ALIMENTOS Cláusulas de Ejemplo

ALIMENTOS. Para provincias y territorios EXCEPTO Columbia Británica: 9. Cuando el TRABAJADOR y el EMPLEADOR acuerden que este último proporcione comidas al TRABAJADOR: El EMPLEADOR acuerda: a. proporcionar comidas razonables y adecuadas para el TRABAJADOR. El TRABAJADOR acuerda: b. que el EMPLEADOR podrá deducir xxx xxxxxxx del TRABAJADOR una suma que no exceda de $6.50 dólares por día por el costo de las comidas proporcionadas al TRABAJADOR, siempre que el TRABAJADOR acepte recibir este servicio por parte del EMPLEADOR, para lo cual el TRABAJADOR deberá manifestar por escrito su acuerdo, antes de realizar la primera deducción. 10. Cuando el TRABAJADOR prepare sus propias comidas, el EMPLEADOR se compromete a proporcionar utensilios de cocina, combustible e instalaciones sin costo para el TRABAJADOR, y a proporcionar un mínimo de treinta (30) minutos para las pausas para comidas. 11. Cuando el TRABAJADOR y el EMPLEADOR acuerden que este último proporcione comidas al TRABAJADOR: El EMPLEADOR acuerda: a. proporcionar comidas razonables y adecuadas para el TRABAJADOR. El TRABAJADOR acuerda: b. El EMPLEADOR cobrará al TRABAJADOR la suma de $6.00 dólares por día por una comida, $9.00 dólares por día por dos comidas y $12.00 dólares por día por el costo de tres comidas proporcionadas al TRABAJADOR, siempre y cuando las comidas sean preparadas por una empresa de catering externa no relacionada y el plan de comidas sea revisado y aprobado por un nutricionista calificado. El TRABAJADOR tendrá el derecho, antes o durante su empleo, a aceptar o rechazar la deducción de nómina por este servicio. 12. Cuando el TRABAJADOR prepare sus propias comidas, el EMPLEADOR proporcionará utensilios de cocina, combustible e instalaciones, sin costo para el TRABAJADOR, y proporcionará un mínimo de treinta (30) minutos para las pausas para comidas.
ALIMENTOS. Durante la jornada de trabajo se concederá al trabajador 30 minutos para tomar sus alimentos y/o descansar, ese tiempo será considerado como tiempo efectivamente trabajado. En cada dependencia se fijará el horario en el que cada uno de los trabajadores disfrutará del tiempo para descanso o alimentos.
ALIMENTOS. Para la elaboración de los menús, se deben utilizar productos de excelente calidad, frescos o pre-elaborados, preferiblemente de origen nacional; no se permite el uso de productos que contengan glutamato mono sódico (GMS). El contratista deberá disponer de un procedimiento para la homologación y el seguimiento de los proveedores de materias primas e insumos y proveedores de servicios, el procedimiento de homologación y verificación deberá contener criterios claros de aceptación y rechazo, valoración en el cumplimiento de referenciales requeridos, fiabilidad del proveedor, seguimiento a las reclamaciones, auditorías, y certificados de cumplimiento. Los proveedores de materias primas o insumos, deben contar con registro sanitario, permiso sanitario, o notificación sanitaria vigente en cumplimiento con la regulación nacional vigente expedida por el Invima, Ministerio de Salud y Protección Social Se mantendrán disponibles la totalidad de las fichas técnicas de los alimentos empleados como materia prima o insumo utilizados para las preparaciones de la Sede de la Dirección General. Las materias primas e insumos deben ser inspeccionados al momento de su recepción y previo al uso, para lo cual el contratista debe llevar registros de las materias primas e insumos recibidos, evaluar las características propias de llegada con base a los criterios de aceptación, rechazo y demás que consideren necesarios para garantizar la calidad e inocuidad de los mismos como también se requiere convenir un sistema de trazabilidad de materia primas e insumos desde la llegada de materia prima hasta su consumo final, siendo así responsabilidad del servicio de alimentación, el buen manejo de las materias primas e insumos, utilizando los mismos dentro del tiempo de vida útil estipulados para el consumo y dando la rotación oportuna. El área donde se reciben las materias primas y se lleva a cabo la inspección debe estar físicamente separada de las que se destinan a elaboración o servido del producto final. El contratista debe poseer un procedimiento de trazabilidad el cual debe permitir la identificación de la rotación de las materias primas e insumos, que permita asegurar que los productos son identificables dentro del servicio de suministro en todo momento, incluyendo la cantidad. El almacenamiento de las materias primas e insumos debe realizarse considerando la vida útil de los alimentos, el espacio, y los equipos disponibles en el servicio y aquellos adicionales que requiera el contrat...
ALIMENTOS. Los trabajadores del sistema de turnos continuos así como los que laboren jornadas corridas, de 8 horas, tomarán sus alimentos en el propio lugar de trabajo, durante las horas de la jornada y en el momento en que la naturaleza del mismo lo permita, conforme a los horarios que las partes convengan, en la inteligencia de que la CFE no les descontará el importe del tiempo que empleen para tal objeto, siempre que dispongan de hasta 30 minutos. Cuando deban continuar laborando después de su hora ordinaria de salida, tendrán derecho al pago de alimentos, excepto cuando doblen su turno por acuerdo particular entre trabajadores de turnos continuos. Los trabajadores que no sean de turnos continuos, tendrán derecho al pago de alimentos cuando laboren antes o después de su jornada ordinaria de trabajo, o bien, cuando como consecuencia de las labores que realicen se vean impedidos para ir a sus domicilios particulares a tomarlos, en la forma siguiente: I.- Pago de desayuno, cuando sean requeridos para laborar por lo menos una hora antes de su entrada normal al trabajo. II.- Pago de comida, cuando laboren una hora o más, después de su hora normal de salida. III.- Pago de cena, cuando laboren tiempo extraordinario después de las veinte horas. IV.- Igual prestación se cubrirá a los trabajadores que presten sus servicios en los días de descanso semanal, legal o contractual.
ALIMENTOS. Fecha: 00 xx xxxxxxxxx xx 0000. Xx. de alimentos: Cocktail de bienvenida y cena tipo buffet (55 personas) para los Procuradores de hotel sede, que tenga la capacidad para el número de comensales citados en montaje tipo banquete, considerar dos refrescos por persona, música ambiental, mesas cuadradas o redondas, arreglos florales por mesa, sillas, vajilla, cristalería, mantelería, meseros y todos los insumos necesarios. Fecha: 18 de noviembre de 2014. No. de alimentos: Desayunos buffet (55 personas a consumo) a celebrarse en restaurante del hotel que tenga la capacidad para el número de comensales citados en montaje tipo banquete, considerar dos refrescos por persona, música ambiental, mesas cuadradas o redondas, arreglos florales por mesa, sillas, vajilla, cristalería, mantelería, meseros y todos los insumos. Comidas buffet (350 personas a consumo) a celebrarse en restaurante del hotel que tenga la capacidad para el número de comensales citados en montaje tipo banquete, considerar dos refrescos por persona, música ambiental, mesas cuadradas o redondas, arreglos florales por mesa, sillas, vajilla, cristalería, mantelería, meseros y todos los insumos. Cenas (55 personas a consumo) Fecha: 19 de noviembre de 2014. No. de alimentos: Desayunos buffet (55 personas a consumo) a celebrarse en restaurante del hotel que tenga la capacidad para el número de comensales citados en montaje tipo banquete, considerar dos refrescos por persona, música ambiental, mesas cuadradas o redondas, arreglos florales por mesa, sillas, vajilla, cristalería, mantelería, meseros y todos los insumos. Notas:  Deberán considerarse 2 refrescos por persona o aguas de sabor suficientes.  Las comidas tipo buffet deberán incluir como mínimo: barra de ensaladas y de verduras, sopas, cremas, sopas secas, arroz, frijoles, mínimo 4 platos fuertes (pollo, pescado, cerdo, res y platillos vegetarianos), guarniciones, postres y café.  Para las comidas y cenas emplatadas, “EL PROVEEDOR” deberá proporcionar a “LA PROCURADURÍA” tres opciones para definir los menús de tres y cuatro tiempos.  Considerar música ambiental en todos los desayunos y comidas. Se deberá considerar, el servicio de café continuo, el cual, por la mañana deberá incluir café, té, jugos, refrescos, agua embotellada, pastas y pan dulce; y por la tarde, deberá incluir café, té, refrescos, aguas embotelladas, pastas y crudites, en función a la siguiente distribución: Fecha: 17 de noviembre de 2014. 50 personas de 20:00 a 22:00 Fecha: 1...
ALIMENTOS. La información disponible en alimentos es más completa y representativa que la existente en humanos. En toda España los productos más analizados son los lácteos (leche, mantequilla, yogur, queso, etc.), aunque algunos estudios analizan niveles de COP en la dieta total o en distintos productos alimenticios de una zona. Las Comunidades Autónomas donde más estudios sobre determinación de COP en alimentos se han realizado son: Madrid, Cataluña y Aragón. En Cataluña, por ejemplo, hay un convenio de colaboración entre el Departamento de Salud y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, para realizar un estudio sobre la presencia de dioxinas, PCB, y otros contaminantes orgánicos en los alimentos y en las aguas destinadas a consumo humano. En cuanto a los compuestos analizados destaca la poca información encontrada acerca de los niveles de PAH, y por el contrario, el elevado número de estudios sobre PCB, DDT y metabolitos, dioxinas y HCB. Son escasos los estudios nacionales en los que se han determinado niveles de COP en piensos. En lo que se refiere a las concentraciones de COP en aire, desde el año 1994, se realiza en Cataluña la determinación de dioxinas, dibenzofuranos y PCB coplanares a partir de diferentes estaciones integradas en la red de vigilancia y previsión de la contaminación atmosférica de la Consejería de Medio Ambiente de la Generalitat de Cataluña. Los resultados obtenidos varían en función de las características específicas de estos puntos de medida. Así, los rangos obtenidos son: • ubicaciones industriales: rango entre 5-1200 fg I-TEQ/Nm3 (media 150 fg I- TEQ/Nm3). • ubicaciones urbanas: rango entre 10-400 fg I-TEQ/Nm3 (media 70 fg I- TEQ/Nm3). • ubicaciones de fondo: rango entre 5-30 fg I-TEQ/Nm3 (media 20 fg I-TEQ/Nm3).
ALIMENTOS. QUÉ SON ALIMENTOS? Se entiende por alimentos todo lo que es necesario para la satis- facción de las necesidades básicas del individuo, esto es, lo indis- pensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, salud, educación, recreación, etc. ¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A DAR ALIMENTOS? El deber de alimentos es de ambos padres respecto de sus hijos y comprende todo lo que es indispensable para el sustento, habita- ción, vestido, asistencia médica, salud, educación, recreación y en general todo lo que es necesario para su desarrollo integral. Se debe tener en cuenta que el suministro de alimentos se le debe a los hijos incluso hasta la mayoría de edad y hasta los 25 años si están estudiando y no cuentan con los recursos para sostenerse y de forma permanente a los hijos con algún tipo de discapacidad. Los alimentos se liquidarán de manera proporcional a los ingresos o capacidad económica de los obligados (ingresos vs obligacio- nes), sin embargo, para todos los efectos se tiene como base el sa- xxxxx mínimo legal mensual vigente. La ley no determina un monto o porcentaje fijo para calcular el valor de la cuota alimentaria. Por mandato expreso de la Ley (Código Civil), se debe dar alimentos a: • Al cónyuge. • Los hijos, matrimoniales, extramatrimoniales y adoptivos. • Los padres naturales o adoptivos. • Los hermanos legítimos. A cargo del cónyuge culpable, al cónyuge divorciado o separado de cuerpo sin su culpa. La situación expuesta, contraría la creencia que existe, en el sentido de que los alimentos solo deben ser entregados de padres a hijos. ¿QUIÉN FIJA LA CUOTA ALIMENTARIA? La cuota alimentaria puede ser fijada de común acuerdo por los obligados. En estos casos se recomienda a los interesados, forma- lizar la cuota en un documento, preferiblemente en un acta de conciliación. Para tales efectos se puede acudir a un conciliador en equidad o a un conciliador en derecho. En el evento que no se llegue a un acuerdo será fijada por un Juez. No obstante el Comisario de Familia, podría fijar una cuota provisional de alimentos en el evento de que las partes no lleguen al acuerdo.
ALIMENTOS. Las actividades que lo requieran contarán con el suministro de alimentos aptos para el consumo humano, así:
ALIMENTOS. El aspirante deberá observar las siguientes disposiciones mínimas para el manejo de los alimentos, así como el menú a ofertar: 1. Menú de desayunos y comidas para concesión de cafetería para comida rápida:  Sándwiches  Tortas preparadas  Molletes  Sincronizadas  Aguas frescas  Licuados(chocolate, plátano, granola, avena, manzana, xxxx, xxxxx)  Jugos naturales (naranja, toronja, zanahoria, betabel, mandarina).  Alimentos fríos.  Hamburguesas.  Hot dog.  Pizza. 2. Menú de desayunos y comidas para concesión de cafetería para comida preparada:  Ensalada de frutas  Ensalada de verduras  Enchiladas ( mole, salsa, suizas)  Aguas frescas  Licuados(chocolate, plátano, granola, avena, manzana, xxxx, xxxxx)  Jugos naturales (naranja, toronja, zanahoria, betabel, mandarina).  Huevos preparados (motuleños, revueltos, rancheros, omelette, etc.  Guisados (sopa, comidas y postres)  Alimentos fríos.
ALIMENTOS. Comida de tres tiempos 145 3 Comida por persona