Calificación de proveedores. 1. De conformidad con el artículo 15-04, en la calificación de proveedores durante el procedimiento de licitación, ninguna entidad de una Parte podrá discriminar entre proveedores de la otra Parte ni entre proveedores nacionales y proveedores de la otra Parte. 2. La calificación de proveedores que realice una entidad será congruente con lo siguiente: a) las condiciones para la participación de proveedores en los procedimientos de licitación se publicarán con antelación suficiente, con el fin de que los proveedores cuenten con tiempo apropiado para iniciar y, en la medida que sea compatible con la operación eficiente del proceso de contratación, terminar los procedimientos de calificación; b) las condiciones para participar en los procedimientos de licitación, tales como las garantías financieras, las calificaciones técnicas y la información necesaria para acreditar la capacidad financiera, comercial y técnica de los proveedores, así como la verificación de que el proveedor satisface dichas condiciones, se limitarán a las indispensables para asegurar el cumplimiento del contrato de que se trate; c) la capacidad financiera, comercial y técnica de un proveedor se determinará sobre la base de su actividad global, incluyendo tanto su actividad ejercida en territorio de la Parte del proveedor, como su actividad en territorio de la Parte de la entidad compradora, si la tiene; d) una entidad no podrá utilizar el proceso de calificación, inclusive el tiempo que éste requiera, con objeto de excluir a proveedores de otra Parte de una lista de proveedores o de no considerarlos para una compra determinada; e) una entidad reconocerá como proveedores calificados a aquellos proveedores de otra Parte que reúnan las condiciones requeridas para participar en una compra determinada; f) una entidad considerará para una compra determinada a aquellos proveedores de otra Parte que soliciten participar en la compra y que aún no hayan sido calificados, siempre que se disponga de tiempo suficiente para concluir el procedimiento de calificación; g) una entidad que mantenga una lista permanente de proveedores calificados se asegurará de que los proveedores puedan solicitar su calificación en todo momento, de que todos los proveedores calificados que así lo soliciten sean incluidos en ella en un plazo razonablemente breve, y de que todos los proveedores incluidos en la lista sean notificados de la cancelación de la lista o de su eliminación de la misma; h) cuando, después de la publicación de la convocatoria de conformidad con el artículo 15-11, un proveedor que aún no haya sido calificado solicite participar en una compra determinada, la entidad iniciará, sin demora, el procedimiento de calificación; i) una entidad comunicará a todo proveedor que haya solicitado su calificación, la decisión sobre si ha sido calificado; y
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Samples: Tratado De Libre Comercio
Calificación de proveedores. 1. De conformidad Las condiciones para participar en un procedimiento de contratación pública deberán limitarse a las que sean esenciales para asegurar que el proveedor potencial tenga la capacidad para cumplir con los requisitos de la contratación pública y para ejecutar el artículo 15-04, en la contrato de que se trate.
2. En el proceso de calificación de proveedores durante el procedimiento de licitaciónlos proveedores, ninguna entidad de una Parte podrá discriminar entre proveedores de la otra Parte ni las entidades no establecerán discriminación alguna entre proveedores nacionales y proveedores de la otra Parte.
23. La Una Parte no podrá condicionar la participación de un proveedor en una contratación pública a que a dicho proveedor se le hayan adjudicado previamente uno o más contratos por una entidad de esa Parte o a que el proveedor tenga experiencia laboral previa en el territorio de esa Parte.
4. Las entidades reconocerán como proveedores calificados a todos los proveedores que cumplan con los requisitos de participación en una contratación pública determinada. Las entidades basarán sus decisiones de calificación exclusivamente en los requisitos de participación que se hayan especificado por anticipado en los avisos o en las bases de licitación.
5. Nada de lo dispuesto en este Capítulo impedirá la posibilidad de exclusión de un proveedor, por razones de quiebra o declaraciones falsas o por sentencia condenatoria por delito grave como la participación en organizaciones criminales.
6. Las entidades comunicarán sin demora a los proveedores que hayan solicitado la calificación, su decisión respecto de si han sido o no admitidos.
7. Las entidades podrán establecer listas permanentes de proveedores calificados, siempre que realice una entidad será congruente con lo siguientese respeten las normas siguientes:
a) las condiciones para la participación de proveedores en los procedimientos de licitación entidades que establezcan listas permanentes se publicarán con antelación suficiente, con el fin de que los proveedores cuenten con tiempo apropiado para iniciar y, en la medida que sea compatible con la operación eficiente del proceso de contratación, terminar los procedimientos de calificación;
b) las condiciones para participar en los procedimientos de licitación, tales como las garantías financieras, las calificaciones técnicas y la información necesaria para acreditar la capacidad financiera, comercial y técnica de los proveedores, así como la verificación de que el proveedor satisface dichas condiciones, se limitarán a las indispensables para asegurar el cumplimiento del contrato de que se trate;
c) la capacidad financiera, comercial y técnica de un proveedor se determinará sobre la base de su actividad global, incluyendo tanto su actividad ejercida en territorio de la Parte del proveedor, como su actividad en territorio de la Parte de la entidad compradora, si la tiene;
d) una entidad no podrá utilizar el proceso de calificación, inclusive el tiempo que éste requiera, con objeto de excluir a proveedores de otra Parte de una lista de proveedores o de no considerarlos para una compra determinada;
e) una entidad reconocerá como proveedores calificados a aquellos proveedores de otra Parte que reúnan las condiciones requeridas para participar en una compra determinada;
f) una entidad considerará para una compra determinada a aquellos proveedores de otra Parte que soliciten participar en la compra y que aún no hayan sido calificados, siempre que se disponga de tiempo suficiente para concluir el procedimiento de calificación;
g) una entidad que mantenga una lista permanente de proveedores calificados se asegurará de asegurarán que los proveedores puedan solicitar su la calificación en todo momento, de que todos los proveedores calificados que así lo soliciten sean incluidos en ella en un plazo razonablemente breve, y de que todos los proveedores incluidos en la lista sean notificados de la cancelación de la lista o de su eliminación de la misma;
hb) cuando, después de la publicación de la convocatoria de conformidad con el artículo 15-11, un proveedor que aún no haya sido calificado solicite participar en una compra determinada, la entidad iniciará, sin demora, el procedimiento de calificación;
i) una entidad comunicará a todo proveedor que haya solicitado su ser considerado como proveedor calificado deberá ser informado por las entidades correspondientes de la decisión adoptada al respecto;
c) a los proveedores que soliciten participar en una determinada contratación pública y que no figuren en la lista permanente de proveedores calificados, se les dará la posibilidad de participar en dicha contratación pública, previa presentación de los certificados y otros medios de prueba equivalentes solicitados a los proveedores que figuran en la lista;
d) cuando una entidad que opere en el sector de los servicios públicos utilice un aviso sobre la existencia de una lista permanente como aviso de una contratación pública prevista, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo XIV, Apéndice 5, párrafo 6, los proveedores que soliciten participar y no figuren en la lista permanente de proveedores calificados, serán también considerados para dicho procedimiento, siempre que haya tiempo suficiente para completar el proceso de calificación; en ese caso, la entidad contratante iniciará sin demora los procedimientos de calificación, y el proceso y el tiempo necesario para la decisión sobre si ha sido calificado; ycalificación de los proveedores, no se deberá utilizar para dejar fuera de la lista de proveedores a proveedores de otras Partes.
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Samples: Free Trade Agreement
Calificación de proveedores. 1. De conformidad con En el artículo 15-04proceso de calificar a los proveedores, cada Parte garantizará que sus entidades no discriminen en la calificación contra de proveedores durante el procedimiento de licitación, ninguna entidad de una Parte podrá discriminar entre proveedores de la otra Parte ni entre proveedores nacionales y los proveedores de la otra Parte.
2. La Los procedimientos de calificación de proveedores que realice una entidad será congruente con se ajustarán a lo siguiente:
(a) se publicarán con antelación suficiente todas las condiciones para la participación de proveedores en los procedimientos de licitación se publicarán con antelación suficientelas licitaciones, con el a fin de que los proveedores cuenten con tiempo apropiado para interesados puedan iniciar y, en la medida en que ello sea compatible con la operación eficiente buena marcha del proceso de contratación, terminar los procedimientos el procedimiento de calificación;
(b) las condiciones para participar de participación en los procedimientos de licitación, tales como las garantías financieras, las calificaciones técnicas y la información necesaria para acreditar la capacidad financiera, comercial y técnica de los proveedores, así como la verificación de que el proveedor satisface dichas condiciones, licitaciones se limitarán a las aquellas que sean indispensables para asegurar cerciorarse de la capacidad del proveedor potencial de cumplir el cumplimiento del contrato de que se trate;.
(c) la capacidad financiera, comercial y técnica de un proveedor se determinará sobre la base de su actividad global, incluyendo tanto su actividad ejercida en territorio de la Parte del proveedor, como su actividad en territorio de la Parte de la entidad compradora, si la tiene;
d) una entidad no podrá utilizar ni el proceso de calificación, inclusive calificación de los proveedores ni el tiempo que éste requiera, con objeto plazo necesario para llevarlo a cabo podrán utilizarse para excluir de excluir a proveedores de otra Parte de una la lista de proveedores a los proveedores de la otra Parte o de no considerarlos para una compra determinada;
e) una entidad reconocerá tenerlos en cuenta en un determinado contrato previsto. Las entidades reconocerán como proveedores calificados a aquellos proveedores de la otra Parte que reúnan las condiciones requeridas para participar en una compra determinada;
f) una entidad considerará para una compra determinada contratación prevista. Se tendrá también en cuenta a aquellos los proveedores de otra Parte que soliciten que, habiendo solicitado participar en la compra y que aún una determinada contratación prevista, no hayan sido todavía calificados, siempre que se disponga de tiempo suficiente para concluir terminar el procedimiento de calificación;
g(d) una entidad que mantenga una lista permanente las entidades podrán mantener listas permanentes de proveedores calificados se asegurará de calificados. Las entidades garantizarán:
(i) que los proveedores puedan en cualquier momento solicitar su calificación en todo momento, de calificación; y
(ii) que todos los proveedores calificados que así lo soliciten sean incluidos en ella en dentro de un plazo razonablemente breve, y de que todos los proveedores incluidos en la lista sean notificados de la cancelación de la lista o de su eliminación de la misma;.
h(e) cuandosi, después de la publicación del aviso de la convocatoria de conformidad con contratación a que se refiere el artículo 15-11párrafo 1 del Artículo 143, un proveedor que aún no haya sido calificado solicite solicita participar en una compra determinadalicitación prevista, la entidad iniciará, sin demora, iniciará con prontitud el procedimiento de calificación;; y
i(f) una entidad comunicará a todo cualquier proveedor que haya solicitado su calificacióncalificación será asesorado por las entidades a quienes esta decisión corresponde.
2. Nada de lo previsto en el párrafo 1 impedirá la exclusión de cualquier proveedor por motivos tales como la quiebra, la decisión liquidación o insolvencia, o declaraciones falsas en relación con una contratación, a condición de que tal medida sea compatible con las disposiciones del presente Capítulo sobre si ha sido calificado; yel trato nacional y la no discriminación.
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Samples: Contratación Pública
Calificación de proveedores. 1. De conformidad con el artículo 1514-04, en la calificación de proveedores durante el procedimiento de licitación, ninguna entidad de una Parte podrá discriminar entre proveedores de la otra Parte ni entre proveedores nacionales y proveedores de la otra Parte.
2. La Los procedimientos de calificación de proveedores que realice siga una entidad será congruente serán congruentes con lo siguiente:
a) las condiciones para la participación de proveedores en los procedimientos de licitación se publicarán con antelación suficiente, con el fin de que los proveedores cuenten con tiempo apropiado para iniciar y, en la medida que sea compatible con la operación eficiente del proceso de contratación, terminar los procedimientos de calificación;
b) las condiciones para participar en los procedimientos de licitación, tales como inclusive las garantías financieras, las calificaciones técnicas y la información necesaria para acreditar la capacidad financiera, comercial y técnica de los proveedores, así como la verificación de que el proveedor satisface dichas condiciones, se limitarán a las indispensables para asegurar el cumplimiento del contrato de que se trate;
c) la capacidad financiera, comercial y técnica de un proveedor se determinará sobre la base de su actividad global, incluyendo tanto su actividad ejercida en territorio de la Parte del proveedor, como su actividad en territorio de la Parte de la entidad compradora, si la tiene;
d) una entidad no podrá utilizar el proceso de calificación, calificación inclusive el tiempo que éste requiera, con objeto de excluir a proveedores de la otra Parte de una lista de proveedores o de no considerarlos para una compra determinada;
e) una entidad reconocerá como proveedores calificados a aquellos proveedores de la otra Parte que reúnan las condiciones requeridas para participar en una compra determinada;
f) una entidad considerará para una compra determinada a aquellos proveedores de la otra Parte que soliciten participar en la compra y que aún no hayan sido calificados, siempre que se disponga de tiempo suficiente para concluir el procedimiento de calificación;
g) una entidad que mantenga una lista permanente de proveedores calificados se asegurará de que los proveedores puedan solicitar su calificación en todo momento, de que todos los proveedores calificados que así lo soliciten sean incluidos en ella en un plazo razonablemente breve, breve y de que todos los proveedores incluidos en la lista sean notificados de la cancelación de la lista o de su eliminación de la mismaeliminación;
h) cuando, después de la publicación de la convocatoria de conformidad con el artículo 1514-11, un proveedor que aún no haya sido calificado solicite participar en una compra determinada, la entidad iniciará, iniciará sin demora, demora el procedimiento de calificación;
i) una entidad comunicará a todo proveedor que haya solicitado su calificación, la decisión sobre si ha sido calificado; y
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Samples: Tratado De Libre Comercio
Calificación de proveedores. 1. De conformidad Las condiciones para participar en un procedimiento de contratación pública deberán limitarse a las que sean esenciales para asegurar que el proveedor potencial tenga la capacidad de cumplir con los requisitos de la contratación pública y de ejecutar el artículo 15-04, en la contrato de que se trate.
2. En el proceso de calificación de proveedores durante el procedimiento de licitaciónlos proveedores, ninguna entidad de una Parte podrá discriminar entre proveedores de la otra Parte ni las entidades no establecerán discriminación alguna entre proveedores nacionales y proveedores de la otra Parte.
23. La Una Parte no podrá condicionar la participación de un proveedor en una contratación pública a que a dicho proveedor se le hayan adjudicado previamente uno o más contratos por una entidad de esa Parte o a que el proveedor tenga experiencia previa de trabajo en el territorio de esa Parte.
4. Las entidades reconocerán como proveedores cualificados a todos los proveedores que cumplan con los requisitos de participación en una contratación pública determinada. Las entidades basarán sus decisiones de calificación exclusivamente en los requisitos de participación que se hayan especificado por anticipado en los anuncios o documentos de licitación.
5. Nada de lo dispuesto en el presente Título impedirá la posibilidad de exclusión de un proveedor por razón de quiebra o declaraciones falsas o por sentencia condenatoria por delito grave, como la participación en organizaciones criminales.
6. Las entidades comunicarán sin demora a los proveedores que hayan solicitado la calificación su decisión respecto de si han sido o no admitidos. Listas permanentes de proveedores cualificados
7. Las entidades podrán establecer listas permanentes de proveedores cualificados siempre que realice una entidad será congruente con lo siguientese respeten las normas siguientes:
a) las condiciones para la participación de proveedores en los procedimientos de licitación se publicarán con antelación suficiente, con el fin de entidades que los proveedores cuenten con tiempo apropiado para iniciar y, en la medida que sea compatible con la operación eficiente del proceso de contratación, terminar los procedimientos de calificación;
b) las condiciones para participar en los procedimientos de licitación, tales como las garantías financieras, las calificaciones técnicas y la información necesaria para acreditar la capacidad financiera, comercial y técnica de los proveedores, así como la verificación de que el proveedor satisface dichas condiciones, se limitarán a las indispensables para asegurar el cumplimiento del contrato de que se trate;
c) la capacidad financiera, comercial y técnica de un proveedor se determinará sobre la base de su actividad global, incluyendo tanto su actividad ejercida en territorio de la Parte del proveedor, como su actividad en territorio de la Parte de la entidad compradora, si la tiene;
d) una entidad no podrá utilizar el proceso de calificación, inclusive el tiempo que éste requiera, con objeto de excluir a proveedores de otra Parte de una lista de proveedores o de no considerarlos para una compra determinada;
e) una entidad reconocerá como proveedores calificados a aquellos proveedores de otra Parte que reúnan las condiciones requeridas para participar en una compra determinada;
f) una entidad considerará para una compra determinada a aquellos proveedores de otra Parte que soliciten participar en la compra y que aún no hayan sido calificados, siempre que se disponga de tiempo suficiente para concluir el procedimiento de calificación;
g) una entidad que mantenga una lista permanente de proveedores calificados se asegurará de establezcan listas permanentes asegurarán que los proveedores puedan solicitar su la calificación en todo momento, de que todos los proveedores calificados que así lo soliciten sean incluidos en ella en un plazo razonablemente breve, y de que todos los proveedores incluidos en la lista sean notificados de la cancelación de la lista o de su eliminación de la misma;
hb) cuando, después de la publicación de la convocatoria de conformidad con el artículo 15-11, un proveedor que aún no haya sido calificado solicite participar en una compra determinada, la entidad iniciará, sin demora, el procedimiento de calificación;
i) una entidad comunicará a todo proveedor que haya solicitado su convertirse en proveedor cualificado deberá ser informado por las entidades interesadas de la decisión adoptada al respecto;
c) a los proveedores que soliciten participar en una contratación pública proyectado y que no figuren en la lista permanente de proveedores cualificados se les dará la posibilidad de participar en dicha contratación pública mediante la presentación de los certificados y otros medios de prueba equivalentes solicitados a los proveedores que figuran en la lista;
d) cuando una entidad que opere en el sector de los servicios públicos utilice un anuncio sobre la existencia de una lista permanente como anuncio de una contratación pública prevista, como se dispone en el párrafo 7 del artículo 147, a los proveedores que soliciten participar y no figuren en la lista permanente de proveedores cualificados también se les tendrá en cuenta para dicho procedimiento, siempre que haya tiempo suficiente para completar el proceso de calificación; en este caso, la decisión sobre si ha sido calificado; yentidad contratante iniciará sin demora los procedimientos de calificación y el proceso y el tiempo necesario para la calificación de los proveedores no se deberán utilizar para dejar fuera de la lista de proveedores a proveedores de la otra Parte.
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Samples: Public Procurement Agreement
Calificación de proveedores. 1. De conformidad con el artículo 15-04, en la calificación de proveedores durante el procedimiento de licitación, ninguna entidad de una Parte podrá discriminar entre proveedores de la otra Parte las otras Partes ni entre proveedores nacionales y proveedores de la otra Partelas otras Partes.
2. La Los procedimientos de calificación de proveedores que realice una entidad será congruente serán congruentes con lo siguiente:
a) las condiciones para la participación de proveedores en los procedimientos de licitación se publicarán con antelación suficiente, con el fin de que los proveedores cuenten con tiempo apropiado para iniciar y, en la medida que sea compatible con la operación eficiente del proceso de contratación, terminar los procedimientos de calificación;
b) las condiciones para participar en los procedimientos de licitación, tales como inclusive las garantías financieras, las calificaciones técnicas y la información necesaria para acreditar la capacidad financiera, comercial y técnica de los proveedores, así como la verificación de que el proveedor satisface dichas esas condiciones, se limitarán a las indispensables para asegurar el cumplimiento del contrato de que se trate;
c) la capacidad financiera, comercial y técnica de un proveedor se determinará sobre la base de su actividad global, incluyendo tanto su actividad ejercida en territorio de la Parte del proveedor, como su actividad en territorio de la Parte de la entidad compradora, si la tiene;
d) una entidad no podrá utilizar el proceso de calificación, calificación de los proveedores inclusive el tiempo que éste requiera, con objeto de excluir a proveedores de otra Parte de una lista de proveedores o de no considerarlos para una compra determinada;
e) una entidad reconocerá como proveedores calificados a aquellos proveedores de otra Parte que reúnan las condiciones requeridas para participar en una compra determinada;
; f) una entidad considerará para una compra determinada a aquellos proveedores de otra Parte que soliciten participar en la compra y que aún no hayan sido calificados, siempre que se disponga de tiempo suficiente para concluir el procedimiento de calificación;
g) una entidad que mantenga una lista permanente de proveedores calificados se asegurará de que los proveedores puedan solicitar su calificación en todo momento, de que todos los proveedores calificados que así lo soliciten sean incluidos en ella en un plazo razonablemente breve, y de que todos los proveedores incluidos en la lista sean notificados de la cancelación de la lista o de su eliminación de la misma;
h) cuando, después de la publicación de la convocatoria de conformidad con el artículo 15-11, un proveedor que aún no haya sido calificado solicite participar en una compra determinada, la entidad iniciará, sin demora, el procedimiento de calificación;
i) una entidad comunicará a todo proveedor que haya solicitado su calificación, la decisión sobre si ha sido calificado; y
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Samples: Public Sector Procurement
Calificación de proveedores. 1. De conformidad con el artículo 15-04, en la calificación de proveedores durante el procedimiento de licitación, ninguna entidad de una Parte podrá discriminar entre proveedores de la otra Parte las otras Partes ni entre proveedores nacionales y proveedores de la otra Partelas otras Partes.
2. La Los procedimientos de calificación de proveedores que realice una entidad será congruente serán congruentes con lo siguiente:
a) las condiciones para la participación de proveedores en los procedimientos de licitación se publicarán con antelación suficiente, con el fin de que los proveedores cuenten con tiempo apropiado para iniciar y, en la medida que sea compatible con la operación eficiente del proceso de contratación, terminar los procedimientos de calificación;
b) las condiciones para participar en los procedimientos de licitación, tales como inclusive las garantías financieras, las calificaciones técnicas y la información necesaria para acreditar la capacidad financiera, comercial y técnica de los proveedores, así como la verificación de que el proveedor satisface dichas esas condiciones, se limitarán a las indispensables para asegurar el cumplimiento del contrato de que se trate;
c) la capacidad financiera, comercial y técnica de un proveedor se determinará sobre la base de su actividad global, incluyendo tanto su actividad ejercida en territorio de la Parte del proveedor, como su actividad en territorio de la Parte de la entidad compradora, si la tiene;
d) una entidad no podrá utilizar el proceso de calificación, calificación de los proveedores inclusive el tiempo que éste requiera, con objeto de excluir a proveedores de otra Parte de una lista de proveedores o de no considerarlos para una compra determinada;
e) una entidad reconocerá como proveedores calificados a aquellos proveedores de otra Parte que reúnan las condiciones requeridas para participar en una compra determinada;
f) una entidad considerará para una compra determinada a aquellos proveedores de otra Parte que soliciten participar en la compra y que aún no hayan sido calificados, siempre que se disponga de tiempo suficiente para concluir el procedimiento de calificación;
g) una entidad que mantenga una lista permanente de proveedores calificados se asegurará de que los proveedores puedan solicitar su calificación en todo momento, de que todos los proveedores calificados que así lo soliciten sean incluidos en ella en un plazo razonablemente breve, breve y de que todos los proveedores incluidos en la lista sean notificados comunicados de la cancelación de la lista o de su eliminación de la misma;
h) cuando, después de la publicación de la convocatoria de conformidad con el artículo 15-11, un proveedor que aún no haya sido calificado solicite participar en una compra determinada, la entidad iniciará, iniciará sin demora, demora el procedimiento de calificación;
i) una entidad comunicará a todo proveedor que haya solicitado su calificación, la decisión sobre si ha sido calificado; y
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Samples: Public Procurement Agreement
Calificación de proveedores. 1. De conformidad con el artículo 1512-04, en la calificación de proveedores durante el procedimiento de licitación, ninguna entidad de una Parte podrá discriminar entre proveedores de la otra Parte ni entre proveedores nacionales y proveedores de la otra Parte.
2. La calificación de proveedores que realice una entidad será congruente con lo siguiente:
a) las condiciones para la participación de proveedores en los procedimientos de licitación se publicarán con antelación suficiente, con el fin de que los proveedores cuenten con tiempo apropiado para iniciar y, en la medida que sea compatible con la operación eficiente del proceso de contratación, terminar los procedimientos de calificación;
b) las condiciones para participar en los procedimientos de licitación, tales como las garantías financieras, las calificaciones técnicas y la información necesaria para acreditar la capacidad financiera, comercial y técnica de los proveedores, así como la verificación de que el proveedor satisface dichas esas condiciones, se limitarán a las indispensables para asegurar el cumplimiento del contrato de que se trate;
c) la capacidad financiera, comercial y técnica de un proveedor se determinará sobre la base de su actividad global, incluyendo tanto su actividad ejercida en territorio de la Parte del proveedor, como su actividad en territorio de la Parte de la entidad compradora, si la tiene;
d) una entidad no podrá utilizar el proceso de calificación, inclusive el tiempo que éste requiera, con objeto de excluir a proveedores de otra Parte de una lista de proveedores o de no considerarlos para una compra determinada;
e) una entidad reconocerá como proveedores calificados a aquellos proveedores de otra Parte que reúnan las condiciones requeridas para participar en una compra determinada;
f) una entidad considerará para una compra determinada a aquellos proveedores de otra Parte que soliciten participar en la compra y que aún no hayan sido calificados, siempre que se disponga de tiempo suficiente para concluir el procedimiento de calificación;
g) una entidad que mantenga una lista permanente de proveedores calificados se asegurará de que los proveedores puedan solicitar su calificación en todo momento, de que todos los proveedores calificados que así lo soliciten sean incluidos en ella en un plazo razonablemente breve, y de que todos los proveedores incluidos en la lista sean notificados de la cancelación de la lista o de su eliminación de la mismalista;
h) cuando, después de la publicación de la convocatoria de conformidad con lo establecido en el artículo 1512-11, un proveedor que aún no haya sido calificado solicite participar en una compra determinada, la entidad iniciará, iniciará sin demora, demora el procedimiento de calificación;
i) una entidad comunicará a todo proveedor que haya solicitado su calificación, la decisión sobre si ha sido calificado; y
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Samples: Tratado De Libre Comercio