Cierre Financiero. A más tardar a los diez (10) meses contados desde la Fecha de Suscripción del Contrato, el CONCESIONARIO deberá acreditar que cuenta con la totalidad de los recursos financieros o los contratos suscritos que establezcan los compromisos de financiamiento que se generen para la Construcción de la Xxxxxxx Xxxxxxx a cargo del CONCESIONARIO. Para efectos de la acreditación a que se refiere el párrafo precedente, el monto a ser acreditado por el CONCESIONARIO, será como mínimo el consignado en el presupuesto del Estudio Definitivo de Ingeniería debidamente aprobado. Para tal efecto, el CONCESIONARIO deberá presentar para aprobación del CONCEDENTE copia legalizada notarial de los contratos de financiamiento, garantías, fideicomisos, la Tasa de Costo de Deuda, y en general cualquier texto contractual relevante que el CONCESIONARIO haya acordado con el (los) Acreedor(es) Permitido(s) que participará(n) en la financiación de esta Concesión. Los contratos referidos deberán contener expresamente una disposición referida a que en caso el financiamiento quede sin efecto o el CONCESIONARIO incurra en alguna causal que active su terminación o resolución, el Acreedor Permitido comunicará inmediatamente dicha situación al CONCEDENTE. En caso que el financiamiento de las inversiones se realice con recursos propios del CONCESIONARIO, éste deberá presentar en el plazo señalado en el párrafo anterior, el testimonio de la escritura pública donde conste el aumento de capital social correspondiente, debidamente pagado e inscrito en registros públicos.
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Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
Cierre Financiero. A más tardar a los diez dieciséis (1016) meses contados desde la Fecha de Suscripción del Contrato, el CONCESIONARIO deberá acreditar que cuenta con la totalidad de los recursos financieros o los contratos suscritos que establezcan los compromisos de financiamiento que se generen para la las Obras de Construcción de la Xxxxxxx Xxxxxxx a cargo del CONCESIONARIO. Para efectos de la acreditación a que se refiere el párrafo precedente, el monto a ser acreditado por el CONCESIONARIO, será como mínimo el consignado en el presupuesto del Estudio Definitivo de Ingeniería debidamente aprobado. Para tal efecto, el CONCESIONARIO deberá presentar para aprobación del al CONCEDENTE copia legalizada notarial de los contratos de financiamiento, garantías, fideicomisos, la Tasa de Costo de Deuda, y en general cualquier texto contractual relevante que el CONCESIONARIO haya acordado con el (los) Acreedor(es) Permitido(s) que participará(n) en la financiación de esta Concesión. Los contratos referidos deberán contener expresamente una disposición referida a que en caso el financiamiento quede sin efecto o el CONCESIONARIO incurra en alguna causal que active su terminación o resolución, el Acreedor Permitido comunicará inmediatamente dicha situación al CONCEDENTE. En caso que el financiamiento de las inversiones se realice con recursos propios del CONCESIONARIO, éste este deberá presentar en el plazo señalado en el primer párrafo anteriorde la presente cláusula, el testimonio de la escritura pública donde conste el aumento de capital social correspondiente, debidamente pagado e inscrito en registros públicos.
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Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
Cierre Financiero. A más tardar a los diez (10) meses contados desde la Fecha de Suscripción del Contrato, el El CONCESIONARIO deberá acreditar ante el CONCEDENTE, antes de los treinta (30) Días Calendario del inicio de la Construcción, que cuenta con la totalidad de los recursos financieros o los contratos suscritos que establezcan los compromisos de financiamiento que se generen para la Construcción ejecución de las Obras Mínimas de la Xxxxxxx Xxxxxxx a cargo del CONCESIONARIOFase I y las Obras Mínimas de la Fase II en su respectiva oportunidad, según lo establecido en el Contrato. Para efectos de la acreditación a acreditar que se refiere el párrafo precedente, el monto a ser acreditado por el CONCESIONARIO, será como mínimo el consignado en el presupuesto del Estudio Definitivo de Ingeniería debidamente aprobado. Para tal efecto, el CONCESIONARIO cuenta con el financiamiento correspondiente, éste deberá presentar presentar, alternativa o conjuntamente para aprobación del CONCEDENTE CONCEDENTE: (i) copia legalizada notarial de los contratos de financiamiento, garantías, fideicomisos, la Tasa de Costo de Deuda, fideicomisos y en general cualquier texto contractual relevante relevante, que el CONCESIONARIO haya acordado con el (losel(los) Acreedor(es) Permitido(s) que participará(n) en la financiación el financiamiento de esta Concesiónlas Obras Mínimas; o (ii) copia legalizada notarial de los contratos de financiamiento, garantías, fideicomisos y en general cualquier texto contractual relevante con Empresas Vinculadas al CONCESIONARIO. Los contratos referidos en el Numeral (i) deberán contener expresamente una disposición referida a que que, en caso el financiamiento quede sin efecto o el CONCESIONARIO incurra en alguna causal que active su terminación o resolución, el Acreedor Permitido comunicará inmediatamente dicha situación al CONCEDENTE. En caso que el financiamiento de las inversiones se realice con recursos propios del CONCESIONARIO, éste deberá presentar Los contratos indicados en el plazo señalado en el párrafo anterior, el testimonio de la escritura pública donde conste el aumento de capital social correspondiente, debidamente pagado e inscrito en registros públicosLiteral (ii) no constituirán Endeudamiento Garantizado Permitido.
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Samples: Contrato De Concesión, Concession Agreement
Cierre Financiero. A más tardar a los diez (10) meses contados desde la Fecha de Suscripción del Contrato, el El CONCESIONARIO deberá acreditar ante el CONCEDENTE, antes de los treinta (30) Días Calendario del inicio de la Etapa de Ejecución de Obras, que cuenta con la totalidad de los recursos financieros o los contratos suscritos que establezcan los compromisos de financiamiento que se generen necesarios para la Construcción ejecución de la Xxxxxxx Xxxxxxx a cargo del CONCESIONARIOmencionada etapa, según lo establecido en el Contrato. Para efectos de la acreditación a acreditar que se refiere el párrafo precedente, el monto a ser acreditado por el CONCESIONARIO, será como mínimo el consignado en el presupuesto del Estudio Definitivo de Ingeniería debidamente aprobado. Para tal efecto, el CONCESIONARIO cuenta con el financiamiento correspondiente, éste deberá presentar presentar, alternativa o conjuntamente para aprobación del CONCEDENTE CONCEDENTE: (i) copia legalizada notarial de los contratos de financiamiento, garantías, fideicomisos, la Tasa de Costo de Deuda, fideicomisos y en general cualquier texto contractual relevante relevante, que el CONCESIONARIO haya acordado con el (losel(los) Acreedor(es) Permitido(s) que participará(n) en la financiación el financiamiento de esta Concesiónlas Obras; o (ii) copia legalizada notarial de los contratos de financiamiento, garantías, fideicomisos y en general cualquier texto contractual relevante con Empresas Vinculadas al CONCESIONARIO. Los contratos referidos en el ítem (i) deberán contener expresamente una disposición referida a que que, en caso el financiamiento quede sin efecto o el CONCESIONARIO incurra en alguna causal que active su terminación o resolución, el Acreedor Permitido comunicará inmediatamente dicha situación al CONCEDENTE. Los contratos indicados en el ítem (ii) no constituirán Endeudamiento Garantizado Permitido. En caso que el financiamiento CONCESIONARIO no haya acreditado el Cierre Financiero, se considerará un incumplimiento del CONCESIONARIO y por lo tanto el CONCEDENTE, previo informe emitido por el OSITRAN, podrá optar por invocar la Caducidad de la Concesión por incumplimiento del CONCESIONARIO, siendo de aplicación lo establecido en el Numeral 15.3 del presente Contrato. Para el caso del Cierre Financiero de las inversiones Obras según Xxxxxxx y/o Rehabilitación y/o Mejoramiento, el CONCESIONARIO seguirá el procedimiento descrito en el numeral precedente, o en su defecto, comunicará al CONCEDENTE con el debido sustento, que cuenta con los recursos propios para llevar adelante la ejecución de las Obras correspondientes. En caso el total o parte del Cierre Financiero correspondiente se realice con recursos propios del CONCESIONARIO, éste deberá presentar en el plazo señalado en el párrafo anterior, el testimonio de la escritura pública donde conste el aumento de del capital social correspondienterespectivo, debidamente pagado e inscrito en registros públicosRegistros Públicos. Estos aportes de capital son adicionales al contemplado en el literal a) del Numeral 3.2.1 de la Cláusula Tercera del presente Contrato u otros aportes realizados para el financiamiento de otras inversiones.
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Samples: Concession Agreement, Concession Agreement
Cierre Financiero. A más tardar a los diez (10) meses contados desde la Fecha de Suscripción del Contrato, el El CONCESIONARIO deberá acreditar ante el CONCEDENTE, antes de los treinta (30) Días Calendario del inicio de la Etapa de Ejecución de Obras, que cuenta con la totalidad de los recursos financieros o los contratos suscritos que establezcan los compromisos de financiamiento que se generen para la Construcción ejecución de la Xxxxxxx Xxxxxxx a cargo del CONCESIONARIOlas Obras en su respectiva oportunidad, según lo establecido en el Contrato. Para efectos de la acreditación a acreditar que se refiere el párrafo precedente, el monto a ser acreditado por el CONCESIONARIO, será como mínimo el consignado en el presupuesto del Estudio Definitivo de Ingeniería debidamente aprobado. Para tal efecto, el CONCESIONARIO cuenta con el financiamiento correspondiente, éste deberá presentar presentar, alternativa o conjuntamente para aprobación del CONCEDENTE CONCEDENTE: (i) copia legalizada notarial de los contratos de financiamiento, garantías, fideicomisos, la Tasa de Costo de Deuda, fideicomisos y en general cualquier texto contractual relevante relevante, que el CONCESIONARIO haya acordado con el (losel(los) Acreedor(es) Permitido(s) que participará(n) en la financiación el financiamiento de esta Concesiónlas Obras; o (ii) copia legalizada notarial de los contratos de financiamiento, garantías, fideicomisos y en general cualquier texto contractual relevante con Empresas Vinculadas al CONCESIONARIO. Los contratos referidos en el ítem (i) deberán contener expresamente una disposición referida a que que, en caso el financiamiento quede sin efecto o el CONCESIONARIO incurra en alguna causal que active su terminación o resolución, el Acreedor Permitido comunicará inmediatamente dicha situación al CONCEDENTE. Los contratos indicados en el ítem (ii) no constituirán Endeudamiento Garantizado Permitido. En caso que el financiamiento CONCESIONARIO no haya acreditado el Cierre Financiero, se considerará un incumplimiento del CONCESIONARIO y por lo tanto el CONCEDENTE, previo informe emitido por el OSITRAN, podrá optar por invocar la Caducidad de las inversiones se realice con recursos propios la Concesión por incumplimiento del CONCESIONARIO, éste deberá presentar siendo de aplicación lo establecido en el plazo señalado en el párrafo anterior, el testimonio de la escritura pública donde conste el aumento de capital social correspondiente, debidamente pagado e inscrito en registros públicosNumeral 15.3. del presente Contrato.
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Samples: Concession Agreement