. (PRESENTAR PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL “LICITANTE”) CLAVE DE PROCEDIMIENTO: INFO/LPN/08/2024 DESCRIPCIÓN: RENOVACIÓN DE LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE PARA EL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO NOMBRE DEL “LICITANTE”: R.F.C. DEL “LICITANTE”, incluyendo homoclave (última actualización): En representación de este “LICITANTE”, manifiesto que el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que se deriven del procedimiento de licitación pública y en su caso, del contrato respectivo, es el siguiente: Colonia: Municipio o Demarcación territorial: Ciudad: Entidad Federativa y Código Postal: Teléfono: Correo electrónico: Se firma la presente en la Ciudad de México, el día de del 2024. (PRESENTAR PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL “LICITANTE”) CLAVE DE PROCEDIMIENTO: INFO/LPN/08/2024 DESCRIPCIÓN: RENOVACIÓN DE LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE PARA EL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO En representación de este “LICITANTE”, manifiesto bajo protesta de decir verdad que su existencia y personalidad jurídica, así como, las facultades suficientes de su representante para comprometerlo se acreditan a través de los documentos siguientes: RFC con homoclave (última actualización): Objeto social de la empresa: Nombres de los socios: No. de escritura pública correspondiente al acta constitutiva y modificaciones Fecha Nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx y/o fedatario Datos del Registro Público de la propiedad y del Comercio Nombre del representante legal: No. de escritura pública que contenga el poder notarial que acredite la personalidad del representante legal Fecha Nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx y/o fedatario CURP: RFC con homoclave: Actividad Económica (registrada ante el SAT): Se firma la presente en la Ciudad de México, el día de del 2024. Protesto lo necesario (PRESENTAR PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL “LICITANTE”) CLAVE DE PROCEDIMIENTO: INFO/L...
DE LOS PAGOS. 11.01 Los pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación. Se podrán efectuar pagos periódicos a solicitud del Contratista.