Common use of Bonificaciones y Recargos Clause in Contracts

Bonificaciones y Recargos. El Instituto analizará anualmente la experiencia siniestral del Asegurado y podrá aplicar recargos o descuentos sobre el monto de la prima que éste pague en su(s) póliza(s) de acuerdo con los porcentajes de siniestralidad consignados en la tabla de factor de experiencia siniestral adjunta, y con el resultado del análisis del índice de Siniestralidad que muestre el Asegurado en su historial como Cliente del INS. Los recargos por mala experiencia siniestral, se aplicarán a partir de la primera renovación, y en emisiones cuando el Asegurado cuente con historial siniestral negativo. No se aplicará porcentaje alguno de recargo o bonificación por experiencia siniestral a los Asegurados que contraten un seguro en su condición de aprendices de conducción, a fin de tramitar el permiso correspondiente de aprendizaje de conducción ante el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI). En el caso que el Asegurado demuestre mediante la presentación de sentencia firme, certificada, sellada y emitida por el del juzgado respectivo, no ser responsable del evento, el Instituto ajustará la siniestralidad de la póliza a partir de la fecha del evento, devolviendo cuando proceda, las primas correspondientes a partir de la presentación de la sentencia. El Instituto podrá, aplicar un recargo adicional a los Asegurados con una antigüedad igual o superior a 3 años como clientes del Seguro Voluntario de Automóviles, con un primaje acumulado superiores a diez millones de colones (¢10.000.000,00) y un índice siniestral superior al 75% (cociente de los siniestros netos pagados y las primas netas por las coberturas contratadas por el Asegurado en el Seguro Voluntario de Automóviles, por todo el tiempo durante el cual ha sido Cliente de este seguro), se aplicará un recargo adicional al 70% establecido y hasta el 100%, previa valoración del perfil comercial del Asegurado.

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Bonificaciones y Recargos. El cliente que cuente con experiencia siniestral favorable (bonificación) o nula (sin bonificación y sin recargo) gozará de un 45% de bonificación que se aplicará al momento de suscribir el contrato. A partir del primer año de vigencia ininterrumpida de la póliza (año dos), el Instituto analizará evaluará anualmente la experiencia siniestral del Asegurado y podrá aplicar recargos o descuentos sobre aplicará como bonificación el monto de la prima porcentaje que éste pague en su(s) póliza(s) corresponda de acuerdo con los porcentajes de siniestralidad consignados en la tabla las tablas de factor experiencia que para este efecto disponga el Instituto; de experiencia siniestral adjunta, y acuerdo con el resultado del análisis del resultado, podrá bonificar o recargar la prima a pagar por este Contrato; lo anterior según el índice de Siniestralidad que muestre el Asegurado en su historial como Cliente del INS. Los recargos por mala experiencia siniestral, se aplicarán a partir de la primera renovación, y en emisiones cuando el Asegurado cuente con historial siniestral negativo. No se aplicará El porcentaje alguno de recargo o bonificación por xxxxxxx inicia con un mínimo del 5% y un máximo del 70% sobre la prima a pagar, de acuerdo con las tablas de factor experiencia siniestral a los Asegurados que contraten un seguro en su condición de aprendices de conducción, a fin de tramitar para este efecto apruebe el permiso correspondiente de aprendizaje de conducción ante el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI)Instituto. En el caso que el Asegurado demuestre mediante la presentación de sentencia firme, certificada, sellada y emitida por el del juzgado respectivo, no ser responsable del evento, el Instituto ajustará la siniestralidad de la póliza a partir de la fecha del evento, devolviendo cuando proceda, las primas correspondientes a partir de la presentación de la sentencia. El Instituto podrá, aplicar un recargo adicional a los Asegurados con una antigüedad igual o superior a 3 años como clientes del Seguro Voluntario de Automóviles, con un primaje acumulado superiores a diez millones de colones veinte mil dólares (¢10.000.000,00$20.000.00) y un índice siniestral superior al 75% (cociente de los siniestros netos pagados y las primas netas por las coberturas contratadas por el Asegurado en el Seguro Voluntario de Automóviles, por todo el tiempo durante el cual ha sido Cliente de este seguro), se aplicará un recargo adicional al 70% establecido y hasta el 100%, previa valoración del perfil comercial del Asegurado.

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Bonificaciones y Recargos. El cliente que cuente con experiencia siniestral favorable (bonificación) o nula (sin bonificación y sin recargo) gozará de un 45% de bonificación que se aplicará al momento de suscribir el contrato. A partir del primer año de vigencia ininterrumpida de la póliza (año dos), el Instituto analizará evaluará anualmente la experiencia siniestral del Asegurado y podrá aplicar recargos o descuentos sobre aplicará como bonificación el monto de la prima porcentaje que éste pague en su(s) póliza(s) corresponda de acuerdo con los porcentajes de siniestralidad consignados en la tabla las tablas de factor experiencia que para este efecto disponga el Instituto; de experiencia siniestral adjunta, y acuerdo con el resultado del análisis del resultado, podrá bonificar o recargar la prima a pagar por este Contrato; lo anterior según el índice de Siniestralidad que muestre el Asegurado en su historial como Cliente del INS. Los recargos por mala experiencia siniestral, se aplicarán a partir de la primera renovación, y en emisiones cuando el Asegurado cuente con historial siniestral negativo. No se aplicará El porcentaje alguno de recargo o bonificación por inicia con un mínimo del 5% y un máximo del 70% sobre la prima a pagar, de acuerdo con las tablas de factor experiencia siniestral a los Asegurados que contraten un seguro en su condición de aprendices de conducción, a fin de tramitar para este efecto apruebe el permiso correspondiente de aprendizaje de conducción ante el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI)Instituto. En el caso que el Asegurado demuestre mediante la presentación de sentencia firme, certificada, sellada y emitida por el del juzgado respectivo, no ser responsable del evento, el Instituto ajustará la siniestralidad de la póliza a partir de la fecha del evento, devolviendo cuando proceda, las primas correspondientes a partir de la presentación de la sentencia. El Instituto podrá, aplicar un recargo adicional a los Asegurados con una antigüedad igual o superior a 3 años como clientes del Seguro Voluntario de Automóviles, con un primaje acumulado superiores a diez millones de colones veinte mil dólares (¢10.000.000,00$20.000.00) y un índice siniestral superior al 75% (cociente de los siniestros netos pagados y las primas netas por las coberturas contratadas por el Asegurado en el Seguro Voluntario de Automóviles, por todo el tiempo durante el cual ha sido Cliente de este seguro), se aplicará un recargo adicional al 70% establecido y hasta el 100%, previa valoración del perfil comercial del Asegurado.

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Bonificaciones y Recargos. El Instituto analizará anualmente la experiencia semestralmente el índice siniestral del Asegurado y y/o Tomador del seguro; el Instituto podrá aplicar recargos o descuentos sobre el monto de la prima que éste pague en su(s) póliza(s) ), dependiendo del resultado de dicho análisis. El Asegurado que no cuente con récord de experiencia siniestral, ya sea con el Instituto o con cualquier otra compañía de seguros, gozará de un 45% de bonificación durante los dos primeros semestres el cual se aplicará al momento de suscribir el Contrato. A partir del tercer semestre de vigencia ininterrumpida de la póliza, el Instituto evaluará semestralmente la experiencia siniestral del Asegurado y aplicará como bonificación el porcentaje que corresponda de acuerdo con los porcentajes de siniestralidad consignados en la tabla las tablas de factor experiencia que para este efecto disponga; de experiencia siniestral adjunta, y acuerdo con el resultado del análisis del resultado, podrá modificar el porcentaje de la bonificación o recargar la prima a pagar por este Contrato; lo anterior de acuerdo con el índice de Siniestralidad que muestre el Asegurado en su historial como Cliente del INS. Los recargos por mala experiencia siniestral, se aplicarán a partir de la primera renovación, y en emisiones cuando el Asegurado cuente con historial siniestral negativonegativo (recargo). El porcentaje de recargo inicia con un mínimo del 5% y un máximo del 70% sobre la prima a pagar, de acuerdo con las tablas de factor experiencia que para este efecto apruebe el Instituto. No se aplicará porcentaje alguno de recargo o bonificación por experiencia siniestral a los Asegurados que contraten un seguro en su condición de aprendices de conducción, a fin de tramitar el permiso correspondiente de aprendizaje de conducción ante el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI). En Únicamente en el caso que el Asegurado demuestre mediante la presentación de sentencia firme, certificada, sellada y emitida por el del juzgado respectivo, respectivo no ser responsable del eventoevento y en el mismo proceso se condene a un Tercero, el Instituto ajustará la siniestralidad de la póliza a partir de la fecha del evento, devolviendo cuando proceda, proceda las primas correspondientes a partir de la presentación de la dicha sentencia. El Instituto podrá, aplicar un recargo adicional a ajuste en la siniestralidad del Asegurado no operará en caso que no exista condena alguna para las partes o la sentencia se resuelva por culpa concurrente o indubio pro-reo. A los Asegurados con que tengan una antigüedad igual o superior a 3 años como clientes del Seguro Voluntario de Automóviles, con que posean un primaje acumulado superiores superior a diez millones de colones (¢10.000.000,00¢10.000.000) y un índice siniestral superior al 75% (cociente de los siniestros netos pagados y las primas netas por las coberturas contratadas por el Asegurado en el Seguro Voluntario de Automóviles, Automóviles por todo el tiempo durante el cual ha sido Cliente de este seguro)) superior al 75%, se aplicará el Instituto podrá aplicar un recargo adicional al 70% establecido y hasta el 100%, previa valoración del perfil comercial del Asegurado.

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Samples: www.sugese.fi.cr

Bonificaciones y Recargos. El Instituto analizará anualmente la experiencia semestralmente el índice siniestral del Asegurado y/o Tomador del seguro y podrá aplicar recargos o descuentos sobre el monto de la prima que éste pague en su(s) póliza(s) ), de acuerdo con los porcentajes de siniestralidad consignados en la tabla de factor de experiencia siniestral adjunta, y con el resultado del análisis del índice Índice de Siniestralidad que muestre el Asegurado en su historial como Cliente del INS. Los recargos por mala experiencia siniestral, Estos porcentajes se aplicarán harán efectivos en la prima a partir pagar de la primera renovaciónemisión o renovación que se genere en fecha posterior a la fecha en que se realiza el estudio del Índice Siniestral del historial del Asegurado como Cliente del INS, y se reflejarán en emisiones cuando el Asegurado cuente con historial siniestral negativolas Condiciones Particulares de este Contrato. No se aplicará porcentaje alguno de recargo o bonificación por experiencia siniestral a los Asegurados que contraten un seguro en su condición de aprendices de conducción, a fin de tramitar el permiso correspondiente de aprendizaje de conducción ante el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI). En Únicamente en el caso que el Asegurado demuestre mediante la presentación de sentencia firme, certificada, sellada y emitida por el del juzgado respectivo, respectivo no ser responsable del eventoevento y en el mismo proceso se condene a un Tercero, el Instituto ajustará la siniestralidad de la póliza a partir de la fecha del eventode presentación de dicha sentencia ante el Instituto, devolviendo cuando proceda, proceda las primas correspondientes a partir de la presentación de la sentenciaesa fecha. El Instituto podrá, aplicar un recargo adicional a ajuste en la siniestralidad del Asegurado no operará en caso que no exista condena alguna para las partes o la sentencia se resuelva por culpa concurrente o indubio pro-reo. A los Asegurados con que tengan una antigüedad igual o superior a 3 años como clientes del Seguro Voluntario de Automóviles, con que posean un primaje acumulado superiores superior a diez millones de colones (¢10.000.000,00¢10.000.000) y un índice siniestral superior al 75% (cociente de los siniestros netos pagados y las primas netas por las coberturas contratadas por el Asegurado en el Seguro Voluntario de Automóviles, Automóviles por todo el tiempo durante el cual ha sido Cliente de este seguro)) superior al 75%, se aplicará el Instituto podrá aplicar un recargo adicional al 70% establecido y hasta el 100%, previa valoración del perfil comercial del Asegurado.

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Bonificaciones y Recargos. El Instituto analizará anualmente la experiencia semestralmente el índice siniestral del Asegurado y/o Tomador del seguro y podrá aplicar recargos o descuentos sobre el monto de la prima que éste pague en su(s) póliza(s) ), de acuerdo con los porcentajes de siniestralidad consignados en la tabla de factor de experiencia siniestral adjunta, y con el resultado del análisis del índice Índice de Siniestralidad que muestre el Asegurado en su historial como Cliente del INS. Los recargos por mala experiencia siniestral, se aplicarán a partir de la primera renovación, y en emisiones cuando el Asegurado cuente con historial siniestral negativo. No se aplicará porcentaje alguno de recargo o bonificación por experiencia siniestral a los Asegurados que contraten un seguro en su condición de aprendices de conducción, a fin de tramitar el permiso correspondiente de aprendizaje de conducción ante el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI). En Únicamente en el caso que el Asegurado demuestre mediante la presentación de sentencia firme, certificada, sellada y emitida por el del juzgado respectivo, respectivo no ser responsable del eventoevento y en el mismo proceso se condene a un Tercero, el Instituto ajustará la siniestralidad de la póliza a partir de la fecha del eventode presentación de dicha sentencia ante el Instituto, devolviendo cuando proceda, proceda las primas correspondientes a partir de la presentación de la sentenciaesa fecha. El Instituto podrá, aplicar un recargo adicional a ajuste en la siniestralidad del Asegurado no operará en caso que no exista condena alguna para las partes o la sentencia se resuelva por culpa concurrente o indubio pro-reo. A los Asegurados con que tengan una antigüedad igual o superior a 3 años como clientes del Seguro Voluntario de Automóviles, con que posean un primaje acumulado superiores superior a diez millones de colones (¢10.000.000,00¢10.000.000) y un índice siniestral superior al 75% (cociente de los siniestros netos pagados y las primas netas por las coberturas contratadas por el Asegurado en el Seguro Voluntario de Automóviles, Automóviles por todo el tiempo durante el cual ha sido Cliente de este seguro)) superior al 75%, se aplicará el Instituto podrá aplicar un recargo adicional al 70% establecido y hasta el 100%, previa valoración del perfil comercial del Asegurado.

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Samples: Seguro Voluntario De Automóviles

Bonificaciones y Recargos. El Instituto analizará anualmente la experiencia semestralmente el índice siniestral del Asegurado y y/o Tomador del seguro; el Instituto podrá aplicar recargos o descuentos sobre el monto de la prima que éste pague en su(ssu (s) póliza(s) ), dependiendo del resultado de dicho análisis. El Asegurado que no cuente con récord de experiencia siniestral, ya sea con el Instituto o con cualquier otra compañía de seguros, gozará de un 45% de bonificación durante los dos primeros semestres el cual se aplicará al momento de suscribir el Contrato. A partir del tercer semestre de vigencia ininterrumpida de la póliza, el Instituto evaluará semestralmente la experiencia siniestral del Asegurado y aplicará como bonificación el porcentaje que corresponda de acuerdo con los porcentajes de siniestralidad consignados en la tabla las tablas de factor experiencia que para este efecto disponga; de experiencia siniestral adjunta, y acuerdo con el resultado del análisis del resultado, podrá modificar el porcentaje de la bonificación o recargar la prima a pagar por este Contrato; lo anterior de acuerdo con el índice de Siniestralidad que muestre el Asegurado en su historial como Cliente del INS. Los recargos por mala experiencia siniestral, se aplicarán a partir de la primera renovación, y en emisiones cuando el Asegurado cuente con historial siniestral negativo. No se aplicará porcentaje alguno de recargo o bonificación por experiencia siniestral a los Asegurados que contraten un seguro en su condición de aprendices de conducción, a fin de tramitar el permiso correspondiente de aprendizaje de conducción ante el Consejo de Seguridad Vial negativo (COSEVIrecargo). En Únicamente en el caso que el Asegurado demuestre mediante la presentación de sentencia firme, certificada, sellada y emitida por el del juzgado respectivo, respectivo no ser responsable del eventoevento y en el mismo proceso se condene a un Tercero, el Instituto ajustará la siniestralidad de la póliza a partir de la fecha del evento, devolviendo cuando proceda, proceda las primas correspondientes a partir de la presentación de la dicha sentencia. El Instituto podrá, aplicar un recargo adicional a ajuste en la siniestralidad del Asegurado no operará en caso que no exista condena alguna para las partes o la sentencia se resuelva por culpa concurrente o indubio pro-reo. A los Asegurados con que tengan una antigüedad igual o superior a 3 años como clientes del Seguro Voluntario de Automóviles, con que posean un primaje acumulado superiores superior a diez millones de colones (¢10.000.000,00¢10.000.000) y un índice siniestral superior al 75% (cociente de los siniestros netos pagados y las primas netas por las coberturas contratadas por el Asegurado en el Seguro Voluntario de Automóviles, Automóviles por todo el tiempo durante el cual ha sido Cliente de este seguro)) superior al 75%, se aplicará el Instituto podrá aplicar un recargo adicional al 70% establecido y hasta el 100%, previa valoración del perfil comercial del Asegurado.

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