Common use of Asociados de MUTUAL VIAL Clause in Contracts

Asociados de MUTUAL VIAL. El cobro de las cuotas de los Créditos otorgados a agentes y/o funcionarios provinciales de la Provincia de Santa Fe y de los jubilados y pensionados provinciales de la Provincia de Santa Fe, asociados a MUTUAL VIAL, se realiza mediante el descuento de haberes en función del Convenio de Pago celebrado entre MUTUAL XXXX x xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx de fecha 20 de octubre de 1995, en el marco de los Decretos N° 3159/93 y N° 781/97 de la Provincia de Santa Fe, el cual se encuentra vigente y no prevé un plazo de vencimiento. Asimismo, en virtud del Convenio Intermutual de fecha 10 xx xxxxx de 2006 celebrado entre AMUS y MUTUAL VIAL, AMUS se comprometió a otorgar préstamos personales a los asociados de MUTUAL VIAL, y por su parte, MUTUAL VIAL se comprometió prestar los servicios de cobranzas de dichos préstamos a través de los Códigos de Descuento a ella asignados. En virtud de los mencionados convenios, las Reparticiones Públicas se encuentran autorizadas a retener por planillas mensuales de haberes el importe correspondiente a las cuotas de los préstamos personales otorgados por AMUS a los asociados de MUTUAL VIAL mediante los Códigos de Descuento asignados a ésta. Respecto de los jubilados y pensionados provinciales de la Provincia de Santa Fe asociados a MUTUALVIAL, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, en virtud de la Resolución N° 47 de fecha 27 xx xxxxx de 1997 emitida por la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, retiene por planillas mensuales de haberes los importes correspondientes a las cuotas de los Créditos de los deudores asociados a MUTUAL VIAL, mediante los Códigos de Descuento asignados a ésta. A los fines de tales cobranzas, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe y la Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de Santa Fe depositan mensualmente el producido de los importes correspondientes a las cuotas sociales de los Créditos de los deudores asociados a MUTUAL VIAL en una cuenta corriente que MUTUAL VIAL mantiene en Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Por su parte, MUTUAL VIAL otorgó un poder especial irrevocable a favor de Voii para que éste opere y gire, en nombre de MUTUAL VIAL, sobre dicha cuenta corriente, y una vez recibida de MUTUAL VIAL la información relativa a los descuentos realizados, remita las cobranzas de los Créditos a la Cuenta de Cobranzas. MUTUAL VIAL oportunamente notificará por instrumento público o privado de fecha cierta a Voii (y éste deberá tomar conocimiento) respecto de la constitución de cada uno de los Fideicomisos, e instruirá a Voii para que, una vez acreditados los importes correspondientes a las cuotas de los créditos otorgados a asociados de MUTUAL VIAL, y la remisión por parte de MUTUAL VIAL de la información relativa a los descuentos realizados, deposite en la Cuenta de Cobranzas los importes correspondientes a las cobranzas de dichos créditos.

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Asociados de MUTUAL VIAL. El cobro de las cuotas de los Créditos otorgados a agentes y/o funcionarios provinciales de la Provincia de Santa Fe y de los jubilados y pensionados provinciales de la Provincia de Santa Fe, asociados a MUTUAL VIAL, se realiza mediante el descuento de haberes en función del Convenio de Pago celebrado entre MUTUAL XXXX x xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx de fecha 20 de octubre de 1995, en el marco de los Decretos N° 3159/93 y N° 781/97 de la Provincia de Santa Fe, el cual se encuentra vigente y no prevé un plazo de vencimiento. Asimismo, en virtud del Convenio Intermutual de fecha 10 xx xxxxx de 2006 celebrado entre AMUS y MUTUAL VIAL, AMUS se comprometió a otorgar préstamos personales a los asociados de MUTUAL VIAL, y por su parte, MUTUAL VIAL se comprometió prestar los servicios de cobranzas de dichos préstamos a través de los Códigos de Descuento a ella asignados. En virtud de los mencionados convenios, las Reparticiones Públicas se encuentran autorizadas a retener por planillas mensuales de haberes el importe correspondiente a las cuotas de los préstamos personales otorgados por AMUS a los asociados de MUTUAL VIAL mediante los Códigos de Descuento asignados a ésta. Respecto de los jubilados y pensionados provinciales de la Provincia de Santa Fe asociados a MUTUALVIALMUTUAL VIAL, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, en virtud de la Resolución N° 47 de fecha 27 xx xxxxx de 1997 emitida por la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, retiene por planillas mensuales de haberes los importes correspondientes a las cuotas de los Créditos de los deudores asociados a MUTUAL VIAL, mediante los Códigos de Descuento asignados a ésta. A los fines de tales cobranzas, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe y la Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de Santa Fe depositan mensualmente el producido de los importes correspondientes a las cuotas sociales de los Créditos de los deudores asociados a MUTUAL VIAL en una cuenta corriente que MUTUAL VIAL mantiene en Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Por su parte, MUTUAL VIAL otorgó un poder especial irrevocable a favor de Voii Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para que éste opere y gire, en nombre de MUTUAL VIAL, sobre dicha cuenta corriente, y una vez recibida de MUTUAL VIAL la información relativa a los descuentos realizados, consiguientemente perciba y remita las cobranzas fideicomitidas a BACS, a través del débito inmediato por parte de Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Una vez recibidos los fondos, el Administrador General los transferirá a la cuenta que le indique el Fiduciario. De conformidad con lo previsto en el Contrato de Agencia de Cobro, y a fin de asegurar la cobranza de los Créditos a la Cuenta de Cobranzas. al margen del poder mencionado anteriormente, MUTUAL VIAL oportunamente notificará notificó por instrumento acto público o privado a Nuevo Banco de fecha cierta a Voii (y éste deberá tomar conocimiento) respecto de Santa Fe S.A. la constitución de cada uno de los Fideicomisosdel Fideicomiso, e instruirá instruyó a Voii para queNuevo Banco de Santa Fe S.A. a, una vez acreditados los importes correspondientes a las cuotas de los créditos otorgados a asociados de MUTUAL VIAL, depositar en la Cuenta Recaudadora, en forma inmediata (y en forma posterior a la fecha de las respectivas acreditaciones en la cuenta corriente abierta en Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y la remisión por parte de MUTUAL VIAL de la información relativa a los descuentos realizados), deposite en la Cuenta de Cobranzas los importes correspondientes a las cobranzas de dichos créditoscedidas al Fideicomiso.

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Samples: Contrato De Fideicomiso Financiero, www.bacs.com.ar, www.bacs.com.ar

Asociados de MUTUAL VIAL. El cobro de las cuotas de los Créditos otorgados a agentes y/o funcionarios provinciales de la Provincia de Santa Fe y de los jubilados y pensionados provinciales de la Provincia de Santa Fe, asociados a MUTUAL VIAL, se realiza mediante el descuento de haberes en función del Convenio de Pago celebrado entre MUTUAL XXXX x xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx de fecha 20 de octubre de 1995, en el marco de los Decretos N° 3159/93 y N° 781/97 de la Provincia de Santa Fe, el cual se encuentra vigente y no prevé un plazo de vencimiento. Asimismo, en virtud del Convenio Intermutual de fecha 10 xx xxxxx de 2006 celebrado entre AMUS y MUTUAL VIAL, AMUS se comprometió a otorgar préstamos personales a los asociados de MUTUAL VIAL, y por su parte, MUTUAL VIAL se comprometió prestar los servicios de cobranzas de dichos préstamos a través de los Códigos de Descuento a ella asignados. En virtud de los mencionados convenios, las Reparticiones Públicas se encuentran autorizadas a retener por planillas mensuales de haberes el importe correspondiente a las cuotas de los préstamos personales otorgados por AMUS a los asociados de MUTUAL VIAL mediante los Códigos de Descuento asignados a ésta. Respecto de los jubilados y pensionados provinciales de la Provincia de Santa Fe asociados a MUTUALVIALMUTUAL bVIAL, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, en virtud de la Resolución N° 47 de fecha 27 xx xxxxx de 1997 emitida por la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, retiene por planillas mensuales de haberes los importes correspondientes a las cuotas de los Créditos de los deudores asociados a MUTUAL VIAL, mediante los Códigos de Descuento asignados a ésta. A los fines de tales cobranzas, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe y la Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de Santa Fe depositan mensualmente el producido de los importes correspondientes a las cuotas sociales de los Créditos de los deudores asociados a MUTUAL VIAL en una cuenta corriente que MUTUAL VIAL mantiene en Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Por su parte, MUTUAL VIAL otorgó un poder especial irrevocable a favor de Voii para que éste opere y gire, en nombre de MUTUAL VIAL, sobre dicha cuenta corriente, y una vez recibida de MUTUAL VIAL la información relativa a los descuentos realizados, remita las cobranzas de los Créditos a la Cuenta de Cobranzas. MUTUAL VIAL oportunamente notificará por instrumento público o privado de fecha cierta a Voii (y éste deberá tomar conocimiento) respecto de la constitución de cada uno de los Fideicomisos, e instruirá a Voii para que, una vez acreditados los importes correspondientes a las cuotas de los créditos otorgados a asociados de MUTUAL VIAL, y la remisión por parte de MUTUAL VIAL de la información relativa a los descuentos realizados, deposite en la Cuenta de Cobranzas los importes correspondientes a las cobranzas de dichos créditos.

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