CARGOS A LA CUENTA. Las cuentas corrientes están sujetas a determinados requisitos de apertura y manejo, para cuyos efectos EL BANCO tendrá derecho a cobrar los cargos que éste establezca al momento de su apertura. EL BANCO podrá, de tiempo en tiempo y según lo estime conveniente, modificar los montos de tales tarifas, las que deberá notificar por escrito al Cliente con por lo menos 30 días de anticipación a su aplicación mediante correo o cualquier otro de medio de comunicación convenido con EL CLIENTE a la dirección registrada en los archivos de EL BANCO o publicándolo en las oficinas de EL BANCO.
Appears in 10 contracts
Samples: www.globalbank.com.pa, www.globalbank.com.pa, Acuerdo De Productos Y Servicios Bancarios