ALCANCE DEL SEGURO A) Cláusulas de Ejemplo

ALCANCE DEL SEGURO A). La obligación de la compañía comprende: 1. El pago de los daños que sufran las personas en sus bienes y/o en su integridad física, así como los perjuicios y el daño moral consecuenciales por

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  • ALCANCE DEL SEGURO La obligación de la Compañía comprende:

  • ALCANCE DEL OBJETO El Proponente, en desarrollo del objeto del contrato, prestará los servicios de salud habilitados en sus instalaciones a los afiliados y beneficiarios adscritos a la Unidad de Servicios de Salud – UNISALUD de la Universidad UPTC, así como a los afiliados y beneficiarios de otras universidades estatales u oficiales cuyos servicios se encuentren acordados con la UNIVERSIDAD UPTC - UNISALUD (cuando aplique), en las condiciones contenidas en la base de datos y/o en la autorización y remisión efectuada por LA UNIVERSIDAD UPTC-UNISALUD al CONTRATISTA; aplicando los estándares de calidad, integralidad, continuidad, oportunidad, pertinencia, seguridad y accesibilidad definidos legalmente. De acuerdo con las condiciones previstas en la invitación, en la propuesta definitiva y en el portafolio de servicios aceptado por LA UNIVERSIDAD UPTC-UNISALUD, documentos que formarán parte integral del contrato, el objeto contractual involucra la prestación integral de los siguientes servicios: a) Intervenciones, actividades, procedimientos médico-quirúrgicos y suministro de medicamentos durante la atención hospitalaria, conforme a lo establecido en la Resolución No. 5857 de diciembre de 2018 del Ministerio de Salud y Protección Social y la normatividad que lo modifique, adicione o derogue, en lo que respecta a los servicios definidos en el Plan de Beneficios de UNISALUD y los demás servicios disponibles en concordancia con la autorización y remisión que efectúe LA UNIVERSIDAD-UPTC - UNISALUD. b) Los servicios de salud que sean autorizados por el Comité Técnico Científico de UNISALUD. c) Exámenes, estudios y procedimientos clínicos de diagnóstico y tratamiento de carácter hospitalario y ambulatorio. d) Servicios de hospitalización, incluyendo Unidad de Cuidados Intensivos e Intermedios. e) Atención de urgencias de acuerdo a la normatividad vigente. f) Servicios de acciones de protección específica y detección temprana de las enfermedades de interés en Salud Pública, conforme las normas técnicas de obligatorio cumplimiento establecidas en las Resoluciones 3280 de 2018 y 4505 del 2012 emanada del Ministerio de Salud y Protección Social, o las demás normas que las adicionen o modifiquen. g) Demás servicios disponibles en las instalaciones del Proponente y contratadas por la unidad

  • ALCANCE DEL TRABAJO El trabajo comprende el suministro y montaje de Gabinete de Datos, con su equipo activo y accesorios, instalación xx xxxxx para datos , canalización, cableado y accesorios; así como; la certificación de la Red de Datos Cat.6A (pruebas de desempeño en campo), topología requerida enlace de desempeño de canal, configuración de los conectores y placas de salida, polarización del sistema, y todos los materiales e implementos necesarios, para que el sistema quede funcionando, listo para su operación y uso. Como también los siguientes sistemas: Sistema de telefonía IP y red interna, externa. Sistema de cómputo y red de datos (Informática) Sistema de circuito cerrado de televisión para vigilancia (CCTV) Sistema de perifoneo y ambiental Sistema de información de control de acceso y marcación de empleados Sistema de alarma contra incendios y detectores de humo Sistema de conexión inalámbrica para acceso a Internet Sistema de video conferencia En el diseño de los Sistemas Especiales, se incluyen todos los sistemas y equipos que son necesarios para la operación de la UNIDAD DE RADIOLOGÍA E IMÁGENES DIAGNÓSTICA del Hospital Nacional de El Xxxxxxxx. En el Diseño de los Sistemas Especiales se tiene como objetivo primordial el garantizar la seguridad de la vida de los ocupantes, así mismo garantizar la integridad de los bienes muebles e inmuebles del Hospital. Para el buen funcionamiento de los equipos para la UNIDAD DE RADIOLOGÍA E IMÁGENES DIAGNÓSTICA, se deberá realizar cableado de telefonía y datos en las jefaturas, centro de control y personal de administrativo. Para garantizar la seguridad de los trabajadores, se deberá contar con sensores de humo y a alarma audible con luces estroboscópicas y manetas. Deberá realizar la conexión de red desde el área de interpretación común de la UNIDAD DE RADIOLOGÍA E IMÁGENES DIAGNOSTICAS hasta el servidor PACS existente del Hospital El Xxxxxxxx, con tecnología de fibra óptica por lo que deberá considerar cualquier equipo, cable, canalización, material e insumo necesario para su correcta instalación y funcionamiento. Deberá realizar la conexión de red desde las salas de control de las áreas de Resonancia Magnética, Tomografía Computarizada Multicorte y Xxxxx xx Xxxxx X y Fluoroscopía hasta área de interpretación común de la Unidad de Radiología e Imágenes Diagnósticas, con tecnología de Fibra óptica por lo que deberá considerar cualquier equipo, cable, canalización, material e insumo necesario para su correcta instalación y funcionamiento. Se suministrará e instalará sistema de perifoneo, para comunicación interna. Se suministrará e instalará un sistema de circuito cerrado de televisión de vigilancia (CCTV) para visualización de accesos x xxxxx de exploración y áreas comunes, considerar que dicho sistema deberá conectarse al Centro de Mando del Hospital El Xxxxxxxx, por lo que deberá considerar cualquier equipo, cable, canalización, material e insumo necesario para su correcta instalación y funcionamiento.

  • ALCANCE DEL PROYECTO 1.3.1. Descripción del alcance del proyecto 1.3.1.1. Este proyecto tiene dos componentes: 1.3.1.1.1. Proveer el Acceso a los Servicios de Voz y el Acceso desde una ubicación fija a los servicios de Internet con una velocidad aprovisionada mínima de 3/1 Mbps a las comunidades y Acceso a los Servicios de Voz y el Acceso desde una ubicación fija a los servicios de Internet con una velocidad aprovisionada mínima de 6/1 Mbps a los CPSP ubicados dentro de los distritos de Savegre y Naranjito del xxxxxx xx Xxxxxxx, provincia de Puntarenas. (Modificado por Acuerdo No. 033-005-2017 de fecha 26/01/2017 del Consejo xx XXXXX, publicado en La Nación el día 1 de febrero de 2017). 1.3.1.1.2. Proveer los Servicios de Voz e Internet con una velocidad aprovisionada mínima de 6/1 Mbps, desde una ubicación fija, a Centros de Prestación de Servicios Públicos (CPSP) ubicados en estas comunidades o en cualquier lugar dentro del perímetro geográfico de los distritos enunciados en el numeral anterior. Se podrá solicitar estos servicios para otros CPSP ubicados dentro de los distritos enunciados anteriormente, que no hayan sido listados inicialmente, bajo las mismas condiciones del presente concurso. (Modificado por Acuerdo No. 033-005-2017 de fecha 26/01/2017 del Consejo xx XXXXX, publicado en La Nación el día 1 de febrero de 2017). 1.3.1.2. Este proyecto recibirá aportes del Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL) y será asignado mediante el presente concurso a un operador de red o proveedor de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. El proyecto se adjudicará al operador o proveedor cuya oferta cumpla todas las condiciones establecidas en este Cartel y requiera la subvención más baja para el desarrollo del proyecto, de acuerdo con lo que establece el Artículo 36 de la Ley General de Telecomunicaciones, N° 8642. 1.3.1.3. El proyecto consistirá en la provisión de la infraestructura necesaria para proveer el Acceso a los Servicios de Voz y el Acceso desde una ubicación fija a los servicios de Internet para las poblaciones, empresas, CPSP, y otras organizaciones ubicadas en el área de prestación de los servicios, por el plazo y en las condiciones que se definen en este Cartel. Estos servicios serán suscritos según la demanda comercial de los usuarios. Este concurso no garantiza al contratista ningún volumen de demanda específico, por lo que operará por su cuenta y riesgo comercial. 1.3.1.4. El contratista podrá proceder con la instalación de los servicios para cada CPSP, una vez que tenga debidamente firmado un contrato marco para la prestación de servicios de telecomunicaciones entre la institución beneficiaria (MEP, CCSS, MICITT y CEN-CINAI) y el contratista.

  • Alcance de la cobertura El pago de los daños, perjuicios y daño moral consecuencial, por los que sea responsable el Asegurado, se hará conforme a la legislación aplicable en materia de Responsabilidad Civil vigente en la República Mexicana o legislación extranjera en el caso de viajes familiares en el extranjero, y a lo previsto en la presente sección. El pago de los gastos de defensa del Asegurado incluye: a) El pago del importe de las primas por fianzas judiciales que el Asegurado deba otorgar en garantía del pago de las sumas que le sean reclamadas a título de Responsabilidad Civil amparada por esta Cobertura.

  • DURACIÓN DEL SEGURO Las garantías de la póliza entran en vigor en la hora y fecha indicadas en las condicio- nes particulares de la misma. A la expiración del período indicado en las condiciones particulares de la póliza, esta se entenderá prorrogada por el plazo de un año, y así sucesivamente a la expiración de cada anualidad. Las partes podrán oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escri- ta a la otra parte, efectuada con un plazo de antelación de dos meses a la conclusión del período de seguro en curso. La prórroga tácita no es aplicable a los seguros contra- tados por períodos inferiores a un año.

  • ALCANCE DEL SERVICIO Queda entendido que el servicio de Tarjeta de Débito Clave es solamente una forma más de permitirle a los Clientes el acceso a sus cuentas corrientes o de ahorro y a otros servicios. Por lo tanto, el uso de la Tarjeta de Débito CLAVE en los Cajeros Automáticos y Puntos de Venta, estará limitado a la(s) cuenta(s) que EL CLIENTE haya autorizado relacionar a este servicio, el cual se rige por estas Condiciones y Reglamentos, en la medida que no sean conflictivas con las normas contenidas en los reglamentos de Cuenta Corrientes y de Ahorros de EL BANCO.  La Tarjeta de Débito Clave (en lo sucesivo Tarjeta) permite al Cliente efectuar en los cajeros automáticos lo siguiente: retiro de efectivo, compra de minutos prepago, pago a préstamos, pago a tarjetas de crédito, pago a servicios públicos, pago a empresas privadas afiliadas, transferencia entre cuentas, consulta de cuentas y donaciones; además compra en Puntos de Venta de comercios afiliados a nivel nacional.  EL BANCO debitará o acreditará a la(s) Cuenta(s) Relacionada(s) la(s) transacción(es) efectuada(s) por EL CLIENTE mediante el uso de su Tarjeta. Al momento de usar el Cajero automático es responsabilidad de EL CLIENTE esperar que la transacción se complete.  Las transacciones realizadas con la Tarjeta después del cierre de EL BANCO en días hábiles de lunes a viernes y las transacciones realizadas a cualquier hora en xxxxxxx, xxxxxxxx o días no laborables se registrarán al siguiente día hábil bancario.  Para utilizar el servicio de Cajeros Automáticos y Puntos de Venta, EL BANCO proporcionará al Cliente una Tarjeta y un código secreto (en lo sucesivo PIN). EL CLIENTE a partir del momento en que EL BANCO le entrega la Tarjeta, se compromete a custodiarla y no dar a conocer a otra(s) persona(s) el PIN, siendo en consecuencia responsable directo ante EL BANCO del uso indebido de dicha Tarjeta y de todas las transacciones que se efectúen con esta Tarjeta en Cajeros Automáticos y Puntos de Venta.  Toda transacción llevada a cabo en los Cajeros Automáticos y/o Puntos de Venta mediante el uso de la Tarjeta Clave se entiende efectuada por EL CLIENTE o autorizada por éste. En caso de pérdida o robo, EL CLIENTE se encuentra obligado a dar aviso inmediato al Banco y será responsable del uso que un tercero de a la misma, con firma falsa o sin ella, hasta la notificación escrita al Banco, y éste haya acusado recibo por escrito de dicha notificación, la cual deberá hacerse en un formulario proporcionado por EL BANCO.  En caso de olvido del PIN, EL CLIENTE podrá solicitar uno nuevo, en cualquier sucursal de EL BANCO a el costo que EL BANCO haya definido, el cual podrá ser modificado por EL BANCO de tiempo en tiempo sin previa notificación.  EL BANCO establecerá los límites diarios de las transacciones que se lleven a cabo por medio de los Cajeros Automáticos locales (Sistema Clave) e internacionales (PLUS) y Puntos de Venta en comercios locales. Estos límites establecidos por EL BANCO están sujetos a la disponibilidad de fondos en la(s) Cuenta(s) Relacionada(s) a la Tarjeta.  La Tarjeta es intransferible y de propiedad de EL BANCO y la misma podrá ser cancelada o retenida por EL BANCO, en cualquier momento y sin previo aviso.  Si la(s) Cuenta(s) Relacionada(s) tuviese(n) más de un titular, EL BANCO podrá expedir una Tarjeta principal a cada uno de ellos. En tal caso cada uno de los Clientes responderá solidariamente frente al Banco de las obligaciones que surjan por razón del uso de la respectiva Tarjeta con relación a la(s) Cuenta(s) Relacionada(s), entendiéndose que la referencia en el presente Reglamento al "Cliente", se entenderá como una referencia a cada uno de ellos.  EL CLIENTE bajo su responsabilidad y riesgo podrá solicitar al Banco, quien podrá conceder o no de acuerdo al tipo de Tarjeta, la emisión de tarjetas adicionales hasta un máximo de cuatro (4) tarjetas por cada Tarjeta principal emitida. Estas tarjetas adicionales están sujetas a los Términos y Condiciones contemplados en el presente reglamento.  EL BANCO queda facultado para fijar los costos de la Tarjeta y el derecho de su uso en los Puntos de Venta y en los Cajeros Automáticos, los que podrán variar a su consideración de tiempo en tiempo y sin previo aviso. EL BANCO queda autorizado por EL CLIENTE, para debitar de cualquier cuenta bancaria que el mismo mantenga en EL BANCO, todos los cargos por membresía, emisión, reposición, uso, comisiones, seguros y por todas las transacciones efectuadas con la Tarjeta.  EL BANCO no será en ningún caso responsable por deficiencias debidas a la falta de fluido eléctrico o fallas mecánicas o de fuerza mayor de cualquiera de los Cajeros Automáticos y Puntos de Venta. EL BANCO no será responsable por la mercancía o servicio adquirido por EL CLIENTE, cualquier discrepancia será tratada directamente entre EL CLIENTE y el comercio donde se llevó a cabo la transacción.  EL CLIENTE aceptará los registros físicos y lógicos que deja el Cajero Automático y/o el Punto de Venta cuando se efectúa la transacción en dichos equipos. Si por alguna razón la suma de dinero recibida en los Cajeros Automáticos difiere de más de la anotada en el recibo, EL BANCO podrá cargar a la(s) cuenta(s) bancaria(s) de EL CLIENTE por la diferencia entre ambas cifras.  Cuando un Cliente desea efectuar un reclamo al Banco por alguna transacción xx Xxxxxx Automático y/o Punto de Venta que considere incorrecta, deberá presentar por escrito la inquietud, dentro de un máximo de 45 (cuarenta y cinco) días calendarios de la fecha de la transacción reclamada; transcurrido este periodo el reclamo no será aceptado por EL BANCO.  En caso de pago a servicios públicos u otros compromisos, EL CLIENTE es totalmente responsable de los pagos (cantidad a pagar, fecha en que realice los pagos). EL CLIENTE conviene que debe realizar los pagos a los servicios públicos u otros compromisos por lo menos tres (3) o cuatro (4) días laborables antes de la fecha de vencimiento indicada en los recibos de los servicios. Por consiguiente, EL CLIENTE renuncia a cualquier reclamo (incluyendo por daños y perjuicios) presente o futuro contra EL BANCO por cualquier omisión por el no acreditamiento oportuno de dichos pagos a los acreedores respectivos.  El(los) portador(es) de Tarjeta(s) a nombre de personas jurídicas (Tarjeta Débito Comercial) o adicionales que suscriban este documento o que simplemente usen dicha Tarjeta, por ese solo hecho, se obligan junto con EL CLIENTE Titular de la Cuenta Bancaria Relacionada, a responder por toda la obligaciones que se deriven del uso de dicha Tarjeta.  EL CLIENTE será solidariamente responsable frente al Banco por cualquier sobregiro que resulte como consecuencia del uso de la Tarjeta y acepta como final, definitiva y exigible la liquidación que haga EL BANCO en cuanto al importe adeudado, obligándose, además, a pagar al Banco todos los cargos (incluyendo intereses y gastos de cobranza judicial o extrajudicial) que resulten por motivo del sobregiro. Así mismo, EL CLIENTE autoriza y faculta al Banco para que compense o aplique el pago del sobregiro o de la cantidad obtenida en el exceso del balance de fondos disponibles en la(s) respectiva(s) cuenta(s) relacionada(s) por transacciones o comisiones, en cualquier cuenta que EL CLIENTE mantenga en EL BANCO, cualesquiera fondos que EL BANCO tenga o pudiera tener en el futuro al crédito de EL CLIENTE o que de otra manera se encuentren en poder de EL BANCO por razón de depósitos o en cualquier otro concepto.  Para todos los efectos legales, incluyendo el libramiento de ejecución, EL CLIENTE acepta como correctas las sumas que indiquen en los listados de Auditoría, libros u otros registros de EL BANCO referente al uso de la Tarjeta y que el certificado que expida EL BANCO, con relación al saldo deudor, si fuese el caso, prestará mérito ejecutivo, correspondiendo al Cliente la presentación de prueba en contrario. Así mismo declara EL CLIENTE que renuncia al domicilio y a los trámites del juicio ejecutivo para el caso de que EL BANCO tenga que recurrir a los tribunales para hacer valer sus derechos.  De acuerdo al Código Penal en su Capítulo VI (BLANQUEO DE CAPITALES) en su artículo 389 y 390 establece lo siguiente:  Artículo 389: El que reciba, deposite, negocie, convierta o transfiera bienes, dineros, títulos valores, bienes u otros recursos financieros, a sabiendas de que proceden de actividades relacionadas con el tráfico de drogas, estafa calificada, tráfico ilegal xx xxxxx, tráfico de personas, secuestros, extorsión, peculado, corrupción de servidores públicos, actos de terrorismo, robo o tráfico internacional de vehículos, previstas en la ley penal panameña, con el objeto de ocultar o encubrir su origen ilícito o ayudar a eludir las consecuencias jurídicas de tales hechos punibles, será sancionado con pena de 5 a 12 años de prisión y de 100 a 200 días-multas.

  • ALCANCE DEL CONTRATO El contrato que se otorgará bajo esta subasta formal cubrirá las necesidades de las Entidades Exentas adscritas al Departamento de Salud, según definidas en la Ley 73, supra.

  • Alcance de la Licitación 1.1 El Contratante, según la definición1 que consta en las “Condiciones Generales del Contrato” (CGC) e identificado en la Sección II, “Datos de la Licitación” (DDL) invita a presentar Ofertas para la construcción de las Obras que se describen en los DDL y en la Sección VI, “Condiciones Especiales del Contrato” (CEC). El nombre y el número de identificación del Contrato están especificados en los DDL y en las CEC. 1.2 El Oferente seleccionado deberá terminar las Obras en la Fecha Prevista de Terminación especificada en los DDL y en la subcláusula 1.1 (r) de las CEC.

  • ALCANCE DE LOS SERVICIOS El alcance del servicio a ser proporcionado por el consultor está enmarcado en la Promoción del Programa de Desarrollo de Habilidades del Proyecto “Mejora de la Empleabilidad y los Ingresos Laborales de los Jóvenes” (PMEIL) entre jóvenes, en cumplimiento a los lineamientos dictados por el Supervisor Técnico Operativo de la Unidad de Coordinación General del Plan Nacional de Empleo (UCGPE) y el Manual Operativo del Proyecto. Sin ser limitativas, las tareas y actividades más importantes que debe cumplir el Oficial Operativo de Jóvenes son las siguientes: Coordinación de actividades con Oficiales Operativos de Empresas. Participar de eventos, ferias y otros para difundir los beneficios del Programa de Desarrollo de Habilidades de acuerdo a programación preparada por el Supervisor Técnico Operativo de la UCGPE. Coadyuvar en los procesos de búsqueda de alianzas estratégicas que sirvan al éxito del Proyecto. Apoyar a jóvenes en el registro de información en el Sistema con acceso Web creado para el efecto. Verificar que los jóvenes presenten, los documentos necesarios para su registro. Hacer firmar los Formularios de Registro previa explicación que la firma otorga a la información la calidad de declaración jurada. Tomar contacto con los jóvenes seleccionados para la firma del Convenio de Pasantía e inscripción al Taller de Habilidades para la Empleabilidad. Realizar el seguimiento a la capacitación del joven en los talleres de habilidades para la empleabilidad hasta su conclusión. Realizar visitas a la empresa para verificar el desarrollo de la pasantía y la inserción laboral del joven hasta la finalización del periodo de 11 meses de contrato. Registrar en Sistema SIG la información de seguimiento de la etapa de capacitación y evaluación previa a la firma de contrato. Registrar en Sistema SIG la información de seguimiento de la etapa de inserción laboral, desde la verificación de firma de contrato, evaluación a los 3 meses y certificado al finalizar el periodo de 11 meses de contrato y seguimiento posterior. Revisar la solicitud de la empresa sobre la capacitación específica y responder a las consultas que se presenten sobre el tema. Mantener toda la información de seguimiento actualizada en SIG. Escanear la documentación relativa a las gestiones, verificaciones y seguimiento realizados (Documentación de registro de los jóvenes, Convenio de Pasantía, Evaluación de la Pasantía in situ, Certificados de los Talleres, Contratos firmados entre joven y empresa, evaluación del joven a los 3 meses de contrato, certificado de trabajo al finalizar 11 meses de contrato y cualquier otra información que sea incorporada al seguimiento). Informar a las empresas y jóvenes cuando los pagos de transferencias público-privadas se realicen. Registrar información de seguimiento en el Sistema de Información Gerencial (SIG) de acuerdo a roles asignados. Informar el/la Responsable Técnico Administrativo de la oficina departamental continuamente sobre las actividades realizadas fuera de la oficina para efectos de control. Presentar los descargos solicitados para la reposición de gastos de transporte con fondos de caja chica ante el Responsable Técnico Administrativo de su oficina departamental. Otras actividades encomendadas por el/la Responsable Técnico Administrativo de acuerdo a la planificación de las estrategias del Proyecto. Se esperan los siguientes resultados finales de la consultoría, los mismos que deberán ser recibidos a satisfacción por el/la Responsable Técnico Administrativo del Proyecto: Promoción del Proyecto realizada con éxito en diversos espacios, eventos, ferias y otros. Procesos de búsqueda de alianzas estratégicas apoyados. Registro de jóvenes completo en el sistema de registro web que incluye la documentación digital requerida. Seguimiento a todo el proceso, desde el registro de jóvenes hasta la finalización del período de 11 meses de contrato. Formularios de registro de jóvenes y Convenios de pasantía debidamente firmados por los jóvenes. Archivos ordenados y organizados hasta su entrega a la oficina departamental. Jóvenes y empresas han sido informados de la realización de pagos de transferencias público-privadas. El consultor contratado deberá presentar los siguientes informes, que deberán ser recibidos a satisfacción por el/la Responsable Técnico Administrativo del Proyecto. Informes mensuales sobre las actividades y resultados alcanzados en el período. Informe Final a la conclusión de la consultoría, que dé cuenta de los resultados en relación a los objetivos y alcances de su trabajo e Informe Final del Proyecto reportando avances hasta la conclusión de su contrato. Aprobación de informes: Los informes mensuales e informe final serán aprobados por el supervisor del servicio, el/la Responsable Técnico Administrativo, el plazo de aprobación de informes será de 10 días a partir de la presentación, si transcurrido este tiempo el Inmediato superior no emite ninguna observación, el informe se considerará aprobado.