Cancelación de la Licitación Pública. La Secretaría tendrá la facultad de cancelar la Licitación Pública cuando lo estime conveniente, existan circunstancias justificadas que provoquen la extinción de la necesidad para contratar los Financiamientos, o cuando de continuarse con el procedimiento se le pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Estado.
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Samples: Modificación a Las Bases De Licitación, Modificación a Las Bases De Licitación, Tercera Modificación a Las Bases De Licitación
Cancelación de la Licitación Pública. La Secretaría tendrá la facultad de cancelar la Licitación Pública cuando lo estime conveniente, existan circunstancias justificadas que provoquen la extinción de la necesidad para contratar los FinanciamientosFinanciamientos y/o las Garantías Parciales, o cuando de continuarse con el procedimiento se le pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Estado.
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Samples: Licitación Pública
Cancelación de la Licitación Pública. La Secretaría tendrá la facultad de cancelar la Licitación Pública cuando lo estime conveniente, existan circunstancias justificadas que provoquen la extinción de la necesidad para contratar los el Financiamientos, o cuando de continuarse con el procedimiento se le pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Estado.
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Samples: Licitación Pública