Common use of Ayudantes Clause in Contracts

Ayudantes. La contratación de Ayudantes se ajustará a las siguientes reglas: a) Las universidades podrán contratar como Ayudantes a quienes hayan sido admitidos o a quienes estén en condiciones de ser admitidos en los estudios de doctorado. b) La finalidad principal del contrato será la de completar la formación docente e investigadora de dichas personas. Los Ayudantes colaborarán en tareas docentes en los términos que establezca la normativa vigente. c) El contrato será de carácter temporal y con dedicación a tiempo completo. d) La duración del contrato no podrá ser inferior a dos años ni superior a cinco, pudiendo prorrogarse o renovarse por el tiempo restante hasta el máximo, o en dos períodos, de dos años el primero y de uno el segundo, en este caso sin que la duración total exceda de los indicados cinco años. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad y adopción o acogimiento durante el período de duración del contrato, interrumpirán su cómputo. e) La no renovación de los contratos requerirá informe del Departamento y será comunicada al Comité de Empresa.

Appears in 4 contracts

Samples: Iii Convenio Colectivo Del Personal Laboral De Las Universidades Públicas De La Comunitat Valènciana, Iii Convenio Colectivo Del Personal Laboral De Las Universidades Públicas De La Comunitat Valènciana, Convenio Colectivo