Asunción del riesgo. La Aseguradora asumirá el riesgo ante los Asegurados, mediante la expedición de cada Certificado Individual de Seguro de Caución a los cuales el(los) Contratante(s), el(los) Solicitantes y el(los) Obligado(s) Solidario(s) reconocen la misma fuerza y validez que a la presente la Póliza, así como a las Condiciones Generales y Particulares hasta por el monto de aseguramiento señalado en el preámbulo de la misma; no obstante, la Aseguradora se reserva el derecho de emitir o no cada Certificado Individual de Seguro de Caución, que le sean requeridos por los Solicitantes y/o Contratantes, al asistirle a la Aseguradora el derecho de analizar de forma separada e individual cada operación y una vez analizada emitir o rechazar su emisión.
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Asunción del riesgo. La Aseguradora asumirá el riesgo ante los Asegurados, mediante la expedición de cada Certificado Individual de Seguro de Caución a los cuales el(los) Contratante(s), el(los) o Solicitantes y el(los) Obligado(s) Solidario(s) reconocen la misma fuerza y validez que a la presente la Póliza, así como a las Condiciones Generales y Particulares hasta por el monto de aseguramiento señalado en el preámbulo de la misma; no obstante, la Aseguradora se reserva el derecho de emitir o no cada Certificado Individual de Seguro de Caución, que q ue le sean requeridos req ueridos por los lo s Solicitantes y/o Contratantes, al asistirle a la Aseguradora el derecho de analizar de forma separada separad a e individual ind ividual cada operación y una vez analizada emitir o rechazar su emisión.
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Asunción del riesgo. La Aseguradora asumirá el riesgo ante los Asegurados, mediante la expedición de cada Certificado Individual de Seguro de Caución a los cuales el(los) Contratante(s), el(los) o Solicitantes y el(los) Obligado(s) Solidario(s) reconocen la misma fuerza y validez que a la presente la Póliza, así como a las Condiciones Generales y Particulares hasta por el monto de aseguramiento señalado en el preámbulo de la misma; no obstante, la Aseguradora se reserva el derecho de emitir o no cada Certificado Individual de Seguro de Caución, que le sean requeridos por los Solicitantes y/o Contratantes, al asistirle a la Aseguradora el derecho de analizar de forma separada e individual cada operación y una vez analizada emitir o rechazar su emisión.
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