CAMBIOS AL CONTRATO. Todo cambio al Contrato se hará por escrito, deberá ser aceptado y firmado por las Partes y le aplicarán otros requisitos según la naturaleza de los cambios, conforme se establece a continuación:---------------- -----(a) Enmienda ordinaria sin impacto sobre la Obra: Las Partes podrán modificar el Contrato conforme a las leyes y reglamentos aplicables, sin necesidad de observar los requisitos relacionados a órdenes de cambio o solicitudes de cambios menores, si tal enmienda no tiene efecto sobre el ámbito de los Trabajos, ya sea cuantía, tiempo u otro aspecto relacionado al ámbito de la Obra. - ------(b) Órdenes de cambio: La OAT y el CONTRATISTA podrán solicitar cambios a los Trabajos, siempre y cuando éstos se encuentren dentro del ámbito general del Contrato. Tales cambios podrán tratarse de la inclusión, reducción u otras revisiones a los Trabajos, por lo que se podrá revisar la Cuantía del Contrato y/o el tiempo del Contrato de forma correspondiente. Las Partes procurarán que toda orden de cambio cumpla con los siguientes criterios: (i) Se deberá determinar la razonabilidad de la orden de cambio y verificar si esta constituye una consideración necesaria para la realización de la construcción de la Obra;------------- ----------(ii) Validar que la orden de cambio cuente con las aprobaciones y trámites administrativos correspondientes, tales como las firmas del personal concernido y la aprobación de las partes, su registro ante la Oficina del Contralor y otros, antes de la eficacia de aquélla; ----------(iii) Corroborar que la orden de cambio incluye una descripción específica de los trabajos a ser añadidos, reducidos o de alguna otra forma modificados, incluyendo métodos, materiales, tiempo, cuantía y otros, tomando en consideración el efecto en el paso crítico de la Obra, todo lo cual será discutido y coordinado entre y por el Proyectista, el inspector de la Obra y/o el gerente de la Obra y el CONTRATISTA. Si la OAT y el CONTRATISTA no alcanzan un acuerdo sobre el cambio en la Cuantía del Contrato por causa de la orden de cambio, la OAT pagará al CONTRATISTA el costo actual de los Trabajos más una cuantía razonable por razón de gastos generales (overhead costs) y ganancia; - -----------(iv) Asegurarse de que el aumento en el costo de la Obra causado por la orden de cambio, si alguno, no exceda, con relación a la cuantía original del Contrato, el porcentaje que se establezca; - ----------(v) Verificar que, si es el caso, antes de la aprobación y firma de la orden de cambio, existan los fondos disponibles para la realización de los trabajos añadidos; y---- ----------(vi) El CONTRATISTA deberá presentar las garantías adicionales, en forma de seguros y fianzas, para cubrir los trabajos incluidos, de ser ese el caso, en la orden de cambio. -----(c) Solicitud de cambio menor: La OAT o el Proyectista, inspector de la Obra o el gerente de la Obra, si alguno, podrá solicitar y autorizar cambios menores a los Trabajos siempre y cuando sean consistentes con la intención de los Documentos del Contrato y tales cambios no supongan ajustes a la Cuantía del Contrato o al tiempo del Contrato. Tales cambios deberán ser solicitados por escrito y serán vinculantes para la OAT y el CONTRATISTA.
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Samples: Contrato De Instalación
CAMBIOS AL CONTRATO. Todo cambio “BMV” se reserva el derecho de cambiar los Precios y las Políticas de Información como se describe a continuación: El precio referido en el “Anexo II” Lista de Precios, se actualizará periódicamente. El precio será publicado por “BMV” mediante la emisión de la lista correspondiente que al Contrato se hará efecto dé a conocer ésta y que notificará por escritoescrito al “DISTRIBUIDOR” y publicará en el sitio de Internet de “BMV” indicando la variación en el mismo, la que aplicará a los 90 (noventa) días naturales que sigan a la notificación. La falta de notificación por parte de “BMV” no será causa de rescisión del presente Contrato. En caso de que el “DISTRIBUIDOR” no acepte la actualización del precio, deberá ser aceptado y firmado por las Partes y le aplicarán otros requisitos según notificarlo a la naturaleza Subdirección de los cambiosProductos de Información de “BMV”, conforme se establece a continuación:---------------- -----(a) Enmienda ordinaria sin impacto sobre o la Obra: Las Partes podrán modificar el Contrato conforme a las leyes y reglamentos aplicables, sin necesidad de observar los requisitos relacionados a órdenes de cambio o solicitudes de cambios menores, si tal enmienda no tiene efecto sobre el ámbito de los Trabajos, ya sea cuantía, tiempo u otro aspecto relacionado al ámbito de que la Obra. - ------(b) Órdenes de cambio: La OAT y el CONTRATISTA podrán solicitar cambios a los Trabajos, siempre y cuando éstos se encuentren dentro del ámbito general del Contrato. Tales cambios podrán tratarse de la inclusión, reducción u otras revisiones a los Trabajossustituya, por lo que se podrá revisar la Cuantía del Contrato escrito y/o por correo electrónico dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales. En dicho caso, se dará por concluido anticipadamente el tiempo del presente Contrato de forma correspondiente. Las Partes procurarán que toda orden de cambio cumpla con los siguientes criterios: (i) Se deberá determinar la razonabilidad de la orden de cambio y verificar si esta constituye una consideración necesaria sin responsabilidad alguna para la realización de la construcción de la Obra;------------- ----------(ii) Validar que la orden de cambio cuente con las aprobaciones y trámites administrativos correspondientes, tales como las firmas del personal concernido y la aprobación de las partes, su registro ante la Oficina del Contralor y otros, antes de la eficacia de aquélla; ----------(iii) Corroborar que la orden de cambio incluye una descripción específica de los trabajos a ser añadidos, reducidos o de alguna otra forma modificados, incluyendo métodos, materiales, tiempo, cuantía y otros, tomando en consideración el efecto en el paso crítico de la Obra, todo lo cual será discutido y coordinado entre y por el Proyectista, el inspector de la Obra y/o el gerente de la Obra y el CONTRATISTA“DISTRIBUIDOR” se obliga a pagar a “BMV” cualquier pago pendiente que se haya generado bajo este Contrato, por los servicios proporcionados. Si la OAT y el CONTRATISTA no alcanzan un acuerdo sobre el cambio en la Cuantía del Contrato por causa de la orden de cambio, la OAT pagará al CONTRATISTA el costo actual de los Trabajos más una cuantía razonable por razón de gastos generales (overhead costs) y ganancia; - -----------(iv) Asegurarse En caso de que el aumento “DISTRIBUIDOR” no notifique a “BMV” en el costo tiempo anteriormente indicado la aceptación o rechazo del nuevo precio, se entenderá, para todos los efectos legales, que ha sido aceptado por aquél. Todos los pagos se harán de acuerdo a las especificaciones que se señalen en el “Anexo II” Lista de Precios. Las políticas a las que se hace referencia en el “Anexo III” Políticas de Información de “BMV”, pueden ser renovadas periódicamente. Dichos cambios serán publicados por “BMV” mediante la Obra causado emisión del documento correspondiente que al efecto dé a conocer ésta y que notificará por escrito al “DISTRIBUIDOR” y publicará en el sitio de Internet de “BMV” indicando la orden de cambiovariación en el THIRTEENTH.- (CHANGES TO THE AGREEMENT). “BMV” reserves the right to change the Prices and Information Policies as follows: The fee referred to in the “Exhibit II” Price List, si algunowill be renewed periodically. The fee will be set by “BMV” by the publication of the correspondent fee schedule that will be provided and notified in writing to the “DISTRIBUTOR” and posted on “BMV’s” website, no excedaindicating the variation on it, con relación which will apply within 90 (ninety) calendar days following the notification. In such a case that “BMV” does not make such notification, this will not be cause of termination of the present Agreement. In case that the “DISTRIBUTOR” does not accept the fee renewal, it must notify its rejection in writing or by e-mail to the “BMV”’s Sub-direction of Products and Information (or whichever substitutes the before mentioned area), within 30 (thirty) calendar days after “BMV’s” notification. In that case this Agreement shall terminate, without any further liability for both parties and the “DISTRIBUTOR” shall be obligated to pay in due course to “BMV” any pending amount due under this Agreement, for the services rendered to the “DISTRIBUTOR”. If the “DISTRIBUTOR” does not notify “BMV” on time the acceptance or rejection to the new price it shall be understood, for all legal effects, that the fee increase has been accepted by the first. All payments shall be made according to what is specified in the “Exhibit II” Price List. The policies referred to in the “Exhibit III” “BMV” Information Policies, could be renewed periodically. Such changes will be published by “BMV” through the emission of the correspondent document that will be provided and notified in writing to the “DISTRIBUTOR” and posted on “BMV’s” website, indicating the variation on it, which will apply within 90 (ninety) calendar days following the notification. mismo, la que aplicará a los 90 (noventa) días calendario que sigan a la cuantía original notificación. La falta de notificación por parte de “BMV” no será causa de rescisión del Contrato, el porcentaje que se establezca; - ----------(v) Verificar que, si es el caso, antes de la aprobación y firma de la orden de cambio, existan los fondos disponibles para la realización de los trabajos añadidos; y---- ----------(vi) El CONTRATISTA deberá presentar las garantías adicionales, en forma de seguros y fianzas, para cubrir los trabajos incluidos, de ser ese el caso, en la orden de cambio. -----(c) Solicitud de cambio menor: La OAT o el Proyectista, inspector de la Obra o el gerente de la Obra, si alguno, podrá solicitar y autorizar cambios menores a los Trabajos siempre y cuando sean consistentes con la intención de los Documentos del Contrato y tales cambios no supongan ajustes a la Cuantía del Contrato o al tiempo del presente Contrato. Tales cambios deberán ser solicitados por escrito y serán vinculantes para la OAT y el CONTRATISTAIn such a case that “BMV” does not make such notification, this will not be cause of termination of the present Agreement.
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Samples: Licensing Agreement
CAMBIOS AL CONTRATO. Todo A. Modificaciones con Aviso de Treinta Días. xxXXXXX se reserva expresamente el derecho de hacer cualquier cambio o modificación al Contrato se hará y/o el Plan de Compensación de Ventas, dando aviso por escritoescrito con treinta días de anticipación en las publicaciones de la Sociedad, deberá ser aceptado por correspondencia por separado o mediante publicación de dicha notificación en línea en el sitio o sitios de internet de la Sociedad. Los CMs o DIs están de acuerdo que treinta días después de la publicación de dicha notificación, cualesquiera cambios o modificaciones surtirán efectos y firmado por las Partes quedan incorporados automáticamente al Contrato y/o al Plan de Compensación de Ventas entre la Sociedad y le aplicarán otros requisitos según sus DIs, como una disposición válida y obligatoria. Al seguir actuando como un CM o DI o participando en cualquier actividad de Relación de Distribución, incluyendo la naturaleza compra de productos, después de que los cambios o modificaciones han entrado en vigor, el CM o DI reconoce la aceptación de los cambios, conforme se establece a continuación:---------------- -----(a) Enmienda ordinaria sin impacto sobre la Obra: Las Partes podrán modificar el Contrato conforme a las leyes y reglamentos aplicables, sin necesidad de observar los requisitos relacionados a órdenes de cambio o solicitudes de cambios menores, si tal enmienda no tiene efecto sobre el ámbito de los Trabajos, ya sea cuantía, tiempo u otro aspecto relacionado al ámbito de la Obra. - ------(b) Órdenes de cambio: La OAT y el CONTRATISTA podrán solicitar cambios a los Trabajos, siempre y cuando éstos se encuentren dentro del ámbito general del Contrato. Tales cambios podrán tratarse de la inclusión, reducción u otras revisiones a los Trabajos, por lo que se podrá revisar la Cuantía nuevos términos del Contrato y/o el tiempo del Contrato Plan de forma correspondienteCompensación de Ventas.
B. CMs y DIs Obligados por las Modificaciones. Las Partes procurarán que toda orden Cualesquiera modificaciones al Manual de cambio cumpla con los siguientes criterios: (i) Se deberá determinar la razonabilidad de la orden de cambio y verificar si esta constituye una consideración necesaria para la realización de la construcción de la Obra;------------- ----------(ii) Validar que la orden de cambio cuente con las aprobaciones y trámites administrativos correspondientes, tales como las firmas del personal concernido y la aprobación de las partes, su registro ante la Oficina del Contralor y otros, antes de la eficacia de aquélla; ----------(iii) Corroborar que la orden de cambio incluye una descripción específica de los trabajos a ser añadidos, reducidos o de alguna otra forma modificados, incluyendo métodos, materiales, tiempo, cuantía y otros, tomando en consideración el efecto en el paso crítico de la Obra, todo lo cual será discutido y coordinado entre y por el ProyectistaPolíticas, el inspector de la Obra Contrato y/o el gerente Plan de Compensación de Ventas obligan a los CMs y DIs a regirse bajo ese nuevo documento una vez que las modificaciones hayan sido notificadas mediante cualquiera de los canales oficiales de comunicación de dōTERRA incluyendo la página de internet de la Obra Sociedad, correos electrónicos, boletines u otras publicaciones o envíos al C M y el CONTRATISTADI por correo. Si El ordenar productos o aceptar pagos de comisiones confirma la OAT aceptación continua del CM y el CONTRATISTA no alcanzan un acuerdo sobre el cambio en la Cuantía del Contrato por causa de la orden de cambio, la OAT pagará al CONTRATISTA el costo actual de los Trabajos más una cuantía razonable por razón de gastos generales (overhead costs) y ganancia; - -----------(iv) Asegurarse de que el aumento en el costo de la Obra causado por la orden de cambio, si alguno, no exceda, con relación a la cuantía original del Contrato, el porcentaje que se establezca; - ----------(v) Verificar que, si es el caso, antes de la aprobación y firma de la orden de cambio, existan los fondos disponibles para la realización de los trabajos añadidos; y---- ----------(vi) El CONTRATISTA deberá presentar las garantías adicionales, en forma de seguros y fianzas, para cubrir los trabajos incluidos, de ser ese el caso, en la orden de cambio. -----(c) Solicitud de cambio menor: La OAT o el Proyectista, inspector de la Obra o el gerente de la Obra, si alguno, podrá solicitar y autorizar cambios menores a los Trabajos siempre y cuando sean consistentes con la intención de los Documentos DI del Contrato y tales cambios no supongan ajustes a la Cuantía del Contrato o al tiempo del cualesquiera modificaciones y su acuerdo de estar vinculado por el Contrato. Tales cambios deberán ser solicitados por escrito y serán vinculantes para la OAT y el CONTRATISTA.
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Samples: Manual De Políticas
CAMBIOS AL CONTRATO. Todo cambio “BMV” se reserva el derecho de cambiar los Precios y las Políticas de Información como se describe a continuación: El precio referido en el “Anexo II” Lista de Precios, se actualizará periódicamente. El precio será publicado por “BMV” mediante la emisión de la lista correspondiente que al Contrato se hará efecto dé a conocer ésta y que notificará por escritoescrito al “DISTRIBUIDOR” y publicará en el sitio de Internet de “BMV” indicando la variación en el mismo, la que aplicará a los 90 (noventa) días naturales que sigan a la notificación. La falta de notificación por parte de “BMV” no será causa de rescisión del presente Contrato. En caso de que el “DISTRIBUIDOR” no acepte la actualización del precio, deberá ser aceptado y firmado por las Partes y le aplicarán otros requisitos según notificarlo a la naturaleza Subdirección de los cambiosProductos de Información de “BMV”, conforme se establece a continuación:---------------- -----(a) Enmienda ordinaria sin impacto sobre o la Obra: Las Partes podrán modificar el Contrato conforme a las leyes y reglamentos aplicables, sin necesidad de observar los requisitos relacionados a órdenes de cambio o solicitudes de cambios menores, si tal enmienda no tiene efecto sobre el ámbito de los Trabajos, ya sea cuantía, tiempo u otro aspecto relacionado al ámbito de que la Obra. - ------(b) Órdenes de cambio: La OAT y el CONTRATISTA podrán solicitar cambios a los Trabajos, siempre y cuando éstos se encuentren dentro del ámbito general del Contrato. Tales cambios podrán tratarse de la inclusión, reducción u otras revisiones a los Trabajossustituya, por lo que se podrá revisar la Cuantía del Contrato escrito y/o por correo electrónico dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales. En dicho caso, se dará por concluido anticipadamente el tiempo del presente Contrato de forma correspondiente. Las Partes procurarán que toda orden de cambio cumpla con los siguientes criterios: (i) Se deberá determinar la razonabilidad de la orden de cambio y verificar si esta constituye una consideración necesaria sin responsabilidad alguna para la realización de la construcción de la Obra;------------- ----------(ii) Validar que la orden de cambio cuente con las aprobaciones y trámites administrativos correspondientes, tales como las firmas del personal concernido y la aprobación de las partes, su registro ante la Oficina del Contralor y otros, antes de la eficacia de aquélla; ----------(iii) Corroborar que la orden de cambio incluye una descripción específica de los trabajos a ser añadidos, reducidos o de alguna otra forma modificados, incluyendo métodos, materiales, tiempo, cuantía y otros, tomando en consideración el efecto en el paso crítico de la Obra, todo lo cual será discutido y coordinado entre y por el Proyectista, el inspector de la Obra y/o el gerente de la Obra y el CONTRATISTA“DISTRIBUIDOR” se obliga a pagar a “BMV” cualquier pago pendiente que se haya generado bajo este Contrato, por los servicios proporcionados. Si la OAT y el CONTRATISTA no alcanzan un acuerdo sobre el cambio en la Cuantía del Contrato por causa de la orden de cambio, la OAT pagará al CONTRATISTA el costo actual de los Trabajos más una cuantía razonable por razón de gastos generales (overhead costs) y ganancia; - -----------(iv) Asegurarse En caso de que el aumento “DISTRIBUIDOR” no notifique a “BMV” en el costo tiempo anteriormente indicado la aceptación o rechazo del nuevo precio, se entenderá, para todos los efectos legales, que ha sido aceptado por aquél. Todos los pagos se harán de acuerdo a las especificaciones que se señalen en el “Anexo II” Lista de Precios. Las políticas a las que se hace referencia en el “Anexo III” Políticas de Información de “BMV”, pueden ser renovadas periódicamente. Dichos cambios serán publicados por “BMV” mediante la Obra causado emisión del documento correspondiente que al efecto dé a conocer ésta y que notificará por escrito al “DISTRIBUIDOR” y publicará en el sitio de Internet de “BMV” indicando la orden de cambiovariación en el mismo, si alguno, no exceda, con relación la que aplicará a los 90 (noventa) días calendario que sigan a la cuantía original notificación. La falta de notificación por parte de “BMV” no será causa de rescisión del Contrato, el porcentaje que se establezca; - ----------(v) Verificar que, si es el caso, antes de la aprobación y firma de la orden de cambio, existan los fondos disponibles para la realización de los trabajos añadidos; y---- ----------(vi) El CONTRATISTA deberá presentar las garantías adicionales, en forma de seguros y fianzas, para cubrir los trabajos incluidos, de ser ese el caso, en la orden de cambio. -----(c) Solicitud de cambio menor: La OAT o el Proyectista, inspector de la Obra o el gerente de la Obra, si alguno, podrá solicitar y autorizar cambios menores a los Trabajos siempre y cuando sean consistentes con la intención de los Documentos del Contrato y tales cambios no supongan ajustes a la Cuantía del Contrato o al tiempo del presente Contrato. Tales cambios deberán ser solicitados por escrito y serán vinculantes para la OAT y el CONTRATISTATHIRTEENTH.- (CHANGES TO THE AGREEMENT). “BMV” reserves the right to change the Prices and Information Policies as follows: The fee referred to in the “Exhibit II” Price List, will be renewed periodically. The fee will be set by “BMV” by the publication of the correspondent fee schedule that will be provided and notified in writing to the “DISTRIBUTOR” and posted on “BMV’s” website, indicating the variation on it, which will apply within 90 (ninety) calendar days following the notification. In such a case that “BMV” does not make such notification, this will not be cause of termination of the present Agreement. In case that the “DISTRIBUTOR” does not accept the fee renewal, it must notify its rejection in writing or by e-mail to the “BMV”’s Sub-direction of Products and Information (or whichever substitutes the before mentioned area), within 30 (thirty) calendar days after “BMV’s” notification. In that case this Agreement shall terminate, without any further liability for both parties and the “DISTRIBUTOR” shall be obligated to pay in due course to “BMV” any pending amount due under this Agreement, for the services rendered to the “DISTRIBUTOR”. If the “DISTRIBUTOR” does not notify “BMV” on time the acceptance or rejection to the new price it shall be understood, for all legal effects, that the fee increase has been accepted by the first. All payments shall be made according to what is specified in the “Exhibit II” Price List. The policies referred to in the “Exhibit III” “BMV” Information Policies, could be renewed periodically. Such changes will be published by “BMV” through the emission of the correspondent document that will be provided and notified in writing to the “DISTRIBUTOR” and posted on “BMV’s” website, indicating the variation on it, which will apply within 90 (ninety) calendar days following the notification. In such a case that “BMV” does not make such notification, this will not be cause of termination of the present Agreement.
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Samples: Licensing Agreement