Cantidades Individuales del Acuerdo y la Asignación Entre los Miembros de la Clase y los Empleados Agraviados Cláusulas de Ejemplo

Cantidades Individuales del Acuerdo y la Asignación Entre los Miembros de la Clase y los Empleados Agraviados. Un Administrador del Acuerdo distribuirá las Cantidades Individuales del Acuerdo, según se describe a continuación, a cada Miembro Participante de la Clase y Empleado Agraviado. Todas las Cantidades Individuales del Acuerdo estarán sujetas a los impuestos correspondientes. Las Partes han acordado, basándose en las alegaciones de la Demanda, que todas las Cantidades Individuales del Acuerdo que se pagarán a los Miembros de la Clase elegibles se tratarán a efectos fiscales de la siguiente manera: 2/3 para los intereses en litigio, sanciones legales y otros importes no salariales para los que se emitirán las Formas 1099-MISC y 1099-INT del IRS; y 1/3 para salarios en disputa sujetos a retenciones estándar y para los que se emitirán las Formas W-2 del IRS. El Pago de PAGA a los empleados Agraviados se pagará como el 100% para las sanciones civiles. El pago a los Miembros Participantes de la Clase y a los Empleados Agraviados no requerirá la presentación de una forma de reclamo. Solamente para los propósitos de la asignación de los pagos, los Miembros de la Clase se dividirán en dos subclases: (1) Miembros de la Clase que trabajaron entre el 4 de octubre del 2014 y el 2 xx xxxxx del 2019, y (2) Miembros de la Clase que trabajaron entre el 3 xx xxxxx del 2019 y el 1 xx xxxxx del 2023. A la Subclase 1 se le asignará el 70% de la Cantidad Neta del Acuerdo y a la Subclase 2 se le asignará el 30% de la Cantidad Neta del Acuerdo. El número de semanas trabajadas en cada subclase se determinará según los registros del Demandado. La parte proporcional de cada Miembro de la Clase se determinará dividiendo el total de las Semanas de Trabajo Calificadas (es decir, las semanas en las que los Miembros de la Clase y/o los Empleados Agraviados realizaron algún trabajo al menos un (1) día durante el Período de la Clase y/o el Período de Reclamo de PAGA, respectivamente) dentro de su respectiva subclase por el total de las Semanas de Trabajo Calificadas de todos los Miembros de la Clase dentro de la misma subclase. Esa fracción se multiplicará por la parte de la Cantidad Neta del Acuerdo asignada a esa subclase para llegar a la parte individual del Miembro de la Clase de la Cantidad Neta del Acuerdo. Un Miembro de la Clase puede ser parte de ambas subclases si ellos trabajaron durante los períodos de tiempo que cubren la Subclase 1 y la Subclase 2 y su Cantidad Individual del Acuerdo incluirá la suma total de la cantidad que se les debe bajo cada subclase. La parte de cada Emple...

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  • DERECHOS DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Son derechos de suscriptor y/o usuario aquellos reconocidos a favor del usuario en la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes:

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 7.1 Los derechos y obligaciones de cada una de LAS PARTES son las que constan en el referido Pliego de Condiciones Específicas que regulan el presente Contrato.

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