CLÁUSULA DE NO CANCELACIÓN. “LA ASEGURADORA” no podrá cancelar por ningún motivo esta póliza, a menos que expresamente así lo solicite “EL ASEGURADO” por cualquier motivo que afecte sus intereses, dando aviso por escrito a “LA ASEGURADORA” con 30 (treinta) días naturales de anticipación. Esta póliza no se podrá cancelar en caso de que no se haya pagado la prima correspondiente en los términos especificados para pago en este contrato, obligándose “EL ASEGURADO” a liquidar la prima en los términos señalados en la cláusula de pago xx xxxxxx de estas condiciones generales. En caso de cancelación por parte de “EL ASEGURADO”, la prima a devolver por parte de “LA ASEGURADORA” será calculada en forma proporcional (a prorrata) por el término transcurrido entre la fecha de cancelación y la terminación de vigencia de la póliza.
Appears in 4 contracts
Samples: Service Agreement, Insurance Policy, Licitación Pública Electrónica
CLÁUSULA DE NO CANCELACIÓN. “LA ASEGURADORA” no podrá cancelar por ningún motivo esta póliza, a menos que expresamente así lo solicite “EL ASEGURADO” por cualquier motivo que afecte sus intereses, dando aviso por escrito a “LA ASEGURADORA” con 30 (treinta) días naturales de anticipación. Esta póliza no se podrá cancelar en caso de que no se haya pagado la prima correspondiente en los términos especificados para pago en este contrato, obligándose “EL ASEGURADO” a liquidar la prima en los términos señalados en la cláusula de pago xx xxxxxx de estas condiciones generales. En caso de cancelación por parte de “EL ASEGURADO”, la prima a devolver por parte de “LA ASEGURADORA” será calculada en forma proporcional (a prorrata) por el término transcurrido entre la fecha de cancelación y la terminación de vigencia de la póliza. Todas las devoluciones a “EL ASEGURADO” deberán hacerse conforme a la normatividad vigente y con notificación a la Tesorería de la Federación, TESOFE.
Appears in 1 contract
Samples: Insurance Agreement