Certificador de los EDI Cláusulas de Ejemplo

Certificador de los EDI a) El Certificador será la Persona jurídica o consorcio de Personas jurídicas seleccionado por la Entidad, en virtud a la terna propuesta por el Inversionista, de conformidad con las reglas del proceso de selección establecidas en el Anexo 4 (Certificación y Supervisión), encargado de efectuar la revisión de los EDI y de la Información de Diseño, emitir las opiniones técnicas respecto de tales documentos, y desempeñar cualquier otra función en los términos establecidos en este Contrato y en el [Contrato de Prestación de Servicios de Certificación]108 [Contrato de Prestación de Servicios de Certificación y Supervisión]109 (el “Certificador”). [De conformidad con lo previsto en la cláusula 12.14 (Fase de Construcción; Supervisor), las labores de certificación de los EDI y supervisión de las Obras podrán ser efectuadas por un único asesor seleccionado por la Entidad durante la Fase de Diseño.] 110

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  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.